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PROTECCION JURÍDICA DE LOS RECURSOS HÍDRICOS EN COLOMBIA. MARIA DEL PILAR GARCIA Universidad externado de Colombia. Temas a tratar. Naturaleza jurídica del agua en Colombia Política para la GIRH Instrumentos de gestión Modos de acceder al uso del agua
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PROTECCION JURÍDICA DE LOS RECURSOS HÍDRICOS EN COLOMBIA MARIA DEL PILAR GARCIA Universidad externado de Colombia
Temas a tratar Naturaleza jurídica del agua en Colombia Política para la GIRH Instrumentos de gestión Modos de acceder al uso del agua Autoridades encargadas de las gestión del recurso hídrico. Cobros por el uso del agua Procedimiento sancionatorio
Colombia • El 75% del territorio cuenta con zonas favorables para el almacenamiento de aguas • 26.700 m3 al año por persona • 5 macrocuencas: • la Pacífica con 1.311 cuencas menores y un área total de 75.000 km2 • la del Orinoco, con 11.162 cuencas que cubren 357.420 km2; • la del Caribe con 8.088 cuencas menores y un área aferente de 412.231 km2; • la del Amazonas con 10.378 cuencas menores y un área de 280.350 km2, y por último, • la cuenca vertiente del Catatumbo con un área de 16.565 km2 y 770 cuencas menores. • .
Principios para la GIRH en Colombia • Bien de uso público • Uso prioritario • Factor de desarrollo • Integralidad y diversidad • Cuenca como unidad de gestión: • Ahorro y uso eficiente • Participación y equidad • Información e investigación .
Instrumentos para la GIRH • Instrumentos de planeación: Planes de Ordenamiento y Manejo de cuencas, planes de ordenamiento de recurso hídrico (calidad), Planes de manejo de aguas subterráneas. • Instrumentos de administración (comando y control): Reglamentación de corrientes, planes de uso eficiente y manejo del agua, estándares de calidad y norma de vertimientos, Planes de saneamiento y manejo de vertimientos, planes de cumplimiento, permisos ( Concesiones, permisos de vertimiento, Ocupación de cauces, licencias ambientales) • Instrumentos de monitoreo y seguimiento: • Instrumentos económicos y financieros: Tasas por uso de agua, tasas retributivas, incentivos tributarios • Instrumentos de participación y manejo de conflictos (gobernabilidad) • Instrumentos normativos
Naturaleza jurídica de la aguas en Colombia • Bien de Dominio público: • Ríos y aguas que corran por cauces naturales. • Aguas en cauces artificiales • Lagos, lagunas, ciénagas, pantanos, humedales • Aguas atmosféricas • Corrientes subterráneas • Aguas lluvias • Aguas privadas cuyo dominio se extinga • Embalses de formación natural o artificial • Edáficas • Subálveas • Las de los nevados y glaciares • Las ya utilizadas, servidas o negras • Excepcionalmente pueden existir aguas privadas: (absoluto, exclusivo y perpetuo)
Formas de acceder al uso Ministerio de la ley. Es el derecho de todos los habitantes para utilizar las aguas de uso público mientras corran por cauces naturales o artificiales, para beber, bañarse, abrevar animales, lavar ropa y otros fines similares. Concesión. Salvo el uso por ministerio de la ley, sólo puede hacerse uso de las aguas por medio de concesión. Permiso. Para el uso temporal de partes delimitadas de recursos naturales renovables de dominio público. El permiso está previsto en la legislación de aguas para otorgar derechos de explotación y ocupación de cauces, como la extracción aguas, como piedra y arena. d) Asociación.
COBROS POR EL USO DEL AGUA TASO POR USO DEL AGUA TASA RETRIBUTIVA POR VERTIMIENTOS PUNTUALES Por el derecho a usar el agua Por la utilización directa o indirecta del agua y del suelo, para introducir o arrojar desechos o desperdicios
TASAS POR USO Hecho Generador. Dará lugar al cobro de esta tasa, la utilización del agua en virtud de concesión, por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas. Sujeto activo. Autoridad ambiental Sujeto pasivo. Están obligadas al pago de la tasa por utilización del agua todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que utilicen el recurso hídrico en virtud de una concesión de aguas. Base Gravable. La tasa por utilización del agua se cobrará por el volumen de agua efectivamente captada, dentro de los límites y condiciones establecidos en la concesión de aguas. Tarifa: Establecida por cada autoridad ambiental competente para cada cuenca hidrográfica, acuífero o unidad hidrológica de análisis y está compuesta por el producto de dos componentes: la tarifa mínima (TM) y el factor regional (FR)
TASA RETRIBUTIVA Activo: Las Autoridades Ambientales Competentes Sujeto pasivo de la tasa. Están obligados al pago de la presente tasa todos los usuarios que realicen vertimientos puntuales. Cuando el usuario vierte a una red de alcantarillado, la Autoridad Ambiental Competente cobrará la tasa únicamente a la entidad que presta dicho servicio, sin perjuicio de lo consagrado en el artículo 113 del Decreto 1594 de 1984 o la norma que lo modifique o sustituya. Hecho Generador. Dará lugar al cobro de esta tasa, el hecho de realizar vertimientos puntuales. Base gravable: Se determina a partir de una TARIFA MÍNIMA que se establece anualmente mediante resolución del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
Algunos recursos compartidos Acuíferos compartidos Cuencas compartidas Choco-Darién: Panamá- Colombia Táchira-Pamplonita: Venezuela- Colombia La Guajira: Venezuela Tulcán – Ipiales: Ecuador- Colombia Amazonas: Brasil, Guyana Francesa, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, Ica-Putumayo: Brasil, Ecuador, Perú y Colombia. Negro: Brasil, Venezuela, y Colombia Japurá: Venezuela y Colombia Fuente: Unesco 2008
Procedimiento sancionatorio ambiental Ley 1333 de 2009 Establece una presunción de culpa o dolo del infractor Infracciones pueden ser por violar la norma o por generar daño. Titulares de la potestad sancionatoria: MAVDT, Las Corporaciones Autónomas Regionales, las de Desarrollo Sostenible, las Unidades Ambientales de los grandes centros urbanos, los establecimientos públicos ambientales y la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, UAESPN. Multas diarias hasta de U$1.320.512.oo
FIN Caño cristales