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REVISIÓN Y AJUSTE A LOS POT. SECRETARIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL. DIANA PATRICIA TABORDA DÍAZ. ORDENAMIENTO TERRITORIAL EN EL AMBITO RURAL. LEGISLACIÓN RELACIONADA. ASESOR DEL DESPACHO (1). ART. 64,65 DE LA CONTITUCIÓN. ART. 58 DE LA CONSTITUCIÓN. DECRETO 2811. LEY 99 DE 1993.
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REVISIÓN Y AJUSTE A LOS POT SECRETARIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL DIANA PATRICIA TABORDA DÍAZ
ORDENAMIENTO TERRITORIAL EN EL AMBITO RURAL LEGISLACIÓN RELACIONADA ASESOR DEL DESPACHO (1) ART. 64,65 DE LA CONTITUCIÓN ART. 58 DE LA CONSTITUCIÓN DECRETO 2811 LEY 99 DE 1993 DECRETO 097 LEY 160 DE 1994
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA ARTÍCULO 58 Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores. Cuando de la aplicación de una ley expedida por motivos de utilidad pública o interés social, resultare en conflicto los derechos de los particulares con la necesidad por ella reconocida, el interés privado deberá ceder al interés público o social. La propiedad es una función social que implica obligaciones. Como tal, le es inherente una función ecológica.
LA PROPIEAD EN LA CONTITUCIÓN DE 1991 Artículo58. Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores. Cuando de la aplicación de una ley expedida por motivo de utilidad pública o interés social, resultaren en conflicto los derechos de los particulares con la necesidad por ella reconocida, el interés privado deberá ceder al interés público o social. La propiedad es una función social que implica obligaciones. Como tal, le es inherente una función ecológica. Función social de la propiedad Productiva Riqueza individual y colectiva Presevación de Valores e Identidad cultural Arraigo social Protección de la naturaleza
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA LA FUNCIÓN ECOLÓGICA DE LA PROPIEDAD, FRENTE A LA PROPIEDAD PRIVADA En conclusión en Colombia el derecho de la propiedad de la tierra tiene dos grandes limitaciones: La función social: se tiene el derecho y el deber de explotar económicamente ese predio en beneficio propio y en beneficio de la comunidad. La función ecológica: se tiene el derecho y el deber de explotar económicamente la tierra, pero al hacerlo no se puede atentar contra los recursos naturales renovables ni afectar el medio ambiente. Se debe tener en cuenta no sólo el derecho propio sino el derecho de las futuras generaciones; por tanto, el aprovechamiento de esos recursos naturales renovables debe ser racional, dentro de un desarrollo sostenido.
LA FUNCIÓN ECOLÓGICA DE LA PROPIEAD FRENTE A LA PROPIEDAD PRIVADA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA SERVICIOS AMBIENTALES Costanza (1998) define los servicios ecosistémicos ( bienes y servicios ambientales) como aquellos que representan los beneficios a la población humana derivados, directa o indirectamente, de las funciones de los ecosistemas.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA SERVICIOS AMBIENTALES Regulación del clima Regulación hídrica Suministro de agua Control de la erosión y retención de sedimentos Formación de suelos Reciclado de nutrientes Tratamiento de residuos, Polinización, control biológico Producción de alimentos Recursos genéticos Recreación, cultura y belleza escénica
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA FUNCIÓN SOCIAL ECOLÓGICA DE LA PROPIEDAD • función social ecológica, su garantía, asegura la perpetuación del ecosistema, la propiedad privada y su función social. • En tanto mas formas de función social ecológica de la propiedad posea un predio, es decir, mientras mas servicios ambientales provea, mayor será el interés público sobre él, y en ese medida la propiedad privada pierde su sustento y es la propiedad pública quien entra a ejercer su derecho bajo la administración del Estado, quien tendrá en el ordenamiento territorial las herramientas para la regulación del uso del suelo que ya tendrá que incluir los servicios ambientales como un uso con “valor” .
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA ARTÍCULO 64 Es deber del Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra
COEFICIENTE DE CONCENTRACION DE LA TIERRA GINI Fuente: Anuario Estadístico 2010, DAP
TAMAÑO DE LA PROPIEDAD SUBREGIÓN NORTE
TAMAÑO DE LA PROPIEDAD SUBREGIÓN BAJO CAUCA Fuente: Anuario Estadístico 2010
INFORMALIDAD EN LA TENENCIA DE LA TIERRA Fuente: Universidad Nacional, 2009
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA ARTÍCULO 65 La producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado. Para tal efecto, se otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales, así como también a la construcción de obras de infraestructura física y adecuación de tierras.
RUBROS PRIORIZADOS POR SUBREGION URABÁ BAJO CAUCA NORTE NORDESTE OCCIDENTE MAGDALENA MEDIO AREA M. ORIENTE SUROESTE Arroz, Carne, Leche, Cacao Reforestación Caucho, Yuca C. Alternativos Piscicultura Reforestación Caña, Café Leche, Carne Cacao, Caucho Piscicultura Caprinocultura Yuca - Maíz -Arroz, Carne Pesca artesanal Plátano, Cacao Reforestación Leche - Quesos Palma de Aceite Banano, Caucho Café Caña Reforestación Piscicultura Leche Papa Carne, Leche Palma de Aceite Piscicultura Reforestación Cacao, Caucho Reforestación Caña, Frutas Leche, Café Piscicultura Cacao Frijol Hortofrutícola Fríjol -Leche Caña, Café Cadena Cárnica Medicinales y arom. Piscicultura Flores, Fique Reforestación Papa Piscicultura Reforestación Leche - Carne Caña, Plátano Cadena cárnica Café, Frijol Leche, Hortofrutícola,, Flores y café, Piscicultura Reforestación, Caña
Leyenda Municipios de Antioquia Áreas aptas lechería especializada Moderadamente aptas Principales productores de leche DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA PRINCIPALES MUNICIPIOS PRODUCTORES LECHE ESPECIALIZADA vs AREAS POTENCIALES Fuente: Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural de Antioquia 2006
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA PRINCIPALES MUNICIPIOS PRODUCTORES DE GANADERÍA DOBLE PROPÓSITO VS AREAS POTENCIALES Fuente: Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural de Antioquia 2006
SECRETARIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL CADENAS PRODUCTIVAS CAÑA (Saccharum officinarum L.) Fuente: Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, 2007
ALGUNAS CONSIDERACIONES PARA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL RURAL A TENER EN CUENTA Es fundamental que en la revisión de los POT que el suelo rural reciba un tratamiento orientado por propósitos de ordenamiento territorial reales y concretos El ordenamiento del suelo rural debe partir de identificar y delimitar el suelo rural con fines agroproductivos. Se debe orientar el uso del suelo teniendo en cuenta la capacidad de acogida y los limitantes de los agroecosistemas Interrogantes: la tenencia de la tierra, el tamaño de la propiedad, la alta informalidad Definir la estrategia de desarrollo rural y agropecuario
TERRITORIOS AREAS HUMEDAS ARTIFICIALIZADOS AGRICULTURA CUERPOS AGUA 0,2 % has 1.222,3 14,2 % has 109.855,6 0,7 % has 5.192,8 RASTROJOS 7,3% has 56.768,1 AREAS SIN Y/O POCA VEGETACION HERBACEA PLANTACIONES 0,8 % has 6.507,2 FORESTALES 1,4% has 11.047,6 BOSQUES PASTOS 36,6% has 282.554,1 38,7% has 299.286,0 Fuente: IGAC, 2007
CARACTERIZACION SUBREGIONAL CONFLICTOS DE USO