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¿QUÉ ES TIERRA Y TERRITORIO?. TIERRA. Es el medio o factor de producción, lugar de trabajo donde se desarrolla toda la actividad agropecuaria . TERRITORIO
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¿QUÉ ES TIERRA Y TERRITORIO? • TIERRA. • Es el medio o factor de producción, lugar de trabajo donde se desarrolla toda la actividad agropecuaria. • TERRITORIO • Espacio de asentamiento de una comunidad, hábitat de una población, encierra dimensiones histórica, social, económica y cultural. Se ve afectado por actividades socioeconómicas que la sociedad desarrolla considerando su ocupación física, el ejercicio político, y el derecho a su uso.
ANTECEDENTES ANTES DE LA APLICACIÓN DE LA NUEVA CPE • 1953 primera reforma agraria • 1972 Se aprobó la ley de organización y Procedimientos del Servicio Nacional de Reforma Agraria, creándose el Instituto nacional de Reforma Agraria INRA.
LA LEY INRA (1715) • Objetivos centrales: • Establecer la estructura orgánica y atribuciones del SNRA y el régimen de distribución de tierras. • Garantizar el derecho propietario sobre la tierra. • Crear la Super Intendencia Agraria, la Judicatura Agraria y su procedimiento. • Regular el saneamiento de la propiedad agraria.
DEBILIDADES EN LA APLICACIÓN DE LA LEY INRA • Poco avance del saneamiento legal de tierras • No hubo la reversión de tierras • No hubo redistribución de tierras fiscales • No Hubo nuevos asentamientos
LEY DE RECONDUCCIÓN COMUNITARIA DE LA REFORMA AGRARIA (3545) Esclarece y amplia los conceptos de: • Función social • Función Económico social
Establece la distribución de tierras comunitariamente (Dotación)
DESPUÉS DE LA APLICACIÓN DE LA CPE • Las tierras fiscales serán dotadas a indígenas, originarios, campesinos que no tengan tierra o posean de manera insuficiente. • Se garantiza la titularidad de las mujeres en el acceso y distribución a la tierra, sin discriminación por el estado civil o unión conyugal.
FORMAS DE ACCESO • Se reconoce la posesión legal como un mecanismo de acceso a la tierra. • Se prohíbe la compra venta de tierras entregadas en calidad de dotación y las dobles dotaciones. • Se prohíbe la renta fundiaria generada por el uso especulativo de la tierra.
FORMAS DE ACCESO • El Estado regulará los mercados de tierras evitando la acumulación en superficies mayores a las reconocidas por ley. • Los derechos otorgados que han derivado en acaparamiento de tierras será revisados. • Los extranjeros no podrán adquirir tierras del Estado, bajo ningún título.
CONDICIONES PARA CONSERVAR LA PROPIEDAD AGRARIA • El trabajo es la fuente fundamental para adquirir y conservar la propiedad agraria. • Función Social, para las pequeñas propiedades y propiedades colectivas. • Función Económica Social, para las propiedades empresariales
ELIMINACIÓN DE FORMAS IMPRODUCTIVAS DE LA TIERRA • El Estado prohíbe el latifundio: Tenencia improductiva de la tierra, trabajada deficientemente, con un sistema servidumbral de relación laboral, semiesclavitud que sobrepasa la superficie máxima reconocida por ley.
ELIMINACIÓN DE FORMAS IMPRODUCTIVAS DE LA TIERRA • Se prohíbe la división de las propiedades menores a la superficie máxima de la pequeña propiedad, de acuerdo a las zonas geográficas, por ser contrario al interés colectivo.
RECUPERACIÓN DE TIERRAS • El incumplimiento de la FES, la evasión de la obligaciones tributarias y la tenencia latifundiaria de la tierra son causales de reversión. • La expropiación procede por causa de necesidad y utilidad pública, previo pago de una justa indemnización.
ROL DEL ESTADO • Promover la participación de los productores y consumidores en las políticas agrarias. • Establecer sistemas de riego con el fin de garantizar la producción sostenible. • Proteger la sanidad agropecuaria para lograr la seguridad alimentaria.
FALTA DE POLITICAS DEL ESTADO • Fomentar planes de asentamientos humanos. • Planificar la producción agraria. • Aplicar políticas de fomento a la producción. • Promover acciones para proteger la producción nacional y su competitividad.
TEMAS DE ANALISIS PARA LA NUEVA LEY AGRARIA • A partir de la reclasificación establecida en la CPE, se debe establecer con claridad la extensión de cada una de ellas. • Hacer mas efectiva la verificación post-saneamiento del cumplimiento de la FES. • La extranjerización de tierras.
El pago de impuesto para la propiedad mediana y empresarial. • Titulación individual y colectiva • Retroactividad de la ley- • Gestión territorial
GESTION TERRITORIALPOST SANEAMIENTO • Administración de la tierras y territorio según normas propias de las comunidades. • Los cinco elementos importantes que tiene la gestión territorial. • La organización. • Aplicación del registro de catastro rural. • El territorio (actualmente en la CPE. Definido como TIOC). • Los recursos naturales. • La cultura. • Y la relación con la sociedad nacional.
¿SE TIENE SEGURIDAD JURÍDICA? • ¿Al delimitar y amojonar las propiedades?. • ¿Una propiedad Saneada, Titulada y su posterior registro en Derechos Reales?. • ¿La realización de Conciliación entre las partes afectadas?. • ¿El valor de la tierra aumenta?. • ¿Facilita el acceso a créditos bancarios?.