230 likes | 465 Views
Organización del Fútbol del Interior. Disposiciones FIFA “ Primera inscripción de menor de edad no nacional y transferencia internacional de menores”. 67º Congreso Ordinario Anual de OFI “100 años de la LIGA DE FUTBOL DE ARTIGAS ”. Artigas, 13 de Setiembre de 2013. FIFA.
E N D
Organización del Fútbol del Interior • Disposiciones FIFA • “Primera inscripción de menor de edad no nacional y transferencia internacional de menores” 67º Congreso Ordinario Anual de OFI “100 años de la LIGA DE FUTBOL DE ARTIGAS” Artigas, 13 de Setiembre de 2013
FIFA Entidad deportiva rectora del fútbol mundial, que regula a través de sus reglamentos: • El desarrollo de la disciplina fútbol ej. Reglas de Juego. • Aspectos de naturaleza jurisdiccional. ej. diferencias entre sus asociaciones miembros, clubes, jugadores, entrenadores, etc. con relevancia internacional. • Aspectos administrativos. ej. participación de menores de edad en el fútbol organizado.
PRINCIPIO QUE CONSAGRA: “PROTECCION DE MENORES DE EDAD” REGULA SU PARTICIPACION EN EL FUTBOL ORGANIZADO
PROTECCION DE MENORES DE EDAD NORMATIVA FIFA • Principios que consagra la normativa: “la prohibición de realizar transferencias internacionales de menores de 18 años” (art.19.1 del Reglamento FIFA).
PROTECCION DE MENORES DE EDAD NORMATIVA FIFA • Asimismo, se consagra la prohibición de: “ primera inscripción de menor de edad no nacional, en relación a la asociación en que desea inscribirse” (art.19.1 del Reglamento FIFA).
Se aplica este mecanismo de contralor respecto de jugadores: • Menores de edad (menor de 18 años); • Que se inscriban en calidad de jugadores aficionados o profesionales y/o en una institución profesional o amateur . (ej. clubes afiliados a la Organización del Fútbol del Interior).
mecanismo de contralor:En el caso de transferencia internacional TENER PRESENTE!!! • Es indiferente si el menor de edad es nacional o no nacional respecto de la Asociacion Nacional en la que desea incorporarse mediante transferencia internacional. • Por lo tanto, se aplica el contralor respecto de jugadores: • Nacionales • NO Nacionales
EXCEPCIONES AL PRINCIPIO CONSAGRADO: Es la Subcomisión del Estatuto del Jugador de FIFA, quién estudia y controla CASO POR CASO las excepciones previstas. Es la Subcomisión, quien autoriza o NO en el caso concreto, la incorporación del menor de edad en el club para el cual solicitó transferencia internacional o primera inscripción.
Circular OFI nro.2129/2013 La incorporación (inscripción primaria) de jugadores menores de edad no nacionales, únicamente podrá realizarse si la misma es aprobada por una Subcomisión designada por la Comisión del Estatuto del Jugador de FIFA. Para que ello se produzca, la solicitud debe tramitarse mediante el Sistema T.M.S. y deberá encontrarse amparada en alguna de las excepciones contempladas en la mencionada reglamentación, FIFA.
PRIMERA INSCRIPCION DE MENOR NO NACIONAL • 1) Copia de un documento que certifique la identidad, nacionalidad y fecha de nacimiento del jugador. (Testimonio de partida de nacimiento o Documento de Identidad vigente). • 2) Copia de un documento que certifique la identidad y nacionalidad de los padres/ o representante legal del menor.(Documentos de Identidad vigente)
PRIMERA INSCRIPCION DE MENOR NO NACIONAL • 3) Documento de Declaración Jurada por parte de los padres/o representantes legales del jugador menor de edad, respecto de lo siguiente: “que el jugador no ha sido previamente inscripto en ninguna otra institución deportiva afiliada a FIFA y que la presente solicitud, es la primera solicitud de trámite de inscripción del jugador”.
PRIMERA INSCRIPCION DE MENOR NO NACIONAL 4) Se deberá especificar en la solicitud, el literal de la “la excepción”, en que se funda la misma….
PRIMERA INSCRIPCION DE MENOR NO NACIONAL • Art.19 literal a)“Si los padres del jugador cambian su domicilio al país donde el nuevo club tiene su sede por razones no relacionadas con el futbol” . En tal supuesto se deberá adjuntar los siguientes documentos: • - Prueba de un documento que certifique la residencia del menor y sus padres/o representante legal. (Certificado notarial que acredite residencia y fecha de inicio de la misma o constancia de Seccional Policial del domicilio u otro documento oficial vigente).-
PRIMERA INSCRIPCION DE MENOR NO NACIONAL • Art.19 literal b)“El jugador vive en su hogar a una distancia menor de 50km de la frontera nacional y el club de la asociación vecina está también a una distancia menor de 50km de la misma frontera del país vecino. La distancia máxima entre el domicilio del jugador y el del club será de 100km. En tal caso, el jugador deberá seguir viviendo en su hogar y a las dos asociaciones en cuestión deberán otorgar su consentimiento”.
PRIMERA INSCRIPCION DE MENOR NO NACIONAL • Prueba para acreditar la regla de la distancia de los 50Km. • Documento que acredite que el domicilio del menor se encuentra a una distancia no superior a los 50km de la FRONTERA NACIONAL y domicilio del club en que se inscribe, se encuentra a una distancia no superior de 50km respecto de la misma frontera. • Se deberá acreditar además, que entre los citados domicilios existe una distancia no superior a los 100km.).
Menor , debe domiciliarse a una distancia no superior de los 50KM de la frontera nacional Club de la Asociacion vecina debe tener su domicilio a una distancia no superior a los 50km de la frontera nacional L a Distancia máxima entre el domicilio del jugador y del club no puede superar los 100km. Art.19 numeral 2 literal c Reglamento FIFA
Circular OFI nro.2129/2013 • En la citada Circular se establecieron las pautas para implementar las solicitudes. Inconvenientes: • idioma portugués, no es idioma oficial ante FIFA. (inglés, español, alemán y francés). • Costos de tramite de certificación y eventual traducción de documentos.
3.1. Asociación que contrata Si la documentación no se encuentra en uno de los cuatro idiomas oficiales de la FIFA (en, es, de, fr), deberá adjuntarse al original una traducción del contenido básico.
DOCUMENTOSart.19 literal b) • AUF, admitiría para su tramitación: • Constancia oficial de domicilio de los representantes legales del menor (ej. Jefatura o Seccional Policial ) • Constancia oficial de domicilio del Club (ej. Jefatura Seccional Policial, certificado notarial, testimonio Estatuto, etc.) • Acreditación de las distancias (50km – 50km). • Mapa Google (o Google Maps) en el cual se marcará que se cumple con la regla de distancia de los 50km. • Idioma: traducción, en la que se deje constancia que es fidedigna (admiten en principio, la no realizada por Traductor Publico) informado por AUF, con fecha 12.09.2013
Transferencia Internacional de menores de edad Tener presente: “La obligación de solicitar autorización de la Subcomisión de FIFA para el caso de transferencia internacional de un menor de edad, es aplicable para jugadores menores de edad no nacionales como asimismo los nacionales de la Asociación en que desea ser transferido, sin distinción.”
Transferencia Internacional de menores de edad • ¿Qué documentos se deben presentar y cargar en el sistema, a la Subcomisión del Estatuto del Jugador de FIFA? • Los mencionados ut supra, así como también: • 5) Prueba del acuerdo de la Asociación que libera.
TRAMITE: Se deberán remitir a OFI: • Todos los documentos relevantes mencionados anteriormente, de acuerdo a la excepción en que se funda. • Nota de Petición de Primera inscripción o transferencia internacional, por parte de los representantes legales y la institución que desea inscribir (club afiliado a OFI)
Gracias por su atención. Preguntas ? Dra. Andrea Valiente Piriz. Dudas? Gracias por vuestra atención. Dra. Andrea ValientePiriz.