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Dip. César Camacho Presidente de la Comisión de Justicia Cámara de Diputados, LX Legislatura. 1er SEMINARIO EN DERECHO PENAL ACUSATORIO TEMA: “EXPERIENCIA Y ALCANCES LEGISLATIVOS”. 16 DE JUNIO DE 2009. 1. DIAGNÓSTICO SOBRE SEGURIDAD Y JUSTICIA
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Dip. César Camacho Presidente de la Comisión de Justicia Cámara de Diputados, LX Legislatura 1er SEMINARIO EN DERECHO PENAL ACUSATORIO TEMA: “EXPERIENCIA Y ALCANCES LEGISLATIVOS” 16 DE JUNIO DE 2009
1. DIAGNÓSTICO SOBRE SEGURIDAD Y JUSTICIA A) Ineficacia en la investigación (70% de detenidos dentro de las 24 horas siguientes a la comisión del delito). B) Desconfianza en las instituciones de procuración de justicia (sólo se denuncia el 25% de los delitos cometidos). C) Ineficiencia terminal (sólo se dicta sentencia condenatoria en el 3% de los delitos). D) Inoperancia del sistema de “readaptación” social.
2. REACCIÓN DEL ESTADO MEXICANO Creación de delitos ante prácticamente cualquier antisocialidad. Aumento de penas como solución. Atropello de derechos del imputado. Desprotección de víctimas. Ineficacia traducida en impunidad. Sistema preponderantemente inquisitivo, agotado.
3. DOS VISIONES PARA UN CAMBIO CONSTITUCIONAL • A) Propuestas del Ejecutivo: • Ingreso de cualquier policía a domicilios, sin orden judicial. • Arraigos, cateos e intervención de comunicaciones, autorizados por el MP. • Detención de personas sin orden judicial en casos urgentes. • Extinción de dominio sin controles, con remisión a la ley. • Un MP omnipotente y un juez presencial de los hechos. • B) Propuestas del PRI, PRD y CONV: • Presunción de inocencia. • Equilibrios procesales (MP y defensa en condiciones de igualdad). • Centralidad del juez en el proceso penal. • Debido proceso legal. • Oralidad en los juicios. • Justicia alternativa, reparación del daño. • Tres jueces (de control, de conocimiento y de ejecución).
4. COMO RESULTADO, UNA REFORMA CONSTITUCIONAL INTEGRAL DE CONSENSO • A) Falso dilema: eficacia o garantismo. • B) Sistema preponderantemente acusatorio: compatibiliza eficacia en el combate al crimen organizado, al tiempo que se respetan derechos. • C) No adoptar sistemas ni figuras jurídicas, sino adaptar. • D) Discusión abierta, basada en argumentos jurídicos. • E) Reforma constitucional, dos grandes ejes entrelazados: • • Garantismo en el procedimiento. • • Eficacia en el combate a la delincuencia organizada.
4.1. GARANTISMO EN EL PROCEDIMIENTO • 4.1. Características del sistema • Oralidad: concentración, continuidad e inmediación; transparencia. • Acusatoriedad: MP investiga y acusa; imputado se defiende (defensa técnica); un juez resuelve. No como hoy (mini procesos). Juez Trinomio procesal MP Defensa
4.2. Principios sustantivos Proporcionalidad: tipos penales y sanción. Lesividad: bienes jurídicos relevantes (derecho penal de ultima ratio). 4.3. Algunos principios adjetivos 4.3.1. Presunción de inocencia No existe expresamente en la Constitución (jurisprudencia SCJN). En la reforma, se reconoce constitucionalmente. Investigar para detener, en lugar de detener para investigar.
4.3.2. Racionalidad de prisión preventiva Hoy, es la regla (88 mil procesados preventivamente de un total de 218 mil internos). Con la reforma, de oficio sólo para delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, narcotráfico y delitos contra la nación. Para los demás delitos, sólo cuando no se garantice la comparecencia del inculpado al juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de víctimas, testigos o la comunidad.
4.3.3. Mecanismos alternativos de solución de controversias Reparación del daño, con control judicial (74,000 presos preventivamente, de 88 mil, lo están por delitos patrimoniales por montos menores a cinco mil pesos). Evitar que todos los conflictos se resuelvan en juicio. 4.3.4. Más derechos para las víctimas Derecho a impugnar ante un juez la reserva, no ejercicio, desistimiento y suspensión de la acción penal. Acción penal privada.
4.3.5. Jueces a) Juez de control: de la vinculación a proceso al inicio del juicio. * Actuaciones ministeriales ilegales suponen nulidad. b) Juez de conocimiento: sustenta el juicio y dicta sentencia. * Valoración libre de la prueba. c) Juez de ejecución: vigila y controla la ejecución de la sanción. * Beneficios preliberacionales (64% sentencias modificadas por el Ejecutivo).
4.2. EFICACIA EN EL COMBATE A LA DELINCUENCIA ORGANIZADA 4.21. Extinción de dominio • El Estado se adjudica bienes instrumento, objeto o producto del delito. • Procedencia para delincuencia organizada, narcotráfico, secuestro, robo de vehículos y trata de personas. • Procedimiento autónomo del de naturaleza penal. 4.2.2. Presentación de grabaciones telefónicas • Con valor probatorio en juicio, siempre y cuando: • tengan relación con un delito. • el oferente participe en ellas.
4.2.3. Medidas especiales de seguridad • Centros especiales de reclusión. • Excepción del beneficio de cumplir sentencia en la prisión más cercana al domicilio. • Medidas de vigilancia especial. 4.2.4. Arraigo • Autorizado sólo por un juez, a petición del MP. • Siempre y cuando sea necesario para el éxito de la investigación, protección de personas o riesgo de fuga. • Duración máxima de 40 días. • Sólo prorrogables cuando subsistan las causas que lo originaron.
5. REFORMAS APROBADAS 5.1. Miscelánea penal • Armonización de disposiciones en vigor al día siguiente de publicación. • Algunos ejemplos: • Orden de cateo por cualquier medio. • Homologación de supuestos para el arraigo. • Registro de detenciones. • Medidas especiales de seguridad.
5.2. Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública • Reglas estrictas para selección, ingreso y permanencia de policías. • Dos evaluaciones obligatorias: • De control de confianza. • De competencias profesionales. • Academias policiales en todo el país, bajo los mismos criterios. • Carrera policial a nivel nacional con carácter homogéneo. • Base nacional de datos criminalísticos, alimentada diariamente.
5.3. Reforma constitucional en materia de secuestro • Facultad del Congreso de la Unión expedir una Ley General. • Deberá establecer, como mínimo: • Tipo penal y sanción únicos. • Política criminal uniforme. • Herramientas idóneas para su persecución. • Atención a víctimas. • Declaratoria constitucional: 24 de marzo de 2009. • Publicación en el DOF: 4 de mayo de 2009.
5.4. Nueva Ley Orgánica de la PGR • Perfeccionamiento de facultades del MP, para eficientar su función y actuar de manera más coordinada con la víctima. • Oficiales ministeriales como auxiliares directos del MP. • Nuevas bases de organización que permitirán: • distribuir con mayor eficiencia el trabajo. • acercar a la ciudadanía los servicios de procuración de justicia. • Preservación de una Policía Federal Ministerial.
5.5. Ley de la Policía Federal A) Investigación de delitos • Desarrollo de la nueva facultad constitucional de investigación. • Actúa bajo las órdenes del MP. B) Prevención del delito • Nuevo esquema de investigación para prevención de delitos. • El objetivo es evitar la consumación del delito. • Si se consuma, detiene en flagrancia y avisa de inmediato al MP.
5.6. Ley Federal de Extinción de Dominio • Jueces de Distrito especializados. • Producto de lo extinguido, para reparar el daño a la víctima. • Salvaguarda de derechos de terceros poseedores de buena fe. • Si se le absuelve en el proceso penal, el afectado tiene derecho a que se le devuelvan los bienes extinguidos, incluyendo intereses, rendimientos y accesorios.
6. REFORMAS PENDIENTES 6.1. Nuevo Código Procesal Penal Federal. 6.2. Nueva Ley Federal de Ejecución de Sanciones Penales. 6.3. Nueva Ley de Atención a Víctimas del Delito. 6.4. Reformas a la Ley Federal de Defensoría Pública. 6.5. Reformas a la Ley de Amparo.
7. CONSECUENCIAS DE LAS OMISIONES Y ACCIONES URGENTES PARA UNA CORRECTA INSTRUMENTACIÓN 7.1. Consecuencias de las omisiones • Falta de recursos. • Instancia de coordinación con fragilidad jurídica; ausente. • Desinterés de los estados. • Modelos discrepantes en estados con reformas en proceso. 7.2. Acciones urgentes • Operatividad de la instancia de coordinación. • Toma de decisiones del Ejecutivo Federal (órgano unipersonal). • Coordinación entre poderes y participación de académicos y sociedad civil. • Capacitación de los operadores del sistema.
Presentación disponible en: www.cesarcamacho.org