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VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA DE SANIDAD INTERNACIONAL

VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA DE SANIDAD INTERNACIONAL. VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA EN EL ARRIBO DE EMBARCACIONES. FUNCIONES DE SANIDAD INTERNACIONAL EN EL PUERTO OBJETIVO:

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VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA DE SANIDAD INTERNACIONAL

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Presentation Transcript


  1. VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA DE SANIDAD INTERNACIONAL

  2. VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA EN EL ARRIBO DE EMBARCACIONES.

  3. FUNCIONES DE SANIDAD INTERNACIONAL EN EL PUERTO OBJETIVO: Evitar el ingreso al territorio nacional a través del puerto, de personas con alguna enfermedad sujeta a vigilancia epidemiológica a bordo de una embarcación que pongan en riesgo la Salud de la Población.

  4. ENFERMEDADES SUJETAS A VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA. • CÓLERA • FIEBRE AMARILLA • INFLUENZA (H1N1, ESTACIONAL) • PALUDISMO • HEPATITIS • DENGUE CLÁSICO Y HEMORRÁGICO

  5. PROCEDIMIENTO PARA LA LIBRE PLATICA APARTIR DEL MES DE ABRIL 2012 SE INICIO LA IMPLEMENTACION DEL PROYECTO DENOMINADO PUERTO SIN PAPELES: • VIA ELECTRONICA. • PAGINA WEB. • AMANAC • MIGRACION. • SAGARPA.

  6. PROCEDIMIENTO PARA LA LIBRE PLATICA SOLICITAR PREVIO AL ARRIBO DEL BUQUE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN . (24 a 72 Hs). 1.- AVISO DE ARRIBO DE LA EMBARCACION. 2.-DECLARACIÓN MARÍTIMA DE SANIDAD3.- LISTA DE VACUNACIÓN DE LOS TRIPULANTES 4.- CERTIFICADO DE CONTROL DE SANIDAD5.- LISTA DE PUERTOS VISITADOS ANTERIORMENTE 6.-CERTIFICADO DE EXCENCIÓN DE SANIDAD

  7. VISITA MEDICO SANITARIA SE REALIZA AL ATRACAR LA EMBARCACIÓN PREVIO AL ANÁLISIS DE LA DOCUMENTACIÓN SOLICITADA. • SE COTEJA LA INFORMACION RECIBIDA CON LOS DOCUMENTOS ORIGINALES, FIRMADOS Y SELLADOS POR EL CAPITAN. • SE OTORGA LA LIBRE PLÁTICA PARA QUE LA TRIPULACIÓN PUEDA DESEMBARCAR Y LOS ESTIBADORES PUEDAN ABORDAR SIN NINGÚN RIESGO SANITARIO.

  8. PROCEDIMIENTO PARA LA VISITA MEDICO SANITARIA AL ARRIBO DE UN BUQUE EN LA QUE SE NOTIFICA LA PRESENCIA DE UN TRIPULANTE PORTADOR DE ALGUNA ENFERMEDAD SUJETA A VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA, SE REALIZA EN EL AREA DE FONDEO, FUERA DEL PUERTO.

  9. 1.- SE SOLICITA DECLARACIÓN MARÍTIMA DE SANIDAD QUE ESPECIFIQUE LOS DATOS DEL PADECIMIENTO (SINTOMATOLOGÍA) . 2.- ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN CONSIGNADA EN LA DECLARACIÓN MARÍTIMA DE SANIDAD. 3.- NOTIFICACIÓN INMEDIATA A EPIDEMIOLOGÍA JURISDICCIONAL PARA LA PROGRAMACIÓN DE LA VISITA MEDICO SANITARIA.

  10. 4.-ACCIONES A SEGUIR: A).-VALORACIÓN DEL TRIPULANTE ENFERMO. B).-VALORACIÓN DE TODA LA TRIPULACIÓN. C).-ESTABLECER DIAGNÓSTICO D).-MUESTREO NECESARIO ACORDE AL PADECIMIENTO : HISOPO RECTAL, MUESTRA DE SANGRE, EXUDADO FARÍNGEO, ETC.

  11. E).-MEDIDAS DE SEGURIDAD: -AISLAMIENTO DEL ENFERMO -MINISTRACIÓN DE TRATAMIENTO AL ENFERMO Y SUS CONTACTOS. F).-PREVENTIVAS: CLORACIÓN DEL AGUA, MANEJO HIGIÉNICO DE LOS ALIMENTOS Y TRATAMIENTO DE EXCRETAS.

  12. 5.-AUTORIZACIÓN DEL DESEMBARQUE DEL ENFERMO PARA SU MANEJO HOSPITALARIO CON TODAS LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD QUE REQUIERA EL CASO. 6.- SE VALORA EL OTORGAMIENTO O NO DE LA LIBRE PLATICA, DEPENDIENDO DE LAS CONDICIONES SANITARIAS DE LA EMBARCACION Y SU TRIPULACION.

  13. La agencia naviera sube los documentos a plataforma 48 hrs antes del arribo SSAVerifica la documentación en plataforma. CUMPLE NO SI No se otorga libre platica Visita Medico Sanitaria BAJO RIESGO ALTO RIESGO Acciones Epidemiológicas Se otorga libre platica

  14. Acciones Epidemiológicas y Sanitarias Epidemiología Aislamiento del enfermo o grupo de pacientes en área cerrada de la embarcación. Visita médica en área de fondeo para revisión de paciente y/o pacientes. Tratamiento de acuerdo a patología del caso. Toma de muestra basado en NOM-017. Estudio epidemiológico y de contactos. Búsqueda intencionada de casos (Cerco epidemiológico-toda la tripulación) y envío de reporte a nivel estatal. Medidas preventivas y profilaxis.

  15. Acciones Epidemiológicas y Sanitarias COESPRIS • Verificación y toma de muestras: • Agua de consumo. • Cisterna. • Cloración de agua de consumo. • Alimentos. • Verificación de aguas residuales. • Colocación de hisopo de Moore.

  16. CONTROL DEL RIESGO SANITARIO NO SI Se autoriza Libre platica Se autoriza el desembarco del enfermo Seguimiento epidemiológico del enfermo.

  17. SSA Verifica la documentación en plataforma. Se otorga a la naviera Libre Platica Automática vía plataforma Visita Medico-Sanitaria aleatoria para constatar veracidad de documentos BAJO RIESGO ALTO RIESGO

  18. CUMPLE NO SI • Medidas de seguridad: • Separación de personas. • Cuarentena • Sanciones: • Amonestación con • apercibimiento • Multa. • Acciones • epidemiológicas SE RATIFICA LA LIBRE PLATICA

  19. FUNDAMENTO LEGAL FUNDAMENTO LEGAL MEDIDAS DE SEGURIDAD TITULO DECIMO OCTAVO CAPITULO I Medidas de Seguridad Sanitaria 404, Fracciones I, II y III, 405, 406, 407 de la Ley General de Salud SANCIONES ADMINISTRATIVAS TITULO DECIMO OCTAVO ARTS. 416 AL 450 de la Ley General de Salud Artículos 78 al 89 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional

  20. DECLARACION MARITIMA DE SANIDAD

  21. DECLARACION MARITIMA DE SANIDAD Es un Documento Sanitario en el que el Capitán del Buque da fe de la presencia o ausencia de Tripulantes o Pasajeros enfermos

  22. CERTIFICADO DE EXENCIÓN

  23. CERTIFICADO DE EXENCIÓN DE SANIDAD A BORDO Es un Documento Sanitario que garantiza la ausencia de Fauna Nociva en el Buque, que ponga en riesgo a la Población. A partir del mes de Julio de 2013 el Puerto de Manzanillo, Colima, México fue autorizado por la OPS para la Emisión de estos Certificados. VIGENCIA: 6 meses

  24. VIGILANCIA SANITARIA IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES.

  25. VIGILANCIA SANITARIA IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES. • VERIFICACION SANITARIA. • VERIFICACION CON ASEGURAMIENTO. • MUESTREO. • ASEGURAMIENTO Y DESTRUCCION. • ASEGURAMIENTO A DESTINO FINAL.

  26. IMPORTACIONES • La vigilancia esta sujeta a las restricciones del PSPI (Permiso Sanitario Previo de Importación) emitido por la COFEPRIS o Entidades Federativas Descentralizadas

  27. AVISOS DE IMPORTACION • Estos productos generalmente provienen de la Rep. Popular de China. • Para su ingreso se solicita al Importador : • Aviso Sanitario de Importación • Certificado Sanitario expedido por la Autoridad Sanitaria del País de origen, ó • Resultados de análisis practicados por un Laboratorio Tercero autorizado domiciliado en el País. • La determinación que se realiza es la de metales pesados (plomo, cadmio, mercurio, arsénico). • La vigencia del Aviso de Importación , del Certificado Sanitario y del Resultado de Análisis es de 1 año.

  28. EXPORTACIONES • La empresa exportadora de productos pesqueros a la Comunidad Económica Europea (CEE) es Marindustrias, ubicada en la Ciudad y Puerto de Manzanillo, Col. • Únicamente se toman muestras de producto cuando la empresa o las embarcaciones manufactureras se recertifican (1 vez cada año) en materia de Buenas Prácticas Sanitarias. • La Autorización Sanitaria que avala el producto es el Certificado de Exportación de Buenas Practicas.

  29. GRACIAS

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