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VOL III. ABC DEL COMERCIO EXTERIOR. GUIA PRÁCTICA DEL EXPORTADOR. PROYECTO UE – PERU/PENX. Cap. V. Marco legal de las Exportaciones. 5.1. Normas que rigen el Comercio Exterior en el Perú 5.2. Organización Mundial de Comercio - OMC 5.3. Páginas especializadas de Comercio exterior
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VOL III ABC DEL COMERCIO EXTERIOR GUIA PRÁCTICA DEL EXPORTADOR PROYECTO UE – PERU/PENX
Cap. V Marco legal de las Exportaciones 5.1. Normas que rigen el Comercio Exterior en el Perú 5.2. Organización Mundial de Comercio - OMC 5.3. Páginas especializadas de Comercio exterior 5.4. Clasificación de las exportaciones conforme a la Ley General de Aduanas 5.5. Exporta Fácil 5.6. Otros criterios para clasificar a las exportaciones 5.7. Regímenes Aduaneros 5.8. Admisión temporal para perfeccionamiento activo 5.9. Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo 5.10. Reposición de mercancías con franquicia arancelaria 5.11. Drawback 5.12. Admisión temporal para la reexportación en el mismo estado 5.13. Contrato de compra - venta internacional de mercancías 5.14. Conceptos que contempla un contrato de compra-venta internacional 5.15. Cámara de Comercio Internacional - CCI
5.1. Normas que rigen el Comercio Exterior en el Perú 1. NORMA LEGAL DEL REGIMEN DE EXPORTACIÓN Constitución Política del Perú Resolución Legislativa N° 26407 Decreto Supremo N° 060-91-EF Decreto Legislativo N° 668 Ley General de Aduanas Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del MINCETUR Decreto Legislativo Nº 183 Ley N° 27322 y el Decreto Supremo 048-2001-AG
5.2. Organización Mundial de Comercio - OMC Normas Comercio entre países que rigen el
5.3. Páginas especializadas de Comercio exterior Debes visitar las siguientes páginas web: • www.elperuano.com.pe • www.mincetur.gob.pe. • www.mef.gob.pe. • www.minag.gob.pe/legales/INDEX.html. • www.sunat.gob.pe/legislacion/index.html. • www.prompyme.gob.pe.
5.4. Clasificación de las exportaciones conforme a la Ley General de Aduanas Salida del territorio aduanero de mercancías para su uso o consumo definitivo en el exterior Exportación Definitiva Exportación temporal para reimportación en el mismo estado Salida temporal del territorio aduanero de mercancías con la finalidad de reimportarlas sin ninguna modificación Salida temporal del territorio aduanero de mercancías para su transformación, para luego reimportarlas como productos compensadores Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo
5.5. EXPORTA FÁCIL Mecanismo promotor de exportaciones Mypes Para ser usuario del EXPORTA FÁCIL se necesita: • Contar con el RUC y la Clave SOL • Tener una mercancía a exportar • Tener un cliente en el extranjero • Llenar la Declaración Exporta Fácil • Presentar la mercancía en las oficinas de SERPOST de su localidad.
5.6. Otros criterios para clasificar a las exportaciones Es conveniente clasificar las exportaciones según:
5.7. Regímenes Aduaneros • Regímenes de Importación. • Regímenes de Exportación. • Regímenes de Perfeccionamiento. • Régimen de Depósito Aduanero. • Regímenes de Tránsito. • Regímenes Especiales o de Excepción. De acuerdo a la naturaleza y características • Regímenes definitivos • Importación para el consumo • Exportación definitiva • Regímenes temporales • Admisión temporal para reexportación en el mismo estado • Exportación temporal para reimportación en el mismo estado
5.7. Regímenes Aduaneros Plazo máximo de depósito es 12 meses bajo control de Aduanas • Regímenes suspensivos • Depósito Aduanero • Tránsito Aduanero • Tranbordo • Reembarque • Regímenes de perfeccionamiento • Admisión temporal para perfeccionamiento activo. • Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo. • Drawback. • Reposición de mercancías con franquicia arancelaria.
5.8. Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo Ingreso de “M” Territorio aduanero Sin pago de aranceles e impuestos Sometidas a una operación de perfeccionamiento. Beneficiarios RUC Plazo máximo 24 meses computado a partir de la fecha del levante.
5.9. Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo Salida de “M” Territorio aduanero para su transformación, elaboración o reparación en el exterior productos compensadores Plazo máximo La reimportación de los productos compensadores se dará en un plazo de 12 meses contados a partir de la fecha del término del embarque de las mercancías exportadas temporalmente para perfeccionamiento pasivo.
5.10. Reposición de mercancías con franquicia arancelaria Régimen aduanero, por el cual se permite la importación de mercancías equivalentes, a las que habiendo sido nacionalizadas, han sido utilizadas para obtener las mercancías exportadas previamente con carácter definitivo. Beneficiarios importado por cuenta propia los bienes sujetos a RMF Mercancías objeto de la reposición Toda mercancía sometida a un proceso de transformación incorporado Consumido al producto de exportación participar directamente durante su proceso productivo.
5.11. Drawback Mercado Internacional Se importa Producto final Para incluirlos Tasa de restitución del 8% del Valor FOB de exportación Beneficiarios empresas productoras exportadoras Empresas exportadoras que encargan su producción
5.12. Admisión temporal para la reexportación en el mismo estado Territorio aduanero Ingreso de “M” Sin pago de aranceles e impuestos No sufren modificación alguna en su naturaleza Plazo máximo Las mercancías deben ser reexportadas en el plazo de 18 meses, sin haber experimentado modificación alguna. Mercancías que pueden acogerse
5.13. Contrato de compra - venta internacional de mercancías Es un acuerdo de voluntades de dos o más partes con el propósito de definir obligaciones jurídicas para crear, transmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones de las mismas. El contrato de compra venta internacional regula los derechos y obligaciones de cada una de las partes contratantes (vendedor-exportador / comprador-importador), con relación a determinado objeto, convirtiéndose en un acto jurídico perfecto y la transacción absolutamente legal. Contrato de Compra Venta Internacional La Convención de Viena de 1980, aprobó el Contrato de Compra-Venta Internacional de Mercancías, habiendo el Perú aprobado su adhesión.
5.14. Conceptos que contempla un contrato de compra- venta internacional • Las principales cláusulas que deberán • constituirse en la esencia del contrato son: • Información del exportador e importador. • Descripción de la mercancía objeto del contrato. • Precio unitario y total. • Condiciones y plazos de pago. • Documentos exigidos por el importador. • Plazo de entrega o de disponibilidad. • Modalidad de seguro. • Modalidad de transporte y pago de flete. • Lugar de embarque y desembarque. • Inclusión de los costos en el precio de la mercancía, para la obtención de documentos requeridos para la exportación. Contrato Compra – venta internacional
5.15. Cámara de Comercio Internacional - CCI Se constituyó en 1919 Organización empresarial Fin: actuar a favor del comercio abierto y crear instrumentos que lo faciliten Representa mundialmente los intereses empresariales sede en París Cuando las partes contratantes (exportador - importador) son sujetos que se encuentran en países distantes un conflicto por incumplimiento a lo establecido en el contrato. ARBITRAJE INTERNACIONAL Que generan Se da