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ASOCIATIVIDAD Y EL MODELO COOPERATIVO. Profesor:. Dr. Carlos Torres Morales. Formas jurídicas para la actividad empresarial. Profesor: Carlos Torres Morales. FORMAS INDIVIDUALES NO SOCIETARIAS. EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. EMPRESA UNIPERSONAL (COMERCIANTE).
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ASOCIATIVIDAD Y EL MODELO COOPERATIVO Profesor: Dr. Carlos Torres Morales
Formas jurídicas para la actividad empresarial Profesor: Carlos Torres Morales
FORMAS INDIVIDUALES NO SOCIETARIAS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA EMPRESA UNIPERSONAL (COMERCIANTE) Carlos Torres Morales
Sociedad Anónima Ordinaria Cerrada Abierta Sociedad Comercial de Respon-sabilidad Limitada. Sociedad Colectiva. • Sociedad en • Comandita • Simple • Por acciones Sociedad Civil Ordinaria Responsabilidad Limitada. Sociedades Irregulares FORMAS COLECTIVAS (SOCIEDADES) Carlos Torres Morales
FORMAS COLECTIVAS (COOPERATIVAS) DE TRABAJADORES (Trabajo a Socios) DE USUARIOS (Servicio a Socios) • Ahorro y Crédito • Servicios Educacionales • Consumo • Vivienda • Agrarias • Trabajo y Fomento del Empleo • Pesqueras • Transportes Carlos Torres Morales
Historia e importancia Profesor: Carlos Torres Morales
UN POCO DE HISTORIA El Cooperativismo está basado en la “Cooperación”, la cual es tan antigua como el hombre mismo. • El Cooperativismo implica una de las formas de cooperación. • En el siglo XIX, dos factores propiciaron el nacimiento del Cooperativismo: • El alejamiento del Estado como ente tuitivo de las relaciones entre los ciudadanos. Las fuerzas de la economía debía actuar libremente. • La Revolución Industrial Desplazó a los trabajadores. Carlos Torres Morales
UN POCO DE HISTORIA “Como las mujeres y los niños eran más fáciles de doblegar a ese yugo, se les prefirió; y los padres engendraban hijos como un medio de acrecer el presupuesto familiar. Los niños ingresaban en los talleres a los 5 o 6 años, en tareas agotadoras de 12 horas diarias. (...) Muchas mujeres ejercían por la noche la prostitución, para poder completar las necesidades de sus vidas; es lo que se designaba como ‘el quinto cuarto de la jornada ‘ (...) Se consideró una conquista la limitación del trabajo de los menores a 10 horas, obtenida en Massachusetts en 1867”. Carlos Torres Morales
En lo político el socialismo En lo laboral el sindicalismo. En lo socio-económico el cooperativismo. UN POCO DE HISTORIA Este panorama generó una respuesta “asociacionista”, mediante tres manifestaciones concretas: Carlos Torres Morales
UN POCO DE HISTORIA La Doctrina considera al siglo XIX como el punto de partida del Cooperativismo moderno 1844 se funda la primera Cooperativa del mundo en Inglaterra: “RochdaleSociety of EquitablePioneers” (“Sociedad de los Justos Pioneros de Rochdale”). De Inglaterra se desarrolló en todo Europa, fundamentalmente las Cooperativas de Consumo y las de Ahorro y Crédito. De Europa pasó a Canadá y Estados Unidos y de ahí a América del Sur (Perú).
EN EL PERU Código de Comercio de 1902: "Artículo 132: ...Las Cooperativas de Producción, de crédito o de consumo, sólo se considerarán mercantiles y quedarán sujetas a las disposiciones de este Código, cuando se dedicaren a actos de comercio extraños a la mutualidad, o se convirtieren en sociedades a prima fija". Carlos Torres Morales
Experiencia de Estados Unidos y Canadá, promovida por la Iglesia Católica. Mediados de los años 50’. Movimiento parroquial ahorro y crédito “Santa Teresita”; “San Juan” “San Pedro”; etc. • Dos Leyes de Cooperativas: • Ley 15260 14 de diciembre de 1964. • D. Leg. 085 21 de mayo de 1981 (TUO D.S. 074-90-TR del 7.1.91). EN EL PERU
Cooperativas: Importancia de su estudio Profesor: Carlos Torres Morales
COOPERATIVAS: Importancia de su estudio • Las 300 cooperativas mas grandes del mundo tienen un volumen de negocios de 1.1 trillones de dólares. • Equivalente a la decima economía más grande del mundo.
COOPERATIVAS: Importancia de su estudio Por Región Carlos Torres Morales
COOPERATIVAS: Importancia de su estudio • Las Cooperativas son de propiedad de más de 800 millones de personas alrededor del mundo. • Las Cooperativas dan empleo a más de 100 millones de personas en todo el mundo lo que representa el 20% de lo que aportan las empresas multinacionales. • En Argentina existen más de 18,000 cooperativas con más de 9 millones de socios. • En Canadá una de cada tres personas es miembro de una Cooperativa. Desjardins 5´000,000. Carlos Torres Morales
COOPERATIVAS: Importancia de su estudio • En Colombia y Costa Rica un 10% de la población es miembro de Cooperativas. • En Brasil las cooperativas producen el 72% del Trigo, el 43% de la Soya, 39% de la leche, 38% del algodón, 21% del café y sus exportaciones superan los 1,300 millones de dólares. • En Estados Unidos, el 25% de la población es miembro de una cooperativa. • En Japón el 91% de los productores agropecuarios son socios de cooperativas que en conjunto facturan anualmente mas de 90,000 millones de dólares. Carlos Torres Morales
COOPERATIVAS: Importancia de su estudio • En el año 2002 la OIT dicto la Recomendación 193 sobre la PROMOCION DE LAS COOPERATIVAS: • Deberían adoptarse medidas para promover el potencial de las cooperativas en todos los países, independientemente de su nivel de desarrollo, con el fin de ayudarlas a ellas y a sus socios a: • Crear y desarrollar actividades generadoras de ingresos y empleo decente y sostenible. • Desarrollar su potencial económico, incluidas sus capacidades empresariales y de gestión. • Fortalecer su competitividad y acceder a los mercados y al financiamiento institucional. • Aumentar el ahorro y la inversión.
COOPERATIVAS: Importancia de su estudio En el año 2010 la ONU dicto la Resolución 64/136 por medio de la cual declara al año 2012 como: La ONU anuncia el eslogan el Año Internacional de las Cooperativas: "Las empresas cooperativas ayudan a construir un mundo mejor."
COOPERATIVAS: Importancia de su estudio Es una forma societaria para la realización de actividad empresarial, no contemplada en la LGS sino en una Ley Especial. Luego de la Sociedad Anónima y Sociedad Comercial, constituye la forma societaria más utilizada. Existen en todo el país. Carlos Torres Morales
COOPERATIVAS: Importancia de su estudio Realizan distintas actividades económicas: Cooperativas de Ahorro y Crédito (“Pacífico”, “Aelu”, “Abaco”, “de los trabajadores de IBM”); de Servicios Educacionales (“Augusto Weberbauer”; “Holy Trinity”; “Abraham Lincoln”); de Trabajo y Fomento del Empleo (“Santo Domingo”); de Vivienda; Pesqueras; Artesanales; Agrarias; etc. Carlos Torres Morales
COOPERATIVAS: Importancia de su estudio Están compuestas por un número importante de socios: Cooperativa pequeña 100 a 1,000 socios; mediana de 1,001 a 4,000 socios grande de 4,001 a más. Hemos tenido Cooperativas que integraban hasta 250,000 personas. Muchas de ellas son “Principales Contribuyentes” Carlos Torres Morales
COOPERATIVAS: Importancia de su estudio • A finales de la década de 1980 un movimiento con fuerte presencia en el sistema productivo del país: • 1,150 cooperativas agrarias. • 619 Cooperativas de Ahorro y Crédito. • 200 Cooperativas de Consumo. • 100 Cooperativas de Servicios Especiales • 40 Cooperativas Industriales. • 20 Cooperativas Artesanales. • 12 Cooperativas Pesqueras. • 4 Centrales Cooperativas de Ahorro y Crédito. • Una Cooperativa de Seguros y Un Banco Cooperativo. Carlos Torres Morales
PRESENCIA DEL COOPERATIVA EN EL PERÚ - 2010 • Aprox. 1,400 activas. • Más de 3’000,000 de socios • Presencia en 23 regiones del país. • Más de 3,000 MM en activos. • Más de 700 MM en patrimonio. • Participan con el 15% en créditos para la micro empresa. • Exportacionespormás de $ 500 millones
SECTOR AHORRO Y CRÉDITO • 164 cooperativas de ahorro y crédito activas a nivel nacional. • 607,000 socios • Presencia en 21 regiones del país. • 2,000 MM en activos. • 610 MM en patrimonio. • 1,400 MM en colocaciones. • 1´230 MM en ahorros. 15 % de participación en créditos de microfinanzas. 2.14% de los activos del sistema financiero.
Representada en una Central Cooperativa de Servicios. Desde 1967 como cooperativa de Seguros (SEGUROSCOOP): En 1994, con el nuevo marco legal de Seguros, el sistema cooperativo de seguros fue desplazado. Reconversión empresarial: salud, servicios funerarios, corretaje de seguros con la siguiente membresía: 64 organizaciones cooperativas socias, 180,000 socios de cooperativas vinculadas. SECTOR SEGUROS 230,000 personas acceden a servicios de seguros a través de SERVIPERU.
SECTOR TRABAJO • 25 Cooperativas de trabajo asociado. • Comprenden a más de 50 mil miembros, con un componente familiar de más de 200 mil personas que basan sus ingresos en estas organizaciones. • Ingresos en el 2006 ascendieron a US $ 150 millones. • El 30% desarrolla una vida asociativa. Participación de la fuerza laboral cooperativa de 0.5% en la PEA.
66 cooperativas que agrupan a mas de 28,000 socios cafetaleros, impactando directamente a familias relacionadas a 150,000 productores. El ámbito de acción es: 338 Distritos rurales, 68 provincias, 12 regiones. Población involucrada: 2 Millones de peruanos viven de actividad cafetalera. Hay una generación de empleo directa de 40 millones de jornales a nivel de finca. La producción de café es de 1 Millón QQ, en 59,552Hectáreas. SECTOR CAFETALERO US $ 930 millones en inversión global del parque cafetero.
OTROS SECTORES COOPERATIVOS • Hay aproximadamente 12 mil familias conformando cooperativas educacionales, modelos exitosos de formación educativa integral. • Se estima que hay 50 cooperativas de servicios múltiples vigentes en el país. • No se tienen datos registrales o estadísticos que pueda dimensionar las distintas expresiones de cooperativismo en el país, como son las cooperativas de servicios especiales; o las empresas cooperativas agrícolas, las de vivienda, las de transporte, o los mercados cooperativos, por citar las más relevantes. • Todas ellas, son generadoras de empleo, intermediando servicios en beneficio de los socios, y por ende de la sociedad. Se estima en tres millones los cooperativistas en diferentes tipologías de empresas cooperativas.
Ley General de Sociedades y Cooperativas Profesor: Carlos Torres Morales
¿LA LGS ES APLICABLE A COOPS? Art.2 LGS “Las Sociedades sujetas a un Régimen Especial son reguladas supletoriamente por las disposiciones de la presente ley.” Art.116 LGC En Materias de Estructura y funcionamiento de las organizaciones cooperativas, la LGS se aplica supletoriamente. Carlos Torres Morales
Normatividad Básica Profesor: Carlos Torres Morales
NORMATIVIDAD BÁSICA • Ley General de Cooperativas • D. Leg. 085 (05.1981)/ • TUO D.S. 074-90-TR (07.01.1991). • Ley de disolución del INCOOP • D. Ley 25879 (11.1992). • Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas. • R.038-2013-SUNARP/SN (19.02.2013) • Ley General de Sociedades • Ley 26887 (09.12.1997). Carlos Torres Morales
REGLAMENTACIÓN La LGC nunca fue reglamentada: Artículo 119: El Poder Ejecutivo dictará, además del Reglamento General de la presente Ley, los reglamentos especiales correspondientes a cada tipo de cooperativa y los que fueren necesarios, en cada caso a propuestas del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Cooperativas. Todas las disposiciones de la presente Ley serán aplicadas con sujeción a su propio texto, sin esperar su reglamentación ni la dación de normas complementarias. Carlos Torres Morales
Clasificación de las Cooperativas Profesor: Carlos Torres Morales
Cooperativas de Trabajadores Los socios son los trabajadores • Su objeto es ser fuente detrabajo para sus socios-trabajadores • Cooperativas de Usuarios Los socios son los consumidores Su objeto es ser fuente de servicios para sus socios. CLASIFICACIÓN 1. Por su Estructura Social 2 Modalidades Carlos Torres Morales
CLASIFICACIÓN 2. Por su Actividad Económica 19 Tipos 2.1 Agrarias. 2.2 Agrarias Azucareras. 2.3 Agrarias Cafetaleras. 2.4 Agrarias de Colonización. 2.5 Comunales. 2.6 Pesqueras. 2.7 Artesanales. 2.8 Industriales. 2.9 Mineras. 2.10 de Transportes. 2.11 de Ahorro y Crédito. 2.12 de Consumo. 2.13 de Vivienda. 2.14 de Servicios Educacionales. 2.15 de Escolares. 2.16 de Servicios Públicos. 2.17 de Servicios Múltiples. 2.18 de Producción Especiales. 2.19 de Servicios Especiales. + “otros que se reconozcan” (p.e. Coops. de Trabajo y Fomento del Empleo)
1. Se determina cuál va a ser el objeto social Si es el trabajo Cooperativa de Trabajadores. Si es el servicio Cooperativa de Usuarios. “Ahorro y Crédito”. 2. Elegida la modalidad, se determina la actividad económica 3. Si no existe reconocida la “actividad económica” “gasfitería” se adopta el tipo “Producción Especiales” (si el objeto es el trabajo) o el tipo “Servicios Especiales” (si el objeto es el servicio).. CLASIFICACIÓN El proceso es el siguiente:
Los Principios Cooperativos Profesor: Carlos Torres Morales
Estos “Principios Universales”, son recogidos por los distintos países e incorporados en sus leyes. LOS PRINCIPIOS COOPERATIVOS Los Principios Universales del Cooperativismo son reglas básicas, normas de oro, que llevan impregnadas el sentido de la cooperación, basada fundamentalmente en tres valores importantísimos: la igualdad, la solidaridad y la libertad. Son la “esencia o fundamento del Cooperativismo” permiten reconocer si estamos o no frente a una auténtica cooperativa.
ORIGEN • REGLAS DE LA PRIMERA COOPERATIVA: 1844 • “Seis Principios de Rochdale” • Adhesión libre y voluntaria. • Control democrático. • Interés Limitado al Capital. • Retorno de Excedentes. • Compras y ventas al contado. • Neutralidad Política y Religiosa. • Educación Cooperativa. • Devolución del Activo Neto. Carlos Torres Morales
LA ACI Y LA EVOLUCIÓN DE LOS PRINCIPIOS La Alianza Cooperativa Internacional fue fundada en Londres en 1895. Desde entonces, la ACI se ha consolidado como la organización internacional que ejerce representación universal de las organizaciones cooperativas. Su sede central se encuentra en Ginebra, Suiza. Hoy, luego de un siglo promoviendo el desarrollo cooperativo, la ACI representa aproximadamente 800 millones de miembros individuales, hombres y mujeres, afiliados a la Alianza por medio de sus organizaciones nacionales y regionales en países alrededor del mundo. Carlos Torres Morales
PRINCIPIOS APROBADOS EN 1937 • Los Principios Cooperativos aprobados por la ACI en 1937, fueron: • La adhesión voluntaria; • El control democrático asegurado por los miembros que eligen libremente y sobre un plano de igualdad a los administradores de la sociedad, • La distribución a los miembros del excedente en proporción a su participación en las transacciones sociales o en los servicios sociales; • El interés limitado al capital. Carlos Torres Morales
PRINCIPIOS APROBADOS EN 1966 Los Principios Cooperativos reformulados por la ACI en 1966, pueden resumirse en: • Adhesión abierta y voluntaria. • Control Democrático. • Interés limitado, si alguno, sobre el capital. • Las economías pertenecen a los socios. • Provisión para educación. • Cooperación entre cooperativas. Carlos Torres Morales
DEFINICIÓN Y VALORES APROBADOS EN 1995 Definición Una cooperativa es una asociación autónoma de personas que se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes por medio de una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada. Valores Cooperativos Las cooperativas se basan en los valores de ayuda mutua, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad. Siguiendo la tradición de sus fundadores sus miembros creen en los valores éticos de honestidad, transparencia, responsabilidad social y preocupación por los demás. Carlos Torres Morales
PRINCIPIOS APROBADOSEN 1995 Control Democrá- tico de los miembros. La partici-pación económica de los miembros. Membresía abierta y voluntaria. Compromiso con la comunidad Autonomía e indepen-dencia. Educación, formación e informa- ción. Cooperación entre cooperativas
Los Principios Cooperativos en la legislación peruana Profesor: Carlos Torres Morales
LOS PRINCIPIOS COOPERATIVOS EN LA LEGISLACIÓN PERUANA Ley 15260 (1964) inspirada en Principios aprobados por la ACI en 1936 D. Leg. 085 (1981) inspirada en Principios aprobados por la ACI en 1966 Proyecto de Ley inspirada en Principios aprobados por la ACI en 1995 Carlos Torres Morales
Libre Adhesión y Retiro Voluntario. • Control democrático. • Interés Limitado al capital. • Distribución de excedentes. • Educación Cooperativa. • Integración Cooperativa. • Irrepartibilidad de la Reserva Cooperativa. LOS PRINCIPIOS COOPERATIVOS EN NUESTRA LEY El art. 5 de la LGC señala que toda Cooperativa tiene el deber de cumplir los siguientes Principios Cooperativos: Carlos Torres Morales
Primer Principio:Libre adhesión y retiro voluntario Profesor: Carlos Torres Morales