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UNIDAD V – PUNTO 4 CARACTERES DEL ACTO ADMINISTRATIVO. SEGÚN LA LEY Y LA DOCTRINA LA SUSPENSIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO EN SEDE ADMINISTRATIVA Y JUDICIAL RETROACTIVIDAD. ¿CUALES SON LOS CARACTERES DEL ACTO ADMINISTRATIVO. 1.- Presunción de legitimidad 2.- Ejecutoriedad
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UNIDAD V – PUNTO 4CARACTERES DEL ACTO ADMINISTRATIVO SEGÚN LA LEY Y LA DOCTRINA LA SUSPENSIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO EN SEDE ADMINISTRATIVA Y JUDICIAL RETROACTIVIDAD
¿CUALES SON LOS CARACTERES DEL ACTO ADMINISTRATIVO • 1.- Presunción de legitimidad • 2.- Ejecutoriedad • Esto significa que el acto administrativo, una vez dictado, puede ser ejecutado inmediatamente.
PRESUNCIÓN DE LEGITIMIDAD • Se presume que el acto es “perfecto”, es decir “válido” y “eficaz”.
¿Porqué se presume que el acto administrativo es legitimo? • Esta presunción deriva de las garantías que rodean a la emisión del acto administrativo
Consecuencias de la presunción de legitimidad • No hace falta declaración judicial • La nulidad de los actos administrativos no puede declararse “de oficio” por los jueces • Quien pretenda la ilegitimidad del acto administrativo debe alegarla y probarla • Es una presunción “iuris tantum”
EJECUTORIEDAD • La administración misma y por sus propios medios hace efectivo o pone el práctica el acto administrativo. • Es una de las potestades de la administración
¿En qué se funda la ejecutoriedad del acto administrativo? • En el carácter público de la actividad de la administración. • Es una consecuencia propia de la actividad administrativa.
La suspensión del acto administrativo • ARTICULO 12 LPA.- El acto administrativo goza de presunción de legitimidad; su fuerza ejecutoria faculta a la Administración a ponerlo en práctica por sus propios medios -a menos que la ley o la naturaleza del acto exigieren la intervención judicial- e impide que los recursos que interpongan los administrados suspendan su ejecución y efectos, salvo que una norma expresa establezca lo contrario. Sin embargo, la Administración podrá, de oficio o a pedido de parte y mediante resolución fundada, suspender la ejecución por razones de interés público, o para evitar perjuicios graves al interesado, o cuando se alegare fundadamente una nulidad absoluta
La suspensión del acto administrativo en sede judicial • Acción de amparo • Medida de no innovar