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Presentation Transcript


  1. SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO.“LIQUIDACIÓN DE DERECHOS”DECRETO 2280 DEL 23 DE JUNIO DE 2008 RESOLUCION 069 DEL 6 DE ENERO DE 2011 (INCREMENTO PARA EL AÑO 2011).INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA 18 DEL 25 DE AGOSTO DE 2011 ASUNTO: ESTANDARIZACION LIQUIDACION DERECHOS DE REGISTRO.DECRETO 2157 DE 1995.INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA NO 1110 DE ABRIL DE 2003 (MEJORAMIENTO DE VIVIENDA CON SUBSIDIO). EFRÉN CRUZ AUXILIAR ADMINISTRATIVO ORIP-N

  2. RESOLUCION 69 DEL 6 ENERO DE 2011TARIFAS DE DERECHOS POR CONCEPTO DEL REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOSCAPITULO IACTUACIONES REGISTRALESARTICULO 1 TARIFA ORDINARIA PARA LA INSCRIPCION DE DOCUMENTOSLA INSCRIPCIÓN DE LOS TÍTULOS, ACTOS Y DOCUMENTOS QUE DE ACUERDO CON LA LEY ESTAN SUJETOS A REGISTRO CAUSARÁN LOS SIGUIENTES DERECHOS A CARGO DEL SOLICITANTE:

  3. LA SUMA DE CATORCE MIL SETECIENTOS TREINTA PESOS ($14.730.oo) POR CADA UNO DE LOS ACTOS QUE POR SU NATURALEZA CAREZCAN DE CUANTÍA EN EL DOCUMENTO OBJETO DE INSCRIPCIÓN. SALVO LOS CASOS PREVISTOS EN ESTE DECRETO, TAMBIEN DEBERA CANCELARSE LA SUMA DE DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA PESOS ($2,270.oo) POR CADA FOLIO DE MATRICULA ADICIONAL DONDE DEBA INSCRIBIRSE EL DOCUMENTO.EN LOS ACTOS O NEGOCIOS JURÍDICOS QUE POR SU NATURALEZA TIENEN CUANTIA, SE APLICARÁ LA TARIFA DEL CINCO POR MIL (5x1000); EN TODO CASO, EL VALOR MÍNIMO A RECAUDAR POR DERECHOS REGISTRALES SERÁ LA SUMA DE CATORCE MIL SETECIENTOS TREINTA PESOS ($14.730.oo).

  4. CUANDO LA CUANTÍA DEL ACTO CONSIGNADA EN EL DOCUMENTO A REGISTRAR FUERE INFERIOR AL AVALÚO CATASTRAL O AL AUTOAVALÚO, LOS DERECHOS REGISTRALES SE LIQUIDARÁN CON BASE EN ESTOS ÚLTIMOS, SEGÚN EL CASO;LA SUMA DE DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA PESOS ($2.270.oo) POR CADA MATRICULA QUE DEBA ABRIRSE;LA SUMA DE CATORCE MIL SETECIENTOS TREINTA PESOS ($14.730.oo) POR LA INSCRIPCION O REVOCATORIA DE TESTAMENTOS.PARÁGRAFO 1 LOS DERECHOS DE REGISTRO A QUE SE REFIERE EL PRESENTE ARTÍCULO SE CAUSARÁN SEPARADAMENTE POR CADA UNO DE LOS ACTOS O CONTRATOS, AUN CUANDO ESTOS APAREZCAN CONTENIDOS EN EL MISMO INSTRUMENTO O DOCUMENTO.

  5. PARÁGRAFO2 PARA DETERMINAR LA BASE DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO EN LA TRANSFERENCIA DE DERECHOS DE CUOTA A CUALQUIER TITULO O DE UNA PORCION SEGREGADA DE OTRO INMUEBLE, SE TENDRÁ EN CUENTA EL PORCENTAJE DEL DERECHO O DEL ÁREA ENAJENADA QUE SE CONSIGNE EN EL INSTRUMENTO, SEGÚN EL CASO, SIGUIENDO LO PREVISTO EN EL LITERAL b) DEL PRESENTE ARTICULO. SI EL PORCENTAJE DEL DERECHO O EL ÁREA ENEJENADA NO SE SEÑALAN, LOS DERECHOS DEL REGISTRO SE LIQUIDARÁN SOBRE EL CIENTO POR CIENTO (100%) DEL AVALUO CATASTRAL.

  6. EJEMPLODE UN PREDIO DE EXTENSIÓN DE 1200 METROS CUADRADOS SE ENAJENAN 273 METROS CUADRADOS, EL LOTE DE MAYOR EXTENSIÓN FIGURA CON UN AVALÚO DE CUARENTA MILLONES DE PESOS ($40.000.000.oo) Y A LA FRACCIÓN SEGREGADA SE LE DA UN VALOR DE SIETE MILLONES DE PESOS ($7.000.000.oo). DENTRO DEL TEXTO DE ESTA ESCRITURA DETERMINAN AREA Y LINDEROS DE LA PORCION SEGREGADA ASI COMO TAMBIEN LA PARTE RESTANTE, DE ACUERDO AL DECRETO 2157 DE 1995SOLUCIONSE DIVIDE EL AVALÚO TOTAL ENTRE EL CANTIDAD DE METROS CUADRADOS TOTALES Y LOS MULTIPLICO POR LOS METROS CUADRADOS ENAJENADOS Y ESTE RESULTADO SE COMPARA CONTRA EL VALOR DADO EN EL CONTRATO40.000.000 _____________ * 273 = 9.100.0001200

  7. ESTE ES EL VALOR QUE SE TOMA COMO BASE DE LIQUIDACIÓN9.100.000 * 5 ________________= 45.5001000COMO ES ENAJENACION PARCIAL SE LE SUMA LA APERTURA DE UNA MATRICULA $2.300.ooPARA UN TOTAL DE $47.800.oo

  8. EJEMPLOSE ENAJENA EL 30% DE UN INMUEBLE CUYO AVALUO CATASTRAL ES DE CIEN MILLONES DE PESOS ($100.000.000.oo) AL PORCENTAJE DE ESTA ENAJENACIÓN SE LE DA UN VALOR DE VEINTE Y CINCO MILLONES DE PESOS ($25.000.000.oo)SOLUCIÓN100.000.000 * 30% = 30.000.000 ESTE VALOR COMO ES SUPERIOR AL DADO EN EL CONTRATO, SE TOMA COMO BASE DE LIQUIDACIÓN

  9. PARÁGRAFO3 CUANDO LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LO DECLARADO CONSISTAN EN PRESTACIONES PERIÓDICAS DE PLAZO DETERMINABLE CON BASE EN LOS DATOS CONSIGNADOS EN EL INSTRUMENTO O DOCUMENTO, LOS DERECHOS REGISTRALES SE LIQUIDARÁN TENIENDO EN CUENTA LA CUANTÍA TOTAL DE TALES PRESTACIONES.SI EL PLAZO FUERE INDETERMINADO, LA BASE DE LA LIQUIDACION SERÁ EL MONTO DE LA MISMA EN CINCO (5) AÑOS

  10. EJEMPLOSE ENTREGA EN ARRENDAMIENTO UN INMUEBLE CON UN CANON PACTADO DE UN MILLON DOSCIENTOS MIL PESOS MENSUALES, POR UN PERIODO DE 12 AÑOS SOLUCION12 * 12 = 144 MESES144 * 1.200.000 = 172.800.000 ESTA ES LA BASE DE LA LIQUIDACIÓN172.800.000 * 5 _____________________= 864.0001000 ESTE ES EL VALOR A PAGAR POR DERECHOS

  11. EJEMPLO SE ENTREGA EN ARRENDAMIENTO UN INMUEBLE Y SE PACTA UN CANON TRIMESTRAL EQUIVALENTE A 10 SALARIOS MINIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTESSOLUCIÓN5*12= 60 MESES60 ____= 20 TRIMESTRES 310*535.600=5.350.6005.350.600*20=107.012.000ESTA ES LA BASE DE LA LIQUIDACIÓN107.012.000*5 ____________________= 535.0601000ESTE ES EL VALOR A PAGAR SE APROXIMA A $535.100

  12. PARÁGRAFO4 LOS DERECHOS DE REGISTRO EN LOS INSTRUMENTOS PÚBLICOS CONTENTIVOS DE DECLARACIÓN DE MEJORAS O DE CONSTRUCCIÓN, ASÍ COMO LOS DE TRANSFERENCIA DE LA NUDA PROPIEDAD, SE LIQUIDARÁN CON BASE EN EL VALOR CONSIGNADO EN EL DOCUMENTO Y A FALTA DE ESTE, POR EL AVALÚO O AUTOAVALÚO CATASTRAL DEL INMUEBLE Y NO SE APLICARA LO PREVISTO EN EL INCISO 2 DEL LITERAL b) DEL ARTICULO 1 DE ESTA RESOLUCION.EJEMPLOEN UN DOCUMENTO TRANSFIEREN LA NUDA PROPIEDAD DE UN INMUEBLE POR UN VALOR DE VEINTE MILLONES DE PESOS ($20.000.000.oo) Y EL USUFRUCTO EN DIEZ Y OCHO MILLONES DE PESOS ($18.000.000.oo) EL CITADO INMUEBLE TIENE UN AVALÚO CATASTRAL DE CUARENTA MILLONES DE PESOS ($40.000.000.oo)

  13. SOLUCIONEN RAZON A QUE LOS COMPONENTES DE LA PROPIEDAD PLENA ESTA POR DEBAJO DEL AVALÚO ENTONCES SE TOMA ÉSTE COMO BASE DE LIQUIDACIÒN Y NO SE LIQUIDARÁ USUFRUCTO POR APARTE EN RAZON A QUE SE ESTA VENDIENDO Y NO SE ESTA NI RESERVANDO NI CONSTITUYENDO40.000.000*5 ______________=200.0001000EJEMPLOSE TRANSFIERE EL PLENO DOMINIO DE UN INMUEBLE Y SE CONSTITUYE USUSFRUCTO A FAVOR DE UN TERCERO A ESTA TRANSACCIÓN LE DAN UN VALOR DE TREINTA MILLONES DE PESOS ($30.000.000.oo) ESTE INMUEBLE TIENE UN AVALUO DE TREINTA MILLONES DE PESOS ($25.000.000.oo)

  14. SE TOMA EL VALOR DADO A LA NEGOCIACIÓN EN RAZON A QUE ES SUPERIOR A AL AVALÚO Y SE LIQUIDA LA CONSTITUCION DE USUFRUCTO COMO ACTO SIN CUANTIA30.000.000*5 ______________=150.0001000 150.000 + 14.700= 164.700 SE TRANSFIERE LA NUDA PROPIEDAD DE UN APARTAMENTO Y UN GARAJE CON MATRICULA INMOBILIARIA INDEPENDIENTE Y LOS VENDEDORES SE RESERVAN EL USUFRUCTO A ESTA TRANSFERENCIA LE DAN UN VALOR DE QUINCE MILLONES DE PESOS ($15.000.000.oo) ESTOS INMUEBLES TIENEN UN AVALÚO CATASTRAL DE TREINTA Y OCHO MILLONES DE PESOS ($38.000.000.oo) Y DOS MILLONES DE PESOS PESOS ($2.000.000.oo) RESPECTIVAMENTE

  15. SOLUCIÓNSE TOMA EL VALOR CONSIGNADO EN EL DOCUMENTO EN RAZON A QUE SE ESTA RESERVANDO EL USUFRUCTO15.000.000*5 ______________=75.0001000SE SUMA EL USUFRUCTO Y UNA INSCRIPCIÓN75.000+14.700+2.300=92.000

  16. ANEXOLEY 546 DEL 23 DE DICIEMBRE DE 1999.ACTUACION ADMINISTRATIVA 27 DEL 5 DE NOVIEMBRE DE 2004 ASUNTO: UNIFICACION DE NOMENCLATURA.ACTUACION ADMINISTRATIVA 13 DEL 12 DE MAYO DE 2004 ASUNTO: DERECHOS DE REGISTRO EN EJERCIO DE JURIDICCION COACTIVA.INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA 02 DEL 25 DE FEBRERO DE 1999 ASUNTO: DE ESCISION DE SOCIEDADES QUE IMPLIQUE TRANSFERENCIA DE INMUEBLES ES UN ACTO SIN CUANTIA.INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA 19 DEL 6 DE OCTUBRE DE 2009 ASUNTO: LEY 1116 DE 2006 REGIMEN DE INSOLVENCIA EMPRESARIAL.

  17. 2. Usufructo INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA 18 DEL 25-08-20102.1. Si en el mismo instrumento se celebra compra venta con la constitución de usufructo, para la liquidación de la compraventa, se tomará como base el mayor valor entre el avalúo catastral o autoavalúo comercial y el del contrato; el usufructo, se liquidará como un acto sin cuantía.2.2. En los casos en los que se vende la nuda propiedad y el usufructo en un mismo instrumento y cuyo valor sumando ambos conceptos, dé como resultado un valor inferior al del avalúo catastral o auto avalúo comercial, para realizar la liquidación se deberá aplicar lo establecido en el inciso segundo literal b, artículo 1 del Decreto 2280 de 2008 el cual establece que

  18. “cuando la cuantía del acto consignado en el documento a registrar fuera inferior al avalúo catastral o al auto avalúo, los Derechos registrales se liquidarán con base en estos últimos según el caso”. 2.3. Si en el mismo instrumento se celebra la transferencia de la nuda propiedad con lareserva de usufructo, para la liquidación de la compraventa, se tomará como base elvalor pactado por las partes en el contrato y solo a falta de éste por el avalúo catastral oauto avalúo comercial; el usufructo, se liquidará como un acto sin cuantía

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