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Programa de Mejoramiento Urbano y E.C.

Programa de Mejoramiento Urbano y E.C. Proyectos de Iluminación Pública.

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Presentation Transcript


  1. Programa de Mejoramiento Urbano y E.C. Proyectos de Iluminación Pública.

  2. El PMU es una fuente de financiamiento del Ministerio del Interior, administrado por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, para programas y proyectos de inversión en infraestructura menor urbana y equipamiento comunal, que se crea con el D.S. Nº 946, el 24 de junio de 1993, con la idea de colaborar en la generación de empleo y en el mejoramiento de la calidad de vida de la población más pobre del país. El programa financia proyectos de infraestructura menor urbana y equipamiento comunitario, según las diversas realidades comunales, que no estén cubiertos por otras líneas de apoyo estatal y de monto inferior a M$50.000 o bien obteniendo el RS de MIDEPLAN podrán superar esta cifra.

  3. Son proyectos de corta duración (3 a 4 meses) los que pueden ser ejecutados mediante Administración Directa o Licitación Pública. Los Municipios podrán postular durante todo el año a ejecución de proyectos referidos a Construcción, reparación, mejoramiento, conservación, ampliación o reposición de: • Electrificación y Alumbrado Público • Adquisición e instalación de equipos Fotovoltaicos • Construcción, Iluminación para multicanchas • Instalación de Luminarias en Parques, puentes, sendas peatonales, etc. • Red Eléctrica de edificios Municipales

  4. La postulación la debe hacer el Alcalde al Intendente, mediante un oficio que indique el nombre y código del proyecto que le otorgará la plataforma Online ubicada en http://subonline.subdere.gov.cl, donde deben adjuntar los antecedentes técnicos mínimos que avalen la postulación. a.- Planos de ubicación e intervención. b.- Especificaciones Técnicas. c.- Presupuesto Desglosado de acuerdo a modalidad de ejecución. d.- Factibilidades cuando corresponda tales como tenencias de los terrenos, certificados de BNUP etc. e.- Fotografías.

  5. Los proyectos postulados en el portal son evaluados técnicamente de acuerdo al manual disponible en la plataforma Online y obteniendo una visación favorable, el Intendente solicita su financiamiento al Subsecretario de Desarrollo Regional con cargo al PMU, que dependiendo de la disponibilidad presupuestaria y evaluación técnica de la SUBDERE son aprobados. Una vez aprobado el proyecto, el municipio se encuentra habilitado para proceder a su ejecución, de acuerdo al mecanismo que se determine. Los estados de pago son remitiros a SUBDERE para la remisión de los recursos correspondientes.

  6. Programa de Energización Objetivo del Programa • Coordinar y gestionar la provisión de recursos económicos necesarios para la ejecución de proyectos de energización en los gobiernos subnacionales, y de la generación de capacidades en los gobiernos regionales del país. Financia • El Programa de Energización puede financiar las siguientes tipologías de proyectos en el ámbito de la energía.

  7. Extensiones de redes eléctricas de distribución de tipo convencional. • Proyectos de Alumbrado Público Eficiente con priorización en zonas rurales. • Proyectos de Autogeneración en base a Sistemas Diesel y Sistemas de Energía Renovable no convencional: eólico, solar, etc. • Proyectos de Autogeneración en base a Sistemas Híbridos. (Diesel + ERNC) • Proyectos de Colectores Solares para agua caliente sanitaria en edificaciones de uso comunitario cuya propiedad o usufructo sea público. (Metodología en preparación por Mideplan, funcional desde septiembre 2011)

  8. Procedimientos para el financiamiento de Iniciativas Las comunidades presentan sus necesidades ante el Municipio, quienes preparan, solicitan o contratan la elaboración del proyecto, los que luego de preparados son enviados al Gobierno Regional para su análisis. El Gobierno Regional, a través de las Unidades Técnicas Energización Regional (UTER), o bien la Unidad Regional de SUBDERE (URS) determinan la pertinencia de la iniciativa, además de asistir al municipio durante todo el proceso de elaboración, formulación y levantamiento de observaciones.

  9. En los proyectos que contemplan Sistemas de Autogeneración y de mayor complejidad se solicita la asistencia técnica del Ministerio de Energía, de acuerdo a la metodología actual de Mideplan. Luego la iniciativa (independiente del tipo) debe ser evaluada por el sectoralistaMideplan con el fin de obtener una calificación o Rate. Los proyectos o iniciativas que se califican con Rate favorable, RS, son presentados al CORE por el Intendente para su aprobación. El CORE aprueba la iniciativa y los montos económicos necesarios para su materialización y el Intendente solicita a SUBDERE la distribución de los recursos, según la disponibilidad existente en la Provisión.

  10. Finalmente el Gobierno Regional o Municipio procede a realizar el proceso de Licitación y posterior ejecución de la iniciativa.

  11. Gracias.

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