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OFICINAS DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Y LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. ÍNDICE. Introducción. OEMP. EPO. OAMI. OMPI. PROCEDIMIENTO/VISITA VIRTUAL. Conclusiones. INTRODUCCIÓN. PROPIEDAD INDUSTRIAL. Es un conjunto de derechos que puede poseer una persona física o jurídica Sobre:
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OFICINAS DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL YLA PROPIEDADINDUSTRIAL
ÍNDICE Introducción OEMP EPO OAMI OMPI PROCEDIMIENTO/VISITA VIRTUAL Conclusiones
PROPIEDAD INDUSTRIAL • Es un conjunto de derechos • que puede poseer una persona física o jurídica • Sobre: • Un diseño industrial • Una invención: patentes, modelos de utilidad • Un signo distintivo: marca
¿Qué es una marca? • Una marca es un signo distintivo cuyo propósito es distinguir los productos y servicios de una empresa de los de otra. • Son representaciones gráficas: palabras, logotipos, figuras. • Pueden consistir en la forma del producto, su envase, sonidos u olores.
¿Por qué se debe registrar una marca? La marca tiene 4 funciones principales: • Identifica el origen de los productos/servicios • Garantiza una calidad constante al demostrar el compromiso de la empresa con el usuario o consumidor • Es una forma de comunicación y un soporte para la promoción y publicidad. • Protección : No inscribir tiene el riesgo de que utilicen tu marca
La marca otorga un derecho exclusivo a favor del titular que la inscribe • Constitución del derecho: con la inscripción en el Registro • EXCEPCIÓN: la marca notoria • No está registrada, pero es conocida por el público en general • Se identifica con el producto/servicio • Se le conceden los mismos derechos que al titular de una marca registrada • EJEMPLOS:
¿Qué es una patente? Es un conjunto de derechos exclusivos concedidos por un Estado a un inventor por un período limitado de tiempo a cambio de la divulgación de una invención
¿Qué es un dibujo o modelo? • Es la apariencia exterior de un producto o de una parte. • Se compone de líneas, contornos, colores, forma, textura, materiales… • ¿Por qué inscribirlo? • El diseño o la forma de un producto puede identificarse con la marca. • Si no se protege, pueden utilizarlo otros.
Diferencias Diferencias
OEPM (Oficina española de patentes y marcas) -La OEPM es el Organismo Público responsable del registro y la concesión de las distintas modalidades de Propiedad Industrial en el ámbito nacional. -Su sede está en Madrid.
¿Qué se puede proteger? Gracias a la Propiedad Industrial se obtienen unos derechos de exclusiva sobre determinadas creaciones inmateriales que se protegen como verdaderos derechos de propiedad. Estas creaciones son: • Marcas y Nombres Comerciales (Signos Distintivos) • Patentes y modelos de utilidad • Diseños industriales
Marcas y nombres comerciales DURACIÓN • Se conceden por diez años desde la fecha de su solicitud. • Deben renovarse a los diez años. • Pueden renovarse indefinidamente. REQUISITOS El signo tiene que: • Ser lícito • Estar disponible que no entre en conflictos con derechos anteriores.
MOTIVO DE DENEGACIÓN • Principio de especialidad: Sí se puede registrar una marca similar a una anterior cuando el servicio o actividad sean lo suficientemente dispares para no inducir a error. • Ejemplos: • CAMPOFRÍO no se podría inscribir como “bebida alcohólica” dada su notoriedad en el sector alimenticio. • Automóviles ALFA y máquinas de coser ALFA: válido
OBJETO DE MARCA • Las palabras o combinaciones de palabras. • Las imágenes, figuras, símbolos y gráficos. • Las letras, las cifras y las combinaciones • Las formas tridimensionales (envases, forma del producto,…) • Los sonidos
PROTECCIÓN EN EL EXTRANJERO • Una marca o un nombre comercial concedidos en España no son protegidos en el extranjero. • La protección en el extranjero se obtiene de varias formas: • DIRECTAMENTE país por país • Mediante una MARCA INTERNACIONAL • Mediante una MARCA COMUNITARIA • La duración de estos registros es de 10 años renovables indefinidamente
Patentes y modelos De utilidad REQUISITOS La invención debe: - Ser nueva - Implicar una actividad inventiva - Tener una aplicación industrial DURACIÓN Se conceden, desde la fecha de su presentación: • Por veinte años para las patentes • Por diez años para los modelos de utilidad
OBJETO DE INSCRIPCIÓN • Un procedimiento • Un método de fabricación • Una máquina o aparato o producto (aunque contengan materia biológica)
TITULARIDAD O TRANSMISIÓN • Si dos personas o más trabajan conjuntamente en la realización de una invención, el derecho a la patente pertenece en común a todas ellas. • Una invención laboral es la realizada por la persona que trabaja en una empresa u organismo público mediante contrato o relación habitual de trabajo. Tiene derecho a las invenciones laborales el empresario. • Si el inventor muere, puede ser presentada por sus herederos. • Pueden ser transmitidos por todos los medios reconocidos por el derecho. (Inscribir en la OEPM para efectos frente a terceros).
PROTECCIÓN EN EL EXTRANJERO • Una patente concedida en España no protege la invención en el extranjero. • La protección en el extranjero se puede obtener: • Presentando una solicitud en cada país • Presentar una solicitud de aplicación del Convenio sobre concesión de patentes europeas. • Presentar a través de la OEPM, una solicitud internacional de aplicación del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT).
Diseños industriales DURACIÓN • El registro se otorga por 5 años. • Podrá renovarse varias veces. • Hasta un máximo de 25 años. • Varía de un país a otro (el mínimo es de 10 años). REQUISITOS • El diseño tiene que ser nuevo. • El diseño debe tener carácter singular.
PROTECCIÓN EN EL EXTRANJERO • Se tienen 6 meses desde que se solicita la protección en un país para solicitarla en otros. • Existen tres vías: • Vía nacional: Presentando solicitudes en casa país. • Vía regional: OAMI (UE), BBDM (Bélgica, Países Bajos, Luxemburgo), OAPI (Países africanos de habla francesa),… • Vía internacional: OMPI (Países miembros del Arreglo de La Haya..
EJEMPLOS • Vayamos ahora a la página web de la OEPM para ver unos cuantos ejemplos de los derechos que se registraron ayer. • www.oepm.es
OEP (Oficina Europea de Patentes) • CREACIÓN • Convenio de Munich: Trata de cooperación en materia de patentes • Voluntad política de los países europeos de establecer un sistema de patentes uniforme • Sistema centralizado de concesión de patentes
ACTUALIDAD: • Organismo encargado de la aplicación administrativa del Convenio sobre la Patente Europea. • Mediante un único procedimiento se puede conseguir patentes nacionales en todos los países firmantes. • Sede Munich • Delegaciones la Haya, Berlín y Viena
La mayoría de los países de la UE, pero no todos (38 países) • Se registran unas 20.000 solicitudes registradas al año • Globalización: mayor protección geográfica
ÓRGANOS: • Consejo de Administración • Órgano político y de control • La Oficina Europea de Patentes • Órgano ejecutivo
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN: • Un representante de cada país miembro • Funciones: • Modificaciones del Convenio • Definir el reglamento financiero • Definir el régimen personal…
OFICINA EUROPEA DE PATENTES: • Funciones • Recepción de solicitudes. • Examen de la novedad, actividad inventiva, aplicabilidad industrial y suficiencia descriptiva. • Examen de las oposiciones a la concesión. • Resolución contra los recursos interpuestos contra las actuaciones.
Proceso de concesión: • Presentación: memoria descriptiva y reivindicaciones • Búsqueda • Examen de fondo • Concesión o denegación Duración: Varios años
Empleados: titulados superiores con alta cualificación técnica. • Diversidad e eventos: • Año internacional de la química • Cursos y conferencias • Ann Lambrechts: ganadora del premio al invento europeo 2011
REGISTRO EUROPEO DE PATENTES • Como todos los registros, es público • Contiene toda la información de la aplicación de las patentes europeas • -Incluyendo oposiciones, inspecciones, etc.
OAMI(Oficina de Armonización del Mercado Interior) • Agencia de la UE encargada del registro de • Marcas comunitarias • Dibujos y Modelos comunitarios • Sede en Alicante. Desde 1994
Marca comunitaria (MC) Es una marca con validez en todo el territorio de la Unión Europea. • Es válida durante 10 años y puede renovarse indefinidamente por periodos de diez años. • Debe usarse en los primeros 5 años desde el registro Cadudidad
¿QUÉ PROTEGE? La marca comunitaria confiere a su titular el derecho exclusivo de impedir: • utilizar la marca comunitaria registrada en sus productos o envases • ofrecer productos • lanzarlos al mercado • almacenarlos para fines comerciales utilizando la marca • ofrecer o brindar servicios que incorporen la marca • importar o exportar productos bajo dicha marca • Utilizar la marca en documentos comerciales y en publicidad.
CÓMO SE OBTIENE • Las solicitudes pueden presentarse bien directamente ante la OAMI, o a través de las oficinas nacionales de la propiedad industrial (OEPM). • Puede ampliarse la protección de la MC al ámbito internacional: • Solicitud en la OAMI que transmitirá a la OMPI
Dibujo o modelo comunitario QUÉ ES Un dibujo o modelo comunitario registrado confiere un derecho exclusivo sobre la apariencia exterior de un producto. VALIDEZ 5 años renovables por períodos de otros 5 años. Max. 25
Ámbito de protección: Toda la UE • El modelo comunitario registrado confiere a su titular un derecho exclusivo a impedir su uso en el mercado sin su consentimiento. • El titular está facultado para prohibir que un tercero no autorizado: • fabrique • ponga en el mercado • importe, exporte • utilice un producto en el que se encuentre incorporado el dibujo
TIPOS DE PROTECCIÓN • Dibujos comunitarios registrados: Protección fuerte OAMI • Dibujos comunitarios no registrados: Protección menor. Dificultad de demostrar la exclusividad. • Dibujos Internacionales: Protección dentro y fuera de la UE OMPI. Equivale al registrado dentro de la UE
OMPI(Organización mundial de la propiedad intelectual) -Establecida en 1970. -En 1974 organismo especializado de la ONU. -Finalidad: Preservar y aumentar el respeto hacia la propiedad intelectual en todo el mundo. Fomentar el desarrollo industrial y cultural, estimulando la actividad creadora y la transferencia de tecnología.
Divulga información y mantiene registros internacionales entre sus 175 Estados miembros y establece uniones para proteger los derechos de propiedad intelectual. Principales Uniones: • Unión Internacional para la Protección de la propiedad industrial. • Unión internacional para la protección de las • obras literarias y artísticas. Sede: Ginebra
La propiedad intelectual abarca dos campos: • La propiedad industrial: relacionada con inventos y otras patentes sobre inventos, marcas registradas, diseños,… • Los derechos de autor de obras literarias, musicales y artísticas. La OMPI administra 15 tratados internacionales sobre PROPIEDAD INDUSTRIAL y 6 relacionados con DERECHOS DE AUTOR.
1. Clasificación • Elegir los productos/servicios a los que se dirige la marca/dibujo. • La lista no podrá ser ampliada en el futuro. Debe indicar claramente la naturaleza de los productos y servicios. • Clasificación de Niza (por artículos) o Euroclass