240 likes | 549 Views
SEMINARIO PARA DIRECTORES RESPONSABLES DE OBRA. PERFIL DEL DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA. ING. MARCO ANTONIO MENDEZ CUEVAS. CD. DEL CARMEN CAMPECHE, A 29 DE SEPTIEMBRE DE 2003. E-mail: mendezcuevas@deicsa.com.
E N D
SEMINARIO PARA DIRECTORES RESPONSABLES DE OBRA PERFIL DEL DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA. ING. MARCO ANTONIO MENDEZ CUEVAS CD. DEL CARMEN CAMPECHE, A 29 DE SEPTIEMBRE DE 2003. E-mail: mendezcuevas@deicsa.com
BREVE HISTORIA DE LOS REGLAMENTOS EN EL D.F.- REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES DE LA CIUDAD DE MEXICO20 DE ENERO DE 1920. DENOMINACIÓN: CONSTRUCTOR RESPONSABLE.DEFINICIÓN: Serán responsales ante la Ciudad por accidentes o faltas de cumplimientos de reglamento ocurridos en las obras que dirijan sin que queden excluidos de otras responsabilidades civiles o penales.
OBLIGACIONES: . Ninguna obra podría ejecutarse sin constructor responsable. . Responsable de la obra hasta que el propietario solicite la terminación de la obra. . Firmar los planos que se presentan a la D.O.P.
CAMBIO DE CONSTRUCTOR: SE PRESENTABA UNA SOLICITUD A LA D.O.P FIRMADA POR ÉL Y EL NUEVO CONSTRUCTOR.
REGLAMENTO DE LAS CONSTRUCCIONES Y DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS EN EL D.F. 23 DE JULIO DE 1942 DENOMINACIÓN: PERITO RESPONSABLE DEFINICIÓN: Ingeniero ó Arquitecto, Agente de la Dirección General de Obras Públicas. Encargados de Auxiliar a esta, en el desempeño de autorizar licencias, para Obras de construcción Publicas o Privadas y le impone la obligación de vigilar las obras para las que hayá solicitado Licencia.
REQUISITOS: Ser mexicano, Tener Título de Ingeniero ó Arquitecto, Tener cuando menos 3 años de experiencia de práctica profesional, estar domiciliado en el D.F., tener buena reputación. CLASIFICACIÓN: 1er. Grupo: Ingenieros Civiles ó Arquitectos pordian autorizar solicitudes de todo tipo de obra. 2do. Grupo: Ingenieros que provenían de una escuela especial y solo podían autorizar solicitudes para obras que pertenecían a su especialidad.
OBLIGACIONES:- Presentar una fianza por $3000.00 al solicitar su registro en la D.G.O.P. (Cuando la multa máxima era de $500.00)- Actualizar su registro de Constructor a Perito Responsable.- Renovar su registro anualmente en el mes de diciembre.- Firmar el libro Diario en sus visitas, que antes era 2 veces a la semana como mínimo.- Dar aviso a la D.G.O.P. De las etapas constructivas para su inspección.- Dar aviso de terminación de obra.- Todas las sanciones eran impuestas al Perito Responsable.
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL 9 DE FEBRERO DE 1966. DEFINICIÓN: Ingeniero ó Arquitecto auxiliar en la D.G.O.P. Responsable de la aplicación del reglamento de Construcciones para el Distrito Federal. REQUISITOS: Se requiere ser miembro activo del Colegio respectivo. CLASIFICACIÓN: 1er. Grupo: Ingenieros ó Arquitectos.
2do. Grupo: Ingenieros cuyo título indique una especialidad o Ingenieros Civiles y Arquitectos, sin 3 años de experiencia.OBLIGACIONES: - Cambia de dos, a una visita por semana, donde debe firmar el Libro de Obra.- Se da un plazo para inscribirse en su colegio respectivo.- Las multas por violación al reglamento, se imponen al propietario o al D.R.O. Según el caso.- Si el D.R.O. Se ausenta por más de 4 semanas, amerita suspensión de la obra y servicios.
El D.R.O. Se encarga de hacerse responsable de todas las etapas constructoras.REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL D.F. 14 DE DICIEMBRE DE 1976.DENOMINACIÓN: DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA.REQUISITOS: Poseer Cédula profesional de cualquiera de las siguientes profesiones:
Arquitecto, Ingeniero Civil, Ingeniero arquitecto, Ingeniero Constructor Militar, Ingeniero Municipal.* Podrán otorgar su responsiva para cualquier tipo de obra. Los Ingenieros Mecánicos, Ingenieros Mecánicos Electricistas, Ingenieros Petroleros, Ingeniero Aeronauta, Ingeniero topográfo, Ingeniero Químico, podrán otorgarla para cualquier obra relacionada con su especialidad y en obras civiles, tengan 9 m. de altura como máximo claros hasta de 6 m.
DEFINICIÓN: Persona física o moral cuya actividad esté total o parcialmente relacionado con el proyecto y construcción de obra, y quien se hace responsable de la observancia del reglamento de las obras para las que otrogue su responsiva. OBLIGACIONES: Podrá dirigir y vigilar la obra por si mismos o por medio de técnicos auxiliares, llevar un libro de bitácora foliado y encuadernado, Vijilar la veracidad de las notas de Bitácora de obra. Se norma una responsabilidad administrativa de 5 años, puede además de otorgar responsiva para Licencias de Construcción. Responsivas para dictámenes de estabilidad ó Seguridad Estructural.
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL DEL 3 DE JULIO DE 1987. DEFINICIÓN: Es la perona física que se hace responsable de la observancia del Reglamento en las obras para las que otorgue su responsiva. REQUISITOS: Acreditar ante la CADROC que conoce la Normatividad vigente. Se aumenta la acreditación de 3 a 5 años de experiencia profesional.
FIGURAS ADICIONALES: Corresponsable en Seguridad Estructural, Corresponsable en Diseño Urbano y Arquitectónico, Corresponsable en Instalaciones. OBLIGACIONES: Dirigir y vigilar la obra asegurandose de que tanto el proyecto como la ejecución de la misma, cumplen con lo establecido en la normatividad vigente. Planear y supervisar las medidas de seguir- dad personal y de terceras personas en la obra, sus colindancias en la vía pública, durante su ejecución. Entregar al propietario de la obra al termino de ésta los manuales de operación y mantenimiento.
OTRAS RESPONSIVAS:* Dictaménes de estabilidad ó seguridad de una edificación.* Constancia de Seguridad de Estructuras.* Vistos Buenos de Seguridad y Operación.
ULTIMAS MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL D.F. REGLAMENTO 2 DE AGOSTO DE 1993 REGLAMENTO 4 DE JUNIO DE 1997 Las modificaciones no han sido sustanciales, únicamnete de nomenclatura y reordenamiento del mismo.
SISMOS QUE INFLUYERON EN LAS MODIFICACIONES A LOS REGLAMENTOS FECHA REGION MAGNITUD FECHA DE MOD. 29-DIC-17 FRENTE A COS- TAS DE OAXACA 7.7 20-ENE-1920 15-ABR-41 MICHOACAN 7.7 28-JUL-1942 23-AGO-65 OAXACA 7.6 24-ENE-1966 30-JUN-73 MICHOACAN 7.5 14-DIC-1976 19-SEP-85 FRENTE A COSTAS DE MICHOACAN 8.1 ---------------- 20-SEP-85 FRENTE A COSTAS DE GUERRERO 7.5 3-JUL-1987
PERDIDA DE VIDAS HUMANAS EN SISMOS FECHA NUMERO DE MUERTOS (OFICIALMENTE) 1912 202 300 90 98 40 30 527 300 1985 9000
LOS REGLAMENTOS DE CONSTRUCCIÓN SE MEJORAN CONTINUAMENTE CON BASE EN LAS EXPERIENCIAS PRÁCTICAS, INVESTIGACIONES SOBRE MATERIALES Y RESULTADOS DE PRUEBAS DE MODELOS EN LABORATORIOS MODERNOS. LA NECESIDAD DE DISMINUCIÓN DE RIESGOS EN LAS CONSTRUCCIONES ES EL MOTOR DE LAS ACTUALIZACIONES DE LOS REGLAMENTOS DE CONSTRUCCIÓN. ING. MARCO A. MENDEZ CUEVAS.E-mail: mendezcuevas@deicsa.com