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DEVENGOS OBLIGATORIOS. SUELDO BASICO : en la Alcaldía los salarios están sujetos bajo un Acuerdo Municipal según el grado y el código. SUBSIDIO DE TRANSPORTE : Empleados que devengan hasta 2 salarios mínimos legales mensuales.
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DEVENGOS OBLIGATORIOS SUELDO BASICO: en la Alcaldía los salarios están sujetos bajo un Acuerdo Municipal según el grado y el código. SUBSIDIO DE TRANSPORTE: Empleados que devengan hasta 2 salarios mínimos legales mensuales. AUXILIO DE ALIMENTACION: Trabajadores que devengan que ganen igual o menor a $ 1.192.669.oo PRIMAS: Remuneración adicional al salario la Alcaldía cancela a los trabajadores de forma voluntaria, las primas de la Alcaldía son la de Navidad y de vacaciones. VACACIONES: empleados que cumplan un año laborando corresponde a 15 días y 2 días de recreación. VIATICOS: en la Alcaldía mediante acto administrativo se le conceden viáticos al señor Alcalde.
VACACIONES: empleados que cumplan un año laborando corresponde a 15 días y 2 días de recreación. • VIATICOS: en la Alcaldía mediante acto administrativo se le conceden viáticos al señor Alcalde. • LICENCIA DE MATERNIDAD: son 3 meses, esta licencia es remunerada por el sistema general de seguridad social. • LICENCIA DE PATERNIDAD: corresponde a 5 días de descanso. • CESANTIAS: es proporcionado a un año laborado • INTERESES DE CESANTIAS: el 1.5 anual sobre las cesantías. • SEGURIDAD SOCIAL: Afiliación obligatoria 8.5% empresa y 4% empleado • FONDO PENSIONES OBLIGATORIAS: Obligatorio empleados 12% empresa y 4% empleados. • RIESGOS PROFESIONALES: La empresa pago según el riesgo de cada empleado. • FONDO SEGURIDAD PENSIONAL: Trabajadores que devenguen mas de 4 salarios mínimos es el 1% del salario.
LICENCIA DE MATERNIDAD: son 3 meses, esta licencia es remunerada por el sistema general de seguridad social. • LICENCIA DE PATERNIDAD: corresponde a 5 días de descanso. • CESANTIAS: es proporcionado a un año laborado • INTERESES DE CESANTIAS: el 1.5 anual sobre las cesantías. • SEGURIDAD SOCIAL: Afiliación obligatoria 12.5% del salario mínimo. • FONDO PENSIONES OBLIGATORIAS: Obligatorio empleados 16% del salario mínimo. • RIESGOS PROFESIONALES: La empresa pago según el riesgo de cada empleado. • FONDO SEGURIDAD PENSIONAL: Trabajadores que devenguen mas de 4 salarios mínimos es el 1% del salario.
Préstamos: los que adquieren con los Bancos y cooperativas de ahorro. • Corporación social de Cundinamarca (ahorro y libranzas), los empleados les prestan para vivienda, compra de carro, computador y ordinario. • Embargos judiciales: embargos producidos por los juzgados o entidades judiciales. DEDUCCIONES PERMITIDAS
APORTE FONDO DE PENSIONES: 12% empresa y 4% empleado • APORTES A SALUD: 8.5% empresa y 4% empleado • FONDO SOLIDARIDAD PENSIONAL: 1% MAYOR DE 4 SALARIOS MINIMOS DEDUCCIONES OBLIGATORIAS
INGRESO DE UN TRABAJADOR. • RETIRO DE UN TRABAJADOR. • AUMENTO SALARIAL. • CUOTAS DE PRESTAMOS O DE AHORRO. • DESCUENTOS DISPOSICIONES LEGALES. DESCUENTOS NOVEDADES
Se registran las novedades de la empresa en un programa en Excel de base de datos, liquidando la nómina y generación informes, con registros históricos y liquidación individual. Esto permite hacer consultas en cualquier momento sobre un empleado, un concepto liquidado, préstamos, afiliación ala seguridad social. REGISTRO DE NOVEDADES
En la empresa donde labora se toma en cuenta al mes 30 días para todo proceso de liquidación y 44 horas a la semana. TIEMPO LABORADO