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COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LOS TRABAJADORES DE LA CDI 2009. DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN. RESULTADOS DEL EJERCICIO 2008. DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN.
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COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LOS TRABAJADORES DE LA CDI 2009
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN RESULTADOS DEL EJERCICIO 2008
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN ¿CÓMO SE CALCULA EL ISR DE LOS TRABAJADORES DE LA CDI? Art. 113 LISR 1er. párrafo: “Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este capítulo están obligados a efectuar retenciones y enteros mensuales que tendrán el carácter de pagos provisionales a cuenta del Impuesto anual…” “La retención se calculará aplicando a la totalidad de los ingresos obtenidos ….. la siguiente tarifa…” Es importante mencionar que hay algunos ingresos exentos, de acuerdo a lo tipicado en el Artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, mismos que quedan excluidos de la base Gravable, por lo que antes de revisar el procedimiento de la tarifa mencionaremos las percepciones de los trabajadores de la CDI y su clasificación en Gravadas y Exentas, a saber:
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION PERCEPCIONES DE LOS TRABAJADORES
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DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION CÁLCULO 2009 QUINCENAL
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION TARIFA APLICABLE PARA EL CÁLCULO DE LOS PAGOS PROVISIONALES QUINCENALES
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION TABLA QUINCENAL DEL SUBSIDIO PARA EL EMPLEO
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION CONSIDERACIONES SOBRE PREVISIÓN SOCIAL Los ingresos exentos de previsión social los señala el Art . 109, Fr. VI de la LISR, de la manera siguiente: Los percibidos con motivo de subsidios por incapacidad, becas educacionales para los trabajadores o sus hijos, guarderías infantiles, actividades culturales y deportivas, y otras prestaciones de previsión social, de naturaleza análoga, que se concedan de manera general, de acuerdo con las leyes o por contratos de trabajo: Así también, la definición de Previsión Social que marca el Art. 8, condiciona a que se apliquen a situaciones contingentes: ““...Se considera previsión social, las erogaciones efectuadas por los patrones a favor de sus trabajadores que tengan por objeto satisfacer contingencias o necesidades presentes o futuras, así como el otorgar beneficios a dichos trabajadores, tendientes a su superación física, social, económica o cultural, que les permita el mejoramiento en su calidad de vida y en la de su familia”.