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ETAPA PRELIMINAR NUEVO PROCESO PENAL LIC. JORGE EMILIO IRUEGAS ALVAREZ. CONSULTOR TECNICO jemilio@proderecho.com.mx. ETAPA PRELIMINAR (Art. 235 CPPZ). Está a cargo del M.P. con el auxilio de la policía. Se determina si precisamente hay fundamentos para abrir un juicio penal.
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ETAPA PRELIMINAR NUEVO PROCESO PENAL LIC. JORGE EMILIO IRUEGAS ALVAREZ. CONSULTOR TECNICO jemilio@proderecho.com.mx
ETAPA PRELIMINAR(Art. 235 CPPZ) Está a cargo del M.P. con el auxilio de la policía. Se determina si precisamente hay fundamentos para abrir un juicio penal. Dos fases: investigación previa y judicialización.
MAPA DEL PROCESO PENAL Querella o Denuncia Juicio Etapa de Investigación Etapa Intermedia Audiencia de Juicio Oral Presentación del Detenido o Cita -No inicio de la investigación -Inicio de la investigación -Archivo temporal -Principio de oportunidad Escrito Acusación Audiencia de lectura de Sentencia Escrito Defensa Noticia Criminal Audiencia de Control de Detención o de Formulación de Imputación Audiencia de Individualización de Sentencia Audiencia Intermedia Audiencia de Vinculación a Proceso Tribunal de Juicio Oral Juez de Garantía
Facultades del MP para la terminación de casos Principio De Oportunidad No inicio de investigación Investigación Denuncia ó Querella Formalización de la Imputación ADMITE Reapertura Investigación Archivo Temporal.
Audiencia de control de detención o de formulación de la imputación Libertad con reservas de Ley MP.- Motivos de la detención y Def.- Debate Juez.-Califica la Detención Puesta a disposición judicial del detenido por flagrancia Ratifica Detención Cita u Orden de Aprehensión al imputado y su defensor para formular Imputación ante Juez de Garantía Def.- Aclaración Juez.- verificación que el imputado haya entendido la imputación Contestación de la imputación. Declaración preparatoria MP.- Formula Imputación
Continuación de la audiencia… Juez.- Informa al Imputado sobre Su derecho al termino Para que se resuelva Sobre la vinculacion MP: Solicita la vinculación del imputado a proceso Juez.- Fecha y cita Aud. de vinculación Definitiva (72 o 144 Hrs) Def.- pruebas y/o ampliación Def.- Renuncia a Plazo 19 CPEUM No vinculación del Imputado a Proceso Juez.- Resuelve Sobre La VINCULACIÓN DEL IMPUTADO A PROCESO MP: Solicita la motiva La vinculacion del imputado a proceso Debate sobre la vinculación del imputado a Proceso VINCULACIÓN DEL IMPUTADO A PROCESO Debate sobre Plazo de Investigación JUEZ RESUELVE Debate sobre Cautelares MP y Def. JUEZ RESUELVE
Audiencia de Vinculación en el caso en que la Defensa se haya acogido al plazo19 Constitucional Debate sobre la vinculación del imputado a Proceso Desahogo de la prueba de la defensa MP: motiva la vinculación del imputado a proceso Juez.- Resuelve sobre la vinculación del Imputado a proceso VINCULACIÓN DEL IMPUTADO A PROCESO No vinculación del Imputado a Proceso Debate sobre CAUTELAR Debate sobre plazo de investigación
FORMAS DE DETENCION: • POR ORDEN JUDICIAL (198-200 CPPEZ) • EN FLAGRANCIA (203-204 CPPEZ) • CASO URGENTE. (205 CPPEZ)
FLAGRANCIA: • Cuando la persona essorprendida al momento de cometerlo. • Inmediatamentedespués de cometerloesperseguidamaterialmente. • Inmediatamente después de cometerlo la persona es señalada por la víctima, algún testigo presencial de los hechos o quien hubiere intervenido con ella en la comisión del delito y se le encuentren objetos o indicios que hagan presumir fundadamente que acaba de intervenir en un delito.
CASO URGENTE: 1.- EXISTA SOSPECHA FUNDADA DE QUE EL IMPUTADO A PARTICIPADO EN ALGUN DELITO GRAVE. 2.- EXISTA RIESGO FUNDADO DE QUE EL IMPUTADO SE PUEDA SUSTRAER DE LA JUSTICIA. 3.- POR LA HORA, LUGAR U OTRA CIRCUNSTANCIA EL MP NO PUEDA OCURRIR A LA AUTORIDAD JUDICIAL. • CASO URGENTE. ART. 206 CPPZ ES EL MP QUIEN ORDENA POR ESCRITO LA DETENCION, DEBE CONTENER LOS ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACION Y LOS INDICIOS QUE MOTIVAN SU PROCEDER.
CONTROL DE DETENCIÓN 1.- El Ministerio Público sobre las CIRCUNSTANCIAS DE DETENCIÓN. Debe limitarse a mencionar únicamente la forma en que fue detenido el imputado, concretándose sólo a una de las hipótesis de flagrancia. 2.- Se da traslado a la Defensa. *Existe posibilidad de duplica de ambas partes, siempre y cuando sea para hacerse cargo en concreto de los argumentos vertidos en ese momento. 3.- Resolución del Juez calificando la detención. A) Si se califica de legal la detención, continúa la audiencia con la formulación de imputación. B) Si se califica de ilegal la detención: - Se dispone la libertad del imputado, o - El Ministerio Público podría solicitar que en ese acto se formule imputación, siempre y cuando así lo permita éste y su defensa, en caso contrario, el MP tendría que solicitar fecha para formular imputación o en su defecto, audiencia privada para pedir orden de aprehensión.
FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN 1.- Ministerio Público FORMULA IMPUTACIÓN, exponiendo: • HECHOS atribuidos. • Calificación Jurídica. • Mención de las personas que deponen en contra del imputado. 2.- Si lo considera pertinente la DEFENSA, REQUIERE ACLARACIONES. 3.- El juez pregunta al IMPUTADO si comprendió la imputación y SI ES SU DESEO DE RENDIR SU DECLARACIÓN. i. Si declara el imputado se siguen las mismas reglas de juicio oral, en este sentido, la Defensa formula el examen directo y el Ministerio Público el contraexamen, para posteriormente solicitar éste la vinculación a proceso, o ii. Si se acoge a su derecho de abstenerse de declarar, se continúa con la solicitud de vinculación a proceso.
HECHOS DE LA IMPUTACION Ejemplo: Delito: Robo Calificado con Violencia. Elementos del tipo penalProposiciones Fácticas 1.- Apoderamiento de cosa mueble. Le quita de la bolsa del pantalón un teléfono celular marca nokia. 2.-Que la cosa mueble sea ajena al activo. El teléfono lo traía y poseía Raúl Cárdenas Guajardo y le era ajeno al imputado. 3.-Sin consentimiento de quien puede RaulCardenas Guajardo no dio su consentimiento y se le disponer de la cosa conforme a la ley . puso una navaja en el cuello para desapoderarlo del mismo .. 4.-Sin derecho del activo No existe acreditado algún derecho del imputado sobre el teléfono. 5. Utilizando la violencia moral El imputado amago con una navaja en el cuello a la víctima.
VINCULACION A PROCESO 1.- El juez informa al imputado del plazo para resolver su situación jurídica. A)Si el imputado pide el plazo de 72 horas o la duplicación de éste, SE SUSPENDE LA AUDIENCIA PARA CONTINUARLA DESPUES E INICIAR CON EL DESAHOGO DE PRUEBA... B)Si el imputado renuncia al plazo, la audiencia continúa, solicitando el Ministerio Público la vinculación a proceso. 2.- El Ministerio Público solicita la vinculación a proceso. 3.- Se corre traslado a la defensa. *Existe posibilidad de duplica de ambas partes, siempre y cuando sea para hacerse cargo en concreto de los argumentos vertidos en ese momento, ya que los mismos no son para que las partes redunden en sus argumentos iniciales. 4.- Se le da la palabra al imputado si es que acaso desea hacer alguna manifestación. 5.- El juez resuelve sobre la vinculación a proceso.
MEDIDAS CAUTELARES Y PLAZO DE INVESTIGACIÓN Medidas Cautelares 1.- El Ministerio Público solicita la imposición de una medida cautelar. 2.- Se corre traslado a la Defensa. 3.- El juez resuelve: i. La imposición de la(s) medida(s) cautelar(es) solicitada(s) por el Ministerio Público, o ii. En caso de que el juez considere que la(s) medida(s) cautelar(es) solicitadas son desproporcionadas, el Ministerio Público tiene oportunidad de solicitar otra(s) medida(s) menos gravosa. Impuesta o no la medida cautelar se continua la secuencia con la solicitud del plazo para el cierre de investigación. Plazo de Investigación 1.- El Ministerio Público solicita el plazo de investigación dentro de los parámetros legales permitidos. 2.- Se corre traslado a la defensa 3.- El juez fija el plazo de investigación.