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CAMBIARON LAS CUANTÍAS DE LAS PENSIONES Y NOS DIJERON QUE ERA PARA GARANTIZAR EL SISTEMA… . Fidel Ferreras Alonso Colaborador del Instituto Max Planck/ Munich Madrid, febrero 2014. Nota aclaaratoria :
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CAMBIARON LAS CUANTÍAS DE LAS PENSIONES Y NOS DIJERON QUE ERA PARA GARANTIZAR EL SISTEMA… Fidel Ferreras Alonso Colaborador del Instituto Max Planck/Munich Madrid, febrero 2014
Nota aclaaratoria: El contenido de esta exposición es responsabilidad exclusiva de su autor al que no vincula relación laboral alguna.
En ningún país de la UE existen tantas fórmulas de acceso como en España • Hay 9 formas de acceso a la pensión de jubilación en España Las jubilaciones anticipadas han pasado de representar en el año 2007, el 44,83% del total de jubilaciones al 37,37% en el 2013
SE SUPRIMIÓ POR LA LEY 26/2011 LA JUBILACIÓN A LOS 64 AÑOS Y SE ENDURECIÓ LA POSIBILIDAD PARA LA JUBILACIÓN PARCIAL POR UN R.D.LEY (29/2012 DE 30 DE DICIEMBRE): LOS EFCTOS DE ESTAS DOS LEYES: EL 44% DEL REGIMEN GENERAL SE JUBILARON ANTES DE LOS 65 AÑOS EN EL AÑO 2013, Y EN EL AÑO 2012 FUE EL 49%.
EL COSTE ANUAL POR EL ADELANTAMIENTO EN UN AÑO DE LA EDAD LEGAL DE JUBILACIÓN ES DE 5.800 MILLONES DE EUROS (año 2013). EL % ANUAL DE LAS JUBILACIONES PARCIALES SOBRE EL TOTAL JUBILACIONES HA PASADO DEL : • 13,53% AÑO 2007= • Coste 2.100MILLONES /€ • al 6,06% AÑO 2013= • Coste 1.600MILLONES /€
INCREMENTO DEL NÚMERO Y DEL GASTO EN PENSIONES DE JUBILACIÓN EN LOS AÑOS 2005 A 2014
EL TIPO DE COTIZACIÓN DEL 28,3% SE HA MANTENIDO ESTABLE DURANTE MÁS DE 20 AÑOS EN EL REGIMEN GENERAL Y EL IMPORTE SOBRE EL PIB HA SIDO: EL NUMERO DE COTIZANTES AL SISTEMA ESTÁ BAJANDO CONSTANTEMENTE EN LOS ÚLTIMOS TIEMPOS: • AÑO 2007 • 19.396.291 • 6 AÑOS • 3 MILLONES • 16% • AÑO 2013 16.305.405
LA BRUTAL CAIDA DEL NÚMERO DE COTIZANTES COMO CONSECUENCIA DE LA CRISIS ECONÓMICA NO PODÍA SER TENIDA EN CUENTA POR LA REFORMA DEL SISTEMA DEL AÑO 2011 (LEY 27/2011). NUNCA LOS PROBLEMAS COYUNTURALES PUEDEN SER SOLUCIONADOS CON DECISIONES QUE CAMBIAN LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA COMO SE HA HECHO EN EL AÑO 2013 CON LA NUEVA LEY 23/2013, DE 23 DE DICIEMBRE. EL FONDO DE RESERVA DE LA SEGURIDAD SOCIAL CON 70.000 MILLONES DE € EN 2010 DEBERÍA FORMAR PARTE DE UNA SOLUCIÓN COYUNTURAL.
CADA MILLÓN DE COTIZANTES, TENIENDO EN CUENTA QUE LA CUOTA ANUAL POR TRABAJADOR ES DE 5.943 (1.750 € BASE MEDIA X 28,30 TIPO X 12 MESES-AÑO 2012), SIGINIFICA UN MAYOR INGRESO ANUAL POR COTIZACIONES PARA LA SEGURIDAD SOCIAL DE 5.943 MILLONES DE €. 1 PUNTO DE COTIZACIÓN EN EL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL SIGNIFICA (2013) : 3.150 MILLONES DE EUROS AL AÑO. A PARTIR DEL AÑO 2010 COMENZARON A DISMINUIR LOS INGRESOS POR COTIZACIONES Y AÚN CONTINUA ESA DISMINUCIÓN.
LA BAJADA DE LOS SALARIOS TIENE FECTOS INMEDIATOS EN LOS INGRESOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, PERO A CORTO PLAZO NO EN LOS GASTOS: LOS SALARIOS QUE FORMAN LAS BASES DE COTIZACIÓN HAN BAJADO AL MENOS 9,3% EN LOS ÚLTIMOS 4 AÑOS:
TAN IMPORTANTE COMO EL NÚMERO DE COTIZANTES A LA SEGURIDAD SOCIAL SON LAS BASES DE COTIZACIÓN POR LAS QUE SE COTIZA: …PERO EN LA LEY 26/2013 NO NOS CONTARON NADA DE LOS INGRESOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, SÓLO NOS HABLARON DE LOS GASTOS Y…
COTIZANTES AÑOS 2007 A 2013-INGRESOS Y GASTOS * * Prestaciones económicas** Presupuestos del año 2013*** En miles de €
… NOS OCULTARON QUE LAS DIFICULTADES DEL SISTEMA DE PENSIONES VIENE MOTIVADO POR LOS PROBLEMAS DEL MERCADO DE TRABAJO Y NO POR EL GASTO EN PENSIONES: CUOTAS EN EL AÑO 2007: 103.263.133* CUOTAS EN EL AÑO 2013: 105.863.205* AUMENTO DE CUOTAS: 0,22% GASTO EN PRESTACIONES 2007: 93.533.388* GASTOS EN PRESTACIONES 2013: 120.156.146* AUMENTO DEL GASTO: 28,46% *En miles de €
EL MERCADO DE TRABAJO HA DEJADO DE SER HOMÓGENEO EN LOS ÚLTIMOS AÑOS Y FAVORECE QUE HAYA MÁS COTIZANTES PERO GENERANMENOS INGRESOS: LO MAS RELEVANTE PARA EL SISTEMA AHORA ES CONOCER LA BASE MEDIA DE COTIZACIÓN Y MENOS EL NÚMERO DE COTIZANTES.
Y NOS OCULTARON QUE EL PESO DE SALARIOS EN RELACIÓN CON EL PIB HA BAJADO RESPECTO DE LAS RENTAS DEL CAPITAL:
SIN CAMBIAR LA ESTRUCTURA DE LA ACCIÓN PROTECTORA Y SIN CAMBIAR EL MECANISMO DE FINANCIACIÓN ACTUAL: ACTUALMENTE SERÍA NECESARIO ASEGURAR AL MENOS DOS Y MEDIO MILLONES DE COTIZANTES MÁS DE LOS ACTUALES PARA QUE EL SISTEMA PUDIERA FINANCIARSE …Y PARA NO CONTARNOS LOS PROBLEMAS DE LOS INGRESOS, PUSIERON LA LUPA SOBRE LOS GASTOS:
LAS TRES PINCIPALES VARIABALES QUE DETERMINAN LA CUANTÍA DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN SON: LA VIDA LABORAL Y LAS COTIZACIONES = EFECTO SUSTITUCIÓN CON UN INCREMENTO INTERANUAL MEDIO DEL 1,7% CON TENDENCIA A LA BAJA
LAS TRES VARIABLES: EDAD, VIDA LABORAL Y BASES DE COTIZACIÓN FUERON TENIDAS EN CUENTA EN EL DISEÑO DE LA LEY 27/2011 EL IMPACTO SOBRE EL GASTO HASTA EL AÑO SIGNIFICARÍA EN EL AÑO 2060 COMO CONSECUENCIA DE LA LEY 27/2011: - 3,60% SOBRE EL PIB (ESPAÑA 13,7% GASTO PIB;ALEMANIA 13,4%; FRANCIA15,1%)
LA NUEVA LEY PRESENTADA A INICIATIVA DEL GOBIERNO CAMBIA UNILATERAL Y RADICALMENTE LAS REGLAS DE JUEGO EXISTENTES: SE TRATA UNA REFORMA DEL PARTIDO DEL GOBIERNO SIN NINGÚN OTRO APOYO POLÍTICO Y SOCIAL Y UNA REFORMA ASÍ NO TIENE GARANTÍA DE PERDURABILIDAD
CAMBIA LA FÓRMULA DE CÁLCULO DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN AL VINCULAR SU CUANTÍA DE FORMA AUTOMÁTICA A LA ESPERANZA DE VIDA, QUE PRECISAMENTE SE RECHAZÓ SU APROBACIÓN POR EL CONSEJO DE LA U.E. EL 9 DE JULIO DE 2013. LA LEY 27/2011 YA HABÍA RETRASADO LA EDAD DE JUBILACIÓN, Y NO HA SIDO DEROGADA ESTA PREVISIÓN. SE PENALIZA ASÍ DOS VECES: 2 AÑOS DE RETRASO Y MENOR CUANTÍA DE PENSIÓN POR LA VINCULACIÓN A LA ESPERANZA DE VIDA EN LA FECHA DE LA JUBILACIÓN
VINCULAR LA CUANTÍA INICIAL DE LA PENSIÓN A LA EVOLUCIÓN DEMOGRÁFICA AUMENTANDO SIMULTÁNEAMENTE LA EDAD DE JUBILACIÓN ES CONSECUENCIA DE UNA DECISIÓN IRREFLEXIVA LAS PREVISONES DE LA EVOLUCIÓN DEMOGRÁFICA SON CONTRADICTORIAS: EN LA MEMORIA DE LA LEY SE DICE QUE LA ESPERANZA DE VIDA HASTA EL 2030 AUMENTARÁ EN 3 AÑOS Y EN SUS ANEXOS SE AFIRMA QUE ES DE 1,1AÑOS.
…PERO NO NOS DIJERON QUE ESA VINCULACIÓN DE LA CUANTÍA DE LA PENSIÓN INICIAL A LA EVOLUCIÓN DEMOGRÁFICA SIGNIFICARÍA UNA REDUCCIÓN DE LA CUANTÍA DE LA PENSIÓN QUE SE AÑADÍA A LA REDUCCIÓN DE DOS AÑOS DE PENSIÓN POR RETRASAR LA EDAD DE JUBILACIÓN HASTA LOS 67 AÑOS DE EDAD…
EVOLUCIÓN DE LA POBLACIÓN Y DEL NÚMERO DE PENSIONES (DE JUBILACIÓN E INCAPACIDAD)
TAN GRAN GRAVE COMO VINCULAR LA CUANTÍA INCIAL DE LA PENSIÓN A LA ESPERNAZA DE VIDA, ES QUE ABANDONA DE FORMA RADICAL E INMEDIATA EL MANTENIMIENTO DEL PODER ADQUISITIVO DE TODAS LAS PENSIONES: EN TODA LA HISTORIA DE LAS REFORMAS DE LAS PENSIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL SIEMPRE SE HAN ESTABLECIDO PERÍODOS TRANSITORIOS DE ADPATACIÓN. LOS PENSIONISTAS, POR SU CONDICIÓN DE PENSIONISTAS, NO TIENEN CAPACIDAD DE ADAPTACIÓN ALGUNA RESPECTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANTE ESE CAMBIO PERMANENTE Y RADICAL DE LA REVALORIZACIÓN DE SUS PENSIONES.
ESTÁ CLARAMENTE EN CONTRA DE LAS RECOMENDACIONES DEL PACTO DE TOLEDO EN SUS TRES VERSIONES, DE 1995, 2003 Y DE 2011 ESTÁ TAMBIEN CLARAMENTE EN CONTRA DE LAS NORMASDE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO DE LA QUE ESPAÑA FORMA PARTE, EN ESPECIAL: • RECOMENDACIÓN NR. 67 DE 1944 DE MEDIOS DE VIDA. • CONVENIO DE 1952 SOBRE NORMA MÍNIMA • CONVENIO DE 1964 SOBRE LAS PRESTACIONES POR ACCIDENTES DE TRABAJO Y E.P. • CONVENIO DE 1967 SOBRE LAS PRESTACIONES DE INVALIDEZ, VEJEZ Y SOBREVIVIENTES. • CONVENIO DE 1982 SOBRE CONSERVACIÓN DE DERECHOS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL
UNA DE LAS PRINCIPALES FUNCIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL DESDE SUS COMIENZOS ES BORRAR LA INCERTIDUMBRE. EL GOBIERNO CONTRARIAMENTE QUIERE LANZAR LA IDEA A LA SOCIEDAD : “QUE EL ESTADO NO ES DE FIAR” “QUE EL SISTEMA DE PENSIONES PÚBLICO NO ES SOSTENIBLE” POR ELLO SE TRATA DE Una ley POR SU FORMA DE PRESENTACIÓN SOCIALMENTE prepotente
ES, ADEMÁS, Una ley INNECESARIa PORQUE: LA CONFIGURACIÓN DEL SISTEMA ANTES DE LA LEY 23/2013 PERMITE HACER CAMBIOS IMPORTANTES QUE LO ESTABILIZARÍAN ECONÓMICAMENTE DURANTE ESTE PERÍODO CONYUNTURAL ¿UTILIZACIÓN DEL FONDO DE RESERVA?.
¿EL ESTADO DEBE FINANCIAR TODAS LAS MEDIDAS QUE SON DE UTILIDAD SOCIAL GENERAL Y QUE NO FORMAN PARTE DEL SISTEMA DE PENSIONES?. ¿SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LAS JUBILACIONES ANTICIPADAS DURANTE LA SITUACIÓN DE CRISIS?. ¿VALORACIÓN DE BASES Y TIPOS DE COTIZACIÓN?. ¿OTRAS VÍAS DE FINANCIACIÓN QUE NO SEAN LAS COTIZACIONES? APLICACIÓN DE LAS RECOMENDACIONES DEL PACTO DE TOLEDO QUE HAN SIDO SUSCRITAS POR TODOS LOS PARTIDOS POLÍTICOS. INDISCUTIBLE
La ley ES TÉCNICA Y JURÍDICAMENTE DEFICIENTE: CON PROBLEMAS DE DUDOSA CONSTITUCIONALIDAD POR QUE IGNORA LOS ARTÍCULOS 41 Y 50 DE LA CONSTITUCIÓN UTILIZA TERMINOLOGÍA IMPROPIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y MÁS DE LOS FONDOS DE PENSIONES
LA APLICACIÓN DEL CONTENIDO DE LA LEY SIGNIFICARÁ UNA PÉRDIDA DEL PODER ADQUISITIVO DE LAS PENSIONES INRRECUPERABLE: SI DURANTE LOS AÑOS 2000 Y 2012 SE HUBIERAN APLICADO SUS PREVISIONES, EL RESULTADO HUBIERA SIDO: DESDE EL AÑO 2000 HASTA 2009: LA GANANCIA PODER ADQUISITIVO HUBIERA SIDO DEL 5 %, Y SÓLO EN TRES AÑOS DESDE EL AÑO 2010 HASTA EL 2012, SE HUBIERA PRODUCIDO UNA PÉRDIDA ADEMÁS DE LA GANANCIA DE LOS 10 AÑOS ANTERIORES, UN 0,25% DE PODER ADQUISITIVO , ES DECIR UNA PÉRDIDA DEL 5,25% EN TOTAL EN SÓLO TRES AÑOS. EL RESULTADO FINAL ES QUE PARA RECUPERAR LO PERDIDO EN SÓLO TRES AÑOS HACEN FALTA 10 AÑOS DE BONANZA ECONÓMICA.
REALMENTELOS OBJETIVOS DE LA LEY NO ESTÁN DISEÑADOS PARA HACER VIABLE ECÓMICAMENTE EL SISTEMA. PARA ELLO NO SE ADOPTAN MEDIDAS DE CAMBIO ESTRUCTURALES, SINO CONYUNTURALES COMO CONSECUENCIA DE LA CRISIS ECONÓMICA. SE REDUCE EL NIVEL DE PROTECCIÓN DE LAS PENSIONES POR TRES VÍAS: SE RETRASA LA EDAD DE JUBILACIÓN- LA CUANTÍA INICIAL ESTÁ EN FUNCIÓN DE LA EVOLUCIÓN DEMOGRÁFICA-Y SE REVALORIZAN SIN GARANTÍA DE MANTENER EL PODER ADQUISITIVO. EFECTOS: PÉRDIDA DEL PODER ADQUISITIVO DE TODAS LAS PENSIONES NO RECUPERABLE.
EL OBJETIVO INCONFESABLE ES REDUCIR EL NIVEL DE PROTECCIÓN HASTA MÍNIMOS QUASI ASISTENCIALES E INDUCIR A LOS CIUDADANOS A PROCURARASE PROTECCIÓN SUFICIENTEA TRAVÉS DE FONDOS DE PENSIONES. EL OBJETIVO DE REDUCCIÓN A NIVELES QUASI ASISTENCIALES ES POSIBLE ALCANZARLO CON LA LEGISLACIÓN AHORA VIGENTE EN LOS AÑOS 20. AHORA SE DESPRECIA LA POSIBILIDAD DE SOLUCIONES ALTERNATIVAS TRANSITORIAS Y SE OFRECE GARANTÍA A LA “INDUSTRIA FINANCIERA”.
LA COMPARACIÓN DEL GASTO EN PROTECCIÓN SOCIAL A NIVEL EUROPEO SOBRE EL P.I.B., SÓLO SE DEBERÍA ADMITIR SI SE HACE TENIENDO EN CUENTA TODO EL GASTO SOCIAL NACIONAL. HACERLO EN OTROS TÉRMINOS, ES UN ENGAÑO A LOS CIUDADANOS.
GASTO SOCIAL EN RELACIÓN CON EL PIB Y GASTO POR HABITANTE EN EL AÑO 2010. EN ALGUNOS PAÍSES EUROPEOS (según Eurostat)
…LO QUE NOS OCULTARON ES QUE LOS CAMBIOS NO SON PARA GARANTIZAR EL SISTEMA SINO QUE: EL OBJETIVO QUE SE QUIERE CONSEGUIR ES BAJAR LAS CUANTÍAS DE LAS PENSIONES PÚBLICAS PARA FOMENTAR LAS PENSIONES PRIVADAS
GRACIAS POR SU ATENCIÓN: SÓLO QUIEREN QUE VEA… UNA PARTE DEL PROBLEMA Y NO LA SOLUCCIÓN