370 likes | 539 Views
COPARMEX. Mayo 2011. Antecedentes. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
E N D
COPARMEX Mayo 2011
Antecedentes • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. • Art. 21 d)Se determinará la participación de la comunidad que coadyuvará, entre otros, en los procesos de evaluación de las políticas de prevención del delito así como de las instituciones de seguridad pública. • Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad • No.26Promover la creación de un Observatorio Ciudadano que vigile y supervise el cumplimiento de los compromisos • No. 51Desarrollar programas por entidad federativa que incorporen el componente social de la Estrategia de Seguridad. • Acuerdo Sociedad y Gobierno en Querétaro • 2de septiembre de 2008
Objetivo LIX Objetivo XXVII Objetivo LI Establecer indicadores de evaluación y seguimiento. Ejecutivos de los municipios, a partir de una metodología de indicadores nacionales Crear indicadores de medición del desempeño de las instituciones policiales y de procuración de justicia con la participación de instancias ciudadanas Establecer indicadores de evaluación y seguimiento. Ejecutivos de las entidades federativas, a partir de una metodología de indicadores nacionales Cumplimiento 6 meses Cumplimiento 2 meses (A partir del Observatorio Ciudadano) Cumplimiento 3 meses Objetivo XXVI Promover la creación de un Observatorio Ciudadano que vigile y supervise el cumplimiento de los compromisos Cumplimiento 3 meses
Definición Artículo 1.- …. órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobierno, dotado de autonomía técnica y de gestión en su operación.
Objetivos Artículo 2 I.-Identificar las problemáticas, en materia de seguridad pública, que se presentan en la entidad, así como su dimensión e impacto; II.-Catalogar los recursos disponibles para la prevención; III.-Identificar las tendencias emergentes y de riesgo social; IV.-Evaluar el impacto de políticas públicas y los programas del sector; V.-Estudiar los niveles de victimización, de percepción de seguridad y de confianza en las instituciones del sector de seguridad y justicia;
Funciones Articulo 4 • Promover, conducir y realizar investigaciones y estudios sobre las distintas materias relacionadas con su objeto; • Recabar, clasificar y organizar datos e información de las distintas dependencias y organismos del Gobierno del Estado, que sirvan al cumplimiento del objeto del OCSEQ; • Fomentar la suscripción de convenios de coordinación o colaboración, para el intercambio sistemático de información, con instituciones públicas y privadas. • Validar los datos administrativos, a través de la revisión y conciliación de distintas fuentes proveedoras de información;
Funciones (2/2) Articulo 4 • Colaborar con las instituciones proveedoras de información en la revisión de los procesos de captura, clasificación y transmisión de los datos; • Publicar periódicamente la información estadística y la originada como producto de las investigaciones y estudios realizados, a través del portal especialmente diseñado para ello, sin menoscabo de que pueda hacerlo por otros medios; • Difundir el conocimiento del OCSEQ, su objeto y productos entre las autoridades de todos los niveles, instituciones académicas, medios de comunicación y en la sociedad en general, y • Fomentar la cooperación con organizaciones con fines semejantes en el Estado, el País y el extranjero.
Consejo Consultivo Artículo 8 I. - El Secretario de Gobierno; II.-El Secretario de Seguridad Ciudadana; III.-El Procurador General de Justicia; IV.-Un representante del Consejo de Concertación Ciudadana de Seguridad Pública; V.-Dos representantes de los consejos ciudadanos municipales de seguridad; VI.-Un representante ciudadano del Consejo de Concertación Ciudadana de Procuración de Justicia; VII.-Un representante común de los Municipios de Querétaro; VIII.-Dos representantes del sector académico; IX.-Dos representantes del sector empresarial; X.-Un representante de la Secretaría de Seguridad Pública de la Federación; XI.-Un representante de los colegios o asociaciones de profesionistas; XII.-Dos representantes de la sociedad civil organizada, especializados en temas de seguridad, y XIII.-Un representante de la sociedad civil organizada a invitación del Consejo.
DirecciónEjecutiva • Artículo 18. La Dirección Ejecutiva es una dependencia del OCSEQ, estará a cargo un Director Ejecutivo y dependerá del Consejo Consultivo y del Secretario de Gobierno. • Artículo 19. El Director Ejecutivo estará sujeto en su régimen laboral, a lo establecido en la Ley de Trabajadores al Servicio del Estado.
Temática a observar • Prevención del delito • Percepción Social • Seguridad Vial • Procuración de Justicia • Impartición de Justicia • Denuncia Anónima (089) • Violencia Extrema
Delitos a Observar • Robo a casa habitación • Robo a comercio • Robo de vehículos • Robo de autopartes • Homicidios • Secuestros • Violaciones • Extorsión telefónica
Difusión de información • Trimestre • Boletín impreso • Página web (excepto periodos electorales)
Encuestas a Realizar • Victimización • Percepción de Seguridad • Violencia
INSYDE 1.- Organismo autónomo, con independencia financiera 2.- Junta de gobierno conformada por académicos/universidades, líderes de la sociedad civil, dueños de medios de comunicación, empresarios y funcionarios públicos 3.- Consejo asesor internacional afiliado a la red coordinada por el CIPC de Canadá 4.- Incluido un staff reducido, operando cada proyecto por medio de comités técnicos especializados
INSYDE (2/3) 5.- Construir sistemas técnicos de información de victimización, percepción de inseguridad y confianza institucional, así como la recopilación y análisis de la información emitida por fuentes públicas 6.- Emitir informes anuales 7.- Emitir informes especializados de análisis de los fenómenos más relevantes y de predicciones para apoyo a decisiones de política pública 8.- Firma de convenios con medios de comunicación que garanticen alta visibilidad de los productos del Observatorio
INSYDE (3/3) 9.- Primera etapa, en una lista corta de hechos de inseguridad, violencia y delincuencia. 10.-Publicación de indicadores de medición de resultados acordes a los estándares internacionales. 11.-Diseño y publicación de instrumentos y mecanismos ciudadanos de evaluación ciudadana y rendición de cuentas por parte de las instituciones policiales y de procuración de justicia
Comités Científicos
Artículo 23. • Determinar o validar la metodología • Alertar al Consejo sobre la presencia de fenómenos que inciden de algún modo en la inseguridad; • Proponer al Consejo la realización de investigación • Validar la metodología para la realización de estudios de opinión; • Fijar los requisitos mínimos con los que deberá contar las empresas o profesionistas que realizarán investigaciones
C.C. Generación de Indicadores • Proponer grupos de indicadores • Escoger indicadores a partir nacionales • Elaborar Metodología
C.C. Estudios de Opinión • Diseño de Encuestas • Aplicación de cuestionarios • Procesamiento de los datos • Coordinación Académica UCO
Comités de Apoyo
Comité de Validación Artículo 29. funciones del Comité de Validación: • Validar el nivel de certeza y confiabilidad de los datos proporcionados • Conciliar la información entre las diferentes fuentes con la finalidad de publicar datos veraces • Revisar los procesos de captura, clasificación y transmisión de datos.
Denuncia, Contenidos y Vinculación • Dar seguimiento a las denuncias al número de emergencia (066) y a las anónimas (089) • Relacionarse con los poderes legislativo y judicial • Proponer la creación de indicadores • Fomentar la denuncia y la cultura de la legalidad
Enlace Municipal • Generar una agenda con los municipios para intercambiar información tanto con las secretarias y direcciones de seguridad pública como con los consejos municipales de seguridad • Fomentar la creación de observatorios municipales y promover la cultura de la legalidad y prevención
Confianza y Transparencia • Seguir la creación de los comités científicos • Supervisar la creación de los indicadores de acuerdo a la metodología señalada • Revisar los productos del observatorio • Revisar la información que publique el OCSEQ
Observatorios Municipales
Participantes Propuestos Conurbados • Corregidora • Querétaro • El Marqués Otros • San Juan el Río • Jalpan
Formación • Semejantes al OCSEQ • Acuerdo Cabildo ≈ Decreto • Secretarias Gobierno Municipal • Consejo Consultivo • 4 a 8 Ciudadanos • 3 Funcionarios
Obligatoriedad • Diario Oficial 31 enero 2011 • Municipios SUBSEMUN • IX Fomentar el monitoreo y seguimiento de las políticas públicas de prevención social a través de Observatorios ciudadanos urbanos locales …
Beneficio • IX.- Fomentar el monitoreo y seguimiento de las políticas publicas de prevención social a través de Observatorios ciudadanos urbanos locales … 3.- $ 400,000.00 Observatorio Acreditado $ 800,00.00 operación
Gracias Por su Atención