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Adopción de las Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento. Algunas reflexiones en torno de su adopción en la Argentina. Antonio Juan Lattuca, Julio 2009. Contexto Argentino. Diferente del mundial La auditoría externa es obligatoria, prácticamente para todos los entes.
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Adopción de las Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento Algunas reflexiones en torno de su adopción en la Argentina Antonio Juan Lattuca, Julio 2009
Contexto Argentino • Diferente del mundial • La auditoría externa es obligatoria, prácticamente para todos los entes. • En el mundo, sólo para las empresas de interés público • ¿Debería cambiarse esta situación? • Proviene del decreto 5103/45 que organizó nuestra profesión • Ha sido adoptada, pacíficamente por los diferentes organismos reguladores
¿Cuál es la misión de la profesión en el contexto actual? • Asumir el desafío de seguir haciendo auditoría para estimular la mejora de la información contable de todos los entes. • Bases necesarias para cumplir la misión: • Empresas: Responsabilidad social • Gobierno: Cumplir y hacer cumplir las leyes • Profesión: Compromiso ético con el bien común
Comparación entre adopción de NIIF y NIA • ¿ Percibe la profesión del mismo modo la adopción de las NIIF y de las NIA? • ¿Ante la sanción de ellas, reaccionaría de idéntica manera? NO, ¿Porqué?
Efectos en la profesión por adopción de las NIIF • La aplicación de las NIIF producirá enseguida un resultado comprobable, pues: • Se plasmará en los registros contables y en la preparación de los estados contables; • Inmediatamente quedará sometida al escrutinio de los usuarios de los estados contables • El órgano público de control utilizará esa información para el cumplimiento de sus deberes legales de supervisión • Seguirá siendo base para la determinación de los impuestos
Efectos en la profesión por adopción de las NIA • La adopción de las NIA da origen a un trabajo que sólo sale a la luz en caso de conflicto. • Si eso no ocurriera queda sólo en los archivos del propio auditor, excepto por la aplicación del control de calidad • En otros términos, si el auditor no hubiera hecho el trabajo o no lo documentara o fuera deficiente, tal circunstancia podría no salir jamás a la luz • ¿Cuántas auditorías hoy cumplen la RT7?
Algunos argumentos empleados para dilatar la aprobación de las NIA • Falta de capacitación de la profesión • Los jueces y reguladores desconocen las Normas • Las NIA implican mayores trabajos • Las NIA implican mayor documentación • Su contenido es exagerado para la PYMES • La Revisión sustituiría la Auditoría • La profesión se resiste al control de calidad • No existen versiones en español actualizadas
Falta Capacitación de la profesión • La capacitación es un proceso continuo y obligatorio que, además, es obligación ética (Cfr. Códigos de Ética) • No bastan para hacer auditoría las 22 páginas de la RT 7. El complemento son los libros de texto e informes • La bibliografía en uso y la mayoría de los programas universitarios, contienen el desarrollo de las NIA • Hoy el volumen de páginas por estudiar en las Facultades oscila entre 600 y 1.200 páginas • El Manual NIA 2009, neto de normas duplicadas que perderán vigencia, tiene alrededor de 1000 páginas
Los jueces y reguladores desconocen las normas • Jueces: Es verdad, no conocen las NIA ni RT 7, pero tampoco de medicina, ingeniería, agronomía, etc. Sin embargo, imparten justicia. ¿Cómo lo hacen? • Con apoyo pericial. ¿Qué es mejor para la profesión?: • Peritos que opinen con la RT7 y bibliografía discrecional dando lugar a una amplia subjetividad o • Peritos que tengan un conjunto completo de normas (NIA) a las cuales referirse para que sus criterios sean más objetivos • Creemos que la segunda posición da una mayor garantía y protección para los profesionales que desarrollan responsablemente su trabajo • Reguladores: Por imperio de las organizaciones mundiales de las que forman parte son los que más conocen e impulsan las NIA (CNV; SSN; BCRA, etc.)
Su contenido es exagerado para la PYMES • Tema abordado por el IFAC, que dio lugar al “Policy Position 2”. Fija claramente que las NIA son aplicables a PYMES, debido a que ellas en cada tema prevén las simplificaciones adecuadas a las PYMES • Las PYMES son usualmente sencillas, por ello, los temas complejos de las NIA se excluyen de hecho, por no ser necesarios • Existen manuales del IAASB preparados para la aplicación práctica de NIA en PYMES. Publicaciones en español. • Para despejar preocupaciones debe recordarse que quien, en la Facultad, estudió “lo más”: NIA completas, podrá seleccionar “lo menos”: las partes aplicables a las PYMES
Las NIA exigen mayor documentación • Para un compromiso de auditoría que cumpla con la RT 7 y considere los Informes del área Auditoría FACPCE (15) hay que documentar similares cuestiones a las exigidas por las NIA: • Actividades previas a la contratación y convenio de auditoría • Planeamiento preliminar que surge de la evaluación de riesgos • Desarrollo del plan y sus cambios en función de los hallazgos • Evaluación del diseño, implementación y efectividad del control interno, en su caso. • Ejecución de las pruebas sustantivas y la documentación de los procedimientos y de los elementos de juicio recopilados • Trabajos finales (hechos posteriores, carta de la gerencia, etc.) • Conclusiones para arribar a una opinión o no opinar • Informe del auditor
La revisión sustituiría la auditoría • Sabido es que las Normas Internacionales permiten la revisión de estados contables de ejercicio cuando el servicio es requerido por el usuario y no existen normas obligatorias que exijan la auditoría • No es el caso argentino, excepto dos Consejos (La Pampa y Tierra del Fuego). • La auditoría es obligatoria y ningún regulador, hasta ahora, ha pensado en promover una sustitución de la auditoría por un servicio que ofrece menos seguridad como es la revisión. • Si aquél hubiera considerado importante este servicio lo hubiera impuesto aún cuando no se hubieran aprobado las NIA • Si en el futuro cambiara la perspectiva y las NIA fueren aprobadas, el servicio estaría disponible para el usuario que lo requiriese • Hoy es un tema que el IAASB tiene bajo consulta. Divergencias
La aplicación de las NIA implican la implantación del control de calidad • Es cierto. Jerarquiza la profesión • Los Consejos, según la Ley 20488 y las leyes provinciales semejantes, deberían implantarlo • Desde el 1/7/08 rige para las sociedades de oferta pública (Resol. 505/07- CNV) • Su implementación debería seguir el curso de las NIA y podría plantearse por etapas: • Primero, para auditores de los entes de interés público • Luego para el resto • Puede haber un período de aplicación voluntaria
No existen versiones en español actualizadas • En la Argentina, se definió difundir las NIA traduciendo las Normas anteriores al Proyecto Claridad que, en lo sustancial, son semejantes a las que regirán en el año 2009 • Esa publicación, financiada por el BCRA, ha sido emitida • Propósito: instalar el tema en Facultades y Consejos • Se está trabajando en la obtención de apoyo para traducir las NIA 2009. Se estima su disponibilidad para fines de este año • Se recuerda que el IAASB ha dispuesto como política la estabilidad temporal de las normas (dos años) • Se prevé un acuerdo con México, España y el Banco Mundial para realizar una traducción más rápida de las futuras normas
Síntesis de la propuesta • Adopción de NIA completas, incluido Código de Ética y Normas de Control de Calidad: • 2011: Entes de interés público (sujetos por definir) • ¿Sólo las que cotizan en mercados públicos de valores? • ¿Sociedades del 299 LSC? • 2014: Resto de los entes. Convergencia 100% • Transición: 2011 hasta 2014. RT 7 con ajustes: • Limitados a las cuestiones que estén en conflicto con las NIA y • Con un resumen de los nuevos servicios que contienen las citadas NIA