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SUBSECRETARIA DE NORMATIVIDAD, INVERSIÓN EXTRANJERA Y PRÁCTICAS COMERCIALES INTERNACIONALES

SUBSECRETARIA DE NORMATIVIDAD, INVERSIÓN EXTRANJERA Y PRÁCTICAS COMERCIALES INTERNACIONALES. XXIII Reunión Ordinaria de la Comisión Nacional de Información y Estadística de la AMSDE, A.C. Colima, Julio 2007. Contexto doméstico de la IED en México.

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SUBSECRETARIA DE NORMATIVIDAD, INVERSIÓN EXTRANJERA Y PRÁCTICAS COMERCIALES INTERNACIONALES

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Presentation Transcript


  1. SUBSECRETARIA DE NORMATIVIDAD, INVERSIÓN EXTRANJERA Y PRÁCTICAS COMERCIALES INTERNACIONALES

  2. XXIII Reunión Ordinaria de la Comisión Nacional de Información y Estadística de la AMSDE, A.C. Colima, Julio 2007

  3. Contexto doméstico de la IED en México Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (1917) Ley de Inversión Extranjera (LIE 1993) Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (Reglamento 1998) Resolución General 8 de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras (CNIE 2007)

  4. Ley de Inversión ExtranjeraConcepto de Inversión Extranjera (Art. 2°) John Smith Juan Pérez 49% 51% Sociedad Mexicana La participación de inversionistas extranjeros, en cualquier proporción, en el capital social de sociedades mexicanas.

  5. Ley de Inversión ExtranjeraConcepto de Inversión Extranjera (Art. 2°) John Smith Mary Smith 49% 51% Sociedad Mexicana “A” con mayoría de capital extranjero 99% Sociedad Mexicana “B” La realizada por sociedades mexicanas con mayoría de capital extranjero.

  6. Ley de Inversión Extranjera Regla General de Apertura Sectorial (Art. 4°) La inversión extranjera puede: • Participar en cualquier proporción en el capital social de sociedades mexicanas; • Adquirir activos fijos; • Ingresar a nuevos campos de actividad económica o fabricar nuevas líneas de productos; • Abrir y operar establecimientos, y ampliar o relocalizar los ya existentes; • Salvo por las excepciones contenidas en la propia LIE

  7. Actividades reservadas al Estado (Art. 5°) ejemplo: Actividades reservadas a mexicanos (Art. 6°) ejemplo: • Petróleo y demás hidrocarburos. • Control, supervisión y vigilancia de puertos, aeropuertos y helipuertos. • Telégrafos. • Correos. • Transporte terrestre nacional de pasajeros, turismo y carga. • Comercio al por menor de gasolina y distribución de gas licuado de petróleo. • Servicios de radiodifusión y otros de radio y televisión, distintos a los de televisión restringida.

  8. Actividades sujetas a límites máximos de participación extranjera (Art . 7°) ejemplo: • Hasta el 10%: • Sociedades cooperativas de producción. • Hasta el 25%: • Transporte aéreo nacional. • Hasta el 49%: • Acciones serie “T” de sociedades que tengan en propiedad tierras agrícolas, ganaderas y forestales. • Administración portuaria integral. • Sociedades concesionarias en los términos de los artículos 11 y 12 de la Ley Federal de Telecomunicaciones. • Sociedades navieras dedicadas a la explotación comercial de embarcaciones para la navegación interior y de cabotaje.

  9. Actividades y adquisiciones que requieren resolución de la CNIE para que la IED rebase el 49% (Arts. 8° y 9°) ejemplo: • Servicios portuarios a las embarcaciones para realizar sus operaciones de navegación interior, tales como el remolque, amarre de cabos y lanchaje. • Sociedades navieras dedicadas a la explotación de embarcaciones exclusivamente en tráfico de altura. • Servicios legales. • Telefonía celular. • Perforación de pozos petroleros y de gas. • Transporte ferroviario. • Sociedades mexicanas ya constituidas que realicen actividades no reguladas, en caso de que el valor total de sus activos rebase el monto determinado por la CNIE (actualmente, $2´392,000,000 pesos de acuerdo a la Resolución General número 8 de la CNIE).

  10. Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras (CNIE) La CNIE está integrada por los Secretarios de Gobernación, Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, Desarrollo Social, Medio Ambiente y Recursos Naturales, Energía, Economía, Comunicaciones y Transportes, Trabajo y Previsión Social, y Turismo, lo cuales deben reunirse de forma semestral. Asimismo, se podrá invitar a participar en las sesiones de la CNIE a aquellas autoridades y representantes de los sectores privado y social que tengan relación con los asuntos a tratar, quienes tendrán voz pero no voto. La CNIE es presidida por el Secretario de Economía y para su funcionamiento cuenta con un Secretario Ejecutivo y un Comité de Representantes mismo que deber reunirse al menos cuatrimestralmente.

  11. Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Objetivo Ser una fuente de estadísticas y cifras confiables sobre los flujos de inversión extranjera directa (IED); de los sectores económicos; así comode las regiones en las que ésta se localiza, vigilando el cumplimiento de los límites máximos de participación de la inversión extranjera.

  12. Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Confidencialidad art. 31 LIE, 32 del Reglamento • La SE no puede proporcionar a terceros información sobre los sujetos inscritos en lo particular debido a que es un registro no público. • La consulta de los expedientes podrá realizarse en las instalaciones del RNIE, por parte de quienes acrediten su personalidad o el carácter de representante legal de los sujetos inscritos, o en su defecto, vía internet a través del Sistema de Información (SI-RNIE), siempre y cuando el fedatario o particular, obtengan su clave de acceso y contraseña correspondiente.

  13. El RNIE se divide en tres secciones:

  14. Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Avisos de Fedatarios Públicos En todos los actos y hechos jurídicos donde intervengan por sí o representadas las personas obligadas a inscribirse en el RNIE, los fedatarios públicos exigirán a dichas personas o a sus representantes que les acrediten su inscripción en el citado RNIE, o en caso de estar la inscripción en trámite, que les acrediten la solicitud correspondiente. De no acreditarlo, el fedatario podrá autorizar el instrumento público de que se trate, e informará de tal omisión al RNIE, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de autorización del instrumento, estos avisos, también pueden ser presentados vía SI-RNIE.

  15. Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Presentación de Trámites vía Internet, ventajas. • Formatos previamente validados por la Aplicación de Escritorio (AE), minimizando errores de captura. • Disminuye costos al evitar vueltas innecesarias, el tiempo perdido en colas, el uso de consumibles, fotocopias, etc. • Se pueden presentar trámites incluyendo el pago de derechos o de sanciones y enviarlos por Internet. • No es necesario firmarlos. • Su acuse de recibo es enviado por correo electrónico.

  16. Registro Nacional de Inversiones Extranjeras Como presentar vía Internet. • Tener instalada la AE la cual se descarga de forma gratuita en el siguiente portal www.si-rnie.economia.gob.mx. • Por única vez, debe obtener su nombre de usuario y contraseña, para lo cual debe realizar un trámite incluyendo: • Responsiva (la encuentra en la AE). • Cuestionario de aspectos personales (la encuentra en la AE). • Escrito libre solicitando su nombre de usuario y contraseña incluyendo un número telefónico. • Copia simple del poder (en caso de representante legal). • Copia simple de la patente de notario público u habilitación como corredor público. • Copia simple de una identificación oficial.

  17. Acuerdos para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones (APPRIs)? Los APPRIs son tratados internacionales en materia de IED que, sobre bases de reciprocidad, son diseñados para el fomento y la protección jurídica de los flujos de capital productivo. 1959 a la fecha, a nivel internacional se han concluido alrededor de 2,400 Acuerdos Bilaterales sobre Inversión. La mayoría de ellos en la década de los 90s. Marco internacional de la IED en México

  18. ¿Por qué Negociar APPRIs? Para Negociar los APPRIs se toman en cuenta dos elementos: Cuantitativos: se analizan flujos de inversión entre México y el país de que se trate; y/o Cualitativos: atendiendo a las circunstancias económicas o geopolíticas particulares del país de que se trate. Los APPRIs se reconocen como instrumentos generadores de confianza para los inversionistas extranjeros, ya que disminuyen los riesgos perceptibles de tipo no comercial, envían una señal positiva y, en general, coadyuvan a crear un clima más favorable a la inversión.

  19. ¿Por qué Negociar Capítulos de Inversión dentro de los Tratados de Libre Comercio? • Complementan las disposiciones en materia de comercio, dada la estrecha relación entre inversión y comercio, pues: • Una tercera parte del comercio internacional de bienes y servicios se da entre empresas relacionadas; y la inversión contribuye al aumento de las exportaciones de los países en desarrollo a través de las actividades de exportación de las empresas multinacionales. • De allí que una apertura comercial exitosa es posible si va acompañada de una apertura a los flujos de capital productivos que generen recursos frescos.

  20. APPRIs y TLCs Firmados por México • A la fecha contamos con: • 20 APPRIs en vigor con España, Suiza, Argentina, Alemania, Paises Bajos, Austria, Unión Belgo-Luxemburguesa, Francia, Finlandia, Uruguay, Portugal, Italia, Dinamarca, Suecia, Grecia, Corea, Cuba, República Checa, Islandia y Panamá. El 21 de julio entrará en vigor el APPRI con Australia. • 12 TLCs en vigor, con una cobertura de 42 países: TLCAN, Costa Rica, Grupo de los Tres, Bolivia, Nicaragua, Chile, Triangulo del Norte, Unión Europea, EFTA, Uruguay, Japón e Israel; a excepción de este último, todos contemplan disciplinas en materia de inversión.

  21. Evolución reciente de la IED en México La IED acumulada en México entre enero de 1999 y marzo de 2007 asciende a 161,376.9 millones de dólares p/ Al mes de marzo

  22. Otros: Agropecuario; Extractivo; Electricidad y agua; y Construcción. Otros Servicios: Servicios comunales y sociales; Hoteles y restaurantes; Profesionales, técnicos y personales.

  23. Región de origen de la IED entre enero de 1999 – marzo de 2007

  24. Destino geográfico de la IED en enero de 1999 – marzo de 2007

  25. Convenios de Coordinación (CC) con los Gobiernos Estatales (GE) para depurar el Padrón de Sociedades con Inversión Extranjera

  26. La SE difunde trimestralmente un informe sobre el comportamiento de la inversión extranjera directa (IED) en México. • El informe mencionado incluye una desagregación de los flujos de IED por Entidad Federativa. • Existe una herramienta en internet denominada reporteador que sirve para generar reportes sobre los flujos de IED por origen, destino o actividad industrial. • http://www.si-rnie.economia.gob.mx/cgi-bin/repie.sh/reportes/selperiodo

  27. Reporteador de flujos de IED

  28. Problemática • La clasificación geográfica de los flujos y empresas se realiza con base en el domicilio de la planta que es reportado al RNIE; no obstante, la mayoría de los particulares no reportan este dato y únicamente informan el domicilio del representante legal o de la oficina administrativa de cada empresa. • Por lo expuesto, los montos no siempre son clasificados en la Entidad Federativa donde efectivamente se realizan las inversiones. • El sesgo mencionado incrementa la brecha entre las estadísticas elaboradas a nivel estatal con las que difunde la SE.

  29. Objetivo • Depurar y compartir el padrón de sociedades mexicanas con inversión extranjera en los estados, a efecto de: • Disminuir las diferencias entre las estadísticas sobre IED que elaboran los GE y la SE. • Contar con mejores instrumentos para la promoción de la IED. • Que los GE coadyuven con la SE para que se cuente con mayores elementos para dar el seguimiento necesario a las empresas para que estas den los avisos correspondientes ante el RNIE y se disminuya el sesgo mencionado.

  30. Instrumento Propuesto El art. 31 de la LIE establece que el RNIE no es público; por ello, la SE no puede proporcionar datos a nivel de empresa a los GE. El art. 36 de la LIE establece que las autoridades federales, estatales y municipales están obligadas a proporcionar a la SE, los informes y las certificaciones necesarias para el cumplimiento de sus funciones. Por lo antes expuesto, se propone la firma de un CC entre la SE y los GE con el fin de proporcionar información en materia de inversión extranjera, en los términos de artículo 36 de la LIE.

  31. Operación • La SE entregara a los GE la siguiente informaciónpor empresa con inversión extranjera: • Nombre, denominación o razón social. • Registro Federal de Contribuyentes. (en caso de que se tenga) • Domicilio en el Estado (calle y número, colonia o fraccionamiento, municipio y código postal). • Clase de actividad, de conformidad con la Clasificación Mexicana de Actividades y Productos CMAP. • Los GE cotejarán la información con los archivos de su Secretaría de Finanzas (u organismo responsable), para coadyuvar con la SE para disminuir los sesgos.

  32. Ventajas: • Los GE y la SE tendrán mejores elementos para dar el seguimiento necesario a las empresas y que estas presenten sus reportes al RNIE lo cual implicara que se puedan clasificar las inversiones de mejor forma disminuyendo el sesgo de la distribución estatal de los flujos de IED. • Los GE y la SE contarán con el mismo padrón de empresas con inversión extranjera.

  33. Gracias por su tiempo y atención. www.si-rnie.economia.gob.mx

  34. Lic. Gregorio Canales Ramírez Director General de Inversión Extranjera Tel: 52 29 61 00 ext. 33400 gcanales@economia.gob.mx

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