270 likes | 603 Views
FORMACION DE TRIPULANTES MARINA MERCANTE CUBIERTA Y MAQUINAS. CAPACITACIONES INTEGRADAS VECKTROM LTDA. SAN ANTONIO 1001 OF. 10 VIÑA DEL MAR FONO 2973204-2694834 E-MAIL VECKTROMCAPACITACIONES@GMAIL.COM . CURSO DE FORMACIÓN PARA TRIPULANTE GENERAL DE CUBIERTA O PUENTE.
E N D
FORMACION DE TRIPULANTES MARINA MERCANTE CUBIERTA Y MAQUINAS CAPACITACIONES INTEGRADAS VECKTROM LTDA. SAN ANTONIO 1001 OF. 10 VIÑA DEL MAR FONO 2973204-2694834 E-MAIL VECKTROMCAPACITACIONES@GMAIL.COM
CURSO DE FORMACIÓN PARA TRIPULANTE GENERAL DE CUBIERTA O PUENTE Decreto Supremo N° 90, de 1999, Reglamento de Formación, Titulación y Carrera Profesional del Personal Embarcado, los Tripulantes se clasifican en: (Artículo 11°) Tripulante General de Cubierta o Puente Tripulante General de Máquinas Los tripulantes de cubierta o puente desempeñarán todas las funciones inherentes a este cargo. Formarán parte de la guardia de navegación, los que estén específicamente facultados para ello en la respectiva certificación, de acuerdo a lo establecido en el convenio, o en la legislación y reglamentación nacional. (Artículo 13°) Las plazas o cargos a desempeñar por los tripulantes o marineros a bordo, serán fijados por el capitán de la nave, de conformidad con la dotación mínima de seguridad aprobado para la nave de que se trate. (Artículo 15°)
CURSO DE FORMACIÓN PARA TRIPULANTE GENERAL DE CUBIERTA O PUENTE Decreto Supremo N° 90, de 1999, Reglamento de Formación, Titulación y Carrera Profesional del Personal Embarcado, los Tripulantes se clasifican en: (Artículo 11°) Tripulante General de Cubierta o Puente Tripulante General de Máquinas Los tripulantes de cubierta o puente desempeñarán todas las funciones inherentes a este cargo. Formarán parte de la guardia de navegación, los que estén específicamente facultados para ello en la respectiva certificación, de acuerdo a lo establecido en el convenio, o en la legislación y reglamentación nacional. (Artículo 13°) Las plazas o cargos a desempeñar por los tripulantes o marineros a bordo, serán fijados por el capitán de la nave, de conformidad con la dotación mínima de seguridad aprobado para la nave de que se trate. (Artículo 15°)
CURSO DE FORMACIÓN PARA TRIPULANTE GENERAL DE CUBIERTA O PUENTE Decreto Supremo N° 90, de 1999, Reglamento de Formación, Titulación y Carrera Profesional del Personal Embarcado, los Tripulantes se clasifican en: (Artículo 11°) Tripulante General de Cubierta o Puente Tripulante General de Máquinas Los tripulantes de cubierta o puente desempeñarán todas las funciones inherentes a este cargo. Formarán parte de la guardia de navegación, los que estén específicamente facultados para ello en la respectiva certificación, de acuerdo a lo establecido en el convenio, o en la legislación y reglamentación nacional. (Artículo 13°) Las plazas o cargos a desempeñar por los tripulantes o marineros a bordo, serán fijados por el capitán de la nave, de conformidad con la dotación mínima de seguridad aprobado para la nave de que se trate. (Artículo 15°)
CURSO DE FORMACIÓN PARA TRIPULANTE GENERAL DE CUBIERTA O PUENTE Decreto Supremo N° 90, de 1999, Reglamento de Formación, Titulación y Carrera Profesional del Personal Embarcado, los Tripulantes se clasifican en: (Artículo 11°) Tripulante General de Cubierta o Puente Tripulante General de Máquinas Los tripulantes de cubierta o puente desempeñarán todas las funciones inherentes a este cargo. Formarán parte de la guardia de navegación, los que estén específicamente facultados para ello en la respectiva certificación, de acuerdo a lo establecido en el convenio, o en la legislación y reglamentación nacional. (Artículo 13°) Las plazas o cargos a desempeñar por los tripulantes o marineros a bordo, serán fijados por el capitán de la nave, de conformidad con la dotación mínima de seguridad aprobado para la nave de que se trate. (Artículo 15°)
PREPARACIÓN EQUIPO 1.- Características 2.- Ventajas Propias 3.- Beneficios 4.- Orientación 5.- Perfil 6.- Área de desempeño a bordo 7.- Competencias Prácticas 8.- Formas de Pago
1.- CARACTERÍSTICAS DE LA CARRERA Título profesional :TRIPULANTE Mención :CUBIERTA MÁQUINA Duración 4 MESES TEÓRICOS OTEC 4 MESES EMBARCO PRÁCTICA Régimen : VESPERTINO
Reconocidos por la DGTM Y MM • 4 meses • Simuladores Navegación y Máquinas • Instructores acreditados por DGTM Y • MM con actualización permanente de • las normativas que emana de este • organismo. • Inglés intensivo gramatical y • técnico- marítimo • Personal empresa de áreas administrativa • y Operativas con experiencias en el • campo marítimo. 2.- VENTAJAS PROPIAS Y COMPETITIVAS
3.- BENEFICIOS Estudiar en una OTEC que cuenta con una cartera de clientes empresas permanentes Recibir 4 meses de capacitación que será la base de una carrera dentro de la marina mercante. Conocer gran parte del mundo Tener un sueldo seguro y seguro de salud Tener un buen sueldo app 1.780 US dólares Formar parte de un equipo de trabajo Realizar cursos OMI de carácter obligatorio
4.- ORIENTACION 1.- Jóvenes egresados 4to medio 2.- Personal de la Marina Mercante Nacional que requiera reforzar sus conocimientos teóricos y prácticos previo examinación realizada por la AA.MM. 3.- Personal de la MMN, que reprobó la examinación de la AA.MM. 4.- Oficiales y Tripulantes de la MMN, que requieran afianzar sus conocimientos teóricos-prácticos para optar a cargos.
5.- PERFIL PROFESIONAL Personas activas y con iniciativa Responsabilidad Confiables Voluntariosos Salud física y mental acorde a la actividad que desarrollarán
6.- AREA DESEMPEÑO A BORDO 1.- Vigilancia de la seguridad de la navegación 2.- Mantención de la implementación de cubierta 3.- Apoyo a piloto durante el gobierno de la nave ya sea en navegación o durante maniobras de puerto. 4.- Apoyo en labores de carga y descarga de la nave. 5.- Operación y mantención de las maquinarias Propulsoras y auxiliares de la nave
7.- COMPETENCIAS LABORALES • Habilidades para trabajar en grupos multidisciplinarios y multinacionales • Capacidad para integrar y retroalimentar grupos de trabajo • Visión global de un mundo marítimo • Manejo del idioma inglés • Profesional con valores éticos
8.-FORMAS DE PAGO • Al contado ……………….3% descuentos • Documentos ……………..5 cheques a 30,60,90,120,150 días • Letras Notariales………… 1 a 5
CURSO DE FORMACIÓN PARA TRIPULANTE GENERAL DE CUBIERTA O PUENTE Decreto Supremo N° 90, de 1999, Reglamento de Formación, Titulación y Carrera Profesional del Personal Embarcado, los Tripulantes se clasifican en: (Artículo 11°) Tripulante General de Cubierta o Puente Tripulante General de Máquinas Los tripulantes de cubierta o puente desempeñarán todas las funciones inherentes a este cargo. Formarán parte de la guardia de navegación, los que estén específicamente facultados para ello en la respectiva certificación, de acuerdo a lo establecido en el convenio, o en la legislación y reglamentación nacional. (Artículo 13°) Las plazas o cargos a desempeñar por los tripulantes o marineros a bordo, serán fijados por el capitán de la nave, de conformidad con la dotación mínima de seguridad aprobado para la nave de que se trate. (Artículo 15°)
2.- CURSOS OBLIGATORIOS OMI PARA LA • OBTENCIÓN DEL TÍTULO: • OMI 1.20: Prevención y Lucha Contra Incendio • OMI 1.19: Supervivencia Personal • OMI 1.13: Primeros Auxilios Básicos • OMI 1.21:Seguridad personal y responsabilidades • sociales
3.- EXAMINACIÓN: • A) PARA APROBACIÓN DE CURSO: • Al término del curso, el alumno será examinado por el propio OTEC. • Para aprobar el curso, el alumno debe obtener una nota igual o superior a 6,0, en la escala de 1 a 10, consignada con un decimal, según lo establecido en el art. 59 del Reglamento sobre Formación, Titulación y Carrera Profesional del Personal Embarcado, aprobado por Decreto Supremo (M.) N° 90 de fecha 15 de Junio de 1999, publicado en el sitio web www.directemar.cl, subsitio “Reglamentos y Publicaciones”, título TM-007.
b) EMBARCO EN PRÁCTICA: Se debe incluir el período de cuatro meses de embarco en práctica para optar al título de Tripulante General de Cubierta, el cual es parte integral del curso de Formación, y es requisito indispensable para presentarse a la Evaluación de Competencia y finalmente para la obtención del título que otorga la Dirección General.
C) PARA LA OBTENCIÓN DE TÍTULO: • Ser egresado del curso respectivo. • Aprobar los exámenes correspondientes ante la Comisión Examinadora designada por la Autoridad Marítima, debiendo obtener una nota no inferior a 6.0, en escala de 1 a 10 (Art. 59 del DS.(M.) N° 90 de 1999). Haber aprobado el Libro de Registro de Embarco
C) PARA LA OBTENCIÓN DE TÍTULO: • Ser egresado del curso respectivo. • Aprobar los exámenes correspondientes ante la Comisión Examinadora designada por la Autoridad Marítima, debiendo obtener una nota no inferior a 6.0, en escala de 1 a 10 (Art. 59 del DS.(M.) N° 90 de 1999). Haber aprobado el Libro de Registro de Embarco
Instructor responsable de la unidad temática: Instructores de Formación de cada curso:
TITULACION NACIONAL QUE SE OBTIENE. TRIPULANTE GENERAL DE CUBIERTA O PUENTE DE LA MARINA MERCANTE NACIONAL. TITULACIÓN INTERNACIONAL QUE SE OBTIENE (Convenio STCW 78/95, regla II/4). MARINERO DE LA GUARDIA DE NAVEGACIÓN. (NAVIGATIONAL WATCH RATING).
FORMACION DE TRIPULANTES MARINA MERCANTE CUBIERTA Y MAQUINAS CAPACITACIONES INTEGRADAS VECKTROM LTDA. SAN ANTONIO 1001 OF. 10 VIÑA DEL MAR FONO 2973204-2694834 E-MAIL VECKTROMCAPACITACIONES@GMAIL.COM