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Parte 3: Aspectos tributarios. Convenios para evitar la doble imposición.

“¿Cómo vender mis productos en la Unión Europea y en Suiza? Posibilidades de comercialización directa en mercados líderes”. www.jebsen.com.ar. Parte 3: Aspectos tributarios. Convenios para evitar la doble imposición. A. Rafael Faillace Socio. Carlos Anavia Gerente. 08.IV.2005.

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Parte 3: Aspectos tributarios. Convenios para evitar la doble imposición.

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  1. “¿Cómo vender mis productos en la Unión Europea y en Suiza?Posibilidades de comercialización directa en mercados líderes” www.jebsen.com.ar Parte 3: Aspectos tributarios. Convenios para evitar la doble imposición. A. Rafael Faillace Socio Carlos Anavia Gerente 08.IV.2005

  2. Temario • Aspectos Tributarios: - Impuesto a las Ganancias, IVA y Tributos Aduaneros. - Precios de Transferencia. - Jurisdicciones “onshore” en Europa. • Convenios de Doble Imposición (CDI): - Su importancia. - CDI vigentes con países europeos. - Potestad tributaria. - Establecimiento Permanente. - Tratamiento aplicable a Dividendos, Intereses y Regalías. - Impuestos sobre los Bienes Personales. www.jebsen.com.ar

  3. Aspectos Tributarios www.jebsen.com.ar Impuesto a las Ganancias - Establecimiento Permanente. - Retenciones en el país europeo sobre pagos al exterior. - Precios de Transferencia. - Normas de capitalización exigua. Impuesto al Valor Agregado - Exportaciones (Argentina). - Importaciones (País europeo). Tributos Aduaneros - Derechos de exportación (Argentina). - Derechos de importación (País europeo).

  4. Precios de Transferencia • Operaciones internacionales entre empresas vinculadas (transferencia de bienes tangibles, transferencia o uso de bienes intangibles, prestación de servicios, intereses, etc.). • Operaciones con paraísos fiscales (En Europa: Mónaco, Malta, Isla de Man, Islas del Canal, etc.) • Vinculación de control y vinculación funcional. • Principio de “arms’s length”. • Métodos tradicionales y no tradicionales. • Ajuste correlativo. www.jebsen.com.ar

  5. Jurisdicciones “onshore” en Europa www.jebsen.com.ar Algunos ejemplos: Países Bajos, España, Suiza, Dinamarca, Austria, Bélgica. Características: - Regímenes impositivos especiales (“Sociedades holdings”, etc.). - Posibilidad de obtener “Rulings”. - Diferente concepto de residencia fiscal, respecto de Argentina (Lugar de incorporación vs. Lugar de dirección y control). - Red de Convenios de Doble Imposición.

  6. Convenios de Doble ImposiciónSu importancia • Fijan en forma precisa la soberanía tributaria de cada país: - Estado de la fuente (País europeo). - Estado de residencia (Argentina). • Evitan efectos negativos ante cambios en las legislaciones tributarias. • Evitan la discriminación. • Eliminan o reducen las retenciones impositivas. • Establecen sistemas de información recíproca. • Posibilitan ajustes correlativos de Precios de Transferencia. www.jebsen.com.ar

  7. CDI vigentes con países europeos www.jebsen.com.ar

  8. CDI vigentes con países europeos www.jebsen.com.ar

  9. Potestad tributariaVariantes según los CDI www.jebsen.com.ar Poder exclusivo de tributación: - En el Estado de la fuente (País europeo); o - En el Estado de residencia (Argentina). Poder compartido de tributación: - En el Estado de la fuente (País europeo), en forma limitada o sin limitación; y - En el Estado de la fuente (Argentina), con cómputo de “tax credit”.

  10. Establecimiento Permanente www.jebsen.com.ar Definición: Un lugar fijo de negocios en el cual una empresa realiza toda o parte de su actividad. Excepción: Un lugar fijo para almacenar, exponer, entregar o adquirir mercaderías, recoger información o desarrollar otras actividades de carácter preparatorio o auxiliar para la empresa.

  11. Establecimiento PermanenteSu importancia www.jebsen.com.ar País sin CDI con Argentina: Grava las ganancias empresariales, aunque no exista EP. País con CDI con Argentina: No grava las ganancias empresariales, salvo que haya EP (en cuyo caso, puede gravarlas, pero sólo en la medida en que tales ganancias sean atribuibles al EP).

  12. Establecimiento Permanente - Ejemplos • Sede de dirección; Sucursal; Oficina; Fábrica; Taller; • Mina, cantera u otro lugar de extracción de recursos natulares; • Lugar de exploración de recursos naturales, si las actividades de exploración continúan por más de 6 ms. (Bélgica y P. Bajos); • Obra de construcc. o montaje, si excede 6 ms. (Alemania y Austria); • Obra, construcc., proyecto de montaje o de instalación o activ. de supervisión, si exceden 6 ms. (Bélgica, P. Bajos y Suiza); • Prestac. de servicios, si exceden (por un mismo proyecto o proyecto conexo) 6 ms. en cualq. período de 12 ms. (Bélgica, P. Bajos y Suiza); • Activ. pesquera, si excede 3 ms. en cualq. período de 12 ms. (Bélgica). • Activ. pesquera, si excede 90 días en cualq. período de 12 ms. (Suiza); • Activ. off-shore, si excede 30 días en cualq. período de 12 ms. (P. Bajos). www.jebsen.com.ar

  13. Establecimiento Permanente - Agentes Agente dependiente: Se considera un EP (aunque la empresa no posea un lugar fijo), si tiene y habitualmente ejerce poderes para concluir contratos a nombre de la empresa, salvo que se limiten a activ. de carácter preparatorio o auxiliar (Alemania: se limiten a compra de bienes o mercaderías). Agente independiente: No constituye EP, siempre que actúe dentro del marco habitual de sus negocios (corredor, comisionista general u intermediario). www.jebsen.com.ar

  14. Dividendos - Tasas Máximas de Retención www.jebsen.com.ar

  15. Intereses - Tasas Máximas de Retención www.jebsen.com.ar

  16. Intereses - Exenciones www.jebsen.com.ar Alemania: Pagados al gobierno argentino o al Banco Central de la Rep. Arg. Austria: Crédito otorgado por banco perteneciente al gobierno argentino. Bélgica: Originados por venta a crédito de maquinarias o equipos (salvo entre empresas vinculadas). Crédito otorgado, asegurado o garantizado por entidad financiera o pública, para promover la exportación de maquinarias o equipos. Préstamo bancario en términos preferenc. y por no menos de 3 años. Pagados al estado argentino o entidad controlada por éste.

  17. Intereses - Exenciones (Cont.) www.jebsen.com.ar Países Bajos: Pagados al estado argentino o entidad controlada por éste. Préstamo en térm. preferenc. y por no menos de 3 años, garantizado o asegurado por el estado argentino o entidad controlada por éste. Importación de maquinaria o equipos ind., comerc. o científicos. Suiza: Préstamo efectuado, garantizado o asegurado por el Banco Central de la Rep. Arg., Banco de la Nac. Arg. o Banco de la Pcia. de Bs. As. Originados por venta a crédito de cualq. maquinaria o equipo ind. Crédito de fomento otorgado por banco con tasas preferenc. y por no menos de 5 años.

  18. Regalías - Tasas Máximas de Retención www.jebsen.com.ar

  19. Impuesto sobre los Bienes Personales Acciones y participaciones sociales www.jebsen.com.ar Según la ley del impuesto: Integran el patrimonio neto de la sociedad argentina gravado al 0,5%. Exención en virtud de CDI (Austria): - Acciones emitidas por una sociedad residente en Austria. - Otras participaciones sociales en una sociedad constituida bajo la legislación de Austria.

  20. Muchas graciaspor vuestra atención. www.jebsen.com.ar A. Rafael Faillace Carlos Anavia

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