230 likes | 592 Views
FUNDAMENTOS BASICOS. Ley 13253 del 11 set.1959 Art. 2 y 3 Los contadores Públicos y Mercantiles llevaran la contabilidad de las empresas. Ley 13253. Art. 4. Solo los CP pueden efectuar operaciones de auditoría y peritajes con fines judiciales.
E N D
FUNDAMENTOS BASICOS Ley 13253 del 11 set.1959 Art. 2 y 3 Los contadores Públicos y Mercantiles llevaran la contabilidad de las empresas
Ley 13253 Art. 4. • Solo los CP pueden efectuar operaciones de auditoría y peritajes con fines judiciales
Rgto- DS Nro. 28 26 .08.1960 Funciones del CP Art.4.b La revisión y examen de toda clase de registros contables Art. 4.c La certificación sobre la autenticidad de las operaciones así como expresar opinión al respecto.
Rgto. DS. Nro. 28 • Art. 5 Es función privativa de los CP intervenir en calidad de auditores contables Art.6 Las Soc. auditoria se constituyen por escritura pública inscrita en RRPP, Los informes y dictamen deben ser refrendados por CP.
Ley 28951de actualización a la 1325316.01.2007 Art. 3.c • Los CP están facultados para realizar auditorías: financiera, tributaria, exámenes especiales y otros inherentes a su profesión
Ley 28951 • Art.4 • Las sociedades de auditoría están conformadas por CPC e inscritos en el Reg de sociedades del colegio profesional • Se constituyen bajo cualquier forma establecida en la Ley Gral de sociedades
LEY 28951 • Art. 12 La certificación y recertificación está a cargo de la Junta de Decanos del CCPP Ley 28046 (julio 2003) Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la calidad educativa.
REGLAMENTO PARA EL EJERCICIO DE LA AUDITORIA TRIBUTARIA 02 Feb. 1989 El ejercicio está sujeto a las Normas de Auditoria Generalmente Aceptados aprobados en el II Congreso Nacional de CP de octubre 1968 y disposiciones del código de ética profesional (Ica Junio 2007).
NORMAS DE AUDITORIATRIBUTARIA 1.- Normas Generales Personales • Entrenamiento en tributación y auditoria • Independencia de criterio evitar presiones del empleador y de la administración tributaria
NORMAS DE AUDITORIA TRIBUTARIA 2.- Normas de Ejecución del Examen • Supervisar el examen y al personal • Evaluar el sistema de control interno • Obtención de evidencias y pruebas suficientes
NORMAS DE AUDITORIA TRIBUTARIA 3.- Normas de Preparación del Dictamen * Conocimiento de los PCGA • Que el estado de Situación tributaria contenga toda la información necesaria para que los usuarios lo interpreten apropiadamente • Expresar en el informe opinión sobre la razonabilidad de la situación tributaria, o aseverar que no puede expresar opinión indicando las razones
PCGA • Equidad (Post. Básico) * Realización • Ente * Prudencia • Bienes económicos * Uniformidad • Moneda común denom. * Importancia • Emp en marcha Relativa • Valuación al costo * Revelación • Periodo Suficiente • Devengado • Objetividad
LA ETICA • Etica: conjunto de normas que influye en la conducta humana. Son valores de los seres humanos que viven en sociedad (honestidad, sinceridad, ser justo) • Etica: establece criterios de acción buenos y malos – referido a comportamientos - hacer lo mejor para todos, búsqueda de la felicidad
CODIGO DE ETICA15 JUNIO 2007 - ICA • Art. 9.- El CPC está prohibido de transgredir el estatuto institucional. • Art. 10.- El CPC asume responsabilidad profesional en relación a sus informes, dictámenes y DJ refrendados por el. • Art. 11.- Prohibido retener libros y documentos de sus clientes por cualquier motivo. • Art. 15.- Sus actuaciones, informes y dictamen deben basarse en hechos comprobables
CODIGO DE ETICA • Art. 26.- Fomentar la conciencia tributaria de su empleador • Art. 30.- El dictamen, informe u opinión deben ser redactados expresando claramente su opinión profesional particular • Art. 31.- No permitir la utilización de sus datos de CPC en EEFF o informes no examinados por el
OTRAS RESPONSABILIDADES DEL CPC • Ley de sociedades Art. 221.- Los EEFF y los documentos a disposición de los dueños expresando con claridad la situación financiera de la emp. Art. 190.- Los EEFF se preparan y presentan cumpliendo las disposiciones legales y PCCGA incluye los NIC y NIIF.
CODIGO CIVIL • Art. 1319 Culpa inexcusable Cuando el CPC por negligencia no cumple con lo indicado en el art. 190 de la ley sociedades. Podrá ser denunciado.
CODIGO PENAL • Art. 189 Cuando el CPC en su condición de liquidador de PJ falsea balances, aumentando o disminuyendo las partidas contables. • 1 a 4 años de cárcel
LEY PENAL TRIBUTARIA • Dec. Leg. 813 (21.04.1996) • Quién no hubiere anotado actos, operaciones, ingresos, en los libros. • Quién realice anotaciones de cuentas, asientos, cantidades, nombres y datos falsos en los libros y registros. • Califica como culpable secundario (2 a 5 años cárcel)
LEY 29307 – 31.12.2008 • Modifica el Código Penal Art. 245 • El que emita informe de auditoría distorsionado será reprimido con 4 a 8 años de cárcel. • Auditor interno o externo que sabiendo la existencia de tergiversaciones significativas en la información contable, no las revele en su informe o dictamen.