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XVI CONGRESO AIGLP. Asociación Iberoamericana de Gas Licuado de Petróleo. LOS MODELOS DE DESREGULACION DE ARGENTINA Y CHILE (Grupo Temático II - Sesión VI). 25 de Abril de 2001 Salvador - Bahia - Brasil. EL Gas Licuado en la Argentina. Se inicia en 1933 a través de YPF
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XVI CONGRESO AIGLP Asociación Iberoamericana de Gas Licuado de Petróleo LOS MODELOS DE DESREGULACION DE ARGENTINA Y CHILE (Grupo Temático II - Sesión VI) 25 de Abril de 2001 Salvador - Bahia - Brasil
EL GasLicuado en la Argentina • Se inicia en 1933 a través de YPF • En 1945 se constituye Gas del Estado. Fraccionaba y distribuía en forma directa en envases (cilindros) de 45 kg., que entregaba en comodato • En 1950 se incorporan los primeros tanques fijos en domicilio(granel). • En 1960 inician la actividad distribuidores privados a través de garrafas de 10 kg, con contratos de llenado con GdelE. • En 1961 se piden las primeras autorizaciones para el montaje de plantas de fraccionamiento., llegando en 1986 a 196, agrupadas en 40 Empresas. • En 1980 había 1.000.000 de clientes finales que consumían 300.000 Tn/año.
EL GasLicuado en la Argentina • En 1981, se dictó el Decreto 690 y se transfieren-entre otras disposiciones- los cilindros de 45kg a los fraccionadores privados. • En 1983 se dicta el Decreto 337 que reivindica para GdelE el control técnico y de seguridad en todas las etapas del proceso de los fraccionadores privados, otorgandola facultad de actual como poder de policía y aplicar sanciones dentro y fuera de los límitres de las plantas, almacenajes y depósitos, incluyendo transporte, distribución, comercialización e instalaciones. • En 1992 se privatiza GdelE transfiriendo a la Secretaría de Energía todas las facultades y la responsabilidad de actuar como Autoridad de Aplicación y ejercer el Poder de Policía en materia de GLP.El Gas Natural se concesiona en nueve regiones y quedan bajo la órbita del Ente Regulador del Gas Natural (Enargas).
Mercado GLP en la Argentina Producción por Destino (miles Tn)
Mercado doméstico - Compras GLP - Año 2000 Butano y Propano Fraccionadores agrupados en CEGLA: 838.714 Tn 77.2%
0 - 286457 286458 - 512328 512329 - 839676 839677 - 2766682 2766683 - 12594974 Distribución de la población Superficie Población Total 3.761.274 km2 Continental 2.791.810 km2 Año 2000 37.031.802 Concentración poblacional % Capital 9.1 Gran Bs. As. 24.4 Resto Bs. As. 14.2 Total provincia 47.7 Santa Fe 8.6 Córdoba 8.5 Mendoza 4.3 Entre Rios 3.1
Mercado de Envasado - Características • 51 Empresas - 110 plantas de fraccionamiento - 5.000 empleados • 4.500.000 de clientes finales atendidos en 4.000 ciudades y pueblos de todo el país, en 75.000 comercios y con la utilización de más de 5.000 vehículos pesados y livianos en abastecimiento, distribución y venta. • Proyección de ventas 2001: 1.130.000 Tn/año (4.0% sobre 2000) • Envasado: 800.000 Tn Granel: 250.000 Tn • Redes: 55.000 Tn Otros: 25.000 Tn • Amplia aceptación de los Centros de Canje con más de 700.000 • canjes/mes. • Parque de envases 20.289.000 unidades (10, 15, 30 y 45 kg) • Reparación de envases: 2.200.000 en 1999 ; 1.300.000 en 2000
Mercado de Granel - Características • 100.000 intalaciones de Granel con 120.000 TK. • 80 puntos fijos de almacenamiento y abastecimiento. • Versatilidad y facilidad de abastecimiento en instalaciones con imposibilidad • de otro combustible alternativo (gas natural, electricidad). • Clientes • Doméstico. • Comercial: hoteles, complejos habitacionales cerrados. • Agropecuario: secado de granos, fruta, arroz, tabaco, yerba. • Industrial: calderas, procesos de calor, generación de energía. • Institucional: hospitales, escuelas, servicios de seguridad. • El mercado de granel está concentrado en 7 empresas: • Repsol-YPF Gas, Totalgaz, Shell Gas, Extragas, Amarilla Gas, Surgas • (todas CEGLA) y Gas Areco (independiente)
GRANEL ENVASADO Fraccionador Empresa 65% Distribuidor Sub-Distr. Comercio 5% 100% Cliente Cliente Final Cadena de Valor Retail 30 % 80 % 20 %
PUEBLOS 390.000 Tn GLP VEHICULAR 74.400 Tn Mercado potencial • 148 Loc. De 500 a 1500 hab. 100.000 Tn • 108 Loc. De + 1.500 hab. 130.000 Tn • Consumo Industrial 160.000 Tn • Conversión del 10 % del Parque de Transporte en 5 años 4.000 Unidades 18,6 Tn./ Año
Localización de los Centros de Canje Movimiento anual de envases: 8.000.000
Intervención gubernamental en el desarrollo del GLP Marco Legal y Normativo • Ley de Gas Natural - Privatización G de E (24.076). • Ley de Marcas (22.362). • Ley de Lealtad Comercial (22.802). • Ley de Defensa del Consumidor (24.240). • Pliego de Bases de GdeE. • Resolución SE 255/93, 23/94, 404/94 (Envasado). • Resolución SE 104/96 (Granel).
Intervención gubernamental en el desarrollo del GLP Productores Res 255 Centros de Canje Ley 24.076 Res 23 Fraccionadoras Talleres Rehabilitación Ley de marcas – Res 255, 23 y 404 Distribuidores Ley de Lealtad Comercial Usuarios Ley de Defensa del Consumidor
Situación Actual • Autoridad de Control: Secretaría de Energía y Minería • Mercado desregulado • Libre disponibilidad de producto • Ausencia de inversión por parte de irregulares en reparación y fabricación de envases • Imposibilidad de aplicación de sanciones (S.E.) por falta de normas claras y cuestiones jurídicas • Uso irrestricto de envases ajenos sin respeto de marca/propiedad • Aporte voluntario de algunas empresas CEGLA en un “Plan de Control” (1.800.000 u$s / año) a la S.E.
Bases para un buen desempeño del estado en el ejercicio del Control de Policía • Nivel profesional de los organismos de control • Reglas claras y permanentes • Sistema judicial independiente • Determinación y aplicación de sanciones que desincentiven el no cumplimiento de las normas establecidas
Objetivos CEGLA • Seguridad Jurídica para la continuidad de las inversiones (Ley GLP) • Consenso político institucional para poder desarrollar el negocio con un horizonte previsible • Clara definición de las facultades de la Autoridad de Aplicación y certeza de las competencias públicas que la regulan, hoy desperdigadas en múltiples jurisdicciones locales (Provinciales y municipales) con infinidad de regulaciones técnicas, operativas y tributarias. • Requerir el cumplimiento de normas de seguridad operativa, de aseguramiento de la calidad del producto, de defensa del consumidor y cuidado del medio ambiente. • Promover medidas promocionales destinadas a incrementar el consumo, usos alternativos y nuevos nichos de mercado que satisfagan necesidades de la comunidad
Compromiso de Empresas CEGLA • Observar las Normas y Reglamentaciones dictadas por la Autoridad de Aplicación (S.E.) • Respeto por el derecho de propiedad y marca de envases. • Responsabilidad del fraccionador: • Mantenimiento, reposición y llenado de sus envases de acuerdo a normas. • No utilizar envases ajenos, salvo autorización. • Mantener un parque de envases habilitados que tenga correspondencia con el volumen de compras de GLP. • Obligación de participar en los Centros de Canje. • Cumplir con las normas de Seguridad y Medio Ambiente en Plantas, Depósitos y Envases. • Observancia de la normativa vigente en materia fiscal, laboral y previsional.
Producto tradicional • Indiferenciado, sin marca • Inseguro • Pésimo estado e imagen • Vencido El producto que se le ofrecía al usuario era:
Proyecto de ley de GLP de la CEGLA • Libre ejercicio de la actividad de fraccionamiento. • Libertad de Precios. • Régimen libre de importación y exportación de GLP. • Sujetos activos: fraccionadores, transportortadores, distribuidores, • almacenadores y prestadores de servicios de puerto, sin limitaciones. • Sujetos pasivos: los consumidores finales. • Principio de marca y propiedad del envase. • Los fraccionadores deberán contar con parque de envases acorde a la • magnitud de sus ventas y llenar solamente envases registrados con su • marca que cumplan con las normas de seguridad. • Llenado de envases de terceros, solo por convenios.
Proyecto de ley de GLP de la CEGLA • Acceso abierto para todo tipo de almacenajes que no fueron • concesionados, por cuatro años y hasta un 40% de la capacidad instalada, • para asegurar las importaciones y exportaciones de GLP. • Obligación de participar en Centros de Canjes de envases, que serán • operados por terceros independientes • La Secretaría de Energía es responsable de aplicar políticas para la • utilización de GLP en nuevas redes, dictar reglamentos y autorizar la • construcción. • Autoridad de aplicación: Secretaría de Energía, con obligación de dictar • la normativa de las actividades de fraccionamiento, comercialización y • procedimientos técnicos, ejercer el control con facultad de sancionar.
Empresas Fraccionadoras de Gas Licuado asociadas a CEGLA AMARILLA GAS S.A.I.C. EXTRAGAS S.A. CUYO GAS S.A. DIMARCO S.A. DOLORES GAS S.A. FRAC.SANTIAGUEÑA S.A. GAS AUSTRAL S.A. GAS SAN FRANCISCO S.A.C.I.F. MEJOR GAS S.A.I.M.I.C PATRIA GAS S.A.C.I.F. PROPANORTE S.A.C.I.F. REPSOL GAS S.A. RHO S.A. SHELL GAS S.A. SU GAS S.A. SURGAS S.A. TOTALGAZ ARGENTINA S.A. VIDAL HNOS. S.A.I.C.F. Y.P.F. GAS S.A.
Consejo Directivo conformado en el acto eleccionario del 16 de Junio de 2000