490 likes | 766 Views
PRESENTACION ORGANISMOS NO GUBERNAMENTALES. SEIP-SEFIN-DEI. SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DEL INTERIOR Y POBLACION (SEIP). Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC). Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC).
E N D
PRESENTACION ORGANISMOS NO GUBERNAMENTALES SEIP-SEFIN-DEI
SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DEL INTERIOR Y POBLACION (SEIP) Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC)
Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC) Que mediante Decreto Ejecutivo # PCM-024-2004 del 5 de Noviembre del año 2002, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 4 de Septiembre, el Presidente de la República en Consejo de Ministros decretó la reforma de los Artículos 46 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento, y Competencia del Poder Ejecutivo, la cual creo la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles, dependencia de la Secretaría General.
La Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles es el ente responsable del Registro de todas las Asociaciones Civiles y el seguimiento de que las mismas, cumplan con los fines y objetivos para los cuales fueron constituidas y autorizadas. La URSAC tendrá la responsabilidad de elaborar el registro de todas las Asociaciones Civiles, y la misma podrá requerir la información que considere necesaria, básicamente la información financiera e informe narrativo de actividades.
Marco Conceptual Se entenderá por Organización No Gubernamental de Desarrollo(ONGD): toda entidad de carácter privado, apolítica en sentido partidario, sin fines de lucro con diferentes objetivos que contribuyan al desarrollo humanitario e integral de la Población y otros afines. Son creadas independientemente de los Gobiernos locales, regionales y nacionales, así como también de Organismos internacionales de cooperación bilateral o multilateral.
Organizaciones Privadas de Desarrollo (OPD), cuya actividad principal y única es el financiamiento de la micro y pequeña empresa, con el fin de garantizar la legalidad, transparencia y seguridad de sus operaciones y fortalecer la viabilidad y sostenibilidad de la misma. Fundación: Es una Organización sin fines de lucro, por voluntad de sus creadores, tienen efecto de modo duradero. Su finalidad consiste en presentar a la sociedad, determinados servicios de interés Publico. Asociación: Es una agrupación de personas constituidas para realizar una actividad de forma estable sin ánimos de lucro, e independiente. Que conducen y administran la entidad, hacia un fin de bien común.
Iglesia: La palabra proviene del latín “eclesia” y entiende como el conjunto de creyentes de la fe cristiana por lo que la palabra también puede definir a una reunión de personas entorno a un tema en común. Patronato: Puede ser creada por ley o por un ente privado, es una asociación civil no lucrativa, que se dedica a la tarea de impulsar cierta actividad. Se financia de las aportaciones de sus socios (Patrones individuales o corporativos). ONGD Internacional: entidades sin fines de lucro, independientes y voluntarias.
Junta de Agua: Es cuando una comunidad o mancomunidad se reúne para explotar un recurso hídrico que les generará el beneficio del servicio de agua potable a todos los habitantes que habitan en esas comunidades y los mismos a través de una asamblea elegirán una junta directiva que se encargará de administrar el servicio de agua, tanto la distribución a través de red como los cortes a las personas que caigan en mora por no pagar dicho servicio.
MARCO LEGAL Organización No Gubernamental de Desarrollo (ONGD): Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo decreto No. 32-2011, Publicada en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 27 de Junio del año 2011. Acuerdo Ejecutivo No.770-A-2003 fecha de vigencia 10 de Septiembre del año 2003. Organización Privada de Desarrollo Financiero (OPDF): Ley Reguladora de las Organizaciones Privadas de Desarrollo que se dedican a las Actividades Financieras Decreto No.229-2000; Reforma el Articulo 50 del Decreto No.229-2000 de fecha 01 de Noviembre del año 2000. Publicado el 26 de Abril del año 2003.
OPD.-Organizaciones Privadas de Desarrollo Ley Reguladora de las Organizaciones Privadas de Desarrollo que se dedican a Actividades Financieras, Decreto No. 12-2003. Ley General de la Administración Pública en el Decreto No. 177-2010 según el Articulo 29 de Las Secretarias de Estado, Publicado en fecha 07 de Octubre del año 2010.
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo No. 218-96 de fecha 29 de Noviembre del año 2002.
Inventario de los Beneficiarios de las acciones de las Organizaciones sin fines de lucro Dentro de la diversidad de asociaciones civiles se encuentran muchas que contribuyen a ampliar y mejorar los servicios de salud, educación, vivienda, situación de la mujer, protección de la familia, apoyo a la niñez, creación de empleo, protección al medio ambiente, promoción, organización, capacitación, participación comunitaria entre otros.
Inventario de las acciones de las organizaciones sin fines de lucro.
Inventario de los Beneficiarios de Acciones de las Org. Sin fines de lucro.
Funciones de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC): A continuación se hace una descripción de las Macro actividades que se realizan en la Unidad; las mismas se realizan a lo largo del año. Registro de Asociaciones Civiles y Juntas Directivas de oficio o a petición de parte interesada. Inspecciones realizadas de oficio o a petición de parte. Trámites conciliatorios. Evaluación de consultas.
Recepción, tabulación y análisis de la Información Financiera de Asociaciones Civiles. Inscripción de Juntas Directivas a petición de los interesados (Constancias Emitidas: de Registro, de Junta Directiva y de Estados Financieros). Impugnaciones Resueltas (La parte interesada impugna la Inscripción de la Junta Directiva en el sistema de la URSAC). Oposición a la Inscripción: una de las partes interesadas se opone a que la Junta Directiva electa se Inscriba en el sistema de la URSAC.
Nulidades: Se da cuando la Junta Directiva esta ingresada en el sistema y los interesados desean que la misma sea anulada. Elaboración de Dictámenes y Autos. Auditorias externas (de oficio o a petición de parte). Propuestas para la Cancelación de Personerías Jurídicas.
Problemas Encontrados: Muy pocas inspecciones de campo para verificar el cumplimiento de los objetivos estatutarios. Asignación presupuestaria de viáticos y gastos de viaje no se ejecuta. No se dispone de un vehículo y motoristas asignado a la URSAC, para giras de Inspección. Entrega de documentación por parte de los Apoderados Legales incompleta generando un retraso en el tramite que solicitan.
Un sin número de casos la Información Financiera que presentan no llenan las expectativas que requiere la URSAC, ya que los Balances a veces no cuadran, de igual forma los Estados de Resultados no se reflejan en el balance General. Archivo de documentación presenta deficiencias que dificultan control y atención al público es importante depurarlo y digitalizarlo.
Mecanismo de Control de la URSAC: El mecanismo de control que utiliza la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles son las Auditorias internas ordenadas conforme al Acuerdo Ejecutivo 770-A-2003 en su disposición cuarta, párrafo segundo: “Para comprobar la veracidad de los Estados Financieros y el Balance General de las asociaciones civiles auditadas, dichas auditorias serán realizadas por firmas auditoras de una lista previamente aprobada por la Secretaría del Interior y Población. En todo caso, la Secretaría del Interior y Población podrá auxiliarse del Tribunal Superior de Cuentas o de la Dirección Ejecutiva de Ingresos, para cumplir con lo dispuesto en el Acuerdo.
SECRETARIA DE FINANZAS Y PRESUPUESTO (DGCFA) C) INVENTARIO DE LOS BENEFICIARIOS DE LOS INCENTIVOS FISCALES: 1.-El impuesto que otorga la Dirección General de control de Franquicias Aduaneras son los Derechos arancelarios de importación, a través de dispensas especiales, siempre que este expresamente mencionado en los decretos y las leyes que conceden la exoneración.
SECRETARIA DE FINANZAS (DGCFA) Dirección dependiente de la Secretaria de Finanzas y Presupuesto, en donde se atienden las solicitudes de Exoneración de Impuesto de Importación, para la cual se emiten las dispensas correspondientes, conforme las normas legales establecidas. Además se emiten las resoluciones de exoneración de los demás impuestos, conforme la normativa que corresponde a cada uno y al DICTAMEN TECNICO emitido por la DIRECCION EJECUTIVA DE INGRESOS.
MECANISMOS DE CONTROL 1.-Carnet de Registro en la Secretaria de Finanzas como una Organización Privada sin fines de lucro, 2.-Constancia de Solvencia emitida por la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), 3.- Constancia de vigencia de la Junta Directiva en la Secretaria de Estado en los Despachos del Interior y Población en la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC)
INVENTARIO DE BENEFICIARIOS DE INCENTIVOS FISCALES 153 ONGs que recibieron el beneficio de dispensas especiales, emitidas por la DGCFA de SEFIN.
OBJETIVO DE LAS ORGANIZACIONES 1.-SALUD: BRIGADAS MEDICAS , CLINICAS DE ATENCION EXTERNA EN CIERTAS COMUNIDADES, DONACION DE EQUIPO E INSUMOS MEDICOS A CENTROS DE SALUD Y DE TODO LO QUE NECESITAN PARA SU MANTENIMIENTO Y DESEMPEÑO. 2.-EDUCACION: Cuentan con escuelas con niños apadrinados en donde no representa ningún costo para sus padres, apoyo a centros educativos como donación de pupitres, zapatos, útiles escolares.
PROBLEMAS ENCONTRADOS 1.- No hay cruce de información con SEFIN de la Aduana de ingreso, en la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), para confirmar si la Dispensa Emitida por la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras ha sido utilizada en su totalidad. 2.-No hay recursos económicos para realizar las inspecciones y dar seguimiento y control a las exoneraciones concedidas para ayuda humanitaria.
DIRECCION EJECUTIVA DE INGRESOS(Seccion Revisión de Casos y O.E.D) MARCO LEGAL 1) DECRETO 194-2002 LEY DE EQUILIBRIO FINANCIERO Y DE LA PROTECCION SOCIAL 2) ACUERDO 1375-2002 REGLAMENTO DE LA LEY DE EQUILIBRIO FINANCIERO Y DE LA PROTECCION SOCIAL. 3) DECRETO 51-2002 LEY DE EQUIDAD TRIBUTARIA (art.49-50) 4) ACUERDO 948-2003 REGLAMENTO DE LA LEY DE EQUIDAD TRIBUTARIA. 5) DECRETO 050-2007 REFORMA AL ARTÍCULO 3 DEL DECRETO 194-2002. 6) DECRETO 105-2010 LEY DE SEGURIDAD POBLACIONAL 7) DECRETO 106-2010 REFORMAS A LA LEY DE SEGURIDAD POBLACIONAL. 8) Decreto 22-87 CODIGO TRIBUTARIO NACIONAL Y SUS REFORMAS 255-2002, 2010-2004 Y 212-2004. (ARTS.151,152,153,154)
MARCO LEGAL 9) ONGD DECRETO 32-2011 DE FECHA 27-06-2011 10) ART. 7 DE LA LEY DE IMPTO SOBRE LA RENTA DECRETO LEY 25-63 11) ART.22 DEL DECRETO 51-2003 LEY DE EQUIDAD TRIBUTARIA, APORTACION SOLIDARIA TEMPORAL 12) ART.14, NUMERAL 2, EXONERACION DEL IMPTO AL ACTIVO NETO, DECRETO 51-2001 LEY DE EQUIDAD TRIBUTARIA. 13) ART. 40 DEL DECRETO 17-2010 REGISTRO DE EXONERADOS EN LA DEI Y ART. 43 LA OBLIGACION DE PRESENTAR REQUERIMIENTOS Y MONTO DE COMPRAS. 14) ART.28 DEL DECRETO 113-2011 15) ART.27,28 Y 29, DEL DECRETO 113-2011. ATRIBUCIONES DE LA DEI.CD: EMITIR DICTAMENES TECNICOS QUE SIRVAN A SEFIN PARA RESOLVER LOS EXPEDIENTES, ESTABLECER LAS FORMAS, MEDIOS, Y CONTROLES QUE DEBERA APLICARSE AL OTORGAMIENTO DE LOS BENEFICIOS FISCALES QUE OTORGUE LA SECRETSARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS”
BENEFICIOS FISCALES OTORGADOS 1.-EXONERACION DE I.S.V 2.-EXONERACION DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA 3.-EXONERACION DE LA TASA DE SEGURIDAD POBLACIONAL. 4.-EXONERACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO NETO 5.-EXONERACION A LA APORTACION SOLIDARIA TEMPORAL 6.-EXONERACION DEL 10% de INTERESES EN CTAS DE AHORRO
ACCIONES REALIZADAS POR LAS ONG 1.-SALUD: Apoyo o construcción de Centros de Salud, brigadas médicas de Vacunación, cirugías menores, cirugías mayores de corazón abierto, Ortopedia, labio leporino y paladar hendido, atención a consultas externas, Donación de medicamentos, atención a personas con VIH, 2.- EDUCACIÓN.- apoyo a proyectos educativos, construcción de centros escolares y atención a los mismos, donación de uniformes y útiles escolares, Capacitación de jóvenes en talleres de ebanistería, sastrería, belleza, repostería, mecánica industrial, zapatería, corte y confección, etc. 3.- BENEFICENCIA.-beneficencia construcción de centros para brindar protección a niños, niñas, jóvenes en riesgo social remitidos por los juzgados o el INHFA, y a ancianos que carecen de familia, etc.
ATRIBUCIONES DE LA DEI ………..”LA DIRECCION EJECUTIVA DE INGRESOS ES EL ENTE PARA ESTABLECER LAS FORMAS, MEDIOS, Y CONTROLES QUE DEBERA APLICARSE AL OTORGAMIENTO DE LOS BENEFICIOS FISCALES QUE OTORGUE LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS” art. 29 decreto 113-2011.
Atribuciones: OFICINA ESPECIAL DE DEVOLUCIONES: (Creada en junio 2002 en aplicación al art.10, párrafo primero del Acuerdo 1375-2002 Reglamento de la Ley de Equilibrio Financiero y de la Protección Social) 1.- Recepción, revisión, ingreso, análisis, autorización y control de Órdenes de Compra Exenta de Impuesto sobre Ventas y análisis de los reportes presentados de su uso. 2.-Recepcion, control, asignación y análisis para Dictamen Técnico de Expedientes de Exoneración recibidos de la Secretaria de Finanzas. 3.-Recepcion, control, análisis de expedientes de Devolución de ISV presentados por los beneficiarios de esta modalidad de exoneración. 4.-Recepcion y elaboración de informes de Talonarios de Diplomáticos. 5.-Determinacion del sacrificio fiscal mensual y anual de estos beneficiarios Atendidos. 6.-Inspeccion a los proyectos, previo Dictaminar.
ATRIBUCIONES SECCION DE REVISION DE CASOS: Además de sus funciones de Auditoria atienden exoneraciones: 1.- Recepción, control y análisis para emisión de dictamen técnico de ex. De exoneración del Impuesto sobre la Renta, Activo neto, Aportación Solidaria Temporal y tasa de Seguridad Poblacional. 2.- Inspección a los proyectos previo Dictaminar. ADMINISTRACION CENTRO SUR. 1.-Recepcion de los expedientes Dictaminados por Revisión de Casos y O.E.D para su revisión y firma. DEPARTAMENTO DE GRANDES CONTRIBUYENTES. 1,.Atiende los beneficiarios de exoneración calificados como grandes contribuyentes. DEPARTAMENTO DE RECAUDACION NORMATIVA. 1.-RECIBE MENSUALMENTE LOS INFORMES DEL SACRIFICIO FISCAL DE TODOS LOS DEPARTAMENTOS INVOLUCRADOS EN EL TRÁMITE DE EXONERACIONES, POR LOS BENEFICIOS FISCALES OTORGADOS.
OBLIGACIONES FISCALES LOCALES a) La retención de Impuesto sobre la Renta de sus empleados y de los contratos suscritos con terceros que no estén exonerados de este impuesto y enterarlo al Estado. b) La presentación de Declaraciones, independientemente que sean sin pago, conforme lo establece el artículo 151 párrafo 2, del Código Tributario. c) Presentación de informes mensuales del uso de las exoneraciones ante la dependencia que les otorgo el beneficio o modalidad de exoneración. d) Inscribirse en el registro de Exonerados.
MECANISMOS DE CONTROL 1.-EMISION DE DICTAMENES TECNICOS PREVIO ANALISIS DE DOCUMENTACION. 2.-SE REALIZAN INSPECCIONES FISICAS A LOS PROYECTOS. 3.-) SE TIENE UN CONTROL POR BENEFICIARIO DE LAS DEVOLUCIONES QUE HA SOLICITADO AMPARADO EN LA RESOLUCION QUE LE OTORGA ESE BENEFICIO. 4.- A LAS ONG QUE TIENEN LA MODALIDAD DE ORDENES DE COMPRA, DEBEN PRESENTAR UN INFORME MENSUAL SOBRE EL USO DE DICHAS ORDENES, AVALADOS CON LA DOCUMENTACION DE SOPORTE: COPIAS DE FACTURAS Y COPIAS DE ORDENES DE COMPRA EXENTA. 5.- SE CALCULA EL SACRIFICIO FISCAL O GASTO TRIBUTARIO, CONFORME LAS DEVOLUCIONES DE ISV CONCEDIDAS Y A LOS INFORMES PRESENTADOS SOBRE EL USO DE ORDENES DE COMPRA EXENTAS AUTORIZADAS. 6.-SE LLEVA UN CONTROL EN FISICO Y DIGITALIZADO DE LAS DEVOLUCIONES APROBADAS Y DENEGADAS A CADA BENEFICIARIO. 7.- RECEPCIÓN, REVISIÓN, INGRESO, ANÁLISIS, AUTORIZACIÓN Y CONTROL DE ÓRDENES DE COMPRA EXENTA DE IMPUESTO SOBRE VENTAS. 8.- RECEPCIÓN, INGRESO, ANÁLISIS Y APROBACIÓN DE EXPEDIENTES DE DEVOLUCION DE IMPUESTO SOBRE VENTAS A BENEFICIARIOS EXONERADOS.
PROBLEMAS ENCONTRADOS 1.-Existen ONGs, que durante años atrás han solicitado su exoneración como ONG, con la personería jurídica autorizada por la Secretaría de Gobernación y Justicia, hoy Secretaria del Interior y Población a través de sus Apoderados Legales, Por lo que se les ha atendido como se acreditan. Actualmente se identifican como Organismos Internacionales y solicitan su exoneración como tal a través de Relaciones Exteriores. 3.- No hay seguimiento a los proyectos, ya que se va a realizar inspección únicamente la primera vez que se solicita la exoneración, pero, desconocemos si el proyecto cumplió con la finalidad para la cual solicito la exoneración fiscal, por la falta de viáticos para realizar estas inspecciones. 4.- A raíz de la falta de viáticos institucionales, la DIRECCION GENERAL DE FRANQUICIAS ADUANERAS NOTIFICA a los Apoderados Legales, para que sea el beneficiario quien pague los. mismos, conforme la tabla de viáticos establecida. 5.-No se cuenta con la tecnología, equipo, ni personal suficiente para realizar de forma mas ágil nuestro trabajo.
PROBLEMAS ENCONTRADOS 5.-Falta de Equipo, personal y sistemas automatizados para verificar: a) Si el beneficiario no ha solicitado exoneración de ISV para ese mismo periodo y proyecto en otra región del país. b) Existen muchas leyes que conceden beneficios fiscales a las ONG con diferentes modalidades, sin imponer obligaciones, ni especificar estrictamente de que están exoneradas como lo establece el artículo 152 del Código Tributario. c).-Solicitan la resolución de exoneración, cuando ya han efectuado sus compras, lo que implica que como institución no podemos verificar si las compra efectuadas son o no para los proyectos ejecutados. d).-Presentan solicitudes avaladas con documentos de convenios ya vencidos. e).-Para verificar si los proyectos se están ejecutando es necesaria la inspección y cuando solicitan su resolución ya han concluido el proyecto y nos vemos obligados a aceptar que los materiales solicitados fueron para esos proyectos. f).-En algunos casos hemos denegado solicitudes porque al hacer la inspección y revisar documentos no coinciden con la petición presentada. g)No hay retroalimentación con SEFIN, pues desconocemos si los Dictámenes emitidos dieron lugar a las Resoluciones solicitadas, ya que no todos los beneficiarios son atendidos en su ejecución.
CONCLUSIONES URSAC Unificar las Leyes, Decretos y Acuerdos que actualmente existen y consolidarlas en una Ley Marco única, que controle y regularice a todas las ONG. El trabajo a ejecutar para regular y hacer cumplir en un 100% los objetivos y fines para la cual fueron creadas; Las ONG deberán ser controladas interinstitucionalmente en especial las que reciben donaciones voluminosas y supervisadas permanentemente por las instituciones públicas que se involucren, como ser: SEFIN, SEIP y DEI. Que la Ley o el producto que se obtenga de esta Comisión Especial para el Análisis y de las Exenciones y Exoneraciones y Franquicias Aduaneras, sea aplicable equitativamente.
CONCLUSIONES SEFIN Estas Organizaciones son necesaria para el desarrollo del país ya que desarrollan programas y proyectos en beneficio de las clases más desposeídas del país relacionados con salud que comprende brigadas médicas en general, dotación de equipo médicos en centros hospitalarios, alimentación a los diferente orfanatos asilos de ancianos alimentos por trabajo, merienda escolar etc, en el campo de la Educación cuentan con oficios vocacionales, certificados por el INFOP también cuentan con kínderes, escuelas primaria secundaria y nivel superior en algunos casos. (conclusiones SEFIN).
CONCLUSIONES DEI 1.-Consideramos que no se le ha dado la importancia debida a las exoneraciones. Se ha pensado únicamente en Recaudar, sin analizar que un beneficio fiscal otorgado sin restricción en una o gran cantidad de leyes aprobadas, repercute enormemente en que por un lado se esté recaudando y por otro perdiendo control en los ingresos que pudiesen obtener. 2.-Bajo estas normativas, limitan al empleado que desempeña su trabajo a que de igual forma ejecute nada más lo que es concedido abiertamente en una ley. 3.-Se aprueban cada día nuevos decretos de exoneración, que si se cotejan con los que pagan impuestos, probablemente salen más los exonerados, por lo que la capacidad de control se pierde. 4.-Para el desarrollo de la nación y sacar el país de la pobreza, deben de haber incentivos fiscales, y controlarlos, pero no en el sentido de quien gasto mas o quien gasto menos, sino hacer una revisión de cuál es la proyección de cada exonerado: evitando el desempleo, niños o niña en abandono, tanto hospital sin medicinas, tanto anciano desprotegido, ETC. ETC
CONCLUSIONES DEI 5.-No se trata de buscar quienes hicieron lo mal, sino de que lo hagan mejor de ahora en adelante y esto tiene que ser con apoyo estatal a los entes que controlan lasexoneraciones y con la voluntad de quienes son beneficiarios de estos incentivos a que sus ayudas vayan directo a quien las necesita y nuestra HONDURAS será mejor. 6.-En el caso especifico de las fundaciones, asociaciones, iglesias, etc. que han sido atendidas como ONG, consideramos que las que han solicitado específicamente IMPUESTO SOBRE VENTAS, conforme las inspecciones realizadas a sus proyectos como hogares de niños y niñas, proyectos de salud, construcción y remodelación de hospitales, y demás proyectos ejecutados los fondos que documentan en los expedientes, están cumpliendo con la finalidad para las que fueron creadas, ya que no se concede este beneficio si no cumplen con su finalidad establecida en ley.
CONCLUSIONES DEI 7.-En relación al número de ONG, según información que maneja la URSAC, es mínima la cantidad de estas organizaciones que solicita su exoneración de ISV, llegan muchas a consultar pero cuando se les dan los requisitos, o se les informa que se le va a inspeccionar el local y sus proyectos no vuelven porque algunas no tienen ni local.
RECOMENDACIONES(URSAC) Se deben verificar que los Estados Financieros que presentan ante la URSAC coincidan con la información que presentan ante la DEI y la Secretaría de Finanzas específicamente en el Departamento de Franquicias Aduaneras. Se requiere mayor apoyo de parte del Estado (Recurso humano y económico) para que estas puedan cumplir con el seguimiento y verifiquen que los fines, objetivos, y beneficios lleguen a los necesitados.
Que la Dirección General de Franquicias Aduaneras (SEFIN) solicite a las Asociaciones Civiles que presenten la Constancia que emite la URSAC que acredite que esta cumpliendo los requisitos financieros y legales tipificados en el Acuerdo Ejecutivo 770-A-2003 disposición cuarta.
RECOMENDACIONES (sefin) La Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras deberá asumir el control y seguimiento de la Resolución de Dispensa a fin de verificar si lo otorgado están dentro los programas y proyectos contemplados, la vigencia del carnet de las Organizaciones es por dos años esto, por lo que se sugiere que la vigencia sea por un año.
para verificar el cumplimiento de los fondos recibidos y el avance de los diferentes programas y proyectos que desarrolla cada institución en beneficio de las clases más desposeídas del país, así como presentación del plan de trabajo y entrega.
RECOMENDACIONES DEI 1.-Apoyar a la DEI y SEFIN con equipo y tecnología necesaria para establecer un enlace de RTN, DISPENSAS Y DEMAS a fin de que ambas instituciones tengan el control expedito de las DISPENSAS que se otorgan y el uso que se dé a cada una de ellas. 2.-Fortalecer las Unidades especializadas de la DEI, quienes conocen y han estado atendiendo el tema de exoneraciones, con equipo, tecnología e incrementar el número de empleados A FIN DE AGILIZAR LOS PROCESOS. 3.-Unificar estas unidades de manera que la información sobre todas estas exoneraciones se tenga en un solo lugar y con personal que conoce del tema y dedicado a atender exclusivamente exonerados. 4.-Crear una partida institucional o establecer un convenio con los beneficiarios de las exoneraciones para que se cuente con viáticos especialmente para inspección de organismos exonerados. 5.-Crear una ley marco para cada grupo de exonerados, concediéndole derechos e imponiéndole obligaciones, para que desaparezca esa gran cantidad de decretos que crean privilegios especiales entre su mismo grupo y tienden a confundir el criterio de quien le corresponde la ejecución de dichos decretos.
RECOMENDACIONES DEI 5.-Crear una ley marco para cada grupo de exonerados, concediéndole derechos e imponiéndole obligaciones con claridad precisa a fin de que desaparezca esa gran cantidad de decretos que crean privilegios especiales entre su mismo grupo y tienden a confundir el criterio del empleado a quien corresponde y recae la responsabilidad de la ejecución de dichos decretos. 6.- Incluir dentro de los programas institucionales la capacitación a las ONG, para que hagan uso correcto de su derecho del incentivo fiscal y del cumplimiento de las obligaciones implícitas.
“El altruismo es la doctrina que exige que el hombre viva para los demás y coloque a los otros sobre sí mismo.” AYN RAND GRACIAS POR SU ATENCION