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Reflexiones sobre la práctica de la Ley Integral

Reflexiones sobre la práctica de la Ley Integral. LA DISCRIMINACIÓN POSITIVA LA RETIRADA DE LA ACUSACIÓN LAS “FALSAS DENUNCIAS” LAS ACUSACIONES CRUZADAS CUANDO ELLAS MALTRATAN. LA DISCRIMINACIÓN POSITIVA Montserrat Comas D‘Argemir Magistrada, Vocal del CGPJ, 2003.

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Reflexiones sobre la práctica de la Ley Integral

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  1. Reflexiones sobre la práctica de la Ley Integral • LA DISCRIMINACIÓN POSITIVA • LA RETIRADA DE LA ACUSACIÓN • LAS “FALSAS DENUNCIAS” • LAS ACUSACIONES CRUZADAS • CUANDO ELLAS MALTRATAN

  2. LA DISCRIMINACIÓN POSITIVAMontserrat Comas D‘Argemir Magistrada, Vocal del CGPJ, 2003 • El auténtico problema social lo constituye la violencia criminal sexista, de hombres contra mujeres, fruto de las relaciones de poder y de sumisión que históricamente han ejercido aquéllos sobre éstas en las relaciones de pareja. • Los otros casos de maltrato doméstico son individuales

  3. No constituye un problema social en España la violencia entre hermanos, o la violencia de mujeres contra hombres o de éstos contra ancianos. Son conductas individualizadas que tienen ya su respuesta en el actual ordenamiento jurídico y en el Código Penal. • Lo que debe ser objeto de tratamiento es el modelo de sociedad que sitúa a las mujeres en posición de inferioridad y las consecuencias violentas de aquellos hombres que no quieren perder su posición de dominio.

  4. El Tribunal Constitucional ha bendecido en muchas ocasiones las "acciones de discriminación positiva" hacia colectivos que históricamente han estado en situación de desigualdad, tratando desigualmente lo que es desigual, para conseguir la igualdad real del artículo 14 de la Constitución española.

  5. De las más de 76.000 denuncias interpuestas ante los juzgados en el 2003, un 90% de las víctimas son mujeres, y de las 6.004 órdenes de protección acordadas judicialmente, en un 95,7% las protegidas son mujeres.

  6. Proteger más a la mujer en todos los aspectos, incluido el penal, no supone desproteger otros sujetos; los hombres, los menores y los ancianos continúan protegidos en el ámbito de la justicia criminal como hasta ahora. • La mayor protección legal se basa tanto en su condición femenina como en que los atentados que sufre tienen lugar en el ámbito de la relación de pareja.

  7. LA RETIRADA DE LA ACUSACIÓN Consuelo Barea • La nueva ley contra la Violencia a la Mujer aporta medidas jurídicas encaminadas a parar el gran déficit democrático de la Violencia de Género en la pareja. • No obstante la ley es insuficiente si no se tiene en cuenta que a veces la víctima, por el mismo efecto de la violencia sufrida y la falta de soporte social, tiene disminuida su capacidad para denunciar y mantener la acusación. • Sería como si a alguien a quien le han cortado la lengua en una agresión le exigiéramos que para denunciarla tuviera que explicar por sí mismo lo sucedido.

  8. Una de las dificultades a las que se enfrentan los profesionales del derecho que llevan casos de Violencia de Género en el Ámbito Doméstico, es la del rechazo a acusar de la propia víctima. • “El 80% de las sentencias absolutorias de malos tratos se debe a que las víctimas no acuden al juicio o no ratifican la denuncia”. Margarita Retuerto, Vocal del Consejo General del Poder Judicial.

  9. El miedo, la falta de recursos y las secuelas psicológicas del maltrato como el “Síndrome de Estocolmo”, son los factores más comunes que llevan a la mujer maltratada a retirarse de la acusación. • Es importante saber, que es posible hacer una detección precoz de dichos factores entrevistando a la mujer después de la denuncia. Si a partir de entonces y hasta el juicio se le da soporte social, sanitario, jurídico y psicológico adecuados, aumenta mucho la probabilidad de que ella continúe el proceso judicial de la denuncia y acabe liberándose del vínculo violento.

  10. Un aspecto crucial en este soporte es la realización de informes psicológicos en los que se describa el contexto histórico de la relación de pareja, se evidencien las secuelas psicológicas del maltrato, la salud mental de la mujer (para que no se cuestione en el juicio), y la credibilidad de su testimonio. • Dejar que la víctima del maltrato vaya a juicio sin un informe que acredite su vivencia y su estado, es dejarla desasistida frente a la elocuencia de la defensa del maltratador y los prejuicios sociales. Un peritaje psicológico adecuado a la Violencia de Género, puede evitar que el caso se archive.

  11. Por otra parte muchos de los casos en que se mantiene la acusación se archivan por falta de pruebas. • La violencia psicológica es muy difícil de probar y sin embargo causa secuelas igual o más graves que la violencia física. • Muchas veces el juicio se reduce a la palabra de ella contra la de él, sin ni siquiera una valoración del estado psicológico de la mujer.

  12. LAS “FALSAS DENUNCIAS” • A veces se habla de falsas denuncias refiriéndose a aquellas que se archivan por falta de pruebas, o las que quedan en nada porque la mujer se retira de la acusación. • No haber probado el maltrato no significa que éste no exista.

  13. Las pretendidas falsas denuncias de malos tratos son en su mayoría casos de mujeres aterrorizadas por las amenazas que han recibido, con Síndrome de Estocolmo, sin posibilidad de escapar de la violencia de su pareja, y sin evidencias probatorias de la verdad. • Cuanto mayor es el riesgo de nuevas agresiones, mayor es la tendencia de la víctima a retirarse de la acusación y a mostrar una dependencia amorosa del agresor. • Es necesario dar un soporte psicológico especializado a las víctimas del maltrato durante todo el procedimiento judicial.

  14. El Poder Judicial descarta fraudes en las denuncias por malos tratos El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aseguró ayer que el incremento de las denuncias por malos tratos no tienen nada que ver con el fraude sino con el hecho de que ahora las mujeres acuden con más frecuencia a los tribunales. La declaración del CGPJ se produjo un día después de que la juez decana de Barcelona, Maria Sanahuja, criticara "el uso abusivo" de las denuncias por violencia doméstica que hacen algunas mujeres para obtener beneficios de cara a una futura separación.

  15. La vocal del CGPJ y presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica, Montserrat Comas, aseguró que "no existen datos ni estudios de los que se pueda deducir que se están interponiendo denuncias falsas". • Respecto al aumento de las diligencias en los juzgados de Barcelona --de 609 en el 2002 a 2.016 en el 2003--, Comas también corrigió a Sanahuja y descartó cualquier posibilidad de fraude. "Las mujeres maltratadas --destacó-- están saliendo del anonimato de su invisibilidad". Por eso, a su juicio, se tramitan más denuncias.

  16. La secretaria general de Políticas de Igualdad, Soledad Murillo declaró ( en oposición a las declaraciones de la juez decana de Barcelona donde alertaba de un posible uso abusivo de denuncias por malos tratos) “que todos los poderes públicos debemos actuar con la debida diligencia en materia de violencia de género, por ello si existen indicios de denuncias falsas es obligación de quien lo detecta, presentar datos sobre los cuales actuar, de lo contrario estaríamos en el terreno de una mera opinión personal no contrastada.”

  17. En otros países se estima que las denuncias falsas por violencia de género son las mismas que pueda haber en otros delitos.

  18. "Imparcialidad y Precisión en Evaluaciones de Violencia Doméstica y Abuso Sexual a los Hijos en Determinaciones de Custodia", Rita Smith (NCADV) & Pamela Coukos (PCADV) The Judges Journal, Fall 1997, • "Tanto el sentido común como la costumbre legal dominante dictan una consideración rigurosa de las evidencias de violencia doméstica cuando se determina la custodia, pero en la práctica, las alegaciones de violencia doméstica y/o abuso sexual de los hijos hechas durante el procedimiento de divorcio o de custodia, no siempre son tomadas seriamente. • Estas alegaciones a veces son percibidas erróneamente como falsas por haberse manifestado en el entorno de un contencioso, y por el mito ampliamente difundido de que las madres fabrican las alegaciones de violencia doméstica y abusos sexuales para conseguir una ventaja en los tribunales.

  19. “Cuando esto se combina con el mal uso psicológico de síndromes (alienación parental) como evidencias, la percepción de que un progenitor ha fabricado las alegaciones se convierte en un injusto castigo al progenitor que ha denunciado las agresiones (casi siempre la mujer). • Usar evidencias de síndromes no científicos puede tener serias consecuencias, y según la American Psychological Association, "los evaluadores psicológicos no entrenados en violencia doméstica pueden contribuir a este proceso ignorando o minimizando la violencia y atribuyendo *etiquetas patológicas inapropiadas* a las respuestas de la mujer a la victimización crónica." APA, Report of the APA Presidential Task Force on Violence and the Family, 40 (1996)

  20. LAS ACUSACIONES CRUZADAS • El 20% de arrestos por VD en EEUU son de mujeres. Muchos de ellos son en realidad actuaciones en defensa propia o de sus hijos. • El lenguaje neutral respecto del género, como por ejemplo la expresión “violencia doméstica”, tiende a sugerir que ellas son tan maltratadoras como ellos y fomenta los dobles arrestos. • El agresor real se siente excusado pensando que ella le provocó, y la verdadera víctima que sólo se defendió, queda confundida, humillada y estigmatizada. En esos casos es más probable que sean consideradas culpables las mujeres que los hombres.

  21. Hablar de violencia doméstica o violencia familiar, permite que los hombres acudan a los servicios para mujeres maltratadas pidiendo ser atendidos. • Los medios de comunicación dan audiencia a los argumentos y sentimientos anti-feministas, escudándose en una pretendida ecuanimidad. Esto confunde al público y perpetua el peligroso mito de que la mujer es tan violenta como el hombre.

  22. El problema está en la interpretación de los hechos que hace la policía, y la forma en que decide si hay base suficiente para sugerir una ofensa criminal. • El Ministerio de Salud Pública y Seguridad Canadiense propone la perspectiva del agresor primario para los casos policiales de “él dijo-ella dijo”, investigando con ella quien es realmente la víctima y quien el agresor. • Este instrumento de valoración se ha incorporado a los cursos para policías de Ontario. Dicen que policías bien entrenados de esta manera, no arrestan ni a la mitad de mujeres que arrestaban.Pence, Ellen. (2001) St. Louis County Sheriff’s Office • Domestic Violence Handbook and Training Guide for Patrol Deputies. Safety and Accountability Audit Committee

  23. Según Daniel G. Saunders (2002), si el sistema de justicia criminal interpreta la violencia doméstica como un “combate mutuo” los arrestos dobles aumentan. Sin una comprensión del contexto histórico en el que la mujer usa la violencia, es inevitable que en el informe policial se llegue a conclusiones erróneas y negativas. • Sin embargo si el uso de la violencia por parte de la mujer en las relaciones de pareja, se considerara prioritariamente como defensa propia o como una reacción acumulativa a años de maltrato, entonces las leyes y actuaciones policiales reflejarían el contexto histórico en que se produce la violencia.

  24. El agresor es aquél cuyas acciones durante el incidente específico y a través de la historia de la relación, han causado más miedo e intimidación al otro. • El policía debería determinar qué individuo, si quedara en libertad, causaría probablemente un grado mayor de miedo, y supondría un peligro mayor para el otro: “si no actúo con estas personas ¿cuál de ellas es más probable que dañe a la otra?”

  25. “Las mujeres víctimas del maltrato, en un ambiente seguro en que puedan hacer un relato más completo, usan narraciones más largas de su experiencia, más ricas en detalles, inician la narrativa en épocas anteriores al incidente actual, extienden su historia incluyendo otras agresiones y sus consecuencias.” Dobash and Dobash (1998) “Promising Practices: Improving the Criminal Justice System’s Response to Violence Against Women” STOP Violence Against Women Grants Technical Assistance Project, Washington, D.C., 1998.

  26. El detalle y la riqueza del relato de la mujer sobre el maltrato permite ubicarlo en su contexto histórico y determiner quién es la víctima y quién el agresor. • Las diferencias de forma y contenido en los relatos de cada miembro de la pareja, son una medida útil de la asimetría entre géneros

  27. CUANDO ELLAS MALTRATAN El maltrato a la mujer no es comparable al maltrato al hombre: • Según la policía y los tribunales el 90 a 95% de las agresiones son hechas por los hombres a sus parejas. Jack C. Straton, Ph.D. profesor de la Universidad de Portland, www.europrofem.org • En el 52% de los casos de hombres muertos a manos de su mujer, ellos habían iniciado el episodio violento (esto sólo fue cierto en el 6% de las mujeres asesinadas por su marido). Datos de la policía canadiense.

  28. Según Dale Bagshaw y Donna Chung, de la Universidad South Australia las formas en las que las víctimas masculinas experimentan la violencia doméstica, difieren de cómo la experimentan las mujeres: Los hombres: • Relatan que no vivían en un continuo estado de terror de la agresora. • No tenían experiencias previas de malos tratos • Raramente experimentaron violencia después de la separación, (en el único caso del estudio en que se relató, fue mucho menos severa que en la violencia ejercida por los varones contra las mujeres.) • No se sentían intimidados o temerosos sino más bien coléricos ante la violencia de ella.

  29. Aunque hay evidencias de que ambos, hombre y mujer, se comportan a veces violentamente en sus relaciones, la naturaleza y las consecuencias de la violencia de la mujer, no son equivalentes en absoluto a las del hombre

  30. La violencia del hombre es más severa. • Es más probable que las mujeres sean asesinadas por su pareja actual o anterior, que por otra persona. • La mayoría de homicidios de hombres son realizados por otros hombres, en lugares públicos y con la excusa del alcohol. • La principal razón por la que el hombre mata a su pareja mujer, es porque ella lo deja y por los celos. Sin embargo las mujeres que matan a sus parejas tienen una historia previa de violencia doméstica con ellas, en más del 70% de los casos. La mitad de los asesinatos al marido ocurre como reacción a una amenaza inmediata de ataque por parte de él.

  31. La violencia psicológica del hombre hacia la mujer consiste en control, humillación, y dominación, por medio del miedo y la intimidación. • La violencia psicológica de la mujer hacia el hombre consiste en una expresión de la frustración en respuesta a su dependencia, estrés, o rechazo a aceptar una posición sumisa de menos poder. • Análisis de los datos sobre homicidios sugieren que las mujeres usan la violencia principalmente como defensa propia, y en segundo lugar como represalia después de años de brutal victimización. Además es 6 veces más probable que las mujeres sean lesionadas a que lo sean los hombres.

  32. Para los hombres la función de la violencia es generalmente obtener poder y control a largo plazo. Para las mujeres la función de la violencia es casi siempre defensa propia o de los hijos, y un intento de acabar con el maltrato. La respuesta de la mujer a la violencia del hombre es generalmente miedo, depresión o ansiedad (Worcester, 2002).

  33. La respuesta del hombre a la violencia de la mujer según el estudio de Hamberger era en general sentirse enfadado, insultado, y divertido por el inicio de una conducta violenta por parte de su pareja. • La respuesta de la mujer era mucho más intensa emocionalmente, sintiéndose también enfadada e insultada, pero sobre todo aterrorizada por su pareja.

  34. HECHOS SOBRE LAS MUJERES QUE MATAN A SUS MALTRATADORES • El 90% de las mujeres en prisión por matar a un hombre, había sido maltratadas por ese hombre. • La condena media (en Michigan) para un hombre que mata a su compañera es de 2 a 6 años. La condena media para una mujer que mata a su compañero es de 15 a 17 años. • Según Sir William Blackstone, cuando un marido mata a su mujer, es comparable a matar a un extraño; pero cuando ella lo mata a él es comparable a traición por matar al rey. El CLEMENCY PROJECT[i] de Illinois http://www.umich.edu/~clemency/

  35. “Los hombres reconocen las agresiones perpetradas a su pareja como máximo en un 50% de las veces” (Edleson & Brygger, 1986).

  36. “Los hombres agredidos por su pareja suelen llamar a la policía, denunciar y mantener la acusación, más que las mujeres en la misma situación” Kimmel (2002, p. 1345).

  37. “Los hombres tienden a exagerar el maltrato que reciben de la mujer. Las mujeres tienden a infravalorar el maltrato que reciben del hombre” Bowker’s (1998).

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