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LEY DE PLANTAS: UNA NUEVA ESTRUCTURA MUNICIPAL, PARA UNA GESTIÓN MÁS EFICIENTE. Bernardo Navarrete Yáñez. Profesor Asociado Universidad de Santiago de Chile.
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LEY DE PLANTAS: UNA NUEVA ESTRUCTURA MUNICIPAL, PARA UNA GESTIÓN MÁS EFICIENTE. Bernardo Navarrete Yáñez. Profesor Asociado Universidad de Santiago de Chile. “BASES DE PARTICIPACIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO MUNICIPAL” MODERNIZACIÓN DE LOS SISTEMAS INTERNOS Y DE RELACIÓN, DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL Coquimbo, 2-3 y 4 Abril 2014
Un punto de partida para el escenario municipal actual El gobierno local esta sometido a una doble lógica administrativa y política. En la primera son evaluados por su capacidad de mejorar la provisión de servicios públicos y; En la segunda se justifican por su contribución al buen funcionamiento de la democracia así como un espacio para hacer frente al descrédito de la política democrática entendiendo que la “democracia original” era local y que surge para “tratar” los temas de la ciudad y de la comunidad local.
¿Los Municipios, son la institución con los mayores niveles de confianza del Estado? ¿Los municipios tienen los mayores niveles de confianza de los ciudadanos?
Después de la legitimidad, LIDERAZGO La personalidad y habilidades de los dirigentes resultan gravitantes para dar conducción a las demandas. No olvidar nunca La Ley de los Resultados Lowi (1993): La probabilidad de fallar tiende siempre al 100%. Refinamiento: Dada la retórica exaltada y las grandes expectativas que rodean a los dirigentes, los éxitos parciales los definen algunos como fracasos.
Dos meses que cambiaron el escenario • Las demandas sobre las que se generó y mantuvo la huelga de los funcionarios municipales de octubre-noviembre 2013, se reconoció por los Alcaldes como "justas" y "legítimas“. • ¿Y los resultados fueron relevantes?
¿Y la estructura? Los cientistas políticos, han elaborado la “teoría de mando político” que analiza los esfuerzos de legisladores, políticos, y grupos de interés por controlar la conducta de instituciones burocráticas, ustedes. Los economistas han desarrollado de igual forma una nueva línea de teoría económica llamada “teoría de incentivos”.
PRINCIPALES ACTORES DE LA REFORMA ¿GANADORES? ¿PERDEDORES? CIUDADANIA MINISTERIO DE HACIENDA MUNICIPIOS ASEMUCH SUBDERE Institución ALCALDES CONSEJO MUNICIPAL Institución Institución
Que es esto de “reforma” La “reforma” se asume normalmente como procesos paulatinos, integrales y de amplio alcance. En ese sentido, el término “reforma” no sólo involucra cambio sino que supone asignar un adjetivo a este cambio, entendiéndolo como “cambio beneficioso”, “cambio integral”, un movimiento deliberado desde un Estado menos deseable a uno deseable.
OPORTUNIDADES PARA DISCUTIR LA REFORMA • Existencia de voluntad política para impulsar la reforma a nivel municipal: si bien no es un tema nuevo en la agenda modernizadora del Estado ni en la agenda municipal, el gobierno busca impulsar con fuerza esta temática. • Pocas capacidades locales para enfrentar problemas complejos: Los municipios requieren modernizar sus capacidades de gestión, donde los recursos humanos son fundamentales • Los principios rectores que impulsa la reforma municipal son de relevancia nacional: más participación ciudadana, más autonomía del nivel local, mayor transparencia • La estructura municipal actual no responde a las necesidades del desarrollo democrático: sus actuales atribuciones y recurso no les permiten ser promotores del desarrollo local.
ELEMENTOS PARA UN DIAGNÓSTICO • La llegada de la democracia busca fortalecer la gestión municipal. Los recursos financieros municipales, que ahora alcanzan al 13% del gasto gubernamental total, y las Municipalidades cuentan con el 54% del personal público, para gestionar las competencias exclusivas y compartidas. • La Encuesta Auditoría de la Democracia, realizada por el PNUD y diversos Centros de Estudios a inicios de 2013, pregunta a los encuestados el grado de conocimiento que tiene de sus autoridades locales. Mientras el Alcalde, electo democráticamente, es conocido por el 87% de las personas, el Intendente de la región lo conoce solo el 21% y al gobernador el 18%. • En los 80 se traspasan a los Municipios las competencias de salud primaria, educación básica, media y la gestión de los programas sociales para paliar la pobreza. El gasto municipal sube del 3.1% del gasto gubernamental total, en 1981, a algo más del 10%, a fines de la década.
EL PROCESO DE DESCENTRALIZACIÓN MUNICIPAL EN CHILE FUENTE: BOZAN, 2005
LA REFORMA MUNICIPAL: PRINCIPALES ELEMENTOS • Pone el foco en la complejidad de los problemas que deben atender los municipios para responder al mandato de constituirse en auténticos agentes del desarrollo local; • Busca avanzar en la construcción de un sistema institucional que se haga cargo de las diferencias, con medidas pertinentes para atender a los problemas de desarrollo de territorios de distinta conformación geográfica, sociodemográfica, económica y productiva; • El objetivo final es contar con un municipio moderno, con capacidad de anticipación y respuesta y con adecuados niveles de gestión y planificación, teniendo en cuenta que es diferente el municipio urbano y el pequeño municipio rural;
LOS RECURSOS HUMANOS EN EL NIVEL MUNICIPAL • La carrera funcionaria es un sistema integral de regulación del empleo Municipal, aplicable al personal titular de planta, fundado en principios jerárquicos, profesionales y técnicos, que garantiza la igualdad de oportunidades para el ingreso, la dignidad de la función Municipal, la capacitación y el ascenso, la estabilidad en el empleo, y la objetividad en las calificaciones en función del mérito y de la antigüedad (Ley 18.883, Art. 3 e) • Las municipalidades son órganos de la Administración del Estado, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas. (Ley 18.695). En realidad a las municipalidades se le hace imposible cumplir cada una de las tareas que se les encomienda, si no modernizan las plantas funcionarias
LEY DE PLANTAS MUNICIPALES: JUSTIFICACIÓN • En el año 1994 se publicó la Ley Nº 19.280 que buscaba modernizar las plantas municipales, estableciendo requisitos para el ingreso y la promoción en los cargos de las plantas de personal. • Desde entonces las plantas municipales se mantienen sin cambios y las autoridades comunales están imposibilitadas de crear nuevos cargos, ya que dicha facultad es exclusiva del Presidente de la República. • Según un estudio realizado por la Asociación Chilena de Municipalidades (2010), de las 345 comunas del país, 258 cuentan con Directores de Desarrollo Comunitario, 242 con Directores de Planificación, 115 con Directores de Finanzas, 81 con Directores de Control, 129 cuentan con Directores Jurídicos y 263 municipios tienen Directores de Obras Municipales. • Además, existen 1.403 cargos directivos, pero faltan 1.012 (solo considerando los cinco cargos directivos más relevantes en las administraciones locales)
LEY DE PLANTAS MUNICIPALES: JUSTIFICACIÓN • Actualmente la planta de cada Municipio debe ser aprobada por la Subsecretaria Nacional de Desarrollo Regional y Administrativo, SUBDERE. No obstante, algunos cargos municipales de jefatura o asesoría son de confianza exclusiva del alcalde. • El personal municipal propiamente tal se rige por el Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales; el personal de salud municipalizada depende del Estatuto de Atención Primaria de Salud; en tanto, el personal de la educación municipalizada es regulado por el Estatuto Docente. Es decir, coexisten tres formas distintas de gestión de personal. • Del personal municipal central (sin considerar a los que prestan servicios en salud y educación) sólo un tercio posee títulos técnicos o profesionales, lo que se considera insuficiente.
CONTENIDOS DE LA REFORMA • Ley de Regulación del Artículo 121 de la Constitución que permitirá adecuar las plantas y las remuneraciones. En ella se establecen normas de regulación de las relaciones entre la autoridad y los funcionarios, de manera tal de garantizar los derechos funcionarios y que estos no queden expuestos a eventuales arbitrariedades o discrecionalidades de la autoridad municipal; • Sistema de Formación y Capacitación Municipal, que permita coordinar la oferta y la demanda de capacitación, asegurando la pertinencia, oportunidad y calidad de la oferta • El actual Art. 121 señala, que las municipalidades podrán crear o suprimir empleos y fijar remuneraciones. El proyecto propone que se puede durante el período alcaldicio fijar un plan de creación y supresión de empleo. Y para tales efectos, habrá que elaborar un plan, teniendo en consideración las necesidades de personal de la municipalidad, oír la opinión de la asociación de los funcionarios y luego someterlo a la aprobación del Concejo y la toma de razón por la C.G.R.
NUEVAS ATRIBUCIONES QUE CONSIDERA LA REFORMA • Crear nuevos empleos rentados. • Suprimir empleos rentados. • Determinar las funciones o atribuciones de los empleos municipales. • Fijar las remuneraciones de los empleos • Establecer los órganos o unidades internas en cada municipalidad
PRINCIPALES ACTORES DE LA REFORMA ¿GANADORES? ¿PERDEDORES? CIUDADANIA MINISTERIO DE HACIENDA MUNICIPIOS ASEMUCH SUBDERE ALCALDES CONSEJO MUNICIPAL
CLAVES PARA ANALIZAR A LOS ACTORES • proceso de adecuación de las plantas, haciendo primar la creación de nuevos cargos o el mejoramiento de los grados. • Las supresiones de cargos deben restringirse a casos justificados utilizando criterios objetivos y limitados a un porcentaje máximo determinado • No se trata de una facultad individual del Alcalde, sino de una propuesta de éste al Concejo Municipal, quien en definitiva decidirá por dos tercios de los concejales en ejercicio. Luego el decreto deberá ser conocido por la Contraloría. • Una vez suprimida la función, el municipio no puede crear una función similar. • Las supresiones de cargos deben limitarse a un porcentaje máximo determinado y sólo una vez en el período alcaldicio.
CLAVES PARA ANALIZAR A LOS ACTORES • En casos justificados de supresión de un cargo, se debe tener en cuenta la reconversión del afectado en alguno de los cargos vacantes o de nuevos puestos que se creen, con la correspondiente capacitación • En casos que la reinserción no sea posible, el funcionario afectado recibirá una indemnización justa, equivalente al pago de un mes por el año con tope de once meses, independiente de la antigüedad y remuneración del funcionario afectado. • Negociación colectiva con las asociaciones de funcionarios.
ASEMUCH: EXPECTATIVAS ADICIONALES • Busca la creación de un Fondo de Modernización Municipal, constituido por un aporte fiscal especial para: • Financiar un plan de retiro voluntario para todos aquellos funcionarios que cumplan los requisitos para jubilar. • Asegurar las plantas mínimas de acuerdo a las nuevas exigencias de la ley. • Apoyar la profesionalización de las plantas, particularmente en los municipios pequeños y medianos. • Apoyar la regularización de todos aquellos trabajadores a honorarios y a contrata, que tienen la legítima aspiración de un empleo más estable con sus respectivos derechos provisionales.
ALGUNAS CONCLUSIONES • El principal problema que enfrentan las Municipalidades chilenas es la débil autonomía y la excesiva intromisión del gobierno central y los ministerios sectoriales, tanto en las competencias locales compartidas como, incluso, en las consideradas exclusivas. • En este sentido, el centralismo puede ser considerado como una forma de autoritarismo, al desconocer las ideas, capacidades y Voluntad ciudadanas, derivando en clientelismo, paternalismo e, incluso, corrupción. • La descentralización, el desarrollo local y el mejoramiento de las políticas públicas sigue siendo la asignatura pendiente del proceso político chileno.
MUCHAS GRACIAS Bernardo Navarrete Yáñez. Profesor Asociado Universidad de Santiago de Chile.