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LOS CONVENIOS DE BASILEA, ROTTERDAM Y ESTOCOLMO: Aspectos Prácticos de Ejecución. Convenio de Basilea. Convenio de Rotterdam. Convenio de Estocolmo. Taller ‘Aduanas Verdes’, México, 6-8 de Marzo, 2012. Visión General de los Desafíos. Mezcla de comercio legítimo y tráfico ilegal
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LOS CONVENIOS DE BASILEA, ROTTERDAM Y ESTOCOLMO: Aspectos Prácticos de Ejecución Convenio de Basilea Convenio de Rotterdam Convenio de Estocolmo Taller ‘Aduanas Verdes’, México, 6-8 de Marzo, 2012
Visión General de los Desafíos • Mezcla de comercio legítimo y tráfico ilegal • Incentivos para las Aduanas • Detección • Identificación – Sistemas de Códigos Armonizados (SCA) • Procedimientos de Manejo y Seguridad • Procedimiento de Devolución • Cooperación entre entidades relevantes
Incentivos para las Aduanas • Marco jurídico adecuado • Sensibilización y capacidad • Enfoque en ambas, exportaciones e importaciones • Protección ambiental = Prioridad política al más alto nivel • Competencias claras • Apoyo de otras entidades relevantes • Reconocimiento por desempeño
Detección: el disparador de la acción de ejecución • Chequeo aleatorio o rutinario, inspecciones internacionales/acciones de ejecución (ej, Operación de la OMA (WCO) Demeter, INECE SESN, IMPEL-TFS) • Compartir inteligencia: fuente extranjera o local/nacional • Embarque sospechoso (basado en apariencia o información contenida en la documentación): • País de origen o de destino; • Empaque inadecuado; • Contenido; • Ausencia de, placas y viñetas dañadas o mutiladas, sellos rotos; • Subvalorización del embarque.
Productos Químicos: Códigos (SCA); Nombres comerciales; Origen e identidad del exportador /importador; Número CAS; Análisis de muestra. Desechos: Códigos: ej. aduanales (SCA), Convenio de Basilea (Anexos I, II, III, VIII y IX), UE, OCDE, nacionales; Designación del desecho en el documento de movimiento del Convenio de Basilea; Definición del Convenio de Estocolmo: cuando los COPs no pueden ser utilizados más, bajo el Convenio; Legislación nacional: en caso el desecho es definido como peligroso bajo la legislación nacional; Identificación visual: ej., desechos de vidrio de tubos de rayos catódicos, papel contaminado, desechos domésticos, baterías ácido plomo, cables de metal aislados con plástico, etc. Análisis de muestra: si el desecho es líquido o lodoso. Se requerirá de medidas especificas de seguridad y conocimiento especializado. Cómo identificar productos químicos y desechos peligrosos
Códigos Aduaneros del Sistema Armonizado (SA) 6 Los Códigos SA son la fuente principal de identificación de productos químicos y desechos peligrosos para los oficiales de aduanas; Otras indicaciones como los números CAS y los nombres comerciales comunes pueden ser relevantes para los oficiales de aduanas para detectar si estos productos químicos son cubiertos bajo: a) el Convenio de Rotterdam; b) el Convenio de Estocolmo; c) leyes nacionales que los prohíben o restringen.
Códigos SA para Productos Químicos (Convenios de Rotterdam yEstocolmo) 7 • Los Códigos SA para sustancias puras bajo los Convenios de Rotterdam y Estocolmo generalmente empiezan con 29, 28 o 25 (ej. Aldrin 2903.52); • Los Códigos SA para mezclas, preparaciones y sustancias bajo los Convenios de Rotterdam y Estocolmo comienzan por 38 o 68 (ej. Lindano 3808.50); • Se puede obtener una lista de los Códigos SA para productos químicos bajo el Convenio de Rotterdam en: http://www.pic.int/customs/Minisite/Documents.html
Códigos SA para desechos • La mayoría de los desechos bajo el Convenio de Basilea tienen un código SA de seis dígitos: • La mayoría de los desechos contaminantes COPs están identificados bajo la clasificación para los desechos del Convenio de Basilea; • Tabla de Interconexión: Correlación entre los desechos cubiertos bajo el Convenio de Basilea y el SA. • Desechos del Convenio de Basilea sin códigos SA: • Las Partes deben hacer propuestas para la consideración de la OMA; • Uso de notas explicativas; • Posibilidad para los países de crear su Código Nacional SA añadiendo 2 dígitos.
Definición de peligrosidad • Legislación Nacional/regulación define productos químicos peligrosos; SA provee un enfoque internacional. • El Convenio de Rotterdam establece que los países exportadores deben proveer indicaciones claras de la peligrosidad de los productos químicos peligrosos. • El Convenio de Basilea define desechos con características peligrosas en el Anexo III (ej. Explosivos - Inflamables – Oxidantes - Venenosos - Infecciosos – Corrosivos – Tóxicos). • Ejemplos de Símbolos de Empaque de Naciones Unidas: Advertencia, gas bajo presión Peligro, Muy tóxico para la vida acuática Peligro, tóxico Peligro, puede causar incendio o explosión Peligro, inflamable Peligro, explosivo
Precauciones (1) • Cualquier contenedor puede tener productos químicos peligrosos o desechos peligrosos: • Barriles, • Al por mayor: las sustancias peligrosas pueden ser mezcladas con sólidos (metales, plásticos, papel o productos). • ¿Contenido corrosivo? Contenedor plástico. • ¿Contenido con solventes? Contenedor metálico. • ¿Contenedor con fugas líquidas, abollado, abultado o mal manejado? Podría indicar un embarque ilegal. • ¿Falta de placas? Podría indicar un embarque ilegal.
Precauciones (2) • Sólo los oficiales de aduanas entrenados para manejar sustancias peligrosas deberían hacerlo. • Precauciones para oficiales sin entrenamiento: • No abrir las puertas de camiones sospechosos de contener sustancias peligrosas; • No abrir tanques, barriles u otros que pudieran contener sustancias peligrosas; • No presumir que lo que está escrito en una etiqueta, barril o contenedor es lo que está adentro debido a que los traficantes ilegales a menudo mezclan desechos con otros materiales; • No entrar en espacios cerrados que puedan tener sustancias peligrosas.
Productos químicos bajo los Convenios de Rotterdam y/o Estocolmo: Los productos químicos son ”sólo” prohibidos Contacta la autoridad nacional/el punto focal nacional/centro regional Se requiere un acuerdo con el país de exportación: ¿Qué ocurre cuando se identifica un caso potencial de comercio ilegal (1)?
¿Qué ocurre cuando se identifica un caso potencial e comercio ilegal (2)? Bajo el Convenio de Basilea: • Los MTF de desechos del Convenio de Basilea que no sigan los procedimientos de apropiada notificación y consentimiento o resultan en el abandono deliberado de desechos constituyen tráfico ilegal. • El tráfico ilegal es considerado criminal bajo la legislación nacional. • In caso de un MTF que se estime sea tráfico ilegal como resultado de la conducta de parte del exportador o generador, el Estado de exportación debe asegurarse que los embarques sean: (a) Devolución al exportador o generador o, si es necesario, por si mismo al Estado de exportación, o en caso que no sea posible, (b) Sean dispuestos finalmente de acuerdo con las provisiones de este Convenio (ej. Gestión Ambientalmente Racional. • Contacta la Autoridad Nacional Competente.
Cooperación (1) • Cooperación con la Autoridad Competente para detectar, identificar y atender casos potenciales de tráfico ilegal (organizar grupo de trabajo, memorandum u otro acuerdo relevante); • Cooperación con Ministerios relevantes para desarrollar y aplicar la legislación apropiada; • Cooperación con el país de exportación para detectar tráfico ilegal y pedir la devolución de los desechos.
Cooperación (2) • Cooperación con países de tránsito para detectar tráfico ilegal; • Cooperación con el sector privado (industria, compañías transportistas); • Cooperación con OIG (Secretarías de los Convenios, OMA, Interpol).
Principales documentos de referencia Sobre el Convenio de Basilea y el tráfico ilegal • Documento de Orientación para el Sistema de Control (Manual de Instrucción) http://www.basel.int/pub/instruct.doc • Instrucciones para Completar los Documentos de Notificación y Movimiento http://www.basel.int/techmatters/forms-notif-mov/vCOP8.pdf • Elementos de Orientación para la Detección, Prevención y Control del Tráfico Ilegal de Desechos Peligrosos http://www.basel.int/legalmatters/illegtraffic/ge_e.doc • Manual de Capacitación sobre Comerio Ilegal para Oficiales de Aduana y otras agencias de aplicación http://www.basel.int/legalmatters/illegtraffic/trman-e.pdf Sobre el Convenio de Rotterdam y el papel de las Aduanas: • El papel de las aduanas en la implementación del Convenio de Rotterdam – Hoja Resumida: http://www.pic.int/Implementation/Customs/RolesProvisions/tabid/1611/language/en-US/Default.aspx