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Ultima generación de acuerdos bilaterales comerciales: el caso del capítulo de PI del CAFTA. Seminario nacional sobre Propiedad Intelectual Marzo 2004 Universidad de Buenos Aires, Argentina. David Vivas-Eugui International Centre for Trade and Sustainable Development.
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Ultima generación de acuerdos bilaterales comerciales: el caso del capítulo de PI del CAFTA Seminario nacional sobre Propiedad Intelectual Marzo 2004 Universidad de Buenos Aires, Argentina David Vivas-Eugui International Centre for Trade and Sustainable Development
Estructura de la presentación • El origen de las negociaciones • Implementación del ADPIC e integración regional en materia de propiedad intelectual • Beneficios obtenidos en la negociación • Comerciales • Expectativas sobre inversiones • Relación privilegiada • Seguridad • El capítulo de PI • Obligaciones generales • Temas cubiertos • Observancia • Temas y asuntos no cubiertos • Otras normas del CAFTA que afectan las obligaciones en materia de PI • Inversiones • Solución de diferencias
El origen de las negociaciones • Proceso derivado de las dificultades en el avance del ALCA • Parte del cambio en la estrategia general de la política multilateral - bilateral iniciada después de 1999 • Ambiente político favorable derivado de la declaración de los Estados Unidos de no renovar las preferencias arancelarias • Negociaciones sometidas a los mismos principios de la ley de promoción de la autoridad comercial de los Estados Unidos cuyos objetivos son: • Implementación y observancia del ADPIC • Protección de las nuevas tecnologías: biotecnología, tecnologías de la información, etc. • Reconocimiento de niveles de protección similares a los existentes en los Estados Unidos • Respeto de los principios de la Declaración de Doha, el ADPIC y Salud Pública
Implementación del ADPIC e integración regional • Implementación del ADPIC • Costos directos: desde medio millón hasta dos millones USD dependiendo del país. • Costos indirectos: (mantenimiento) desde medio millón hasta un millón dependiendo del país • Cambios legislativos • Leyes nacionales fueron notificadas muy recientemente a la OMC (entre el 2001 y el 2003). • Mejora paulatina de la observancia • Integración regional • SIECA- Convenio Centroamericano para la Protección de la Propiedad Industrial • Contiene obligaciones sustantivas y procedimentales en materia de marcas y signos distintivos. No fue notificado a la OMC como acuerdo regional.
El CAFTA: pre-evaluación de los beneficios • Beneficios obtenidos en la negociación • Comerciales • Consolidación de las preferencias arancelarias – algunos productos agrícolas y textiles • Mantenimiento de maquilas y zonas francas • Ligero aumento de la cuota del azúcar • Expectativas sobre inversiones • Sector de telecomunicaciones, finanzas y seguros • Relación “privilegiada con el líder” • Seguridad – opción de reducir presupuestos de seguridad?
El capítulo de PI en el CAFTA: una visión general • Comentarios generales • Texto muy parecido al borrador del ALCA con algunas excepciones y al texto de TLC Chile-US • Obligaciones generales • Expansión del trato nacional – protección y goce de los derechos contemplados en el acuerdo – No hay cláusula de NMF • Inclusión directa de 6 acuerdos de la OMPI: Nuevos acuerdos Internet de la OMPI 1996, Tratado de Cooperación de Patentes, Tratado de Budapest, Convenio de Washington, Tratado de derecho de Marcas • Mejores esfuerzos para ratificar 4 acuerdos adicionales bajo la OMPI • Se permite medidas contra prácticas anticompetitivas • Se establecen mecanismos de cooperación para mejorar educación sobre el uso de la PI y la observancia
Algunas de las nuevas obligaciones ADPIC plus • En materia de Patentes • No se menciona la obligación de otorgamiento de patentes de invención sin discriminación en el campo de la tecnología; • Relajación de los criterios de patentabilidad; • Definición del requisito de aplicación industrial: “utilidad específica y substancial” • Expansión de la materia patentable: • Plantas + Protección a variedades de plantas – UPOV 91 - cláusula de mejores esfuerzos- • Derechos exclusivos sobre información relativa a la eficacia y seguridad de patentes farmacéuticas (5 años) y agroquímicos (10 años) • Extensión del período de protección por retrasos en el otorgamiento de patentes a artir de 5 años de retraso • Divulgación limitada a “información necesaria para replicar o usar la invención” • Revocación y anulación sólo basada en falta de cumplimiento de criterios sustantivos de patentabilidad. • Incompatibilidad de la divulgación del origen de los RG • Solicitud y registro electrónico de patentes (PCT-PLT)
Algunas de las nuevas obligaciones ADPIC plus • Marcas y signos distintivos • Protección a marcas colectivas, de certificación, sonoras y olfativas. • Incorporación de normas sobre marcas notoriamente conocidas de la OMPI • Sistema de registro electrónico • Sistemas de administración y de SD de nombres de dominio en internet • Derechos de autor • Incorporación de nuevos acuerdos de la OMPI y del DMCA • Extensión del período de protección la vida del autor + 70 años • Excepciones al derecho de autor se basan en lista cerrada de DMCA • Incorporación de medidas contra la circunvalación tecnológica • Protección de las señales de satélites portadoras de programas • Observacia • Interpretaciones legales restrictivas • La asignación de recursos no es una excusa para la falta de observancia • Acciones de oficio en frontera • Acciones contra la circunvalación tecnológica
Otras normas del CAFTA que afectan las obligaciones en materia de PI • En el capítulo de inversión • Incorporación de los derechos de propiedad intelectual en la definición de inversiones • Aplicación de expropiación indirecta: • Se excluyen explícitamente acciones regulatorias no discriminatorias para responder a objetivos de política social tales como salud y ambiente. • Se incluye solución de diferencias inversor-estado • En el capítulo de solución de diferencias • Incorporación de acciones de no violación (por anulación o menoscabo) • Arbitraje o procedimiento de solución de diferencias • No hay apelación
Costos y consecuencias para Centroamérica • Nuevos costos directos de implementación y observancia • Nuevas reformas administrativas, judiciales, aduaneras y policiales • Creación de nuevos procedimientos: aplicación y registro electrónico • Aumento potencial de transferencias por pagos de derechos de PI • Reducción del dominio público • Reducción de flexibilidades y espacios para la implementación de políticas públicas en el área tecnológica • Necesidad de implementar medidas complementarias para poder gozar de los beneficios potenciales en materia de PI • Aumento de riesgos por litigios