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IR ANUAL DECLARACIÓN 2011-2012. Lic. Carlos Palacios Granados -Director de Asistencia al Contribuyente-. Agosto 2012. TEMARIO. Aspectos técnicos del Impuesto sobre la Renta Sujetos obligados y sujetos exentos, Ingresos constitutivo y no constitutivos de renta,
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IR ANUALDECLARACIÓN 2011-2012 Lic. Carlos Palacios Granados -Director de Asistencia al Contribuyente- Agosto 2012
TEMARIO • Aspectos técnicos del Impuesto sobre la Renta • Sujetos obligados y sujetos exentos, • Ingresos constitutivo y no constitutivos de renta, • Deducciones permitidas y gastos no deducibles, • Formas de pagos del IR, pagos a cuenta, • Retenciones en la fuente y Definitivas. • Incentivos fiscales, • Liquidación del IR, • Pago Mínimo Definitivo y sujetos exceptuados, • Conciliación fiscal. • Llenado del formulario IR anual 2011-2012.
Acciones previas al cierre fiscal • Levantamiento de Inventario, • Arto. 18 Ley 453 o LEF y Arto. 49 del Reglamento, • Comunicado # 04-2012. • Presentar Informe anual de Retenciones en la fuente, • Arto. 24 Ley 453 o LEF, • DAG # 10-2009, fecha de presentación el 24 de septiembre de cada año, • Exceptuados los sujetos al SAIRI.
Impuesto sobre la Renta (IR) Aspectos técnicos • Creación (Arto. 3 LEF) • Renta neta de fuente Nicaragüense, • Origen de la Renta (Arto. 4 LEF) • Bienes o activos existentes en el país, • Servicios prestados sin presencia física en el país, • Renta (concepto Arto. 5 LEF) • Son los ingresos recibidos y devengados durante el año gravable,
Impuesto sobre la Renta (IR) Aspectos técnicos • Renta Ocasional (Arto. 6 LEF y 8 RLEF) • Son los ingresos por actos fuera del giro normal del negocio, • Enajenaciones bienes muebles e inmuebles, • Sujeto a retención en la fuente, • Sin el pago de la retención, los bienes inmuebles o vehículos no pueden ser inscritos en el registro respectivo, • La retención se acredita al final del período gravable.
SUJETOS EXENTOS (Arto. 10 LEF y Arto. 12 RLEF) 1) Universidades y centros de educación técnica superior, 2) Los Poderes del Estado, ministerios, municipios, 3) Las Representaciones Diplomáticas, las misiones y organismos internacionales, representantes diplomáticos y consulares, 4) Las iglesias, denominaciones, confesiones y fundaciones religiosas con personalidad jurídica, 5) Las instituciones de beneficencia y de asistencia social, las asociaciones, fundaciones, federaciones y confederaciones, 6) Los representantes, funcionarios o empleados de organismos o instituciones internacionales, cuando tal exoneración se encuentre prevista en el convenio o tratado correspondiente, 7) Las sociedades cooperativas legalmente constituidas.
CONCEPTO DE RENTAS (Arto. 7 del Reglamento) • Ingresos recibidos, los percibidos o pagados. • Ingresos devengados, los realizados pero no pagados. • Ingresos periódicos, los provenientes del giro normal del negocio o actividad mercantil. • Ingresos eventuales u ocasionales, los provenientes de actividades fuera del giro normal del negocio. • Ingresos en bienes, los percibidos o devengados en especie. 7
INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA (Arto. 11 LEF) • (1). Los premios de lotería nacional, excepto aquellos superiores a los C$ 50,000.00. • (2). Las sumas recibidas por concepto de seguros, salvo que lo asegurado fuera ingreso o producto, en cuyo caso dicho ingreso se tendrá como renta. • (3). Las indemnizaciones que reciben los trabajadores o sus beneficiarios, contempladas en el Código del Trabajo, Convenios Colectivos y las de cualquier otra índole laboral, y los ingresos de cualquier índole que se perciban de acuerdo a la legislación de seguridad social. • (4). Derogado, • (5). Derogado, • (6). Derogado, • (7). Derogado,
INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA (Arto. 11 LEF) • (8). Los intereses que devenguen los créditos otorgados por instituciones crediticias internacionales y agencias o instituciones de desarrollo de gobiernos extranjeros; • (9). Los intereses que devenguen los préstamos otorgados al Estado y sus instituciones, por bancos o instituciones privadas extranjeras. • (10). Derogado, • (11). Derogado, • (12). Los representantes diplomáticos nicaragüenses, • (13). Las remuneraciones que reciban las personas naturales residentes en el extranjero... • (14). Los dividendos o participación de utilidades, • (15). Los premios de juegos, menores o iguales a C$ 25,000.00
GASTOSDEDUCIBLES Y NO DEDUCIBLES Agosto 2012
DEDUCCIONES PERMITIDAS EN EL IR (Arto. 12 LEF) Gastos pagados y los causados durante el año gravable, Los intereses pagados y los causados en el año, El costo de ventas, Erogaciones para superación cultural y bienestar material de los trabajadores, Hasta un 10% de las utilidades, destinadas al aseguramiento de trabajadores, Hasta un 10% de las utilidades, para sobresueldos o participación de utilidades.
DEDUCCIONES PERMITIDAS EN EL IR (Arto. 12 LEF) • Las pérdidas por malos créditos, • Perdidas por destrucción, rotura, sustracción o apropiación indebida de los elementos invertidos en la producción, • Cuotas de amortización o depreciación, • Hasta un 10% de sus utilidades para donaciones, • Impuestos no indicados en el Arto. 17 de la Ley, • Aporte patronal por asalariados, • Defensores de oficio, • Reservas de las instituciones financieras.
GASTOS NO DEDUCIBLES Arto. 17 LEF Los gastos y deducciones incurridos en otros períodos; Lasretenciones asumidas por el contribuyente; Los gastos que no estén contabilizados o debidamente soportados, Gastos generales y de sustento del contribuyente, Gastos personales de los socios, consultores, Impuesto sobre terrenos baldíos o no explotadas, Reparos o modificaciones efectuados por autoridades fiscales, Inversiones en bienes y mejoras de carácter permanente.
GASTOS NO DEDUCIBLES Arto. 17 LEF Donaciones no permitidas por la ley, Quebrantos por operaciones ilícitas, Reservas o provisiones, excepto… Los intereses pagados a los dueños o sus parientes, socios o accionistas, cuando excede la tasa de interés activa del SFN, Pagos a no residentes sin afecto de la retención, Costos y gastos de operaciones exentas, Indemnización adicional numerales 3 y 4 LEF, Impuestos de terceros.
FORMAS DE PAGO Agosto 2012
FORMAS DE PAGO • Anticipos a cuenta del IR, • Mensual, 1% sobre los ingresos brutos, • Anticipos al Pago Mínimo Definitivo, • Mensual, 1% sobre ingresos brutos, • Mensual, GRACOS 30% sobre utilidades, • Retenciones en la fuente a personas domiciliadas en el país (Arto. 88 RLEF). • Retenciones Definitivas (Arto. 15 y 110 LEF), • Retenciones a no domiciliados,
FORMAS DE PAGORETENCIONES A CUENTA DEL IR Agosto 2012
RETENCIONES A PERSONAS DOMICILIADAS EN EL PAÍS (Arto. 88 RLEF)
Compra de bienes Prestación de servicios en general Servicios prestados por personas jurídicas Venta de bienes Y prestación de Servicios que utilicen Como medio de pago las POS 1% Retenciones en la Fuente (Arto.88 numeral.2 del Reglamento LEF) Pautas publicitarias Trabajos de Construcción Alquileres
MONTOMINIMO PARA EFECTUAR RETENCIONES (Arto. 89 RLEF) • El monto mínimo para aplicar estas retenciones son a partir de los C$ 1,000.00, por factura emitida, • Excepto para las retenciones que efectúen los Bancos emisores de tarjetas de créditos y/o débitos, y • Las contempladas en los numerales 6 y 7, quienes la aplicarán sobre el valor total de la venta.
DEDUCCION O ACREDITACION DE LAS RETENCIONES- Arto 90 RLEF - • Las retenciones que efectúan los clientes no son deducibles del anticipo mensual al Pago Mínimo Definitivo, • Solo podrán deducirlas únicamente en la declaración anual del IR del período fiscal correspondiente, • Se exceptúa a los contribuyentes afectos a las retenciones del 1% por pagos con tarjetas de crédito y/o débito y la del 10% para las personas naturales por servicios profesionales,
FORMAS DE PAGORETENCIONES DEFINITIVAS Agosto 2012
Retenciones Definitivas Arto. 110 LEF (Transacciones en Bolsas de Valores y Agropecuarias) 10% Bolsa de Valores: Transacciones Bursátiles 1% Bolsa Agropecuaria: Arroz y leche cruda 1.5% Bolsa Agropecuaria: Transacciones de Bienes Agrícolas Primarios 2% Bolsa Agropecuaria: Transacciones de los demás Bienes del Sector Agropecuario
RETENCIONES A PERSONAS NO DOMICILIADAS EN EL PAÍS
FORMAS DE PAGORETENCIONES SALARIOS Agosto 2012
Ingresos Gravados Retención Salario Uso deTarjetas De crédito Salario Y demás ingresos Compensaciones Viáticos Fijos No sujetos a rendición TIPOS DE INGRESOS Percibidos O devengados Incentivos O Bonos Uso Gratuito De vehículo y/o Depreciación
Cálculo de la retención salarial Un asalariado que devenga C$ 10,000.00 mensuales a) Cálculo del IR salario (ordinario) Salario mensual: C$ 10,000.00 Menos INSS: C$ 625.00 Salario Neto: C$ 9,375.00 x 12 = C$ 112, 500.00 Impuesto base sobre: C$ 100,000.00 C$ 2,500.00 Más 15% sobre: exceso C$ 12,500.00 C$ 1,875.00 IR Anual a retener por salario C$ 4,375.00 Retención del mes C$ 4,375.00/12 = C$ 364.58
PAGO MÍNIMO DEFINITIVO Agosto 2012
QUE ES EL PAGO MINIMO DEFINIVO? Arto. 28 LEF El Pago Mínimo Definitivo del IR que se liquidará sobre el monto de la renta bruta anual aplicando una alícuota del 1%. Este pago mínimo se realizará mediante anticipos mensuales del 1% de la Renta Bruta mensual. Podrán anticipar sobre la base del 1% sobre las comisiones y/o márgenes de ganancias únicamente cuando se demuestre que el proveedor haya anticipado como corresponde el 1% sobre el valor total de la renta bruta mensual.
Quienes anticiparán el PMD sobre comisioneso márgenes de comercialización?Arto. 69 RLEF • Las personas naturales o jurídicas que anticiparán el 1% sobre sus comisiones y márgenes de comercialización, son: • Corretaje de seguros, • De bienes y raíces, • Agencias de Viajes, • Casas y Mesa de Cambio de monedas extranjeras, • Distribuidoras minoristas de combustibles, y • Supermercados inscritos como GRACOS. 35
SUJETOS EXCEPTUADOS DEL PAGO MÍNIMO DEFINIVO? Arto. 29 LEF 1.- Los primeros tres años de inicio de sus operaciones, siempre que éstas se hayan constituido con nuevas inversiones y no de ya existentes. 2.-Contribuyentes sujetos a precios de venta controlados o regulados por el Estado. 3.-Las inversiones sujetas a un plazo de periodo de maduración de sus proyectos. 4.-Los Contribuyentes que no estén realizando actividad económica. 5.-Contribuyentes que por razones de caso fortuito o fuerza mayor interrumpieran sus operaciones mercantiles. 36
INCENTIVOS FISCALES EN EL IR Agosto 2012
INCENTIVOS FISCALES POR ACTIVIDAD ECONOMICA • Traspaso de las pérdidas de explotación sufridas en el año gravable, hasta los tres añossiguientes al del ejercicio en el que se produzcan (Arto. 16 LEF). • Depreciación acelerada (Arto. 19 LEF), • Reservas para cuentas incobrables (Arto. 17 num.11), • Reservas por indemnización laboral (Arto. 17 num. 11), • Acreditación del 25% ISC – Exportadores Ley 382 (Arto. 101 LEF), • Crédito Tributario 1.5% valor FOB exportaciones (Arto. 102 LEF), • Exenciones a sectores económicos (Turismo, ZF´s).
Ejemplo Contribuyente (persona jurídica) que inicia operaciones y hace uso del beneficio fiscal de aplicación de pérdidas de ejercicios anteriores, según Arto. 16 de la LEF. 39
LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO Agosto 2012
LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO Arto. 31 CANCELACIÓN • El pago del IR será igual al monto mayor que resulte de comparar el pago mínimo definitivo con el IR anual. Arto. 34 COMPENSACÓN y DEVOLUCIÓN (Arto. 34 LEF). • El saldo a favor resultante se devolverán previa resolución favorable de la Dirección General de Ingresos, mediante crédito compensatorio a otras obligaciones fiscales exigibles por orden del vencimiento. Si después de esta aplicación resulta un saldo a favor del contribuyente, este saldo será rembolsado en efectivo dentro de los 30 días después de notificada dicha resolución.
LIQUIDACION DEL IR TASAS o ALÍCUOTAS (Arto. 21 LEF) • Para las personas jurídicas • 30% de su renta imponible. • Para las personas naturales • Tarifa progresiva (negocios o asalariados). 42
Tabla progresiva para calcular ImpuestoPersonas Naturales con actividad de negocios Dirección de Asistencia al Contribuyente 43
Tabla progresiva para calcular Impuesto Personas Naturales Asalariadas Dirección de Asistencia al Contribuyente 44
QUE ES LACONCILIACIÓN FISCAL Es una herramienta que permite poder conciliar la utilidad reflejada en los Estados Financieros y utilidadfiscal que debe reflejarse en la Declaración Anual del Impuesto sobre la Renta, en ella, se muestran los ajustes al cierre del período fiscal por aquellos gastos que no son deducibles para el impuesto sobre la renta y por los ingresos que nos son constitutivos de Rentas. 45
CONCILIACIÓN FISCALAgropecuaria Vivir en Paz, S.A. Dirección de Asistencia al Contribuyente 46
LLENADO DE LA DECLARACIÓN DEL IR 2011 - 2012 Agosto 2012
106 0 2 0 9 2 0 1 2 2 0 1 2 3 0 JUNIO X Agropecuaria Vivir en Paz, S. A. RUC de 14 DIGITOS MANAGUA MANAGUA 2248999 2248999 Comercialización y exportación de granos básicos Acopio de granos básicos
DECLARACIÓN ANUAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA ( IR ) 106 Cuentas x cobrar (neto) 830,750 CxC empleados 25,000 CxC a socios 50,000