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SUBSECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y NORMATIVIDAD UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE ADQUISICIONES, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y PATRIMONIO FEDERAL. ACTUALIZACION DEL ENTORNO NORMATIVO DE LA DESINCORPORACION PATRIMONIAL DE BIENES MUEBLES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL. OBJETO DEL CURSO.
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SUBSECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y NORMATIVIDAD UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE ADQUISICIONES, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y PATRIMONIO FEDERAL ACTUALIZACION DEL ENTORNO NORMATIVO DE LA DESINCORPORACION PATRIMONIAL DE BIENES MUEBLES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
OBJETO DEL CURSO PROPORCIONAR A LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA APF, RESPONSABLES DE ORIENTAR, EJECUTAR Y SUPERVISAR LOS PROCESOS DE DESINCORPORACION PATRIMONIAL DE BIENES MUEBLES, UNA VISION PANORAMICA, GENERAL, DE LA ACTUALIZACION DEL AMBITO JURIDICO- ADMINISTRATIVO EN EL QUE SE INSCRIBEN DICHOS PROCESOS, COMO ELEMENTO DE APOYO PARA SU MEJOR CONOCIMIENTO Y COMPRENSION.
TEMARIO • 1. ANTECEDENTES DE LA L.G.B.N. • 2. ANALISIS COMPARATIVO DE LA L.G.B.N ABROGADA Y LA VIGENTE. • 3. MARCO JURIDICO. • 4. ATRIBUCIONES DE LA S.F.P. CONFORME A LA NUEVA LEY. • 5. ANALISIS GENERAL DEL TITULO QUINTO DE LA NUEVA L.G.B.N. • NORMAS GENERALES PARA EL REGISTRO, AFECTACION, DISPOSICION FINAL Y BAJA DE BIENES MUEBLES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL CENTRALIZADA. • DECRETO QUE ESTABLECE LAS MEDIDAS DE AUSTERIDAD Y DISCIPLINA DEL GASTO DE LA A.P.F. • 8. SESION DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS.
SUBSECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y NORMATIVIDAD UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE ADQUISICIONES, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y PATRIMONIO FEDERAL Ley General de Bienes Nacionales ANTECEDENTES DE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES 30 de enero de 1969 S.P.N. enajenación de B.M. ya no aptos para el servicio 3 de julio de 1942 Centralización en la entonces S. H. 8 de enero de 1982 y modificación del 21 de enero de 1985 Cada dependencia del Gobierno Federal lleva a cabo dicha tarea D.O.F. 20 de mayo de 2004 Título Quinto (De los Bienes Muebles de la Administración Pública Federal)
SUBSECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y NORMATIVIDAD UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE ADQUISICIONES, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y PATRIMONIO FEDERAL Ley General de Bienes Nacionales LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES (ABROGADA) LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES (VIGENTE) • En materia de bienes muebles, reconocía dos regímenes: • De dominio público • De dominio privado (Capítulo VI) • En materia de bienes muebles, reconoce el régimen: • De dominio público • El Título Quinto regula los bienes muebles de la Administración Pública Federal. Título Quinto (De los Bienes Muebles de la Administración Pública Federal)
MARCO JURIDICO ARTICULO 5 *CODIGO CIVIL FEDERAL *LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMON. *CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMINTOS CIVILES CRITERIOS EMITIDOS POR LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA BASES GRALES. DICTADAS POR LOS ORGANOS DE GOBIERNO DE LAS ENTIDADES* NORMAS GRALES. PARA EL REGISTRO, AFECTACION, DISPOSICION FINAL Y BAJA DE BIENES MUEBLES DE LA ADMON. PUBLICA FEDERAL CENTRALIZADA TITULO QUINTO “DE LOS BIENES MUEBLES DE LA A.P.F.” CAPITULO UNICO DE LA LGBN ARTICULO 134 CONSTITUCIONAL *LAS ENTIDADES CUENTAN CON 45 DIAS HABILES CONTADOS A PARTIR DEL 31-XII-2004, PARA REALIZAR LOS AJUSTES PROCEDENTES A SUS BASES GENERALES. 6
SUBSECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y NORMATIVIDAD UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE ADQUISICIONES, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y PATRIMONIO FEDERAL Ley General de Bienes Nacionales EXPEDICIÓN DE NORMAS GENERALES A QUE SE SUJETARÁ EL REGISTRO, AFECTACIÓN, DISPOSICIÓN FINAL Y BAJA DE LOS BIENES MUEBLES AUTORIZAR LAS DONACIONES CON VALOR SUPERIOR A 10,000 DÍAS DE SALARIO MINIMO GENERAL EN EL D. F. ($505,700.00) AUTORIZAR LOS CASOS DE EXCEPCIÓN A LA LICITACIÓN PÚBLICA QUE NO CORRESPONDEN A MONTO (NUEVA DISPOSICIÓN) Realizar visitas de inspección para verificar el control y existencia en almacenes e inventarios de bienes muebles, así como la afectación de los mismos. ATRIBUCIONES DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA SE ELEVÓ A RANGÓ DE LEY EL DELLEVAR Y ACTUALIZAR EL CATALOGO O CLASIFICADOR DE LOS BIENES MUEBLES DE LAS DEPENDENCIAS (ACTUALMENTE SE CUENTA CON 7,500 BIENES MUEBLES REGISTRADOS) PARA LA ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES, ESTABLECER VALORES MÍNIMOS O PROCEDIMIENTOS PARA DETERMINARLOS Y REALIZAR AVALÚOS (LISTA DE VALORES MÍNIMOS PARA DESECHOS) INTERPRETAR PARA EFECTOS ADMINISTRATIVOS LAS DISPOSICIONES DEL TÍTULO QUINTO; ASÍ COMO ASESORAR, ORIENTAR Y CAPACITAR
SUBSECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y NORMATIVIDAD UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE ADQUISICIONES, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y PATRIMONIO FEDERAL Ley General de Bienes Nacionales BIENES MUEBLES DE PROPIEDAD FEDERAL QUE ESTÉN AL SERVICIO DE LAS: • DEPENDENCIAS (SECRETARIAS Y ORGANOS DESCONCENTRADOS) • PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA • UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA SUJETOS AL TÍTULO QUINTO ART. 139. CON EXCEPCIÓN DE LA TRANSFERENCIA Y DEL AVISO DE BAJA A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 134 Y 135 RIGE PARA LOS ACTOS DE DISPOSICIÓN FINAL Y BAJA DE BIENES MUEBLES QUE ESTÉN AL SERVICIO O FORMEN PARTE DE LOS ACTIVOS FIJOS DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES Título Quinto (De los Bienes Muebles de la Administración Pública Federal)
SUBSECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y NORMATIVIDAD UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE ADQUISICIONES, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y PATRIMONIO FEDERAL Ley General de Bienes Nacionales EMITIR LOS LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS, MANUALES, FORMATOS E INSTRUCTIVOS PARA LA ADMINISTRACION DE BIENES Y MANEJO DE ALMACENES. (1) AUTORIZAR EL PROGRAMA ANUAL DE DISPOSICIÓN FINAL. (1) ATRIBUCIONES EN MATERIA DE BIENES MUEBLES DEL OFICIAL MAYOR O EQUIVALENTES DE LAS DEPENDENCIAS TAMBIÉN SON CONFERIDAS A LOS TITULARES DE LOS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS DESINCORPORAR DEL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN MEDIANTE ACUERDO ADMINISTRATIVO. (Nueva Disposición) (2) AUTORIZAR LA CELEBRACIÓN DE OPERACIONES DE PERMUTA, DACIÓN EN PAGO, TRANSFERENCIA, COMODATO O DESTRUCCIÓN O SUS DESECHOS. (1) (1). Para el caso de las Entidades estas atribuciones deberán ser ejercidas por el Organo de Gobierno, el que podrá delegarlas en el Titular de la Entidad. (2). No le aplica a las Entidades. AUTORIZAR LAS DONACIONES CON VALOR SUPERIOR A 500 DÍAS DE SALARIO MINIMO VIGENTE EN EL D. F. Y LAS SUPERIORES A 10,000 DÍAS, PREVIO A LA AUTORIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. (1)
SUBSECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y NORMATIVIDAD UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE ADQUISICIONES, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y PATRIMONIO FEDERAL Ley General de Bienes Nacionales VENTA (ART. 131 y132) DONACIÓN (ART. 133 y 141, FRACC. VII ) DISPOSICIONES FINALES PARA LA DESINCORPORACIÓN PATRIMONIAL DE BIENES MUEBLES CONFORME A LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES. PERMUTA (ART. 130) DACIÓN EN PAGO (ART. 130) DESTRUCCIÓN (ART. 130) * EN EL CASO DE LA TRANSFERENCIA SOLO APLICA ENTRE DEPENDENCIAS Y NO ES NECESARIO ELABORAR EL ACUERDO ADMINISTRATIVO DE DESINCORPORACIÓN (SE CONSIDERA COMO UNA AFECTACION)
11 ARTICULO 134 CONSTITUCIONAL PARA QUE LIBREMENTE SE PRESENTEN PROPOSICIONES SOLVENTES EN SOBRE CERRADO QUE SERA ABIERTO PUBLICAMENTE ENAJENACIONES (VENTA) DE TODO TIPO DE BIENES SE LLEVARAN A CABO A TRAVES DE LICITACIONES PUBLICAS ( LICITAR: “OFRECER PRECIO POR UNA COSA” ) CONVOCATORIA PUBLICA A FIN DE ASEGURAR AL ESTADO LAS MEJORES CONDICIONES • PRECIO • OPORTUNIDAD • DEMAS CIRCUNSTANCIAS • PERTINENTES
12 ARTICULO 134 CONSTITUCIONAL BASES, PROCEDIMIENTOS, REGLAS, REQUISITOS Y DEMAS ELEMENTOS PARA ACREDITAR LA ECONOMIA, EFICIENCIA, EFICACIA, IMPARCIALIDAD Y HONRADEZ QUE ASEGUREN LAS MEJORES CONDICIONES PARA EL ESTADO CUANDO LAS LICITACIONES PUBLICAS NO SEAN IDONEAS PARA ASEGURAR LAS MEJORES CONDICIONES LEYES* *LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES TITULO QUINTO
SUBSECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y NORMATIVIDAD UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE ADQUISICIONES, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y PATRIMONIO FEDERAL Ley General de Bienes Nacionales SUBASTA (Obligatoria) LICITACIÓN PÚBLICA* POR MONTO, HASTA 1,000 DÍAS DE SALARIO MÍNIMO VIGENTE EN EL D. F. ($50,570.00) INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS VENTA PROCEDIMIENTOS DE EXCEPCIÓN (ART.132 3° y 4° ) POR SUPUESTOS: a) CONDICIONES EXTRAORDINARIAS O b) IMPREVISIBLES O c) SITUACIONES DE EMERGENCIA, O. d) NO EXISTAN POR LO MENOS TRES POSTORES CAPACITADOS LEGALMENTE. ADJUDICACIÓN DIRECTA *LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE NO SE ENCUENTREN EN LOS SUPUESTOS SEÑALADOS EN EL PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 131 DE LA LGBN, PODRÁN PARTICIPAR EN LAS LICITACIONES PÚBLICAS PARA LA VENTA DE BIENES MUEBLES.
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS* ADJUDICACIÓN DIRECTA SUBSECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y NORMATIVIDAD UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE ADQUISICIONES, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y PATRIMONIO FEDERAL Ley General de Bienes Nacionales HASTA 1,000 DÍAS DE SALARIO MÍNIMO VIGENTE EN EL D. F. ($50,570.00) SELECCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE VENTA NORMA 28a. (DOF 30-XII-2004) NO REBASA EL EQUIVALENTE A 4,000 DÍAS DE SALARIO MÍNIMO VIGENTE EN EL D. F. ($202,280.00) SUPERIOR AL EQUIVALENTE A 4,000 DÍAS DE SALARIO MÍNIMO VIGENTE EN EL D. F. LICITACIÓN PÚBLICA *POR CONSIDERARSE ACTUALIZADO EL SUPUESTO DE EXCEPCIÓN DE SITUACIÓN EXTRAORDINARIA
SUBSECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y NORMATIVIDAD UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE ADQUISICIONES, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y PATRIMONIO FEDERAL Ley General de Bienes Nacionales PROCEDIMIENTO PARA LA SUBASTA EN BIENES MUEBLES ARTICULO 132 DE LA LGBN 1). PARA LA DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE SUBASTA SE TOMARÁ COMO REFERENCIA EL CONTENIDO DE LA NORMA 35a (DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DEL 30-XII-2004.) 2). DE NO CONCRETARSE LA VENTA SE PUEDE CONVOCAR A UN PROCEDIMIENTO DE EXCEPCIÓN A LA LICITACIÓN PÚBLICA, INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS O ADJUDICACIÓN DIRECTA, A VALOR DE SEGUNDA ALMONEDA (ARTÍCULO 132).
SUBSECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y NORMATIVIDAD UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE ADQUISICIONES, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y PATRIMONIO FEDERAL Ley General de Bienes Nacionales Armamento, municiones, explosivos, agresivos químicos, artificios, materiales contaminantes o radioactivos y objetos peligrosos o que causen riesgos graves. No están sujetos a la LGBN, sino a los ordenamientos legales aplicables (1) Enajenación, manejo o destrucción (1). Por ejemplo, Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, etc. Título Quinto (De los Bienes Muebles de la Administración Pública Federal)
SUBSECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y NORMATIVIDAD UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE ADQUISICIONES, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y PATRIMONIO FEDERAL Ley General de Bienes Nacionales VENTA (ART. 131 y132) DONACIÓN (ART. 133 y 141, FRACC. VII ) DISPOSICIONES FINALES PARA LA DESINCORPORACIÓN PATRIMONIAL DE BIENES MUEBLES CONFORME A LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES. PERMUTA (1) (ART. 130) DACIÓN EN PAGO (1) (ART. 130) DESTRUCCIÓN (1) (ART. 130)
SUBSECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y NORMATIVIDAD UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE ADQUISICIONES, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y PATRIMONIO FEDERAL Ley General de Bienes Nacionales CUANDO YA NO LES SEAN ÚTILES, A LOS ESTADOS, DISTRITO FEDERAL, MUNICIPIOS, INSTITUCIONES DE SALUD, BENEFICENCIA O ASISTENCIA, EDUCATIVAS O CULTURALES, A QUIENES ATIENDAN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES POR ENCARGO DE LAS PROPIAS DEPENDENCIAS, A BENEFICIARIOS DE ALGÚN SERVICIO ASISTENCIAL PÚBLICO, A LAS COMUNIDADES AGRARIAS Y EJIDOS Y A ENTIDADES QUE LOS NECESITEN PARA SUS FINES DEBERÁ REALIZARSE A VALOR DE ADQUISICIÓN O DE INVENTARIO. DONACIÓN EN EL CASO DE AYUDA HUMANITARIA O DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, LA FEDERACIÓN PODRÁ DONAR BIENES MUEBLES A GOBIERNOS E INSTITUCIONES EXTRANJERAS, O A ORGANIZACIONES INTERNACIONALES, MEDIANTE ACUERDO PRESIDENCIAL REFRENDADO POR LOS TITULARES DE LAS SECRETARÍAS DE RELACIONES EXTERIORES, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y DE LA DEPENDENCIA EN CUYOS INVENTARIOS FIGURE EL BIEN.
SUBSECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y NORMATIVIDAD UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE ADQUISICIONES, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y PATRIMONIO FEDERAL Ley General de Bienes Nacionales VENTA (ART. 131 y132) DONACIÓN (ART. 133 y 141, FRACC. VII ) DISPOSICIONES FINALES PARA LA DESINCORPORACIÓN PATRIMONIAL DE BIENES MUEBLES CONFORME A LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES. PERMUTA (1) (ART. 130) DACIÓN EN PAGO(1) (ART. 130) DESTRUCCIÓN (1) (ART. 130)
SUBSECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y NORMATIVIDAD UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE ADQUISICIONES, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y PATRIMONIO FEDERAL Ley General de Bienes Nacionales PERMUTA ART. 2250 Y 2327 C.C.F. FACTURA DACION EN PAGO ART. 2095 C.C.F. $ EXTINGUIR OBLIGACION DE PAGO Título Quinto (De los Bienes Muebles de la Administración Pública Federal)
SUBSECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y NORMATIVIDAD UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE ADQUISICIONES, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y PATRIMONIO FEDERAL Ley General de Bienes Nacionales VENTA (ART. 131 y132) DONACIÓN (ART. 133 y 141, FRACC. VII ) DISPOSICIONES FINALES PARA LA DESINCORPORACIÓN PATRIMONIAL DE BIENES MUEBLES CONFORME A LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES. PERMUTA (1) (ART. 130) DACIÓN EN PAGO (1) (ART. 130) DESTRUCCIÓN(1) (ART. 130)
SUBSECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y NORMATIVIDAD UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE ADQUISICIONES, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y PATRIMONIO FEDERAL Ley General de Bienes Nacionales • POR SUS CARACTERISTICAS O CONDICIONES ENTRAÑEN RIESGO EN MATERIA DE SEGURIDAD, SALUBRIDAD O MEDIO AMBIENTE; • II. EXISTA RESPECTO DE ELLOS DISPOSICIÓN LEGAL O ADMINISTRATIVA QUE LA ORDENE; • III. EXISTA RIESGO DE USO FRAUDULENTO, O • IV. HABIÉNDOSE AGOTADO LOS PROCEDIMIENTOS DE ENAJENACIÓN VIABLES, NO EXISTA PERSONA INTERESADA. DESTRUCCION NORMA 43a. (DOF 30-XII-2004) Título Quinto (De los Bienes Muebles de la Administración Pública Federal)
SUBSECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y NORMATIVIDAD UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE ADQUISICIONES, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y PATRIMONIO FEDERAL Ley General de Bienes Nacionales ENTIDADES, A LOS GOBIERNOS DEL DISTRITO FEDERAL, DE LOS ESTADOS Y DE LOS MUNICIPIOS, ASÍ COMO A INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y ASOCIACIONES QUE NO PERSIGAN FINES DE LUCRO, SIEMPRE Y CUANDO CON ELLO SE CONTRIBUYA AL CUMPLIMIENTO DE PROGRAMAS DEL GOBIERNO FEDERAL, LO QUE DEBERÁ SER OBJETO DE ACREDITACIÓN Y SEGUIMIENTO POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN DE QUE SE TRATE. SE INTRODUCE EL COMODATO EN LA LEY ART. 137 (Se eleva a rango de Ley) Título Quinto (De los Bienes Muebles de la Administración Pública Federal)
SUBSECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y NORMATIVIDAD UNIDAD DE NORMATIVIDAD DE ADQUISICIONES, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y PATRIMONIO FEDERAL Ley General de Bienes Nacionales SE ELEVA A RANGO DE LEY LA CONSTITUCIÓN DE LOS COMITÉS DE BIENES MUEBLES ARTICULO 141 LGBN Elaborar y autorizar el manual de integración y funcionamiento respectivo Autorizar la constitución de subcomités en órganos desconcentrados, delegaciones o representaciones, determinando su integración y funciones específicas, así como la forma y términos en que deberán informar al comité, sobre su actuación Llevar a cabo el seguimiento del programa anual de disposición final de bienes muebles Autorizar los actos para la desincorporación patrimonial de desechos, con vigencia mayor a un año Nombrar a los servidores públicos encargados de presidir los actos de apertura de ofertas y de fallo Autorizar la donación de bienes cuyo valor no exceda del equivalente a 500 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal ($25,285.00)
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES PREVISTAS EN EL ARTICULO 37, FRACCION XIX , DE LA L.O.A.P.F., Y EL ARTÍCULO 129 DE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES, LA SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, EMITIO LAS “NORMAS GENERALES PARA EL REGISTRO, AFECTACIÓN, DISPOSICIÓN FINAL Y BAJA DE BIENES MUEBLES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL CENTRALIZADA”. D. O. F. DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 OBLIGATORIAS PARA LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA CONFORME AL ARTÍCULO 139 DE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES, LAS BASES GENERALES QUE DICTEN LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LAS ENTIDADES DE LA APF GUARDARÁN LA DEBIDA CONGRUENCIA CON LAS CITADAS NORMAS.
ENAJENACION DE BIENES ARTICULO VIGESIMO SEGUNDO .- DECRETO QUE ESTABLECE LAS MEDIDAS DE AUSTERIDAD Y DISCIPLINA DEL GASTO DE LA A.P.F. D. O. F. DEL 4 DE DICIEMBRE DE 2006 LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES, DEBERAN ENAJENAR LOS BIENES MUEBLES IMPRODUCTIVOS, OBSOLETOS, OCIOSOS O INNECESARIOS. PRESENTACION DE INVENTARIOS TOTALES DE BIENES ANTE LA SHCP Y SFP, A MAS TARDAR EL 30 DE JUNIO DE 2007. PUBLICACION DE CONVOCATORIAS PARA VENTA A MAS TARDAR EL 30 DE JULIO DE 2007, SALVO EN LOS CASOS EN QUE JURIDICAMENTE SEA NECESARIA LA REALIZACION DE ACTOS PREVIOS A LA ENAJENACION.
ENAJENACION DE BIENES LINEAMIENTOS ESPECIFICOS PARA LA APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE AUSTERIDAD Y DISCIPLINA DEL GASTO DE LA A.P.F. D. O. F. DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2006 34. LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DEBERAN ENVIAR A LA UNAOPSPF SU PROGRAMA ANUAL DE DISPOSICION FINAL DE BIENES MUEBLES, ASI COMO DE DESECHOS, A MAS TARDAR EL 31 DE ENERO DE 2007, PARA SU SEGUIMIENTO.
LIC. HILDA AGUILAR GONZALEZ SUBDIRECTORA DE NORMATIVIDAD DE BIENES MUEBLES LIC. CUAUHTEMOC BRENES RAMOS DIRECTOR DE NORMATIVIDAD DE BIENES MUEBLES TELEFONO: 14-54-30-00 EXTS. 2132 Y 2072 CUALQUIER CONSULTA POR ESCRITO LIC. JUAN JOSE ALVARADO GUZMAN DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE NORMATIVIDAD INMOBILIARIA, BIENES MUEBLES E INFORMACION TECNICA INSURGENTES SUR No. 1735, 9° PISO ALA SUR COL. GUADALUPE INN, DELEGACION ALVARO OBREGON C.P. 01020, MEXICO, D. F. INTERNET http://www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/unaop1.htm