1 / 14

NUEVO ESTATUTO DEL TRABAJO AUTONOMO (LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO).

NUEVO ESTATUTO DEL TRABAJO AUTONOMO (LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO). D. Carlos de la Torre García. Inspector de Trabajo. Profesor de Derecho del Trabajo UC3M. Seminario Octubre de 2007. ASEFIGET. . INDICE (1). AMBITO DE APLICACIÓN: SUPUESTOS INCLUIDOS Y EXCLUIDOS.

jabari
Download Presentation

NUEVO ESTATUTO DEL TRABAJO AUTONOMO (LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO).

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. NUEVO ESTATUTO DEL TRABAJO AUTONOMO (LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO). D. Carlos de la Torre García. Inspector de Trabajo. Profesor de Derecho del Trabajo UC3M. Seminario Octubre de 2007. ASEFIGET.

  2. INDICE (1). • AMBITO DE APLICACIÓN: SUPUESTOS INCLUIDOS Y EXCLUIDOS. • FUENTES DEL REGIMEN PROFESIONAL. • DERECHOS PROFESIONALES DE LOS AUTONOMOS. • DEBERES PROFESIONALES DE LOS AUTONOMOS. • CONTRATO DE TRABAJO. • PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. • GARANTIAS ECONOMICAS. LIMITES A LA EMBARGABILIDAD DE LA VIVIENDA HABITUAL DEL AUTONOMO. • REGIMEN DEL TRABAJO AUTONOMO DEPENDIENTE. ACUERDOS DE INTERES PROFESIONAL. CONTRATO. • COMPETENCIA JURISDICCIONAL. • DERECHOS COLECTIVOS. • PROTECCION SOCIAL DE LOS AUTONOMOS. • DISPOSICIONES REGLAMENTARES Y TRANSITORIAS. • CONCLUSIONES.

  3. PANORAMA ESTADISTICO (2). • RG: 15 MILL Y RETA, AGRARIO Y MAR 3.350.000 AUTONOMOS. • 70% AUTONOMOS HOMBRES Y 30% AUTONOMOS MUJERES. • 65% AUTONOMOS EN SERVICIOS Y 15% EN AGRICULTURA. • 77,5% AUTONOMOS SIN ASALARIADOS. • DEL RESTO 22,5%...EL 50% TIENE SOLO UN TRABAJADOR.94% AUTONOMOS SIN ASALARIADOS O CON UNO O DOS ASALARIADOS. • PENSION MEDIA DE JUBILACION DE AUTONOMOS: 553,75 EUROS. BASES MINIMAS Y DISCONTINUIDADES.

  4. CLAVES DE ARCO DEL ESTATUTO DE AUTONOMOS (3). • ESTATUTO INNOVADOR: REGULACION UNITARIA Y SISTEMATICA (ITALIA/ALEMANIA). • ESTATUTO PACTADO CON ATA; UPTA; Y UGT. 3.250.000. • ESTATUTO DUAL: AUTONOMOS TRADICIONALES Y TRADE. • ESTATUTO INCOMPLETO PESE A QUE CUENTA CON 29 ARTICULOS, 19 DDAA Y 3 DDTT (REGLAMENTO) Y CON POSIBLE DESARROLLO SECTORIAL Y POR SEGMENTO DE GRUPOS. • ESTATUTO CON GRAN IMPACTO EN DERECHOS COLECTIVOS Y EN MENOR MEDIDA INDIVIDUALES. • ESTATUTO CON DESPLAZAMIENTO DE FORO DE LAS CONTROVERSIAS JURIDICAS: FORO LABORAL. • ESTATUTO MUY CONTRACTUALIZADO AUNQUE ABRE ESPACIOS PARA LA NEGOCIACION COLECTIVA (ACUERDOS DE INTERES PROFESIONAL). • ESTATUTO CON RIESGOS DE DESLABORALIZACION Y DE EMERGENCIA DE “FALSOS AUTONOMOS” • ESTATUTO CON NUEVOS DERECHOS Y PRESTACCIONES PERO QUE HAY QUE FINANCIAR CON NUEVAS COTIZACIONES.

  5. SUPUESTOS INCLUIDOS (4). 1/ INCLUSIONES OBJETIVAS (ART. 1.1. LETA): ACTIVIDAD ECONOMICA O PROFESIONAL A TITULO LUCRATIVO, DE FORMA HABITUAL, PERSONAL Y DIRECTA EJERCIDA POR CUENTA PROPIA Y FUERA DEL AMBITO DE DIRECCION Y ORGANIZACIÓN DE OTRA PERSONA (“HABITUALIDAD”/”AUSENCIA DE DEPENDENCIA Y AJENIDAD”/SMI ANUAL). 2/ INCLUSIONES SUBJETIVAS (ART 1.2.LETA): SOCIOS INDUSTRIALES, COMUNERES, CONSEJEROS O ADMINISTRADORES CON FUNCIONES DE DIRECCION O GERENCIA Y CON CONTROL EFECTIVO DIRECTO O INDIRECTO (50%), TRANSPORTISTAS, AGENTES COMERCIALES, EXTRANJEROS AUTONOMOS…

  6. SUPUESTOS EXCLUIDOS DEL TRABAJO AUTONOMO (ART. 2 LETA) (5). 1/ RELACIONES DE TRABAJO POR CUENTA AJENA (ART. 1.1. ET). 2/ CONSEJERO O MIEMBRO DE ORGANO DE ADMINISTRACION. 3/ RELACIONES LABORALES ESPECIALES (ART. 2 ET). 4/ CABE CELEBRAR CONTRATOS LABORALES CON FAMILIARES DEL AUTONOMO QUE VAN A REGIMEN GENERAL SIEMPRE QUE SEAN MENORES DE 30 AÑOS AUNQUE CONVIVAN CON ÉL (LA CONVIVENCIA YA NO ES PRESUNCIÓN IURIS TANTUM DE FALTA DE LABORALIDAD) AUNQUE SE EXCLUYE LA COBERTURA DE DESEMPLEO (DA 10ª LETA).

  7. FUENTES DEL REGIMEN PROFESIONAL DE AUTONOMOS (5BIS). 1/ ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTONOMO (LETA). 2/ NORMATIVA COMUN RELATIVA A CONTRATACION CIVIL, MERCANTIL O ADMINISTRATIVA REGULADORA DEL TRABAJO AUTONOMO. 3/ PACTOS INDIVUALES CON CLIENTES. 4/ USOS Y COSTUMBRES LOCALES Y PROFESIONALES. 5/ ACUERDOS DE INTERES PROFESIONAL PARA TRADE. PUNTOS CRITICOS: RELACION JERARQUICA ENTRE FUENTES.

  8. CATALOGO DE DERECHOS DE LOS AUTONOMOS (6). 1/ DERECHO AL TRABAJO; 2/ LIBRE ELECCION DE PROFESION; 3/ LIBERTAD DE INICIATIVA ECONOMICA; 4/ LIBRE COMPETENCIA. 5/ PROPIEDAD INTELECTUAL. 6/ IGUALDAD ANTE LA LEY. 7/ DIGNIDAD. 8/ PROTECCION FRENTE AL ACOSO. 9/ FORMACION Y READAPTACION PROFESIONAL. 10/ INTEGRIDAD FISICA Y PROTECCION DE LA SALUD. 11/ PERCEPCION ECONOMICA PUNTUAL Y CONVENIDA. 12/ DERECHOS DE CONCILIACION…. ------TUTELA JUDICIAL (NULIDAD E INDEMNIZACIONES)--------------

  9. DEBERES DE LOS AUTONOMOS Y CONTRATO DE TRABAJO (7). A/ DEBERES: 1/ CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 2/ OBLIGACIONES PREVENTIVAS. 3/ AFILIACION Y COTIZACION. 4/ OBLIGACIONES FISCALES. 5/ NORMAS DEONTOLOGICAS. B/ CONTRATO DE TRABAJO: 1/ CONTRATO VERBAL O POR ESCRITO. 2/ OBJETO: OBRA O SERVICIO (S) Y DE DURACION CONVENIDA.

  10. AUTONOMOS Y PREVENCION DE RIESGOS LABORALES (8). 1/ SUJETO BENEFICIARIO DE LAS NORMAS PREVENTIVA; 2/ OBLIGACIONES DE AAPP: ASESORAMIENTO; VIGILANCIA; CONTROLS DE CUMPLIMIENTO; FORMACION; ETC. 3/ DEBERES DE COOPERACION, INFORMACION E INSTRUCCIÓN (ART. 24.1 Y 24.2 LPRL). LOCALES O CENTROS DE TRABAJOS O MAQUINARIA DE OTROS. 4/ EN PROPIA ACTIVIDAD…HAY UNA OBLIGACION DE VIGILANCIA… 5/ EMPLEO DE MAQUINAS, EQUIPOS, PRODUCTOS, MATERIAS O UTILES PROPORCIONADOS POR LA EMPRESA CLIENTE (ART. 41.1.LPRL). 6/ RESPONSABILIDAD CIVIL SI HAY RELACION CAUSAL ENTRE INCUMPLIMIENTOS Y PERJUICIOS…LA RESPONSABILIDAD DEL PAGO DEL EMPRESARIO INFRACTOR SE DA CON INDEPENDECIA DE LAS COBERTURA DE CONTINGENCIAS PROFESIONALES. 7/ DERECHO A INTERRUMPIR SU ACTIVIDAD Y ABANDONAR EL PUESTO DE TRABAJO EN CASO DE RIESGO GRAVE O INMINENTE. 8/ LAS RESPONSABILIDADES SE PUEDEN EXTENDER EN CASO DE ACCIDENTES DE AUTONOMOS A PROMOTOR, CONTRATISTA O SUBCONTRATISTA EN ADMINISTRATIVAS, PENALES O CIVILES (PERO NO DE RECARGO DE PRESTACCIONES).

  11. GARANTIAS ECONOMICAS DE LOS AUTONOMOS (9). 1/ PERCEPCION EN TIEMPO Y FORMA. 2/ ACCION CONTRA EL EMPRESARIO PRINCIPAL POR EL IMPORTE ADEUDADO POR CONTRATISTA O SUBCONTRATISTA. 3/ PRIVILEGIO GENERAL EN CREDITOS QUE SE EXTIENDE A TRADE. 4/ INEMBARGABILIDAD DE BIENES 605, 606 Y 607 LEC. ESCALA DE CUANTIA SALARIAL ADICCIONAL AL SMI Y CUANTIA DEL EMBARGO: DOBLE SMI (30%); TRIPLE SMI (50%); CUADRUPLE SMI (60); QUINTUPLE SMI (75%) 5/ CONDICIONES DE EMBARGO DE LA VIVIENDA HABITUAL EN OBLIGACIONES NO ATENDIDAS CON SEGURIDAD SOCIAL O HACIENDA (QUE NO HAYA OTROS BIENES Y EL PLAZO DE 1 AÑO ENTRE LA NOTIFICACION DE EMBARGO Y LA REALIZACION MATERIAL DE LA SUBASTA, CONCURSO U OTRO MEDIO DE ENAJENACION). PROTECCION MUY TENUE Y DE ESCASA PROTECCIÓN LIMITADA A DEUDAS CON SS Y AET.

  12. REGIMEN JURIDICO DEL TRABAJO AUTONOMO DEPENDIENTE –TRADE- (10). 1/ DEPENDENCIA ECONOMICA DE UN UNICO CLIENTE (75%). DATOS INE: 300.000 AUTONOMOS DEPENDIENTES. ENSANCHAIENTO DEL DERECHO DEL TRABAJO. NUEVOS TRADE: TRANSPORTISTAS, AGENTES DE SEGUROS Y AGENTES COMERCIALES (DA 11ª, DAª 17 Y DA 19ª DEL LETA). 2/ CONCEPTO RESTRINGIDO. REQUISITOS SIMULTANEOS (ART. 11.2 LETA): NO PUEDEN TENER TRABAJADORES POR CUENTA AJENA; NO PUEDEN SUBCONTRATAR O CONTRATAR PARTE O TODA SU ACTIVIDAD; NO EJECUTAR SU ACTIVIDAD IGUAL QUE LOS TRABAJADORES POR CUENTA AJEA DEL CLIENTE; DEBEN TENER INFRAESTRUCTURA PRODUCTIVA Y MAERIAL PROPIA INDEPENDIENTE DEL CLIENTE. NO SON TRADE LOS TITULARES DE ESTABLECIMIENTOS Y DE OFICINAS Y DESPACHOS ABIERTOS AL PUBLICO Y PROFESIONALES EN R.SOCIETARIO. 3/ CONTRATO ESCRITO Y REGISTRABLE EN OFICINA PUBLICA.PRESUNCION DE CONTRATO INDEFINIDO. 4/ ACUERDOS DE INTERES PROFESIONAL. EFICACIA LIMITADA. 5/ DERECHO DE INTERRUMPCION DE LA PRESTACION (18 DIAS). INTERRUPCIONES. 6/ EXTINCION CONTRACTUAL E INDEMNIZACIONES. 7/ FORO JUDICIAL LABORAL.DA LETA Y ART. 2. p) LPL.(LOS AUTONOMOS TRADICIONALES PERMANENCEN EN FORO CIVIL O MERCANTIL): 8/ LAS TRANSACCIONES DE TRADE A AUTONOMOS TRADICIONALES VICEVERSA ABRIRAN PROBLEMAS DE GESTIÓN. 9/ COMPETENCIAS DE LA INSPECCION PARA CUMPLIMIENTO DEL ESTATUTO, ACUERDOS DE INTERES PROFESIONAL U OTRAS NORMAS.

  13. PROTECCION SOCIAL DE LOS AUTONOMOS (11). 1/ INCAPACIDAD TEMPORAL ANTES VOLUNTARIA CADA 3 AÑOS A PARTIR DEL 4º DIA DE BAJA. AHORA OBLIGATORIA A PARTIR DE 1.01.2008. 2/ PLENA EQUIPARACION DEL RETA A RG EN ASISTENCIA SANITARIA, FARMACEUTICA, MATERNIDAD, PATERNIDAD, Y MUERTE Y SUPERVIVENCIA; RIEGOS DURANTE EL EMBARAZO; LACTANCIA; ETC. 3/ CESE DE ACTIVIDAD/DESEMPLEO (DA CUARTA). COTIZACION ADICCIONAL. EL BINOMIO CONTRIBUTIVIDAD-SOLIDARIDAD. 4/ COTIZACION OBLIGATORIA EN RETA (ART 15 LGSS): BASE MINIMA 801,30 Y BASE MAXIMO DE 2.996,10 EUROS. LA LIBRE ELECCION DE BASES CONDICIONA Y MUCHO LA CUANTIA FINAL DE LAS PRESTACCIONES AUNQUE AUTONOMOS CON POCOS INGRESOS TIENEN ALTOS COSTES DE SEGURIDAD SOCIAL. BASES DIFERENTES PARA TRADE. BONIFICACIONES FUTURAS EN PLURIEMPLEO, AUTONOMOS DISCAPACITADOS, VENTA A DOMICILIO O AMBULANTE U OTROS (DA SEGUNDA LETA). 5/ BONIFICACIONES: JOVENES Y EMPRENDEDORES (25% 0 30% EN MUJERES DURANTE 24 MESES); MATERNIDAD (100%); AUTONOMAS REINCORPORADAS (100%); DISCAPACITADAS; PROLOGACION MAS ALLA DE 65 AÑOS; VIOLENCIA DE GÉNEROS; ETC.

  14. PROTECCION SOCIAL DE LOS AUTONOMOS (12). 6/ INCLUSION DE LOS ACCIDENTES IN ITINERE PARA LOS TRADE O PARA LOS AUTONOMOS TRADICIONALES EN SECTORES DE MAYOR RIESGO DE SINIESTRALIDAD O PARA LOS QUE LA COBERTURA PROFESIONAL SEA OBLIGATORIA. 7/ NO JUBILACION ANTICIPADA; NO JUBILACION PARCIAL; NO RELLENO DE LAGUNAS DE COTIZACION DE MODO QUE SIN COTIZACION LOS MESES VAN A VALOR CERO; Y SI COMPATIBILIDAD CON TITULARIDAD DE UN NEGOCIO. 8/ LOS FALSOS AUTONOMOS VAN A REGIMEN GENERAL: ALTAS DE OFICIO Y LIQUIDACIONES DE INSPECCIÓN DE TRABAJO. 9/ EL ARTICULO 97 LGSS MANTIENE EN RG A CONSEJEROS QUE NO TIENEN EL CONTROL EFECTIVO Y REALILZAN FUNCIONES DE GERENCIA COMO EMPLEADOS POR CUENTA AJENA (REGIMEN ASIMILADO SIN FOGASA NI DESEMPLEO)…SI NO REALIZAN FUNCIONES DE GERENCIA EL RG ES PLENO SIN REESTRICCIONES. 10/ OBLIGATORIDAD DE COTIZACION Y ACCION PROTECTORA DE INCAPACIDAD TEMPORAL Y DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES (ART. 26.3. Y DA 3ª). 11/ CAPITALIZACION DE PRESTACCIONES DE DESEMPLEO PARA AUTONOMOS EMPRENDEDORES/ESTUDIO (DA 9ª).

More Related