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Refundición normas de higiene alimentaría. Comisión de las Comunidades Europeas. Años 70: productividad Años 80: calidad. Años 90: seguridad alimentaria 2000: salud. Evolución de la seguridad alimentaria. alimento.
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Refundición normas de higiene alimentaría Comisión de las Comunidades Europeas
Años 70: productividad Años 80: calidad Años 90: seguridad alimentaria 2000: salud Evolución de la seguridad alimentaria
alimento • Lenguaje común: TODA SUSTANCIA SÓLIDA O LÍQUIDA QUE PUEDE SER INGERIDA POR UN SER VIVO, CON TRES FINALIDADES: LA NUTRITIVA, LA TERAPÉUTICA Y LA ORGANOLÉPTICA. • CODEX ALIMENTARIUS : ARTÍCULO ALIMENTICIO ES TODA SUSTANCIA, ELABORADA, SEMIELABORADA O BRUTA QUE SE DESTINA AL CONSUMO HUMANO, INCLUYENDO BEBIDAS, EL CHICLE Y CUALQUIER OTRA SUSTANCIA QUE SE UTILICE EN LA FABRICACIÓN, PREPARACIÓN O TRATAMIENTO DE LOS ALIMENTOS, PERO NO INCLUYE LOS COSMÉTICOS NI EL TABACO NI LAS SUBSTANCIAS UTILIZADAS ÚNICAMENTE COMO MEDICAMENTOS
Alimento II • CAE: La consideración de alimentos estaba reservada para todas aquellas sustancias o productos de cualquier naturaleza, sólidos o líquidos, naturales o transformados que, por sus características, aplicaciones, componentes, preparación y estado de conservación fueran susceptibles de ser habitual e idóneamente utilizados para la normal nutrición humana, como fruitivos o como productos dietéticos, en casos especiales de alimentación humana
Alimenticio - alimentario • producto alimenticio viene referido al alimento como artículo de consumo • producto alimentario, según se establece en el CAE, designaba a todas las materias no nocivas, en sentido absoluto o relativo, que, sin valor nutritivo, puedan ser utilizadas en la alimentación, tanto humana como animal.
Legislación alimentaria • Ámbito y definiciones • Normativa General sobre Alimentos • Organismo Alimentario Europeo • Sistema de alerta rápida, gestión de crisis y emergencia • Procedimientos y disposiciones finales
Estrategia para la formulación • Registro agente económico (RGS- RSIPAC) • Instalaciones • Personal y su formación • APPCC • Trazabilidad e identificación • Código de buenas practicas (que se hace y porque)
PRINCIPIS DE LEGISDLACIÓ ALIMENTÀRIA LLIBRE VERD DE LA COMISSIÓ • PRINCIPI DE RESPONSALITAT (Productors) • PRINCIPI DE DILIGENCIA DEGUDA (Productors, inspectors) • PRINCIPI DE: L’ESTABLE A LA TAULA • PRINCIPIS D’INDEPENDENCIA, TRANSPARENCIA I EFICACIA DELS SISTEMES OFICIALS DE CONTROL • PRINCIPI D’AVALUACIÓ I GESTIÓ DE RISCOS • PRINCIPI DE PROPORCIONALITAT • PRINCIPI DE PRECAUCIÓ • PRINCIPI SANCIONADOR (Efectiu, proporcional i dissuasori)
PRINCIPIS DE LEGISDLACIÓ ALIMENTÀRIA LLIBRE VERD DE LA COMISSIÓ • PRINCIPI DE RECONEIXEMENT MUTU • PRINCIPI DE SIMPLIFICACIÓ NORMATIVA Un sol texte simplificat Coherencia, racionalitat i claretat Primar els objectius en lloc de les condicions (HACCPP) Basat en dades científiques Exent d’interessos economics Dirigit a la protecció del consumidor • PRINCIPI D’INFORMACIÓ AL CONSUMIDOR
Normativa General sobre Alimentos. • Principios y requisitos de la legislación alimentaria • Requisitos de la seguridad alimentaria • Principios del comercio de alimentos • Principios de transparencia
Principios y requisitos de la legislación alimentaria • Objetivos generales • Protección de la salud • Principio de precaución • Protección de los intereses consumidor. • Trazabilidad • Responsabilidades • Responsabilidad civil
Requisitos de la seguridad alimentaria • Seguridad alimentaria • Requisitos de inocuidad de los piensos • Responsabilidad respecto a la seguridad alimentaria • Empresas alimentarias • Empresas de piensos
Principios del comercio de alimentos • Alimentos importados a la comunidad • Alimentos exportados de la comunidad • Normas alimentarias internacionales
PRINCIPIOS DE LA TRANSPARENCIA • Consulta pública • Información al público
Funcionamiento Organismo Alimentario Europeo • Dictámenes científicos • Dictámenes científicos contradictorios • Asistencia científica y técnica • Estudios científicos • Recopilación de datos • Identificación de riesgos emergentes • Sistemas de alerta rápida • Interconexión de las organizaciones
Independencia, transparencia y comunicación • Independencia • Transparencia • Confidencialidad • Comunicación • Acceso a documentos • Consumidores y otras partes interesadas.
ESTRUCTURA I JERARQUÍA NORMATIVA A L’ESTAT ESPANYOL • Constitució espanyola • Lleis (organiques i ordinaries) • Disposicions normatives amb rang de llei Decret llei (revalidació pel Congres en 30 dies) Decret legislatiu (delegacio de les Corts al Govern) • Reglamens Reial Decret (Consell de Ministres) Ordre (Ministre) • Altres de rang inferior: Resolucions i circulars
Normativa de la unió europea • TRACTAT DE LA UNIO EUROPEA • NORMATIVA VINCULANT: Reglament: Aplicació directa i carácter general Directriu: Aplicació previa trasposició Decissió: Aplicació directa i carácter no general • NORMATIVA NO VINCULANT Recomanació Dictamen
NORMES EN QUE ES FONAMENTA EL CONTROL SANITARI D’ALIMENTS • Normes constitutives • Estatut d’autonomia de Catalunya • Consitució Espanyola • Tractat de la Unió Europea Lleis • Llei 14/86 Llei General de sanitat • Llei 3/86 Medidas especiales en materia de Salud pública • Llei 14/84 Defensa de consumidores y usuarios • Llei 15/83 D’higiene i control alimentaris • Llei 10/95 Código Penal
CONTROL OFICIAL DELS ALIMENTS D’ORIGEN ANIMALBases jurídiques del control sanitari d’aliments
CONTROL OFICIAL DELS ALIMENTS D’ORIGEN ANIMAL • Missió i estructura dels serveis veterinaris oficials • Principis inspiradors de la normativa sobre control sanitari d’aliments • Normes en las què es fonamenta el control sanitari d’aliments
MISSIÓ DELS SERVEIS VETERINARIS OFICIALS • ACCIÓ: Controlar, inspeccionar i auditar • FUNCIÖ: Aliments d’origen animal, i les activitats i establiments relacionats, des de la producció fins a la venda al consumidor final. • GUIA: Normes estatals, autonómiques i de la Unio Europea, directrius dels organs superiors i coneixemens cientifics en materia d’higiene alimentaria i patología veterinaria. • RESULTAT: Garantir la protecció de la Salud Pública i de la sanitat animal aixi com el compliment de lleis normes sanitaries que regulen el comerç d’aliments en el mercat únic europeu i en les relacions d’importació i exportació amb paisoso tercers.
Paquete de Higiene (DOUE 30-04-2004) • 852/2004, de 29 Abril, relativa a la higiene de los alimentos • 853/2004, de 29 Abril, por lo que se establecen las normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal • 854/2004, de 29 de Abril, por la cual se establecen las normas específicas para la organización de los controles oficiales de los productos de origen animal destinados a consumo humano.
882/2004, de 29 Abril, sobre los controles oficiales para garantizar la verificación y cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar animal.Directiva 2004/41/CE de 21 de abril, por la que se derogan determinadas directivas que establecen condiciones de higiene de los productos alimentarios y las condiciones sanitarias para la producción y comercialización de determinados productos de origen animal destinados al consumo humano.
Como se articula • Ambito de aplicación • Definiciones • Obligaciones generales • Especificos en materia de higiene • APPCC • Controles oficiales • Registros • Autorizaciones
Higiene alimentaría • Principios de protección de la salud • Utilización del APPCC • Adopción de criterios microbiológicos y de control de Tª según principios científicos. • Elaboración de CBPH • Control por parte autoridades competentes. • Compromiso agentes económicos de la industria alimentaría.
Sistema APPCC • Obligación por parte de las industrias alimentarías. • Obligación de registro de los controles efectuados. • Detección de los posibles peligros y establecer procedimientos de control adecuados. • Establecer medidas correctivas. • Pruebas de vigilancia por parte de la autoridad sanitaria
Objetivos de la Inocuidad Alimentaría (OIA) • Las empresas han de definir sus propios procedimientos de autocontrol. • Estos sistemas tienen que estar documentados. • Basados en un reconocimiento científico.
Rastreabilidad de los alimentos y los ingredientes alimentarios • Registro de las empresas alimentarías. • Concesión por parte de la autoridad de un número de registro. • El registro acompaña al producto alimentario hasta su destino. • Capacidad de la empresa alimentaría para poder retirar del consumo determinadas partidas de producto alimentario.
Para todos los países • Importaciones de productos a la Comunidad • Exportaciones Comunitarias a terceros países. • Principio del “Establo a la mesa” y la producción primaria. • Flexibilidad.
Normas de higiene aplicables a los alimentos de origen animal • Ámbito de aplicación. • Venta al por menor. • Definición de productos • Autorización de establecimientos • Marcado sanitario. • Requisitos detallados • Criterios microbiológicos. • Temperaturas de almacenamiento y transporte. • Importaciones a terceros países. • Unidades de pequeña producción • Calidad y etiquetado. • Normas de higiene y EEB
Requisitos zoosanitarios • Requisitos de control aplicables a todos los alimentos y piensos. • Requisitos específicos de control.
Nuevas etapas • Seguimiento de la aplicación APPCC • Nuevos avances técnicos y científicos • Cláusula de revisión
Nuevos desafíos • Nuevos mercados, nuevos productos. • Nuevos contaminantes. • Nuevos tóxicos naturales. • Acuerdos y obligaciones internacionales • Codex Alimentarius • OIE
Libro Verde de la Comisión • Coherencia de las normas de higiene. • Normas sencillas para la venta al por menor. • Disposiciones en materia de calidad • Cláusula de salvaguarda. • Controles y aplicación, separación de responsabilidades
HACIA LA CREACIÓN DE UN ORGANISMO ALIMENTARIO EUROPEO • determinación de los riesgos • gestión de los riesgos • comunicación de los riesgos
Evaluación del riesgo Es el conjunto de actuaciones dirigidos a identificar y valorar cualitativamente y cuantitativamente los peligros, evaluar y caracterizar el riesgo para la salud de la población derivados de la exposición a un agente físico, químico, biológico o radiológico procedente de los alimentos
Gestión del riesgo • Englobaría las actuaciones dirigidas a evitar o minimizar un riesgo para la salud, seleccionando o aplicando las medidas de prevención y control más apropiadas y reglamentarias.
Comunicación del riesgo • Consiste en el intercambio interactivo de información y de opiniones relacionadas con los peligros y los riesgos, entre las personas encargadas de la evaluación, de la gestión, los consumidores, los representantes de la industria, la comunidad científica y otras partes interesadas
Alimentos División por sectores
factores • Aproximación física al producto • Destemporalización del producto • Sistemas de conservación • Modificación del producto
Perspectivas • Adaptación a las cantidades de producción • Adaptación tecnológica • Adaptación a la gestión actual • Adaptación al mercado único de 400 millones. • Desaparición de la clandestinidad • Auto responsabilidad del productor
Desarrollo Socio - económico • Generalización proceso técnico • Aumento de la producción • Concentración de medios técnicos y financieros • Expansión de mercados • Desarrollo de la distribución
Efectos macroeconómicos 1 • Incremento de la población • Incremento de la renta de la población • Incremento de la población en áreas urbanas • Evolución de los hábitos de vida • Mayor diversidad del régimen alimenticio • Sedentarismo como forma de vida
Efectos macroeconómicos 2 • Desarrollo del trabajo de la mujer fuera del hogar • Cambio del tipo de unidad familiar • La familia pasa a ser de unidad de producción en una unidad de consumo • Incremento del “ocio”: turismo • Incremento del tiempo ocupado: comida rápida • Normalización de los productos
Problemas • Organización de la producción • Organización de la transformación, transporte y comercialización • Organización del consumo • Evolución de las necesidades y posibilidades que ofrece la transformación industrial • Presentación de los artículos alimenticios • Higiene de los alimentos
Premisas de la legislación alimentaría • Conocimiento técnico científico para evaluar las normas: no riesgo salud • Control sobre los alimentos: capacidad para determinar el riesgo para la salud
PRINCIPIOS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA • planteamiento global e integrado
ELEMENTOS ESENCIALES DE LA POLÍTICA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA: RECOPILACIÓN Y ANÁLISIS DE NFORMACIÓN; ASESORAMIENTO CIENTÍFICO • Supervisión y vigilancia • Sistemas de alerta • Investigación • Cooperación científica • Apoyo analítico • Necesidad de redes científicas
Fines de la legislación alimentaría • Concienciarse de los problemas jurídicos que plantea la producción • Inventario objetivo de dichos problemas • Subordinación de las normas a la evolución de las condiciones socioeconómicas científicas y tecnológicas • Analizar los problemas legislativos y buscar soluciones factibles