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Conceptos Básicos El Enfoque de Género y los Derechos Humanos. Diagnóstico de Género en Defensorías seleccionadas. Montevideo, Uruguay, 2 y 3 y 4 de julio de 2014. Cuando se habla de Género… ¿Qué se debe entender?.
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Conceptos Básicos El Enfoque de Género y los Derechos Humanos Diagnóstico de Género en Defensorías seleccionadas Montevideo, Uruguay, 2 y 3 y 4 de julio de 2014
Cuando se habla de Género… ¿Qué se debe entender? La categoría social género se refiere a las construcciones históricas que se han hecho de las atribuciones, comportamientos esperados y características sociales, políticas, culturales, psicológicas y económicas que se consideran como definitivas y naturales de los hombres y las mujeres de cierta raza, etnia, clase, edad, opción sexual, política, religiosa, identidad de género, estatus migratorio, idioma.* * Conceptualizaciones de esta presentación han sido tomadas del Manual de Actuación legislativas para incorporar el enfoque de género en el proceso de Formación de la Ley, Ana Elena Obando. Asamblea Nacional de Nicaragua. Proyecto de Apoyo a la Modernización de la Asamblea Nacional y los Consejos Regionales . PNUD NIC N. 10-00059297
Sexo - género…. * *Marta Lamas, "Usos, dificultades y posibilidades de la categoría género" en La Ventana, revista de Estudios de Género, N.1, Universidad de Guadalajara, México, 1995
La discriminación contra la mujer Marcela Lagarde, Género y Poderes, Heredia, Costa Rica, Instituto de Estudios de la Mujer, Universidad Nacional Autónoma, 1995 A. Facio, Cuando el Género Suena, Cambios Trae, San José Costa Rica, 1992
El Principio de no discriminación ¿Qué significa toda distinción, exclusión, restricción? A los efectos de [CEDAW], la expresión "discriminación contra la mujer" denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.
¿Qué es la perspectiva Interseccional? Las múltiples formas de Discriminación o la Perspectiva Interseccional La Conferencia Mundial sobre el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, del 2001, introdujo en su Declaración y Plataforma la perspectiva interseccional bajo el concepto de formas de discriminación múltiple. Son algunos hombres y la mayoría de las mujeres que enfrentan obstáculos para el disfrute de sus derechos humanos, debido a factores como su raza, idioma, origen étnico, cultura, religión, discapacidades o clase socio-económica, por ejemplo, mujeres, indígenas, migrantes, desplazadas y refugiadas..
El enfoque de género en el Derecho* * Las Interpretaciones del Derecho en A. Facio y L. Fries, compiladoras del libro Género y Derecho, Ediciones LOM, La Morada, Santiago de Chile, 1999
Tridimensionalidad del derecho: Igualdad formal- Igualdad real
El Principio de igualdad IIDH, CEJIL. Los derechos humanos de las mujeres: Fortaleciendo su promoción y protección internacional. 2004.
Perspectiva de género Errores comunes en la utilización y aplicación de la perspectiva de género “La perspectiva de género permite analizar y comprender las características que definen a las mujeres y a los hombres de manera específica, así como sus semejanzas y diferencias. Esta perspectiva analiza las posibilidades vitales de las mujeres y los hombres: el sentido de sus vidas, sus expectativas y oportunidades, las complejas y diversas relaciones sociales que se dan entre ambos géneros, así como los conflictos institucionales y cotidianos que deben enfrentar y las maneras en que lo hacen” (Marcela Lagarde) Herramientas básicas para integrar la perspectiva de género en organizaciones que trabajan derechos humanos / Instituto Interamericano de Derechos Humanos. -- San José, C.R. : IIDH, 2008
La Igualdad de oportunidades • El Estado debe crear con su legislación y políticas, las condiciones sociales y económicas y los servicios que se requieran, para que las mujeres puedan acceder a las oportunidades en condiciones de igualdad y no discriminación. • Por ejemplo: • no se debería penalizar a las mujeres que deciden no ser madres haciendo del aborto un delito • ni castigar a las que deciden ser madres, restándoles oportunidades de trabajo o educativas por su maternidad • Tampoco se trata que las mujeres no tengan hijos para tener las mismas oportunidades que los hombres • sino de que el Estado elimine todas las barreras y estereotipos sociales que hacen que no ser madre sea una condición estigmatizada o que el ser madre y trabajadora asalariada sea muy difícil de combinar Toda intervención debe tomar en cuenta las diferencias y desigualdades entre hombres y mujeres Aunque, las diferencias entre hombres y mujeres, en sí mismas, no son el problema, el problema consiste en cómo se construyen desigualmente esas diferencias y cómo las cualidades, necesidades, experiencias, características, valores y actividades de las mujeres, están sistemáticamente subordinadas a los hombres. • Las desigualdades de poder no vienen de diferencias biológicas, sino que se construyen a partir de roles y estereotipos que se asignan a mujeres y hombres de forma jerárquica