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Impuestos Como Persona Moral. Impuesto Sobre la Renta (ISR) Impuesto al Activo (IA). Persona Moral. Ley del Impuesto sobre la Renta.
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Impuestos Como Persona Moral Impuesto Sobre la Renta (ISR) Impuesto al Activo (IA)
Persona Moral Ley del Impuesto sobre la Renta • Artículo 8o. Cuando en esta Ley se haga mención a persona moral, se entienden comprendidas, entre otras, las sociedades mercantiles, los organismos descentralizados que realicen preponderantemente actividades empresariales, las instituciones de crédito, las sociedades y asociaciones civiles y la asociación en participación cuando a través de ella se realicen actividades empresariales en México.
De todos los ingresos que anualmente percibe el gobierno federal para sufragar los gastos públicos, el Impuesto Sobre la Renta (ISR) representa aproximadamente un 20%. • Debido a la importancia del Impuesto Sobre la Renta como fuente de ingresos para el gobierno federal, es necesario comenzar definiendo el fundamento constitucional de la obligación de los mexicanos, sean personas físicas o Morales, de cubrir dicho impuesto. Al respecto el artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece como obligación de los mexicanos el “contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado o Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”. • La ley que establece la manera proporcional y equitativa, para pagar este impuesto, se llama precisamente Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).
Artículo 1o. Las personas físicas y las morales, están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en los siguientes casos: • I. Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan. • II. Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento permanente. • III. Los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país, o cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a éste.
TÍTULO IIDE LAS PERSONAS MORALES DISPOSICIONES GENERALES DETERMINACIÓN Y TASA DEL ISR DEL EJERCICIO PARA PERSONAS MORALES • El procedimiento de cálculo se señala en el artículo 10 de la LISR, en los siguientes términos • Artículo 10. Las personas morales deberán calcular el impuesto sobre la renta, aplicando al resultado fiscal obtenido en el ejercicio la tasa del 28%.
El segundo párrafo del artículo 10 de la LISR en su primera fracción nos señala El resultado fiscal del ejercicio se determinará como sigue: I. Se obtendrá la utilidad fiscal disminuyendo de la totalidad de los ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio, las deducciones autorizadas por este Título. Al resultado obtenido se le disminuirá, en su caso, la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas (PTU), pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
APLICACIÓN DE LAS PÉRDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES A LA UTILIDAD DEL EJERCICIO • Después de obtener la utilidad fiscal, la fracción II del artículo 10, establece: • II. A la utilidad fiscal del ejercicio se le disminuirán, en su caso, las pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores. • Es conveniente mencionar, que resulta pérdida fiscal en un ejercicio, en los términos del artículo 61 de la LISR, cuando las deducciones autorizadas son mayores a los ingresos acumulables, y esta pérdida se le sumará, en su caso, la PTU pagada en el ejercicio. La pérdida fiscal ocurrida en un ejercicio podrá disminuirse de la utilidad fiscal de los diez ejercicios siguientes hasta agotarla.
Ahora bien, ya determinamos el resultado fiscal del ejercicio, simplemente le aplicamos la tasa del 28% y obtenemos el Impuesto Sobre la renta causado. Sin embargo cuando la persona moral realice exclusivamente actividades del sector primario, es decir se dedique a la agricultura, ganadería, a la pesca o a la silvicultura, podrá disminuir el impuesto causado en el ejercicio en un 32.14% como lo establece el artículo 10 en su último párrafo y el artículo 81 penúltimo párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. • Como último punto, el artículo 10 de la LISR en su penúltimo párrafo indica que el impuesto del ejercicio se pagará durante los tres primeros meses del ejercicio siguiente, al que termina, de acuerdo a este fundamento por ejemplo, el impuesto del ejercicio de 2008 se pagará a más tardar el 31 de marzo del año 2009.
CASO PRÁCTICO DE DETERMINACIÓN DEL ISR DEL EJERCICIO • Para fines prácticos, a continuación se presenta un ejemplo de la determinación del Impuesto Sobre la Renta del ejercicio 2008, de una persona moral del sector primario.