230 likes | 699 Views
CONTRATOS MERCANTILES. Contratos de Enajenación y Custodia de Cosas Mercantiles. 1.Compra Venta. Concepto:
E N D
1.Compra Venta • Concepto: Es el contrato por el cual el vendedor transfiere la propiedad de una mercadería o cosa mercantil al comprador, cuya obligación es pagar el precio. Artículos 695 al 706 Código de Comercio.
Características: • Bilateral • Oneroso • Conmutativo • Consensual • Principal • Traslativo de dominio
Elementos: • Personales: el vendedor y el comprador. • Reales: la cosa o mercadería y el precio. • Formales: Puede ser por escritura, documento privado, factura o verbal. Depende del negocio en particular.
COMPRAVENTA DE COSAS EN TRANSITO: • Venta FOB: Libre a bordo-puerto de embarque convenido: Se caracteriza porque el vendedor cumple su obligación de entregar la cosa, al depositarla a bordo del buque u otro vehículo que ha de transportarla , en el lugar y tiempo convenidos. A partir de este momento se trasladan los riesgos al comprador.
VENTA FAS • Esta venta se caracteriza porque la obligación del vendedor es entregar la mercadería colocándola a un costado del medio de transporte, momento a partir del cual se trasladan los riesgos al comprador. El precio incluye el valor de la cosa, más los gastos, impuestos y derechos que causen hasta el momento de colocar la mercadería al costado del medio de transporte.
VENTA CIF • La compraventa CIF es aquella en la que el precio de la mercadería comprada incluye el costo, el seguro y el flete; el término, al igual que los anteriores, es una sigla que proviene del idioma inglés: Cost, Insurance, freight.
VENTA C Y F • La compraventa C y F es aquella en la que el precio cotizado sólo incluye el costo y el flete, o sea que se suprime el seguro. A esta modalidad se aplica todo lo que concierne para la compraventa CIF , omitiendo las directrices que se refieren al seguro.
2. Suministro • Concepto: Por este contrato una parte llamada suministrante, se obliga mediante un precio, a realizar a favor de otra, llamado suministrado, una serie de prestaciones periódicas y continuadas de mercaderías o servicios. Artículo 707 Código de Comercio
Características: • Consensual • Bilateral • Principal • Oneroso • De tracto sucesivo
Elementos: • Personales: El suministrante, quien presta los servicios y el suministrado. • Formales: No está sujeto a formalidades. • Reales: cosas muebles o servicios.
Plazo o terminación: • Contractual. Este contrato se suspende cuando el suministrado no cumple con sus obligaciones. Se termina con la conclusión del plazo o si la conducta del suministrante denota futuro incumplimiento.
Observaciones: • Su función es que permite que las personas suministradas tengan asegurada la provisión de un bien, servicio o producto.
3. Estimatorio • Concepto: Es aquel por medio del cual un sujeto llamado consignante entrega a otro llamado consignatario mercaderías a un precio estimado, para que en un plazo fijado se pague dicho precio o bien se devuelvan las mercaderías. Artículo 713 Código de Comercio.
Características: • Principal; • Bilateral; • Oneroso; • Conmutativo; • De tracto sucesivo; y • Traslativo de dominio.
Elementos: • Personales: Consignante quien entrega las mercaderías y consignatario el que las recibe. • Formales: no exige formalidades, generalmente se hace de palabra, basado en la confianza. • Reales: cosas o mercaderías y el precio.
Plazo o terminación: • Este contrato termina cuando concluya el plazo o si antes del vencimiento del plazo el consigantario ha vendido las mercaderías y paga el precio al consignante.
Observaciones: • El comerciante minorista puede adquirir mercaderías sin cancelar de inmediato el precio, con la opción de devolverlas si no las vende dentro del plazo que se pacte.