140 likes | 336 Views
AFCEA – Argentina. CURSO DE DESARROLLO PROFESIONAL "SISTEMA ARGENTINO DE TV DIGITAL TERRESTRE: un mundo de posibilidades“ 20 De Abril de 2010 Ing. Miguel Angel Pesado. Normativa y Regulación. Cuadro de atribución de bandas de frecuencias de la República Argentina (CABFRA)
E N D
AFCEA – Argentina CURSO DE DESARROLLO PROFESIONAL "SISTEMA ARGENTINO DE TV DIGITAL TERRESTRE: un mundo de posibilidades“ 20 De Abril de 2010 Ing. Miguel Angel Pesado
Normativa y Regulación • Cuadro de atribución de bandas de frecuencias de la República Argentina (CABFRA) • Norma del Servicio de TV - Resolución 292 MOySP/81 • Servicio de Televisión Codificada en UHF Res. 277 Sub. C /90 • Criterios técnicos y categorías de las estaciones. Resolución 3128 CNT/92 – Modif. de las Res 292/81 y Res. 277 Sub C/90 • Televisión Digital. Resolución 433 SC/98 – Anexo II, - Compatibilidad entre TV analógica y Digital y Digital/ Digital • Televisión, Internet y Datos. Resoluciones 10.035 SC/99 y 2467 SC/98 (servicio de Internet y datos en UHF). Servicios de la Convergencia • Normas y Homologaciones. Resolución 729 SC/80 (Ramatel)- Normas y Homologaciones • Restricciones altura de antenas. Resolución 46 SC/80 y sus modificatorias
CABFRA • Gestión Nacional de Frecuencias, del ex-Comité Consultivo Internacional de Radiocomunicaciones (CCIR) y la ex-Junta Internacional de Registro de Frecuencias (IFRB), hoy Oficina de Radiocomunicaciones (BR) de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT): • Atribución por RR CC UIT- R para la Región 2 – América • Atribución en la República Argentina • Normativa nacional que regula el servicio en el segmento atribuido
TV EN UHF ANALOGICA Y DIGITAL – SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES
Distribución de canales de TV en UHF • Canales 21 al 36 …16 canales • Canales del 38 al 69….32 canales • Total 48 canales de 6 Mhz cada uno para TV Analógica/Digital y Datos e Internet • Canal 37 destinado a Radioastronomía
Norma técnica del servicio de TelevisiónResolución 292 MOySP/81 Televisión Analógica • Espectro de emisión (canales en VHF y UHF) • Areas de servicio • Categorías de las estaciones (Principal, secundaria..en VHF y A,B.C en UHF) • Criterios de compartición • Metodología de calculo de niveles de intensidad de campo
Servicio de TV Codificada – Res. 277 Sub.C/90 3128 CNT/92(Modif. Res. 292/81)Categorías de las estacionesRes. 277 Sub C/90 – TV CodificadaEn este caso para las emisoras de TV codificada en UHF
Res. 3128 CNT/92 Modif. Res 292 MOySP/81(Televisión Analógica) BANDA I – VHF (CANALES 2 AL 6) BANDA II – VHF (CANALES 7 AL 13) BANDA III – UHF (CANALES 21 AL 69)
Resoluciones 10035 y 2467(primeros actos resolutivos de La Convergencia) • Resolución 2467 SC/98 • Artículo 1°-Amplíase la utilización de las bandas de 512 a 608 MHz y de 614 a 806 MHz, reglamentadas por las Resoluciones SUBC N° 277/90 y CNT N° 3128/92, para prestación del servicio de transmisión de datos e Internet. (Anexo I) • Resolución 10035 SC/99 • ARTÍCULO 1º.- Establéese el procedimiento de autorización de estaciones radioeléctricas en la banda de 2500 a 2686 MHz, para servicios de telecomunicaciones, y en las de 512 a 608 MHz y 614 a 806 MHz, para los servicios de transmisión de datos e Internet, el cual está contenido en el Anexo I que forma parte de la presente.
Resolución 433 SC/98 – Televisión Digital Terrestre – Anexo II – Parámetros orientativos de compatibilidad • Adoptar las Rec. De la UIT para la Región II • Adoptar definitivamente la canalización de 6 Mhz • Criterios de compatibilidad para co-canal y canal adyacente • TVD/ TVD • TVD/TVA • Protección contra interferencias – mascara de emisión (criterios)
Normas técnicas de los equipos y homologación • Resolución 729 SC/80 y modificatorias y complementarias RAMATEL • Normas de los equipos transmisores • Normas de los sistemas irradiantes • Normas de los receptores • Equipos y sistemas sin norma técnica especifica • - Homologación: se verifica que los equipos cumplan con las normas técnicas correspondientes. • Codificación: similar a la homologación pero para equipos que no poseen normas técnicas específicas. • Autorización: el procedimiento es el mismo que el de los dos anteriores, según corresponda, pero restringiendo el uso a la persona (física o jurídica) titular del registro. • Medición en Laboratorios acreditados • Inscripción de empresas fabricantes y/o comercializadoras de equipos en el Registro de Actividades RAMATEL
Ley 26.522 “Ley de Medios Audiovisuales” • ARTÍCULO 7º.- Espectro radioeléctrico. La administración del espectro radioeléctrico, atento su carácter de bien público se efectuará en las condiciones fijadas por la presente ley y las normas y recomendaciones internacionales de la Unión Internacional de Telecomunicaciones u otros organismos pertinentes. • Corresponde al Poder Ejecutivo nacional, a través de la autoridad de aplicación de la presente ley, la administración, asignación, control y cuanto concierna a la gestión de los segmentos del espectro radioeléctrico destinados al servicio de radiodifusión. Los servicios de radiodifusión están sujetos a la jurisdicción federal. • ARTÍCULO 12.- Misiones y funciones. La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual tendrá las siguientes misiones y funciones: • 4) Elaborar y actualizar la Norma Nacional de Servicio y las normas técnicas que regulan la actividad, en conjunto con la autoridad regulatoria y la autoridad de aplicación en materia de telecomunicaciones. • 5) Promover la participación de los servicios de comunicación audiovisual en el desarrollo de la Sociedad de la Información y el Conocimiento. • 6) Aprobar los proyectos técnicos de las estaciones de radiodifusión, otorgar la correspondiente habilitación y aprobar el inicio de las transmisiones regulares, en conjunto con la autoridad Regulatoria y la autoridad de aplicación en materia de telecomunicaciones. • será la AFSCA y el Consejo Federal quienes determinen si puede brindar más de un servicios de TVD utilizando los 6 MHZ o debe compartir esa porción de espectro con otros radiodifusores