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Paulino Guarachi, fundación TIERRA

Tierra y Territorio en la CPE. Paulino Guarachi, fundación TIERRA. Tierra y territorio en la historia republicana. Decretos de Bolívar: Vender por cuenta del Estado todas las tierras reconocimiento del derecho propietario perfecto a los indígenas poseedores;

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Paulino Guarachi, fundación TIERRA

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Presentation Transcript


  1. Tierra y Territorio en la CPE Paulino Guarachi, fundación TIERRA

  2. Tierra y territorio en la historia republicana Decretos de Bolívar: • Vender por cuenta del Estado todas las tierras • reconocimiento del derecho propietario perfecto a los indígenas poseedores; • reparto de tierras de comunidad a favor de todos los indígenas que vivan en ellas; • Preferencia de este reparto de tierra, de manera que ningún indio casado quede sin su respectivo terreno • Es extensiva esta disposición a las haciendas de propiedad pública

  3. Ley de ex-vinculación de Melgarejo y Frías • Establecer la propiedad privada individual dentro de los límites de la posesión para cada indígena, declarar los sobrantes como pertenecientes al Estado para que se proceda a su venta. • Se desconoce la existencia de la comunidad, en el artículo 7, en los siguientes términos: “Desde que se han conferido los títulos de propiedad, la Ley no reconocerá comunidades. • Ningún individuo o reunión de individuos, podrá tomar el nombre de comunidad o ayllu, ni apersonarse por estos ante ninguna autoridad. • Expansión de las haciendas en altiplano y valles

  4. La lucha por la restitución de tierras Programa de Zarate Willka (1899) • Restitución de tierras de los ayllus, • Conversión de las fincas de gamonales en comunidades, • Subordinación de la clase dominante a las naciones originarias, • Conformación de un gobierno indígena, • Desconocimiento de mestizos y criollos como autoridades públicas • Reconocimiento de Zárate Willca como máxima autoridad política del Estado y como jefe supremo de la insurrección autóctona

  5. Siglo XIX: Territorio Guaraní Lo que la Colonia no pudo lo hizo la República. Los colonos criollos con el apoyo legal y militar de los gobiernos republicanos penetran definitivamente en el Chaco guaraní. Van desplazando a las comunidades de sus asentamientos y ocupan las mejores tierras, introduciendo a los guaraní en las haciendas. Las guerras de 1840, 1874 y especialmente Kuruyuquí (1892) dejan al pueblo guaraní sin territorio y empatronados, quedando grupos en las misiones y muy pocos libres.

  6. Reforma Agraria en Bolivia (1953) Objetivos de la Reforma Agraria de Bolivia: a) Abolir la servidumbre campesina, poner fin al régimen feudal de la tierra y proporcionar tierra labrantía a los campesinos. b) elevar la productividad de la tierra y aumentar la producción, mediante: i) ampliar el mercado interno y ii) permitir la industrialización del país.

  7. Principios de la Reforma Agraria • suelo, subsuelo, y las aguas del territorio de la Republica, pertenecen por derecho originario a la nación boliviana • Dotación, adjudicación, reagrupamiento y redistribución de la tierra • Garantiza la propiedad privada individual y colectiva, siempre que cumpla una función social • el trabajo como fuente fundamental para adquirir y conservar la propiedad agraria • la pequeña propiedad y el solar campesino es indivisible y tiene carácter de patrimonio familiar inembargable. Instituciones encargadas de la distribución CNRA INC

  8. Noviembre 1992, Intervención del CNRA e INC por: • Anarquía en la dotación y adjudicación de tierras por el CNRA y el INC. • Entrega de Títulos al calor político • No existe registro ni catastro de tierras, • Superposición en la dotación y titulación • Inspecciones innecesarios, • Retardación en trámites agrarios para campesinos e indígenas, • Latifundio en el oriente y minifundio en el occidente del país.

  9. Distribución de tierras (1953 – 1992)

  10. Ley 1715 (1996) y Ley 3545 (2006) • Marco institucional, el Servicio Nacional de Reforma Agraria • Presidente de la república, autoridad máxima • Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, • Comisión Agraria Nacional y Comisiones Agrarias Departamentales, • Instituto Nacional de Reforma Agraria INRA, institución encargada de ejecutar el saneamiento. • Crea otras instituciones: • Superintendencia Agraria, ABT (Autoridad de Fiscalización y control social de Bosques y Tierras) • Judicatura Agraria, (Tribunal Agroambiental).

  11. Saneamiento de tierras • El saneamiento es el procedimiento técnico jurídico transitorio destinado a regularizar y perfeccionar el derecho de propiedad agraria y se ejecuta de oficio o a pedido de parte (Art. 64) • A la conclusión del saneamiento se perfecciona el derecho de propiedad mediante los títulos agrarios como: • Propiedad individual (solar campesino, pequeña propiedad, mediana propiedad y prop. empresarial • Propiedad colectiva (TCO - TIOC, propiedad comunitaria)

  12. ESTADO DEL PROCESO DE SANEAMIENTO

  13. Estado de Situación 1996-2011

  14. Avance del SaneamientoporDepartamentos 1996-2011

  15. Titulación de TCO - TIOC +20 Millones de hectáreas están tituladas como TCO o TIOC en todo el país 190 TIOC tituladas de un total de 258 demandas

  16. Tierras Bajas Tierras Altas 5 20 55 TIOC titulados 135 TIOC titulados 12 Millones de ha 9 Millones de ha 368 Mil beneficiarios 168 Mil beneficiarios

  17. INSTITUTO NACIONAL DE REFORMA AGRARIA TARIJA Estado Actual Departamento de Tarija a Marzo de 2011

  18. Superficie Remitida con P.R.F. a la fecha ESTADO ACTUAL DPTO. TARIJA

  19. Departamento de Santa Cruz Estado del Saneamiento y Titulación 1996-2011

  20. ESTADO DEL PROCESO DE SANEAMIENTODEPARTAMENTO SANTA CRUZ Santa Cruz

  21. Saneamiento por Provincias Santa Cruz

  22. ESTADO DEL SANEAMIENTO EN CHUQUISACA

  23. Total Departamento Chuquisaca

  24. ESTADO DEL SANEAMIENTO POR PROVINCIA JUNIO 2011

  25. CUARTA PARTE Estructura y Organización Económica del Estado TITULO II Medio Ambiente, Recursos Naturales, Tierra y Territorio CAPITULO NOVENO Tierra y Territorio Art. 393 Art. 394 ……. Art. 404

  26. Tierra y TerritorioEl Estado reconoce, protege y garantiza:

  27. Territorio Indígena originario campesino • Las Tierras Comunitarias de Origen (TCO), reconocidos en el Art. 171 de la CPE anterior y establecidas como derecho de propiedad colectiva en las Leyes 1715 y 3545. • Las TCOs, se convierten en Territorio Indígena Originario Campesino (TIOC), que es La TIOC es la integralidad y el hábitat de los pueblos y naciones IOC. Estas pueden ser: Ayllus, markas, suyus, tentas, capitanías, etc. • En las TIOC, se reconoce el uso y aprovechamiento exclusivo de los recursos naturales renovables; a la consulta previa e informada y a la participación en los beneficios por la explotación de los recursos naturales no renovables (Art. 403 CPE)

  28. Distribución de las tierras • Las tierras fiscales serán dotadas a indígena originario campesino, comunidades interculturales, afrobolivianos, comunidades campesinas, que no las posean o las posean insuficientemente (Art. 395 CPE) • De acuerdo a la Ley 1715 y 3545: La dotación es gratuita, será de forma colectiva. No hay dotación individual. • La adjudicación es pagando por la tierra a precio de mercado. Posibilita el acceso como propiedad individual.

  29. Función Social (FS) y Función Económico Social (FES)

  30. Reversión y expropiación • El incumplimiento de la Función Económico Social, tenencia latifundista de la tierra, SON CAUSALES DE REVERSIÓN. • Con la reversión, la tierra pasa al dominio y propiedad del pueblo boliviano. Sin pago alguno. • Una vez saneada la tierra se verificará el cumplimiento de la FES cada dos años (cinco años). • El incumplimiento de la función social, por abandono por más de dos años, es causal de expropiación (Art. 240, DS. 29215), y conforme establecen los estatutos comunales. • La expropiación de la tierra es por necesidad y utilidad pública, previo pago de una indemnización justa (Art. 401 CPE),

  31. Derecho de la mujer a la tierra • La mujer tiene derecho a la dotación y a la titularidad, la distribución y redistribución de la tierra, sin discriminación por estado civil o unión conyugal (Art. 395. I. CPE) • Promover políticas dirigidas a eliminar toda forma de discriminación contra las mujeres en el acceso, tenencia y herencia de la tierra (Art. 402. 2. CPE)

  32. Prohibiciones • La pequeña propiedad es indivisible e inembargable, • La propiedad colectiva o comunitaria es: indivisible, inembargable, imprescriptible, inalienable e irreversibles. • Se prohíbe las dobles dotaciones y la compra venta, permuta y donación de tierras entregadas en dotación. • Esta prohibido la renta por el uso especulativo de la tierra (arrendamiento, alquiler, ….) • Se prohíbe el latifundio y la doble titulación. El latifundio es tenencia improductiva de la tierra.

  33. Temas a debate Las modalidades de saneamiento son adecuadas y favorecen a los Pueblos indígenas ??? Cómo deberían ser la titulación complementaria entre la propiedad colectiva e individual ???) La verificación de la Función Social y Función Económica Social, cómo debería ser ??? Cómo debería ser la política de nuevos Asentamientos humanos en tierras fiscales ??. Después del saneamiento de tierras, cómo regularizar el derecho de propiedad agraria: las herencias, transferencias y otras formas. La ley de la revolución productiva comunitaria es adecuada para las organizaciones campesinas.

  34. GRACIAS

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