260 likes | 461 Views
ACNUDH. O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS. Anna BATALLA Assessora Regional ACNUDH abatalla@ohchr.org. O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS. ESTRUCTURA
E N D
ACNUDH O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS Anna BATALLA Assessora Regional ACNUDH abatalla@ohchr.org
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS ESTRUCTURA 1. El derecho internacional de los derechos humanos (concepto y fuentes) 2. Los principales tratados internacionales de derechos humanos 3. Otros instrumentos internacionales de derechos humanos (soft law: declaraciones, principios y reglas mínimas…), ¿cuál es su valor? 4.Rango del derecho internacional al derecho interno
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS • ¿Qué se entiende por • Derecho internacional de los derechos humanos? • Es una rama particular del Derecho internacional público. • Es un conjunto coherente de principios, normas y estándares relativos a los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, inherentes a la persona. • Constituye un piso mínimo para garantizar la dignidad, libertad y derechos de los individuos y grupos.
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DDHH • Tratados internacionales • Declaraciones, principios, reglas mínimas • Costumbre internacional • Principios generales del Derecho • Jurisprudencia • Doctrina
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS TRATADOS INTERNACIONALES • Instrumento de carácter vinculante: establece obligaciones jurídicas (normas de aplicación inmediata) • Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969) • Pacta sunt servanda (art. 26) • Primacía del derecho internacional (art. 27) • Pro homine • Consentimiento del Estado: firma, ratificación, adhesión, Estado Parte, entrada en vigor, reserva y declaración interpretativa
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS (1948)
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS BRASIL Y TRATADOS INTERNACIONALES DE DDHH • Brasil NO ha ratificado: • Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares • Protocolo Facultativo del PIDESC • Protocolo Facultativo del CRC (sólo firma)
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS Y PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES Aprobados por la AG el 16 de diciembre de 1966 En vigor desde 1976
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS Y PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 3 Común
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS PIDCP Y PIDESC 1, 3 y 5
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS OTRAS CONVENCIONES
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS OTRAS CONVENCIONES
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS OTRAS CONVENCIONES
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS CEDAW: Obligaciones de los Estados
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS CEDAW: Derechos reconocidos (Art. 7-16) MUJERES RURALES IGUALDAD ANTE LA LEY, EN EL EJERCICIO DE D°S DERECHOS POLÍTICOS Y EN LA ESFERA PÚBLICA • Aplicación al mundo rural • Participación en el desarrollo rural • D° sufragio activo y pasivo • Participación pública • Representación internacional • Nacionalidad • Igualdad en el matrimonio • D° de familia EDUCACIÓN EMPLEO Y SEG. SOCIAL SALUD Y VIDA SOCIO-ECONÓMICA Y CULTURAL • Igualdad de acceso y de oportunidades • Eliminación de estereotipos • D° al trabajo • Igual remuneración y trato • No discriminación por matrimonio o maternidad • Prestaciones sociales • Acceso a salud
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS PIDCP Y PIDESC: OBLIGACIONES DE LOS ESTADOS
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS PIDCP Y PIDESC: OBLIGACIONES DE LOS ESTADOS Ej. DESC El Estado ha de:
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS Otros instrumentos internacionales de DDHH (“soft law”) Resoluciones adoptadas por AG de NNUU A continuación, un par de ejemplos…
Principios básicos para el tratamiento de los reclusos, 1990 “[t]odos los reclusos serán tratados con el respeto que merecen su dignidad y valor inherentes de seres humanos” y no serán sujetos de discriminación por distintas causas (Principios 1 y 2). “Con excepción de las limitaciones que sean evidentemente necesarias por el hecho del encarcelamiento, todos los reclusos seguirán gozando de los derechos humanos y las libertades fundamentales(…)” (Principio 5). Los reclusos deberán tener el derecho a participar en actividades culturales y educativas y deberán tener la posibilidad de realizar “actividades laborales remuneradas y útiles” (Principios 6 y 8). O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS Declaración de NNUU sobre derechos de los pueblos indígenas La Declaración precisa los derechos colectivos e individuales de los pueblos indígenas (ej.: tierras, bienes, recursos vitales, territorios y recursos, cultura, identidad y lengua, empleo, salud, educación y a determinar libremente su condición política y su desarrollo económico). Enfatiza en el derecho de los pueblos indígenas a mantener y fortalecer sus propias instituciones, culturas y tradiciones, y a perseguir libremente su desarrollo de acuerdo con sus propias necesidades y aspiraciones; prohíbe la discriminación contra los indígenas y promueve su plena y efectiva participación en todos los asuntos que les conciernen y su derecho a mantener su diversidad y a propender por su propia visión económica y social.
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS ¿CUÁL ES SU VALOR? Los Principios, las Reglas Mínimas y Declaraciones no constituyen, como tal, obligaciones jurídicas vinculantes, pero: • Como mínimo, las resoluciones adoptadas por la Asamblea General llevan consigo una gran fuerza moral y política y se puede considerar que establecen principios ampliamente aceptados dentro de la comunidad internacional. • También pueden proveer una orientación importante a los profesionales jurídicos nacionalesen situaciones, por ejemplo, en donde la legislación internacional o nacional no es lo suficientemente clara en un caso particular.
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS ¿CUÁL ES SU VALOR? Además, dependiendo de las circunstancias de su adopción, pueden proveer evidenciaútil de derecho consuetudinario internacional y generar obligaciones: EJEMPLO : LA DECLARACION SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS La Declaración contiene ciertas singularidades que pueden acabar generando obligaciones de cumplir e implementar sus derechos para los países.
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS RANGO DEL D° INTERNACIONAL DE LOS DDHH
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS RANGO DEL D° INTERNACIONAL DE LOS DDHH Art. 4º: “A República Federativa do Brasil rege-se nas suas relações internacionais pelos seguintes princípios...:II prevalência dos direitos humanos.” Art. 5 § 3º:“Os tratados e convenções internacionais sobre direitos humanos que forem aprovados, em cada Casa do Congresso Nacional, em dois turnos, por três quintos dos votos dos respectivos membros, serão equivalentes às emendas constitucionais.”
O MARCO NORMATIVO DO SISTEMA UNIVERSAL DE DIREITOS HUMANOS • ¿CÓMO SE APLICAN LAS NORMAS DE DIDH? • La efectividad de los derechos humanos reconocidos en los instrumentos internacionales dependerá de su uso por los operadores de justicia. • APLICACIÓN DIRECTA (normas de DIDH jurídicamente vinculantes) • para llenar una laguna jurídica • para desaplicar una norma nacional contraria a la internacional • para desaplicar una norma nacional menos protectora • CRITERIO INTERPRETATIVO (todas las normas de DIDH) :
ACNUDH ¡MUITO OBRIGADA! Anna BATALLA Assessora Regional ACNUDH abatalla@ohchr.org