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Cartel. Elementos primordiales. Procedimientos de EXCEPCIÓN. Facultativamente se puede elaborar un cartel en armonía con los principios de contratación. Contenido. Encabezado Indicación de la oficina que tramita Señalamiento para la apertura de las ofertas Garantías y porcentajes
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Procedimientos de EXCEPCIÓN Facultativamente se puede elaborar un cartel en armonía con los principios de contratación.
Contenido Encabezado Indicación de la oficina que tramita Señalamiento para la apertura de las ofertas Garantías y porcentajes Especies fiscales Descripción de la naturaleza y cantidades de los bienes o servicios a contratar.
Sistema de evaluación Solicitud de muestras Indicación precisa de los documentos a aportar Términos de pago Plazo de vigencia de las ofertas y plazo de adjudicación. Reserva para adjudicar parcialmente. Medios electrónicos
Orientado a seleccionar de la mejor oferta. Otros aspectos diferentes al precio deben motivarse. No pueden incorporarse requisitos de admisibilidad. Ventajas comparativas. La Administración puede introducir elementos más allá del precio según el objeto. Experiencia es ponderable. La experiencia positiva. Cartel define la forma idónea de acreditarla. Se acepta la experiencia en el extranjero. Sistema de Evaluación
Muestras Se requieren desde el cartel Razonabilidad y proporcionalidad para solicitarlas. Su omisión es subsanable si no genera ventaja indebida. Indicar pruebas, verificaciones y encargado del estudio. Consecuencias de no indicarlo. Oferentes tienen derecho a asistir: Reglas fijadas por la Administración. Limitar participantes. Impedir participación. Motivadamente.
La visita al sitio. Cláusula de desempate. El cartel puede limitar la posibilidad de presentar ofertas alternativas.
Las Condiciones Generalesle son aplicables a toda la institución. La Administración únicamente se puede separar cuando las características o condiciones de la compra lo ameriten. Los requisitos técnicos deben valorarse por el órgano técnico competente para ello.
Garantía de Participación Objeto: La admisión del proponente en el concurso. Asegurar la seriedad de la oferta. Mantener el precio durante el plazo establecido en el pliego de condiciones.
Facultativa: Se define en el cartel para salvaguardar el interés institucional. Monto: De un 1% a un 5% de la cotización, o monto fijo (cuantía inestimable).
Si cesa la vigencia se debe prevenir su restablecimiento (3 dh) Es subsanable la insuficiencia en plazo o monto cuando se haya garantizado al menos el 80%.
OJO…………… Los oferentes TIENEN derecho a dejar sin efecto la propuesta y a que se le devuelva la garantía de participación sin sanción alguna, en caso de que no se haya dictado el Acto de Adjudicación en el plazo respectivo. Art 39 párrafo final RLCA
MODIFICACIONES, PRÓRROGAS Y ACLARACIONES AL CARTEL Modificaciones: Art. 60 RLCA 3 modificaciones de oficio y 3 prórrogas. Modificaciones no esenciales: Al menos 3 días hábiles de la apertura. Modificaciones esenciales o sustanciales: Aclaraciones: de parte: 1/3 para presentar ofertas. 5 días para resolverlas. de oficio: no implican modificación. Incorporar al expediente de inmediato y adecuada difusión en las 24 horas.
No puede superarse el 25% del precio total del contrato sumadas multas y cláusula penal. La posibilidad del cobro procede desde el hecho generador hasta los 5 años. Existe responsabilidad civil y disciplinaria contra el funcionario omiso.
No es posible transar las multas o la cláusula penal con el recibo de otros bienes o servicios. La sanción es dineraria y pre-establecida.
Con la Reforma al Artículo 28 Bis se permite la MEJORA DE PRECIOS. Es facultativo, pero debe incluirse en el cartel……. CUIDADO!! El articulo 42 n de la ley indica que es aplicable a todos los procedimientos. Razonabilidad de precio, igualdad, razonabilidad.
RECURSO DE OBJECIÓN AL CARTEL Recurso administrativo interpuesto ante la Administración o ante la Contraloría, por el particular e interesado, encaminado a que la Administración reforme, cambie o modifique -total o parcialmente- el cartel, o para que se introduzcan cláusulas o requisitos.
Legitimación El oferente o su representante. Organización legalmente constituida para la defensa de los intereses comunales. Agrupaciones gremiales. Hay que acreditar que se tiene legitimación a menos que sea público y notorio, o ante la duda se concede audiencia previa.
Competencia para conocer CGR Administración Lic. Públicas Demás procedimientos CD de escasa cuantía. No tienen recurso de objeción al cartel
Plazo 1er. tercio 2do. tercio 3er. tercio
Recurso de Objeción Se admite Fundamentación Legitimación Plazo Competencia