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CEFIC. «El diseño del puesto, manuales de perfiles de puestos y modalidades de ingreso a las organizaciones» «La función y el departamento de personal». Lic. Adm . Félix Antonio Quispe Rivas Experto en Administración Pública 15/10/2012. Diseño de Puestos de trabajo. EL DISEÑO DEL PUESTO.
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CEFIC «El diseño del puesto, manuales de perfiles de puestos y modalidades de ingreso a las organizaciones» «La función y el departamento de personal» Lic. Adm. Félix Antonio Quispe Rivas Experto en Administración Pública 15/10/2012
Diseño de Puestos de trabajo
EL DISEÑO DEL PUESTO Empieza con el análisis y descripción de cada puesto de trabajo de acuerdo a los siguientes aspectos: • Misión o responsabilidad básica de cada puesto de trabajo. Responde a la pregunta: ¿para qué existe este puesto en la organización?. • Finalidades o resultados finales significativos para la organización que el puesto debe cumplir, y su relevancia organizativa.
EL DISEÑO DEL PUESTO • Funciones general y específicas para alcanzar las finalidades del puesto. • Relaciones jerárquicas ascendentes y descendentes, laterales, de coordinación y de relaciones exteriores, cuya interacción de significación al puesto. • Dimensiones o cuantificación de las magnitudes económicas y tecnológicas que inciden en el puesto, como de las magnitudes a las que el puesto afecta.
EL DISEÑO DEL PUESTO • Entorno o aspectos que sin ser inherentes al puesto condicionan e influyen tanto en sus funciones como en sus resultados. Este proceso se realiza a través de entrevistas con el titular y se concreta en un documento que revisa hasta su aprobación el titular del puesto y al que da su conformidad el jefe inmediato.
Modelo I Director de Sistema Administrativo III • Naturaleza de la clase: • Planificación, dirección y coordinación de la aplicación y conducción de un sistema administrativo a nivel institucional. • Supervisa la labor del personal directivo y profesional. • Actividades típicas: • Planificar, dirigir y coordinar actividades propias de un sistema administrativo, de conformidad a la normatividad emanada del órgano rector correspondiente. • Aprobar las normas y procedimientos técnico-administrativos en el área de su competencia. • Coordinar, controlar y evaluar el desarrollo de programas correspondiente al sistema que conduce.
Director de Sistema Administrativo III • Emitir opinión técnica sobre normas y dispositivos legales referentes al sistema de su competencia. • Proponer y/o integrar comisiones para la formulación de políticas orientadas al desarrollo del sistema. • Asesorar a la alta dirección del sector en asuntos relacionados con el sistema que conduce. • Puede corresponderle representar al sector en certámenes nacionales e internacionales relacionados con el campo de su especialidad. • Requisitos mínimos: • Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la especialidad. • Amplia experiencia en la conducción de programas relacionados con la especialidad. • Capacitación especializada en el campo de competencia. • ALTERNATIVA: Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y experiencia.
Modelo II Especialista Administrativo II • Naturaleza de la clase: • Ejecución y coordinación de actividades especializadas de los sistemas administrativos de apoyo de una entidad. • Generalmente supervisa la labor de personal profesional y técnico. • Actividades típicas: • Coordinar la implementación de los procesos técnicos del sistema administrativo respectivo y evaluar su ejecución. • Proponer normas y procedimientos técnicos. • Asesorar en aspectos de su especialidad.
Especialista Administrativo II • Efectuar estudios e investigaciones referentes a la aplicación de la normatividad. • Emitir informes técnicos. • Coordinar la programación de actividades. • Efectuar exposiciones o charlas relacionadas con su especialidad. • Participar en comisiones y reuniones de trabajo de su especialidad. • Participar en la formulación de políticas. • Requisitos mínimos: • Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la especialidad. • Experiencia en labores de la especialidad. • Alguna experiencia en conducción del personal. • Capacitación especializada en el área.
Modelo III Oficinista II • Naturaleza de la clase: • Ejecución de labores de oficina de cierta dificultad. • Actividades típicas: • Redactar resoluciones proveídos y otros documentos de acuerdo a modelos pre establecidos. • Estudiar, analizar e informar sobre la documentación que ingresa a la oficina. • Mecanografiar, elaborar cuadros o gráficos financieros, contables y documentos reservados. • Tomar taquigráficamente versiones orales en reuniones, conferencias, audiencias y otros. • Llevar escalafones y/o archivos complejos y reservados. • Efectuar cálculos y liquidaciones diversas. • Requisitos mínimos: • Instrucción secundaria, experiencia en labores variadas de oficina. • ALTERNATIVA: Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
MANUALES DE PERFILES DE PUESTOS
I CONCEPTOS PUESTO CARGO PLAZA
II BASE LEGAL • Ley LOPE N° 28158 (19/12/2007). • Ley De Creación Del Organismo. • Ley Marco Del Empleo Público N°28175 (01/01/2005). • Reglamento De Organización Y Funciones (ROF). • Cuadro Para Asignación De Personal. • Manual Normativo De Clasificación De Cargos. • Clasificador De Cargos Institucional. • Cuadro Orgánico De Cargos.
LEY MARCO DEL EMPLEO PÚBLICO 28175 Clasificación del personal de empleo público: Art. 4.- Clasificación • Funcionario público. • Por elección popular o confianza política. • De nombramiento y remoción regulados. • De libre nombramiento y remoción. • Empleado de confianza (hasta el 5%). • Servidor Público. • Directivo superior (por concurso) (10%). • Ejecutivo: ejercen autoridad. • Especialista: profesionales y técnicos. • De apoyo: auxiliares.
MANUAL NORMATIVO DE CLASIFICACIÓN DE CARGOSDisposiciones legales • Decreto ley N°18180, de 03/03/1970. Establece el Sistema Nacional de Clasificación de Cargos en dependencia del sector público. • Decreto ley N°20009, de 09/05/1973. autoriza la aplicación del sistema nacional de clasificación de cargos. • Resolución Suprema N°013-75-PM-INAP, de 27/09/1975. Aprueba el Manual Normativo de Clasificación de cargos. • Resolución Suprema N°010-77-PM-INAP, de 27/08/1977. Normas para clasificar cargos en instituciones públicas y concejos. • Resolución Sub Jefatural N°001-94-INAP-SJ, de 08/02/1994. Dispone actualización del Manual Normativo de Clasificación de Cargos de la Administración Pública.
III PROCESO PARA LA ELABORACIÓN DEL MOF • Elaboración del cuadro orgánico de cargos. • Elaboración de formularios de descripción de cargos. • Elaboración de instrucciones para el llenado del formulario de descripción de cargos. • Elaboración de la hoja de descripción de funciones. • Distribución a las unidades orgánicas. • Recepción y consolidación de la información. • Elaboración del proyecto de manual de organización y funciones. • Proceso de validación y aprobación.
Modalidades de ingresos
LEY MARCO DEL EMPLEO PÚBLICO 28175 Art. 5°. Acceso al empleo público. • El acceso al empleo público se realiza mediante concurso público y abierto por grupo ocupacional, en base a los méritos y capacidad de las personas, en un régimen de igualdad de oportunidades. Art. 6°. Requisitos para la convocatoria. • Existencia de un puesto de trabajo presupuestado en el CAP y en el presupuesto del PAP. • Identificación del puesto de trabajo. • Descripción de competencia y méritos. • Establecimiento de criterios de puntuación y puntaje mínimo. • Determinación de remuneración.
LEY MARCO DEL EMPLEO PÚBLICO 28175 Art. 7°. Requisito para postular. • Declaración de voluntad del postulante. • Tener hábiles sus derechos civiles y laborales. • No poseer antecedentes penales ni policiales, incompatibles con la clase de cargo. • Reunir los requisitos y/o atributos de la plaza vacante. • Los demás que se señalen para cada concurso. Art. 8°. Procedimiento de selección. • El procedimiento de selección se inicia con la convocatoria que realiza la entidad y culmina con la resolución correspondiente y la suscripción del contrato. • La convocatoria se realiza por medios de comunicación de alcance nacional y en el portal informático respectivo.
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA 107-2011-SERVIR-PE (14/09/2011) Modifica el art. 4° de la Resolución de Presidencia Ejecutiva n°61-1020-SERVIR-PE en los términos siguientes: Art. 4° Proceso de Selección. Todo proceso de selección que realicen las entidades de la administración pública deberá considerar, entre otras etapas, como mínimo las siguientes: • Evaluación curricular. • Evaluación técnica. • Evaluación psicológica. • Entrevista.
DECRETO LEGISLATIVO 1023 21/06/2008 CREA LA AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Art. IV.- El ingreso al servicio civil permanente o temporal se realiza mediante procesos de selección transparentes sobre la base de criterios objetivos, atendiendo al principio del mérito.
DECRETO LEGISLATIVO 1023 21/06/2008 CREA LA AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Art. 5°.- Ámbito del sistema. El sistema comprende: • La planificación de políticas de recursos humanos. • La organización del trabajo y su distribución. • La gestión del empleo. • La gestión del rendimiento. • La gestión de la compensación. • La gestión del desarrollo y la capacitación. • La gestión de las relaciones humanas. • La resolución de las controversias.
DECRETO SUPREMO 065-2011-PCM27/07/201 MODIFICA EL DECRETO SUPREMO 075-2008-PCM, REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO N°1057. Art. 1°… «Al trabajador sujeto a contrato administrativo de servicios de son aplicables, en lo que resulte pertinente la ley n° 28175, Ley Marco del empleo público; la ley n°27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública y las demás normas de carácter general que regulen el servicio civil,»…
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA 107-2011-SERVIR/PE14/09/2011 APRUEBA LO SIGUIENTE: Art. 1°.- Reglas y lineamientos para la adecuación de los instrumentos internos conforme a los cuales las entidades ejercen el poder disciplinario sobre los trabajadores contratados bajo el régimen laboral especial del decreto legislativo n° 1057. Art. 2°.- Modelo de Convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios. Art. 3°.- Modelo de Contrato Administrativo de Servicios.
I RECLUTAMIENTO DE PERSONAL • Interesar a los candidatos • Registro de candidatos • Elaboración de profesiogramas: Exigencias • Recomendaciones internas y externas • Proceso:
Departamento De personal
FUNCIONES DELDEPARTAMENTO DE PERSONAL • Función De Planeamiento • Función De Control Y Estadísticas • Función Distributiva- Salarios • Función Formativa- Capacitación Y Desarrollo • Función Analítica- Empleo • Función Sanitaria- Servicio Médico • Función Preventiva- Seguridad E Higiene • Función Social Y Normativa- Relaciones Laborales
ORGANIZACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE PERSONAL • Ubicación en el Organigrama General. • Órgano de apoyo o asesoramiento. • Organigrama de la oficina de personal. • Administración de personal como sistema. • Manual de Organización y Funciones de Personal. • Manual de Políticas de Personal. • Dirección centralizada y descentralizada de personal. • Director o Jefe de la Oficina de Personal.
Gracias por su Atención