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Chiara Favilli Roma 7-8 de abril de 2014. Efectos del derecho UE y soluciones en caso de violación. Fuentes vinculantes. Tratados Principios generales Derecho internacional: los tratados y el derecho internacional general Reglamento Directivas Decisiones. Tratados – Efectos directos.
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Chiara Favilli Roma 7-8 de abril de 2014 Efectos del derecho UE y soluciones en caso de violación
Fuentes vinculantes • Tratados • Principios generales • Derecho internacional: los tratados y el derecho internacional general • Reglamento • Directivas • Decisiones
Tratados – Efectos directos • Derechos y obligaciones hacia los ciudadanos • Derechos aun cuando existan obligaciones hacia los Estados Miembros • Tres condiciones -Norma clara, precisa e incondicional 3
Efectos directos • Vertical -Personas físicas o jurídicas contra Estados -Van Gend en Loos 1963, Van Duyn, 1974; Reyners 1974 • Horizontal -Entre las personas físicas o jurídicas -Walrave, 1974; Defrenne 1976; • Cumplimiento -Siempre obligatorio: Comisión c. Italia 1986 • La mera práctica administrativa no es suficiente 4
Plazo de prescripción • Desde el momento en el que se producen los efectos directos • Fantask 1997 -Equivalencia -Efectividad 5
Directivas – Efectos directos • Norma clara, precisa e incondicional, Van Duyn 1974 • Expiración del plazo • Falta de cumplimiento o ejecución incompleta o incorrecta • Sólo E.D. vertical porque vincula únicamente al Estado -No efecto vertical inverso -Marshall, 1986: negación E.D. horizontal 6
Extensión de losefectosdirectos • Sentencia Unilever 2000 -Norma interna adoptada por violación de una Directiva -Inaplicabilidad en un juicio entre privados • Fratelli Costanzo 1989: la AP (Administración Pública) tiene el efecto directo -La Directiva es de cumplimiento obligatorio en todo el Estado, municipios incluidos -En el caso de los efectos directos la AP debe desaplicar la norma interna incompatible - También las entidades privadas encargadas de la realización de un servicio público 7
Interpretación conforme Marleasing 1990 • Causa de nulidad de una sociedad no prevista por la Directiva comunitaria no transpuesta • Interpretación de la norma interna a la luz de la letra y la finalidad de la Directiva • No se utiliza para generar obligaciones frente a los particulares, sino sólo frente al Estado: Arcaro (1996) 8
Responsabilidad por daños • Francovich 1991, Faccini Dori 1994 -Artículo 10 Tratado CE -Atribución de derechos -Contenido identificado sobre la base de la Directiva -Relación de causalidad -Principio de equivalencia y de efectividad • Brasserie de Pecheur 1996 -Aunque la Directiva produce efecto directo -Aunque el Tratado se ha violado • Dillenkofer 1996 -Violación manifiesta y grave -No es necesaria la previa constatación del incumplimiento 9
Responsabilidad por daños • Günter Fuß 2010 -Derechos -Violación suficientemente calificada - Relación de causalidad • Kobler 2003 -Incluso por aplicación errónea del derecho comunitario por el Tribunal Supremo • Traghetti del Mediterraneo 2006 -No compatibilidad con la Ley núm. 117/1988 sobre la responsabilidad del Estado por acción del juez 10
Prescripción • Fantask 1997 -Plazo de prescripción/caducidad nacional -Equivalencia y efectividad -Corre a partir de la fecha de exigibilidad del derecho 11
Procedimiento de infracción • Art. 258 del TFUE • Art. 259 del TFUE • Art. 260 del TFUE