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NORMATIVA ACTUAL SOBRE PUERTOS DE INTERÉS GENERAL. SEBASTIÁN DÍAZ RIBES DOCTOR EN DERECHO-ABOGADO PROFESOR UNIVERSITARIO. www.bufetediaz.com. Octubre/2011. Operatividad de Administración pública. Era muy amplia y dispersa por lo que se hacía necesaria su unificación por.
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NORMATIVA ACTUAL SOBRE PUERTOS DE INTERÉS GENERAL SEBASTIÁN DÍAZ RIBES DOCTOR EN DERECHO-ABOGADO PROFESOR UNIVERSITARIO www.bufetediaz.com Octubre/2011
Operatividad de Administración pública Era muy amplia y dispersa por lo que se hacía necesaria su unificación por Seguridad jurídica de todos los agentes implicados • Ley 27/1992, de 24 de noviembre sobre LPMM. • Ley 62/1997, de 26 de diciembre, que modifica la anterior. • Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico del Sistema Portuario de titularidad estatal. • Ley 33/2010, de 5 de agosto, que modifica las tres anteriores. Hasta hace unos días estaban en vigor SEBASTIÁN DÍAZ RIBES
LEY 33/2010 • Aprobada el 21.07.10 • BOE de 07.08.10 • Entra en vigor el 27.08.10 • Vocación de estabilidad, ya que consensuada por los dos partidos políticos mayoritarios • Autoriza al Gobierno de España la elaboración de Texto Refundido (totalmente necesario) en plazo de 6 meses. Plazo incumplido TR se ha aprobado en Consejo de Ministros de 02.09.11 • Se prevé desarrollo reglamentario SEBASTIÁN DÍAZ RIBES
TEXTO REFUNDIDO DE LA LPMM • Aprobado en el Consejo de Ministros de 02/09/11 • Publicado en el BOE de 20/10/11 • Entrada en vigor: 21/10/11 • - Disposiciones que se opongan a este TR • - Ley 27/1992 de PEMM • Quedan derogadas - Ley 62/1997, de modificación de la 27/1992. • - Ley 48/2003, de Régimen Económico y Prestación de servicios. • - Ley 33/2010, de modificación de la 48/2003. SEBASTIÁN DÍAZ RIBES
Contenido del TR Amplísimo • 320 Artículos. • 33 Disposiciones adicionales. • 8 Disposiciones transitorias. • 3 Disposiciones finales. • Relación de Puertos de interés general. • 3 Anexos Definiciones técnicas. • Descripción de grupos de mercancías 255 páginas del BOE SEBASTIÁN DÍAZ RIBES
MOTIVOS/JUSTIFICACIÓN DE LA REFORMA • Han transcurrido cerca de 20 años de LPMM de 1992 y casi 3 lustros desde la ley 27/1997 • Diversos acontecimientos y nuevas realidades: • UNIFICACIÓN DE NORMATIVA MÚLTIPLE Y DISPERSA. (Operatividad y seguridad jurídica). • Incremento del transporte marítimo. El modo marítimo es el de mayor capacidad de transporte de mercancía (en Tm por Km) y el de menor coste de transporte por unidad transportada. • Desarrollo de las redes transeuropeas de transporte (autopistas del mar) • Cambios tecnológicos/estratégicos sector transporte en general y en el marítimo en particular (especialización y automatización de procesos) SEBASTIÁN DÍAZ RIBES
MOTIVOS/JUSTIFICACIÓN DE LA REFORMA • Creciente liberalización mercado servicios de transportes que deriva en competencia interportuaria e intraportuaria. • Nuevo concepto de “Cultura portuaria” (comunidad portuarias, relación puerto-hinterland, nuevo escenario transporte intermodal, plataforma logística, etc.). • Nuevas políticas económicas y de transportes , nacional y europeas. • Necesario nuevo marco normativo • Económico-financiero • Prestaciones de servicios • Utilización dominio público • Participación privada SEBASTIÁN DÍAZ RIBES
PRINCIPIOS RECTORES NORMATIVA • Avanzar liberalización servicios portuarios • Completar regulación dominio público portuario • Potenciar participación/inversión iniciativa privada • Flexibilizar modelo tarifario (cada Autoridad Portuaria podrá adaptarse a la realidad económica de cada momento) • Avanzar en la autosuficiencia económica puertos (ya se inició en la ley 62/1997) SEBASTIÁN DÍAZ RIBES
PRINCIPIOS RECTORES NORMATIVA • Consolidar condición de tasas de las tarifas portuarias (doctrina, TS y TC) • Incrementar bonificaciones en algunas tasas (por política económica, mejora medioambiental, etc.) • Autoridad Portuaria puede establecer coeficientes correctores en tasas buque, mercancía y pasaje, dentro de límites Mº Fomento, sin prácticas abusivas ni discriminatorias. • Libre acceso reglado a prestación de servicios portuarios • Nuevo régimen gestión trabajadores servicio de manipulación de mercancías, con un único modelo (SAGEP) SEBASTIÁN DÍAZ RIBES
NATURALEZA AUTORIDADES PORTUARIAS Carácter Híbrido Titularidad: Estado Gestión: Comunidad Autónoma SEBASTIÁN DÍAZ RIBES
TASAS PORTUARIAS MOTIVO Utilización Privativa dominio público portuario Ejercicio actividades comerciales, industriales, servicios Utilización especial instalaciones portuarios (tasa del buque, pasaje, mercancías, pesca fresca, embarcaciones deportivas/recreo, zona de tránsito) Utilización servicio señalización marítima DENOMINACIÓN • De Ocupación • De Actividad • De Utilización • De Ayuda a la navegación SEBASTIÁN DÍAZ RIBES
TASAS PORTUARIAS Posibilidad Autoridad Portuaria de proponer en plan de Empresa coeficientes correctores y • Bonificación 5% por medio ambiente • Bonificación hasta 6% en tráfico internacional SEBASTIÁN DÍAZ RIBES
PRECIOS PRIVADOS POR SERVICIOS COMERCIALES PRESTADOS POR LA AUTORIDAD PORTUARIA • Consideración de Tarifa (precio privado) y no de Tasa. • Aprobados por el CA de cada Autoridad Portuaria SEBASTIÁN DÍAZ RIBES
SERVICIOS PRESTADOS EN LOS PUERTOS Servicios Generales • Tráfico portuario (marítimo y terrestre) • Operaciones asociadas a servicios portuarios, comerciales y otras actividades • Señalización, balizamiento, etc. • Policía portuaria (agentes de la autoridad) • Alumbrado y limpieza • Prevención/control de emergencias SEBASTIÁN DÍAZ RIBES
SERVICIOS PRESTADOS EN LOS PUERTOS Servicios Portuarios (Podrán prestarse por privados previa Licencia de la A. Portuaria) Servicios técnicos-náuticos • Practicaje • Remolque • Amarre-desamarre • Servicio al pasaje • Recepción desechos buques (Marpol) • Manipulación de mercancías SEBASTIÁN DÍAZ RIBES
AUTOPRESTACIÓN DE SERVICIOS • Cuando el concesionario o titular de una terminal de pasajeros o de mercancías dedicada a uso particular se presta a sí mismo los servicios al pasaje o manipulación mercancía con personal/material propios. • NecesitaLicenciade la Autoridad Portuaria INTEGRACIÓN DE SERVICIOS • Cuando el concesionario/titular de una terminal dedicada a uso particular preste a los buques que operan en la misma uno o varios servicios técnicos-náuticos con personal/material propios. • NecesitaLicenciade la Autoridad Portuaria. SEBASTIÁN DÍAZ RIBES
SERVICIOS COMERCIALES • Autoridad Portuaria puede prestarlos en caso de insuficiencia de iniciativa privada • Actividades de naturaleza comercial: • No son servicios portuarios • Están vinculadas a la actividad portuaria. SEBASTIÁN DÍAZ RIBES
RÉGIMEN TRABAJADORES MANIPULACIÓN MERCANCÍAS • Nueva Figura: SAGEP (Sociedad Anónima de Gestión de Estibadores Portuarios) • Desaparecen las actuales • La constituirán las empresas titulares de licencias de manipulación de mercancías • Sociedades Estatales de Estiba • Agrupaciones Portuarias de Interés Económico • Número de titulares • Volumen de facturación de cada una Distribución Accionarial por SEBASTIÁN DÍAZ RIBES
RÉGIMEN TRABAJADORES MANIPULACIÓN MERCANCÍAS SEBASTIÁN DÍAZ RIBES
OTRAS MODIFICACIONES RECIENTES • Nueva composición Consejos de Administración Autoridad Portuaria • Incremento funciones de la Autoridad Portuaria • Modificación de funciones • Se crea “Libreta Marítima” (necesaria para ejercicio profesión en buques) • Definición de “Lugares de refugio” • Nueva regulación de Comisión Permanente de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (Mº de Fomento) Desarrollado por RD 800/2011, de 10 de junio (BOE 11.06.11) • Director Autoridad Portuaria • Capitán Marítimo • Sasemar SEBASTIÁN DÍAZ RIBES