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“Panamá: Ejemplo para el Mundo - Acuerdo Fiscal con Estados Unidos”. Dr. Eduardo Morgan Jr. Panamá, 25 de mayo de 2011. Puntos a desarrollar:. Beneficios para Panamá del registro de naves y sociedades anónimas y fundaciones de interés privado – Ingresos directos al estado
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“Panamá: Ejemplo para el Mundo -Acuerdo Fiscal con Estados Unidos” Dr. Eduardo Morgan Jr. Panamá, 25 de mayo de 2011
Puntos a desarrollar: • Beneficios para Panamá del registro de naves y sociedades anónimas y fundaciones de interés privado – Ingresos directos al estado • Beneficios para Panamá del registro de naves y sociedades anónimas y fundaciones de interés privado – Ingresos directos al sector privado y notarías • Total de ingresos ambos sectores • Comparación de incorporaciones e ingresos entre Panamá y Delaware • Tasa única anual de sociedades anónimas • Carta de la Embajada de los Estados Unidos de América a Uspa y Amcham • Carta del Colegio Nacional de Abogados a la Embajada de los Estados Unidos de América • Carta de Procurador que Panamá sobre sociedades anónimas • TIF Panamá y EU – Noviembre 30, 2011 • Carta de los Congresistas de Florida a S.E. Barack Obama, Presidente de los Estados Unidos de América
Beneficios para Panamá del registro de naves y sociedades anónimas y fundaciones de interés privado
Beneficios para Panamá del registro de naves y sociedades anónimas y fundaciones de interés privado ¿Y CUANTO VALDRÁ EL CENTRO BANCARIO?
¿Qué representan estas cifras en nuestra economía? Primero, hay que tomar en cuenta que todos estos ingresos proceden del extranjero, constituyen una exportación de servicios, una contribución anual del mundo hacia Panamá por la cual no hay que pagar. Si la valoráramos tomando en cuenta la rentabilidad anualizada del 4% representa para nuestro país un capital de $9.000.000.000 (nueve mil millones).Hay que tomar en cuenta que este capital aumenta anualmente con las naves, las sociedades y las fundaciones que registran cada año y que tienden a aumentar a medida que aumenta la globalización de la economía mundial y por tanto la necesidad de utilizar estos instrumentos. En otra perspectiva, ésta es, sin duda, la más importante inversión extranjera en Panamá..
Carta de la Embajada de Estados Unidos a Amcham y Uspa • En el año 2006 EE.UU. “has outlawed bearer shares in all 50 states.” Y luego añade que “Panama presents a different scenario. On May 28, CFATF Deputy Secretary, Ernesto Lopez, emphasized that Panama has failed to implement any of the actions recommended by the FATF regarding anonymous societies. In the final analysis, the reputation harm for lack of transparency outweighs the speculative possibility of any losses from more open practice”
Carta del Colegio Nacional de Abogados a la Embajada de USA • “En primer lugar debemos referirnos a la presión hecha por el Gobierno de los Estados Unidos al Gobierno de Panamá para que modifique su ley de Sociedades Anónimas con el objeto de eliminar o inmovilizar las acciones al portador Entendemos que el interés de los Estados Unidos en este asunto obedece a la necesidad de identificar al o los accionistas o .propietarios efectivos de una determinada sociedad panameña en caso de que dicha sociedad se preste para actividades ilícitas. En tal sentido, consideramos que no es correcto que su Gobierno solicite al nuestro aquello que no hace siquiera en su propio territorio.” • “En efecto, el mismo día en que usted enviaba su carta, en el Senado de los Estados Unidos se llevaba a cabo una audiencia para determinar la viabilidad o no de un proyecto de ley anteriormente rechazado por el Senado, pero vuelto a presentar por el Senador Levin a la consideración de sus colegas. El objeto del proyecto es lograr que los diversos Estados de su país, procedan a establecer mecanismos para conocer quiénes son los propietarios efectivos de las sociedades de responsabilidad limitada o LLC, las cuales se constituyen sin que nadie exija una verificación de la identidad de quien dice ser el solicitante.”
Carta del Colegio Nacional de Abogados a la Embajada de USA • “Como se desprende de la trascripción de la audiencia, la cual puede usted ver en la siguiente dirección de Internet: http://hsgac.senat.gov/public/index.cfm?FuseAction=Hearings.Hearing&Hearing_ID=5e19c266-7210-45ea-992f-6a6d5717c4e4, los Estados Unidos dista mucho de proveer transparencia en estos temas y los propios funcionarios de su país califican a Panamá como jurisdicción a la que aspirarían copiar.” • “Y es que Panamá ya cuenta con legislación que obliga a los Agentes Residentes (abogados que son los únicos que por ley pueden constituir sociedades anónimas en Panamá) a conocer a sus clientes mediante un procedimiento de diligencia debida (Decreto Ejecutivo N° 468 de 9 de septiembre de 1994). Es por esto que cuando una sociedad anónima panameña es utilizada para actividades ilícitas internacionales, los delincuentes normalmente, son identificados Si usted conoce de casos en los que esto no ha sido posible, mucho le agradeceré que nos los deje saber para mejorar este mecanismo”.
Carta del Procurador • Cuarto párrafo “Cabe señalar , que el sistema panameño que da publicidad de quienes son los directores, dignatarios y agente residente de cualquier sociedad, mediante el registro público, permite que las autoridades tengan vías para investigar quien es el último beneficiario de una sociedad anónima en Panamá, aunque se hubiesen emitido acciones al portador. Ejemplo de lo anterior, son los casos en que, a través del agente residente, hemos podido ubicar el último beneficiario de estas empresas, dada la obligación que este tiene de “conocer a su cliente”, en base a lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N. 468 de 8 de septiembre de 1994”
TIF Panamá y EU – Noviembre 30, 2011(Tratado de Intercambio de Información Fiscal) • Sistema Fiscal de EU • Sistema Fiscal de Panamá • Política del Gobierno
TIF Panamá y EU – Noviembre 30, 2011(Tratado de Intercambio de Información Fiscal) Puntos Sobresalientes del Tratado: • Solicitud Información – Doble Nacionalidad • Permite que la información provenga de actos delictivos
TIF Panamá y EU – Noviembre 30, 2011(Tratado de Intercambio de Información Fiscal) Puntos Sobresalientes del Tratado: • Ignora el Level Playing Field • Sobre las sociedades de EU: Solo hubieran tenido que citar el informe de la GAO cuando dice“Según los auditores del Gobierno, los estados requieren de tan poca información sobre el dueño de la compañía que los criminales pueden montar empresas para lavar dinero, evadir impuestos y financiar operaciones de terrorismo, sin miedo alguno a la persecución” • De acuerdo al informe de fuentes citadas por el FBI, “los criminales utilizan los laxos requisitos que los estados exigen para montar compañías con el objetivo de evitar impuestos o lavar dinero. Las “compañías pantallas” formadas en los Estados Unidos son utilizadas para lavar dinero por montos de $36 billones de dólares en ganancias dudosas de la antigua Unión Soviética. El FBI tiene 103 investigaciones abiertas dentro del mercado de manipulación, la mayoría de estas, involucran a “compañías pantalla”.
Gao http://www.gao.gov/new.items/d06376.pdf
Sobre información de cuentas bancarias Carta de los Congresistas de Florida a S.E. Barack Obama, Presidente de los Estados Unidos de América • Las instituciones financieras norteamericanas se benefician grandemente de los depósitos de extranjeros en bancos de EEUU. Por más de 90 años, los EEUU han reconocido la importancia de los depósitos extranjeros y se han abstenido de tasar los intereses generados por ellos o requerir que se reporten…. La regulación causará serios e irreparables daños a la economía norteamericana.
Sobre información de cuentas bancarias Carta de los Congresistas de Florida a S.E. Barack Obama, Presidente de los Estados Unidos de América • A causa de las leyes de privacidad de los EEUU, se estima que los extranjeros no residentes mantienen depósitos por más de $3 trillones en instituciones financieras norteamericanas.
Sobre información de cuentas bancarias Carta de los Congresistas de Florida a S.E. Barack Obama, Presidente de los Estados Unidos de América • De aprobarse esta regulación, una porción sustancial de ese capital se retirará de la economía de EEUU… De hacerse efectiva la norma propuesta, las compañías norteamericanas perderían cientos de billones de dólares en depósitos a instituciones en jurisdicciones que son nuestra competencia y que protegen la privacidad de los clientes.
TIF Panamá y EU – Noviembre 30, 2011(Tratado de Intercambio de Información Fiscal) Puntos Sobresalientes del Tratado: • Incluye Impuestos de Sucesiones y Donaciones • No incluye Derecho a Defensa • Ignora que en Panamá todo acto administrativo está sujeto a revisión por la Sala Tercera de la Corte Suprema • Retroactividad por tres años