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PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL Y

PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL Y. PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL ANALÍTICA. El Secretario de escuela es una figura clave en el equipo de conducción, ya que es el responsable de la conducción técnico- administrativa de la institución.

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PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL Y

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Presentation Transcript


  1. PLANTA ORGÁNICO FUNCIONALY PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL ANALÍTICA

  2. El Secretario de escuela es una figura clave en el equipo de conducción, ya que es el responsable de la conducción técnico- administrativa de la institución. En la administración territorial distrital y sobre la base de lo normado en la Ley de Educación, el Secretario de escuelas se vincula con SAD, Consejo Escolar, Inspectores Distritales y Areales. .

  3. La gestión técnico-administrativa en su especificidad, es la que lleva a cabo el Secretario de escuela, en el desempeño de su rol.

  4. Un análisis minucioso de la norma, permitirá al Secretario comprender que la confección de los Formularios de las Plantas Orgánicas Funcionales (POF) y de las Plantas Orgánicas Funcionales Analíticas (POFA), merece ser un PROYECTO ANUAL de trabajo, ya que es el desarrollo de una tarea compleja que aporta conocimiento e información, no sólo a la institución sino también a los distintos organismos del Sistema Educativo Bonaerense.

  5. La POF es la fotografía de la escuela en un momento determinado. Leyéndola correctamente en la distribución de turnos y espacios, en la organización de los recursos humanos y en las cifras que reflejan la oscilación de matrícula, por ejemplo, se despliega la escuela que tenemos… La importancia de su lectura radica en la información que brinda para la toma de decisiones, a los distintos actores del Sistema Educativo para cumplir con los lineamientos de la política educativa. La información es el recurso mas valioso y dinámico a disposición de los actores distritales. Es una construcción significativa de datos y resulta de combinar de manera relevante los que produce la realidad.

  6. En el sitio WEB www.abc.gov.ar – Dirección de Tribunales de Clasificación - se encuentran todos los enlaces pertenecientes y conducentes a los Formularios de POF/POFA 2014 e Instructivos de los distintos Niveles y Modalidades. FECHA PREVISTA PARA CONSIGNAR LA MATRÍCULA EN POF 2014: 11 DE ABRIL

  7. Uno de los propósitos de los formularios de POF POFA es la determinación de vacantes para las acciones estatutarias. La adecuada interpretación del concepto VACANTE, al confeccionar el cuadro pertinente en los formularios de POF / POFA o en el proceso que lleva a cabo la Secretaría de Inspección en el "control de vacantes", permitirá que la tarea técnico- administrativa se desarrolle de acuerdo con su finalidad.

  8. REUBICACIONES TRANSITORIAS Y DEFINITIVAS La finalidad del cuadro de POF / POFA, sobre cargos docentes, y el proceso de control de vacantes tiene que ver con: M.A.D ACRECENTAMIENTO REINCORPORACIONES DESTINOS DEFINITIVOS TITULARIZACIONES INTERINAS DESTINOS DE SERVICIOS PROVISORIOS,

  9. El banco de datos de vacantes docentes debe ser un proyecto de trabajo anual del secretario con el directivo. Merece tiempo y dedicación. Se verá reflejado luego en otras tareas, como por ejemplo: Contralor, POF y POFA. Durante el proceso de control de vacantes, la Secretaría de Asuntos trabaja con los secretarios / directivos cuando son necesarias las vacantes docentes de cada planta institucional. Esta mecánica permite regularizar situaciones que pueden ofrecer dificultades en los derechos y deberes de los docentes

  10. Para llevar a cabo esta tarea es prioritario definir el concepto de VACANTE:“Se considera vacante al cargo, horas o módulos que no están ocupados por un docente titular. En este sentido, quien ocupa la vacante es un docente provisional, titular interino o bien aún no se encuentra cubierta porque no se ha autorizado su cobertura.

  11. Recordatorios: • Docente Reincorporado transitoriamente: se da destina sobre una vacante. Estitular del distrito sin destino definitivo en un servicio • Docente Excedente reubicado transitoriamente: se da destino sobre una vacante. Sigue siendo titular de la escuela de origen como excedente. • Docente Titular Interino: se da destino sobre una vacante. Es titular del distrito, pero aún no confirmó su destino en un servicio. • Docente Con servicio provisorio: se da destino sobre una vacante. Al concedérsele un destino transitorio, es titular de la escuela de origen. En los casos aquí descriptos los docentes hacen un destino transitorio, por loque las escuelas de destino deben considerar los cargos, horas o módulos vacantes, no debiendo ser tapados para las acciones estatutarias.

  12. • Docente Excedente reubicado definitivamente: tapa la vacante. Pasa a ser titular del servicio, a partir del 28 de febrero del ciclo siguiente en el que fue excedente transitorio.• Docente Ingresado por MAD: tapa la vacante. A partir del 28 de febrero es titular de la escuela que solicitó.• Docente Reincorporado Definitivamente (se trata al finalizar el MAD con las vacantes que resultan del mismo): tapa la vacante. A partir del 28 de febrero es titular de la escuela que solicitó.• Docente Ingresado por Acrecentamiento: tapa la vacante. A partir del 28 de febrero es titular de la escuela que solicitó.• Docente Con destino definitivo (ingreso por interinato): tapa la vacante El docente confirma su destino en un servicio

  13. Por cada acción estatutaria que realiza el docente, media un acto resolutivo. Sin embargo, la faltante de la Resolución no significa que no reviste como titular a efectos de vacantes. Lo mismo ocurre cuando un docente se jubila, renuncia, etc., se considera vacante sin mediar acto resolutivo. Pero no ocurre lo mismo con los abandonos de cargo, ya que para considerarlos vacantes debe mediar acto resolutivo.

  14. Debe consignarse adecuadamente todo el personal. Es muy importante conocer las diferentes figuras del personal docente. Esto se refiere a provisionales, titulares, titulares interinos, titulares con reciente destino definitivo, con personal docente reincorporado, con asignación de funciones, etc. En caso de que hubiera enmiendas o sobre escrituras, éstas deberán ser salvadas, pero lo mejor es que no las tuviera.

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