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El nuevo Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones. La Profesionalización del Sector

El nuevo Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones. La Profesionalización del Sector. Jerez , Octubre 2004. Seminario Nuevo Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones. 2. Pág. I. Esquema. 4. II. Planes de Empleo . 11. III. Planes de Promoción Conjunta . 17.

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El nuevo Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones. La Profesionalización del Sector

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  1. El nuevo Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones. La Profesionalización del Sector Jerez, Octubre 2004 Seminario Nuevo Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones

  2. 2 Pág. I. Esquema 4 II. Planes de Empleo 11 III. Planes de Promoción Conjunta 17 IV. Aspectos Financieros 23 V. Gestión de Terceros 27 VI. Normas GIPS 32 VII. El Mercado de Planes de Pensiones

  3. Introducción En los siguientes minutos se va a repasar en líneas generales el funcionamiento de los planes de pensiones del sistema de empleo y las novedades introducidas por el nuevo Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones. Estas novedades obligaran a muchos planes de pensiones a introducir las correspondientes modificaciones al objeto de cumplir con los requerimientos exigidos por esta nueva regulación. No obstante, vamos a detenernos a analizar la figura del plan de promoción conjunto, como instrumento que permite optimizar la gestión y administración de los activos afectos a los planes. Por otro lado, este reglamento introduce la capacidad de las comisiones de control de tomar sus propias decisiones de inversión, así como de controlar el efecto de las rentabilidades y los costes aplicados a los planes de pensiones por las instituciones que gestionan y administran dichos planes. A estos efectos se explicará, las tendencias de autorregulación de algunas instituciones con respecto a las normas de valoración de los activos afectos a los planes de pensiones, su periodicidad y sobre todo la obligatoriedad de informar y cómo informar. Hemos decidido bautizar a esta jornada con el subtítulo de la profesionalización del sector, debido a la mayor complejidad y responsabilidad que están asumido todos los actores que intervienen en los planes y fondos de pensiones. Hasta ahora se ha dejado en manos de la entidad gestora tareas tan importantes como la decisión de la selección de los sectores, países, zonas, y tipos de activos para alcanzar una determina tasa de rentabilidad. No se conoce cómo se está valorando, qué criterios se utilizan, qué información necesitamos para realizar nuestra función de control. Todos estos puntos deberán ser tratadas y estudiados por las comisiones de control, junto con sus asesores actuariales y financieros. Como director de M&F Consulting, quiero agradecer a todos los presentes su atención e interés durante esta exposición y sobre todo al presidente de la Comisión de Control del Fondo Jerez, D. Manuel Monge, sin su concurso no hubiera sido posible esta conferencia.

  4. 2 Pág. I. Esquema 4 II. Planes de Empleo 11 III. Planes de Promoción Conjunta 17 IV. Aspectos Financieros 23 V. Gestión de Terceros 27 VI. Normas GIPS 32 VII. El Mercado de Planes de Pensiones

  5. Planes de Pensiones del Sistema de Empleo En los planes de pensiones del sistema de empleo el promotor sólo podrá serlo de uno, al que exclusivamente podrán adherirse como partícipes los empleados de la empresa promotora. Asimismo, el empresario individual o profesional independiente, que emplee trabajadores en virtud de relación laboral, podrá promover un plan de pensiones del sistema de empleo en interés de éstos en el que también podrá figurar como partícipe. Varias empresas o entidades, incluidos los empresarios individuales, podrán promover conjuntamente un plan de pensiones de empleo PROMOTOR Trabajadores por cuenta ajena o asalariados, en concreto, al personal vinculado al promotor por relación laboral, incluido el personal con relación laboral de carácter especial. Personal de las Administraciones y entes públicos promotores vinculado por relación de servicios dependiente regulada en normas estatutarias o administrativas. Las especificaciones del plan podrán prever la incorporación a éste como partícipes de trabajadores que con anterioridad hubieran extinguido la relación laboral con el promotor respecto de los cuales éste mantenga compromisos por pensiones que se pretendan instrumentar en el plan de pensiones. La condición de partícipes también podrá extenderse a los socios trabajadores y de trabajo en los planes de empleo promovidos en el ámbito de las sociedades cooperativas y laborales, si así se prevé en las especificaciones del plan promovido por la sociedad. SUJETOS CONSTITUTYENTES Sujetos constituyentes- Comisión Promotora PARTICIPES

  6. Desarrollo del Plan [ Nacimiento] Proyecto del plan El promotor , elaborará el proyecto inicial del plan, y comunicará a los partícipes • Designación directa de los miembros de la comisión promotora por parte de la comisión negociadora del convenio, • Designación de los representantes de empleados por acuerdo de la mayoría de los representantes de los trabajadores en la empresa. Constitución C. Promotora. Proceso electoral Nacimiento (promoción) Dictamen actuarial Sólo cuando sean planes de la modalidad Prestación Definida o Mixta Solicitud de Integración en F. Pensiones Reconocida en Convenio Colectivo Automática Según Reglamento Plan Al cumplir requisitos Adhesión de partícipes

  7. Desarrollo del Plan [Comisión de Control] Funciones Régimen de Acuerdos Composición Aportación definida Decisiones Política Inversiones [50% de partícipes] Prestación Definida y Mixtos. Decisiones Coste del Plan [50% de promotor]] El número de miembros se define en las especificaciones del plan, pero siempre tiene que tener un 50% el Promotor. En virtud de los acuerdos de negociación colectiva podrá establecerse una distribución distinta. En las especificaciones debe establecerse el número y distribución de los partícipes y beneficiarios. Se pueden establecer sistemas de representación para los partícipes y beneficiarios de los distintos subplanes que integran el plan de pensiones. Supervisar el cumplimiento de las cláusulas del plan en todo lo que se refiere a los derechos de sus partícipes y beneficiarios. Seleccionar el actuario o actuarios que deban certificar la situación y dinámica del plan y designar al actuario independiente para la revisión del plan. Proponer y, en su caso, acordar las modificaciones que estime pertinentes sobre aportaciones, prestaciones u otras variables o aspectos del plan de pensiones. Nombrar los representantes de la comisión de control del plan en la comisión de control del fondo de pensiones al que esté adscrito y supervisar la adecuación del saldo de la cuenta de posición del plan, en su respectivo fondo de pensiones, a los requerimientos del régimen financiero del propio plan. Proponer y, en su caso, decidir en las demás cuestiones sobre las que el texto refundido de la ley y este reglamento le atribuye competencia. Representar judicial y extrajudicialmente los intereses colectivos de los partícipes y beneficiarios en relación con el plan de pensiones Comisión de Control

  8. Desarrollo del Plan [Comisión de Control] Decisiones que afectan a la política de inversión La elección y cambio de fondo de pensiones. La delegación en la entidad gestora de funciones y facultades relativas a los derechos derivados de las inversiones, así como la contratación de la gestión y/o depósito de activos con terceras entidades. El ejercicio de derechos inherentes a los títulos y demás activos. La selección, adquisición, disposición, realización o garantía de activos. La canalización de recursos del plan a otro fondo o adscripción del plan a varios fondos. Comisión de Control Decisiones que afectan al coste económico Las modificaciones de las especificaciones que afecten al sistema de financiación y cobertura de cualesquiera contingencias, régimen de aportaciones y prestaciones, sistema financiero del plan, así como al cálculo, movilidad o liquidez de los derechos consolidados. La modificación de la base técnica del plan y la contratación de seguros u otras garantías de las prestaciones. Los acuerdos sobre aplicación de excedentes o tratamiento del déficit que se pongan de manifiesto en el plan de pensiones. Los acuerdos de la comisión de control del plan que afecten a la política de inversión.

  9. Desarrollo del Plan [ Modificaciones] Modificaciones Las modificaciones del plan deben estar recogidas en el reglamento del plan de pensiones. Pero estas mismas modificaciones se pueden realizar mediante el régimen de acuerdos que se determine, mediante acuerdo colectivo entre la empresa y los representantes de los trabajadores. Revisiones Deben efectuarse con una periodicidad mínima trianual, por un actuario, que debe ser designado por la comisión de control. La revisión hasta ahora sólo era actuarial, a partir de la entrada en vigor de este reglamento aparece la revisión financiera. El contenido mínimo de estas revisiones se expone en los cuadros siguientes: PASIVO ( Dictamen Actuarial) ACTIVO ( Dictamen Financiero) Modificaciones y Revisiones • Descripción del plan • Datos del colectivo valorado • Metodología actuarial • Hipótesis utilizadas • Análisis de aportaciones, prestaciones y derechos consolidados y económicos. • Resultados y análisis de las valoraciones actuariales • Análisis de la cuenta de posición del Plan • Análisis de la solvencia del plan • Proyecciones efectuadas hasta la próxima revisión actuarial • Conclusiones y recomendaciones • Criterios básicos de la política de inversiones • Características de los activos que integran la cartera • Establecimiento de índices que reflejan l a política y estrategia de inversión. • Análisis de las posibles desviaciones • Políticas de gestión y distribución de activos. • Análisis de sensibilidad de las inversiones • Análisis de la duración de las carteras y congruencia de plazos de acuerdo con las obligaciones de cada plan.

  10. Planes de Promoción Conjunta [ Sujetos Constituyentes ] ¿ A quién van dirigidos? • Pequeñas Empresas: El 80% de las empresas españolas son Pymes sujetas a convenios sectoriales. • Grupos Empresariales: Hay una tendencia de creación de grupos empresariales con centralización de las funciones corporativas. • Eficiencia en costes: Mejora en la ventaja competitiva de las empresas mediante fusiones y adquisiciones. Promotores • Co – Promotores: Varias empresas, empresarios individuales, entes y organismos de las AAPP, y si lo permite el plan aquellas empresas extranjeras en régimen de agencia, sucursal o establecimiento en España. • Restricciones: Las establecidas en el reglamento del Plan, en donde se puede limitar las empresas promotoras que concurran en el momento de la formalización o apertura de nuevas incorporaciones. ¿Sujetos Constituyentes?

  11. 2 Pág. I. Esquema 4 II. Planes de Empleo 11 III. Planes de Promoción Conjunta 17 IV. Aspectos Financieros 23 V. Gestión de Terceros 27 VI. Normas GIPS 32 VII. El Mercado de Planes de Pensiones

  12. Planes de Promoción Conjunta [ Tipos de Planes ] Aportación Definida Prestación Definida Jubilación SI NO ( Excepto si lo recoge el Conv. Col.) Fallecimiento – Invalidez - SI SI Obligaciones Estipuladas • Las prestaciones tienen que estar definidas en términos y condiciones homogéneas para todos los colectivos. • Un único sistema financiero y un único conjunto de hipótesis para todos los colectivos • Diferenciación de las cuentas de posición por cada empresa promotora, en el fondo o en cada uno de los fondos. • Las revisiones actuariales individualizadas por cada empresa promotora. Deben estar aseguradas mediante contratos de seguro y NUNCA lo podrá garantizar el propio Plan

  13. Planes de Promoción Conjunta [ Formalización ] • Designación directa de los miembros de la comisión promotora por parte de la comisión negociadora del convenio, • Designación de los representantes de empleados 2 Constitución C. Promotora. 1 Proyecto del plan • Mediante Acuerdo colectivo supraempresarial • Concurrencia de al menos dos empresas 4 3 Integración en F. Pensiones Anexos Empresas Promotoras Creación de los Planes 5 5 Incorporación de nuevas Eª Constitución C. Control Máximo 12 meses desde constitución C. Promotora Aprobación por C. Control o c. Promotora. (delegación en E. Gestora) Comunicación en 30 días a DGSPF

  14. Planes de Promoción Conjunta [Representación] Representación Conjunta Representantes del colectivo de promotores, partícipes y beneficiarios sin diferenciarse específicamente por empresas. La incorporación de una nueva empresa no altera la composición. Representación Agregada Comisión de Control Representación específica del Promotor, Partícipes y beneficiarios por cada una de las empresas. Las nuevas altas de empresas suponen nuevas incorporaciones a la Comisión de Control de los representantes, en un plazo de 12 meses desde la admisión al plan. La atribución de representantes nunca podrá ser en función de los intereses económicos de cada promotor o colectivo.

  15. Planes de Promoción Conjunta [ Modificación] • La modificación de las especificaciones se podrá realizar mediante los procedimientos y acuerdos previstos en las especificaciones. Las especificaciones podrán prever que la modificación del régimen de prestaciones y aportaciones y, en su caso, la consiguiente adaptación de la base técnica, pueda ser acordada, en su caso, mediante acuerdo colectivo entre la representación de las empresas y los trabajadores en el ámbito supraempresarial. Para la modificación de condiciones particulares contenidas en los anexos de cada empresa se estará al procedimiento previsto en ellos, sin que los correspondientes acuerdos puedan modificar o dejar sin efecto las condiciones generales de las especificaciones del plan. La modificación del anexo podrá realizarse por acuerdo adoptado entre la empresa y la representación de sus trabajadores. • Corresponde a la comisión de control del plan formalizar las modificaciones de los anexos que se hubiesen acordado. La comisión de control del plan designará al actuario que haya de efectuar la revisión actuarial en su caso, la cual comprenderá la evaluación individualizada relativa a cada empresa promotora, así como del plan de pensiones en su conjunto. Si se planteara la necesidad o conveniencia de introducir variaciones en las aportaciones, prestaciones o en otras variables, se someterá la cuestión a la comisión de control del plan para que acuerde o proponga lo que estime procedente. Si las variaciones propuestas afectan a una o más empresas individualizadamente, las modificaciones se efectuarán conforme a lo previsto para la modificación del anexo. En los planes de prestación definida, si como resultado de la revisión actuarial se planteara la conveniencia de introducir variaciones en las aportaciones y contribuciones y/o en las prestaciones previstas por alguna de las empresas promotoras, se someterá, previo acuerdo de los representantes de los trabajadores y de la empresa afectada, a la comisión de control del plan para que proponga o acuerde lo que estime procedente. Modificaciones

  16. Planes de Promoción Conjunta [ Separación] Una entidad adherida a un plan de promoción conjunta podrá en cualquier momento promover su propio plan de pensiones de empleo, y proceder a la separación de aquel por acuerdo de la comisión promotora del nuevo plan. Así mismo podrá efectuarse la separación de la empresa para la integración de los compromisos en otro plan de promoción conjunta, en virtud de acuerdo colectivo entre la empresa y la representación de sus trabajadores. El acuerdo de separación dará lugar al traslado de los partícipes y beneficiarios y sus derechos consolidados y económicos al plan de destino. Si en virtud de operaciones societarias una entidad resulta a la vez promotora del plan de promoción conjunta y de otro u otros planes del sistema de empleo, en el plazo de 12 meses desde la operación societaria deberá procederse a la integración de sus partícipes y beneficiarios de los distintos planes y sus derechos consolidados y económicos en un único plan. En su caso, procederá la separación del plan de promoción conjunta si se acuerda la concentración en uno distinto de aquel. La comisión de control del plan de empleo de promoción conjunta podrá acordar la separación de una entidad promotora cuando ésta deje de reunir las condiciones o criterios generales establecidos en aquéllas para la adhesión y permanencia de las empresas en el plan. Cuando la separación implique un cambio de fondo de pensiones, una vez formalizado el nuevo plan de pensiones de la empresa a separar o formalizada la incorporación a otro plan de promoción conjunta, se efectuará el traslado de los derechos de los partícipes y beneficiarios afectados en el plazo de un mes desde que se acredite ante el fondo de pensiones de origen la formalización referida, plazo que la comisión de control del fondo podrá extender hasta tres meses si el saldo es superior al 10 por ciento de la cuenta de posición del plan. La separación no dará lugar a descuento o penalización alguna sobre los derechos económicos de los partícipes y beneficiarios afectados. Separación de Entidades promotoras

  17. 2 Pág. I. Esquema 4 II. Planes de Empleo 10 III. Planes de Promoción Conjunta 17 IV. Aspectos Financieros 23 V. Gestión de Terceros 27 VI. Normas GIPS 32 VII. El Mercado de Planes de Pensiones

  18. Aspectos Financieros [Principios Generales Inversiones] Los activos serán invertidos en interés de los partícipes y beneficiarios La gestión será realizada por personas honorables y que posean la adecuada cualificación profesional La comisión de control del fondo de pensiones, elaborará una declaración de principios de la política de inversión Los activos se invertirán en mercados regulados Los activos se invertirán con criterios de seguridad, rentabilidad, diversificación, dispersión, liquidez, etc La comisión de control del fondo de pensiones ejercerá los derechos inherentes a los valores integrados en beneficio de los partícipes y beneficiarios Los activos corresponden proporcional y colectivamente a todos los planes adscritos y a sus partícipes y beneficiarios

  19. Aspectos Financieros Activos aptos para la inversión de los Fondos de Pensiones >70% Activos financieros admitidos a negociación en mercados regulados <30% Valores no negociados en mercados regulados. • Valores y derechos de renta fija y variable admitidosa negociación en mercados regulados • Acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva. • Depósitos en entidades de crédito que sean a la vista. • Bienes inmuebles o derechos reales inmobiliarios. • Créditos hipotecarios, créditos frente a la Hacienda Pública por retenciones a cuenta de Impuesto sobre sociedades, y créditos pignoraticios. • Instrumentos financieros derivados, admitidos a negociación en mercado organizado. El coeficiente de liquidez de los fondos de pensiones, deberá mantenerse en depósitos a la vista y en activos del mercado monetario con vencimiento < 3 meses. • Sin limitación de transmisión • Emisor con sede social en algún país de la OCDE • La Entidad Emisora deberá auditar sus estados financieros anualmente de forma externa e independiente • Los Fondos de pensiones gestionados por una misma Entidad Gestora, su inversión en activos no negociados no podrá suponer el control sobre la entidad sobre la que se invierte. • La inversión no podrá tener lugar en Entidades que tengan, una participación significativa en el grupo de la entidad gestora como en el grupo donde se invierta. • No podrán invertir en valores no negociados emitidos por el grupo económico de la gestora o de los promotores de los planes de pensiones integrados en los fondos gestionados. Activos aptos para la inversión de los Fondos de Pensiones

  20. Aspectos Financieros Requisitos de los instrumentos financieros Renta Fija y Variable • Sin limitación para su transmisión • Emitidos por entidades con sede en la OCDE • Emisor auditado con informe favorable • Que no suponga control sobre la entidad en que se invierte • “Sin intereses cruzados” Mercado Monetario • Estar emitidos o garantizados por entes públicos • Emitidos por empresas cuyos valores se negocien en mercado regulado Instrumentos derivados sobre tipos de interés, tipos de cambio, acciones, dividendos e índices bursátiles • Contraparte domiciliada en OCDE sujeta a supervisión, profesional y solvente • Liquidable en cualquier momento, con cotización diaria y diferencial compra/venta fijado en contrato • Con cláusula contractual indicando método de valoración • Si la contrapartida pertenece al mismo grupo que la “entidad aseguradora” probar que se realiza a precios de mercado. Requisitos de los activos

  21. Aspectos Financieros [Valoración] Criterios de Valoración de los Fondos de Pensiones • Los valores de Renta Fija y Variable se valorarán por su valor de realización. • Los inmuebles por el valor de tasación. • Créditos por su valor actual, con límite máximo de su garantía. • Los fondos de pensiones tienen que valorarse diariamente. Criterios de Valoración Se debe tener un precio o valor liquidativo diario único, que se aplicará a la hora de realizar una aportación, pagar una prestación o efectuar una movilización. Con el objeto de prevenir las posibles especulaciones contra el fondo de pensiones, es posible diferir el valor de un fondo a D+1, es decir que los movimientos económicos toman valor al día siguiente del momento efectuado. Este es el punto más opaco de la gestión de los fondos de pensiones, puesto que a la hora de valorar los fondos se deben periodificar todos los ingresos y gastos en que incurre el fondo y muchas veces las comisiones de arbitraje son imposibles de detectar, en el precio de participación.

  22. Aspectos Financieros [Retribución] Comisión de Gestión, como máximo el 2% anual equivalente del patrimonio de fondo. ( Entidad Gestora) Comisión de Depósito, máximo del 0,5 % anual equivalente del patrimonio del fondo. (Entidad Depositaria) Se permite el fijar comisiones de “éxito” en función de los resultados del gestor, pero en ningún caso se pueden superar los costes máximos. Es público y por eso debe informarse a la DGSPFP las cuantías de las comisiones de gestión y depósito. Cuando un fondo de pensiones o un plan de pensiones del sistema de empleo invierta a través de fondos de inversión, los límites actúan conjuntamente con las comisiones a percibir por las distintas gestoras o instituciones La retribución de la Gestora y de la Depositaria Retribuciones de las Entidades gestoras y Depositarias

  23. 2 Pág. I. Esquema 4 II. Planes de Empleo 10 III. Planes de Promoción Conjunta 17 IV. Aspectos Financieros 23 V. Gestión de Terceros 27 VI. Normas GIPS 32 VII. El Mercado de Planes de Pensiones

  24. Aspectos Financieros [ Gestión de Terceros] Las entidades gestoras de fondos de pensiones podrán contratar la gestión de los activos financieros de los fondos de pensiones que administran con terceras entidades. El contrato de gestión tendrá por objeto la gestión individualizada de una cartera de activos financieros propiedad de un fondo de pensiones por parte de la entidad de inversión La entidad de Inversión asume la selección de inversiones y la emisión de órdenes de compra y venta por cuenta del fondo de pensiones exclusivamente. Cuando se hubiese contratado la gestión de activos financieros, las entidades depositarias de los fondos de pensiones podrán contratar el depósito de dichos activos con otras entidades. Gestión de Terceros Gestión de Terceros

  25. Aspectos Financieros [ Gestión de Terceros] En los últimos años los mercados financieros han experimentado profundos cambios por la globalización de la economía, la aparición de nuevos instrumentos y productos financieros, la introducción del euro, etc. En España, uno de los efectos más evidentes de la incorporación al euro ha sido una mayor estabilidad macroeconómica y un drástico descenso de los tipos de interés. Un entorno al que nos tenemos que acostumbrar para el futuro. Una posible vía de incrementar la rentabilidad de la deuda pública es a través de inversiones en emisores privados, pero a cambio de asumir un mayor riesgo. Gestión de Terceros

  26. Aspectos Financieros [ Gestión de Terceros] El contenido del contrato de gestión de activos La gestión de los activos financieros se realizará, de forma diferenciada e individualizada, directamente por la entidad de inversión. La aceptación expresa por parte de la entidad de inversión de los criterios y límites establecidos en la normativa española sobre planes y fondos de pensiones. La entidad gestora del fondo de pensiones establecerá cuantas condiciones adicionales considere necesarias para garantizar el cumplimiento de los criterios y límites establecidos en la normativa española sobre planes y fondos de pensiones y un adecuado control de las inversiones en activos financieros objeto del contrato. Los límites de diversificación y dispersión y las condiciones cuantitativas y cualitativas de las inversiones que se consideren necesarias para garantizar una prudente gestión y un adecuado control del patrimonio gestionado por la entidad de inversión. Contratación

  27. 2 Pág. I. Esquema 4 II. Planes de Empleo 10 III. Planes de Promoción Conjunta 17 IV. Aspectos Financieros 23 V. Gestión de Terceros 27 VI. Normas GIPS 32 VII. El Mercado de Planes de Pensiones

  28. Las Normas GIPS [Global Investment Performance Standard] No siempre el valor de la cartera, es fiel reflejo del precio de los activos que la componen. Diferencial entre la hora de cierre de mercados y cuando el gestor realiza la valoración Títulos con escasa liquidez Los gestores cuentan con mecanismos para reducir el impacto negativo de estas anomalías: Instrumentos que replican un activo de la cartera del fondo que se negocia en otro mercado que sí está abierto al realizar lavaloración Utilizar como sustituto un ADR, o cesta de valores internacionales negociada en la bolsa de Nueva York. Sin embargo los gestores de las carteras son reacios a a delimitar como se realizan estas estimaciones, lo que también contribuye a la falta de transparencia en la valoración de carteras. La Transparencia debe asegurar a los inversores que sus intereses están por encima de todo, que se deben definir perfectamente las operaciones que se podrán realizar con la cartera. Es especialmente importante la existencia y aplicación de normas de Buen Gobierno Corporativo cuando se trata de vehículos de inversión que canalizan el ahorro de los inversores, como es el caso de los fondos de inversión, los fondos de pensiones y las carteras de gestión discrecional. La práctica de mercado La práctica de meracdo

  29. Las Normas GIPS [Global Investment Performance Standard] • Obtener un estándar internacional para el cálculo y presentación de rendimientos de inversión en un formato comparable y fiel, que muestre una completa información relevante. • Garantizar la exactitud y consistencia de los datos sobre rendimientos de inversión a efectos de su información, mantenimiento de históricos, comercialización y presentación. • Estos Objetivos permiten que las normas GIPS den completa cobertura al principio de transparencia, de acuerdo con lo expuesto por la Comisión Aldama: • Información relevante y completa • Información veraz • Información simétrica y equitativa • Facilitar información mínima con garantías Objetivos GIPS Global Investments Performance Standards Situación Actual • Las normas GIPS, se han convertido a nivel mundial, en sinónimo de transparencia y una referencia necesaria respecto a mejores prácticas en “corporate governance” para las compañías de gestión de activos. Así; • En USA , el 75% de los gestores de activos se han certificado de acuerdo a GIPS • 16 países europeos los han adoptado como normas recientemente. • En Francia su cumplimiento es exigido por la SFAS • La National Association of Pension Funds del Reino Unido a recomendado su cumplimiento, y está estudiando exigirlo a todos sus asociados y a los gestores con los que colaboren.

  30. Las Normas GIPS [Global Investment Performance Standard] Las normas GIPS están divididas en 5 secciones que reflejan que reflejan los elementos básicos involucrados en los rendimientos: • Datos Originales: La consistencia de datos originales es crucial para el cumplimiento de GIPS, y establece la base para obtener presentaciones de rendimientos de manera completa, fiel y comparable. • Metodología de Cálculo: Es necesario la uniformidad en los métodos de cálculo de rentabilidades, para que las presentaciones de rendimientos de las distintas gestoras sean comparables. • Construcción de Agregados: • Un agregado es un conjunto de carteras representativo de un objetivo o estrategia de inversión particular. • La rentabilidad del agregado es una media ponderada por patrimonio de los rendimientos de todas las carteras del agregado. • Información relevante: Información que deben proveer las entidades sobre su presentación de rendimientos y la metodología de cálculo. • Presentación de Informes: Una vez construidos los agregados, reunido los datos originales, calculado las rentabilidades y determinado la información relevante necesaria, la entidad debe incorporar toda esta información en presentaciones. Contenido de las normas GIPS GIPS Global Investments Performance Standards

  31. Las Normas GIPS [Global Investment Performance Standard] Facilitan el dialogo entre los gestores y sus clientes acerca de los rendimientos obtenidos y de cómo se han obtenido. Permite presenta información a clientes actuales y potenciales en cualquier parte acorde con normas aceptadas internacionalmente y conocidas por los inversores. Asegura la precisión y uniformidad de los datos sobre el rendimiento de las inversiones a efectos de informes, contabilidad, marketing y presentaciones. Garantía frente al exterior de una gestión organizada y de calidad, compatible con otro tipo de verificaciones (auditoria estatutaria) o certificaciones (ISO 9002, EFQM). Asegura los más altos estándares de calidad en el modelo interno de gestión adoptado por la sociedad, suponiendo una constante fuente de mejora de los procedimientos internos. Imagen hacia el exterior de la existencia de unos mecanismos de control eficientes de las operaciones. Posibilidad de certificación por parte de un tercero independiente (recomendada por el mercado y obligatoria a partir del 2005). Qué aportan las normas GIPS GIPS Global Investments Performance Standards

  32. 2 Pág. I. Esquema 4 II. Planes de Empleo 10 III. Planes de Promoción Conjunta 17 IV. Aspectos Financieros 11 V. Gestión de Terceros 27 VI. Normas GIPS 32 VII. El Mercado de Planes de Pensiones

  33. El mercado de planes y fondos de pensiones Existen 86 gestoras de planes y fondos de pensiones. Se comercializan 760 planes de pensiones del sistema individual, 1,590 planes de empleo y 205 asociados. El patrimonio total gestionado a marzo de 2004, es de 48,314 millones de euros. La cuenta de posición media de los planes de pensiones individuales es de 35 millones de euros, 13 millones en los de empleo y 3.5 millones en los asociados. Con casi 6 millones de partícipes, el sistema individual supone el 90% del total de todos los sistemas. No obstante el patrimonio medio de los partícipes del sistema de empleo es 8 veces el del sistema individual.

  34. El mercado de planes y fondos de pensiones Partícipes El crecimiento anual medio equivalente (CAGR) de partícipes del sistema individual ha sido del 25%, aunque se ha ralentizado en los dos últimos años. Los partícipes del sistema de empleo han crecido según un CAGR del 17%, aunque los últimos años han crecido por encima de esta tasa debido al vencimiento del plazo de la exteriorización de compromisos por pensiones. Planes de Pensiones El crecimiento anual medio equivalente (CAGR) de planes del sistema individual ha sido del 22%, aunque se ha ralentizado en los dos últimos años al 15% Los partícipes del sistema de empleo han crecido según un CAGR del 22%, aunque los últimos años han crecido por encima de esta tasa, hasta el 29% debido al vencimiento del plazo de la exteriorización de compromisos por pensiones.

  35. Mercado de Planes y Fondos de Pensiones La distribución de planes de pensiones es directamente proporcional a la capacidad de comercialización de la red afecta a la gestora de planes y fondos de pensiones. En el sistema individual, las diez primeras gestoras según patrimonio gestionado tienen el 86% de la cuota de mercado, mientras que sólo tienen el 49% del total de planes de pensiones que se comercializan en el mercado. El sistema de empleo mantiene este mismo esquema, con un 75% de cuota de mercado, según patrimonio gestionado por las 10 primeras y con un 49% de los planes. La cuenta de posición media de los planes de pensiones individuales es de 35 millones de euros, 13 millones en los de empleo y 3.5 millones en los asociados.

  36. Mercado de Planes y Fondos de Pensiones Patrimonio Planes Individuales Un 24% del total de planes de pensiones del sistema individual no llegan a 6 millones de euros de patrimonio. Con una comisión de gestión media de un 1%, implica unos ingresos inferiores a 60,000 euros por año.. De los 618 planes con menos de 6 millones de euros de patrimonio, 410 corresponden a la Gestora Elkarkidetza, y son planes de pensiones de ayuntamientos del País Vasco.

  37. Mercado de Planes y Fondos de Pensiones Patrimonio Planes S. Empleo Un 42% del total de planes de pensiones del sistema empleo no llegan a 200 millones de euros de patrimonio. Con una comisión de gestión media de un 0.3%, implica unos ingresos inferiores a 600,000 euros por año.. Las gestoras con planes de pensiones de menor tamaño son B. Sabadell, Deustche Bank, Swiss Life y Winterthur. Los costes de gestión de los planes de empleo son más elevados debido a la obligatoriedad de mantener reuniones periódicas de Comisión de Control de Plan y la producción de informes específicos para la misma.

  38. Categorías de Planes de Pensiones Individual Existen 760 planes de pensiones individuales, distribuidos en función del porcentaje de inversión en Renta Variable . Estas categorías son, Renta Fija, Renta Fija Mixta I, Renta Fija Mixta II, Renta Variable Mixta y Renta Variable. En función del número de planes comercializados, un 41% corresponden a renta variable y renta variable mixta, pero en función del patrimonio sólo un 16% del patrimonio total corresponde a este tipo de planes. Los planes de pensiones más utilizados son los de renta fija y renta fija mixta II que gestionan el 70% del patrimonio total, mientras que por número de planes sólo tienen el 46% del total de planes.

  39. Categorías de Planes de Pensiones Individual El sistema individual cuenta con aproximadamente 6 millones de partícipes, y un patrimonio medio por partícipe de 4,451 euros. La categoría favorita de los partícipes, es la Renta Fija, en sus distintas categorías con un 75%, mientras que la renta variable sólo es elegida por un 25%. El patrimonio medio más elevado por partícipe corresponde a los planes de renta fija, con casi 6,000 euros, mientras que el menor es el de los planes de renta variable con 2,400 euros. También destaca patrimonio medio por plan menor es el que corresponde a los planes de renta variable con 9 millones de euros, mientras que los planes que cuentan con un mayor patrimonio son los de renta fija mixta II, con una media de 60 millones de euros.

  40. Planes de Pensiones de Renta Fija Rentabilidad Renta Fija A marzo de 2003, hay 191 planes de RF, comercializados por 56 entidades. La rentabilidad a un año ha sido de un 4.39%, aunque la media a tres y cinco años esta alrededor del 3%. Existe una gran desviación entre los distintos planes en las rentabilidades a uno y tres años, lo contrario para los planes con mayor antigüedad. De todas las gestoras con planes de pensiones individuales de renta fija, sólo el Santander y Caixa Sabadell se han mantenido en el primer cuartil de rentabilidades en todas las categorías. No obstante hay que destacar la situación de estabilidad en rentabilidad de los planes de renta fija de Cajasur que se han mantenido en el primer cuartil a partir de los 9 años.

  41. Planes de Pensiones de Renta Fija Mixta 1 Rentabilidad Renta Fija Mixta 1 En marzo de 2003, hay 84 planes de RF Mixta 1, un patrimonio de 3,624 millones de euros y 728 mil partícipes. La rentabilidad a un año ha sido de un -1.16%, aunque la media a tres y cinco años esta alrededor del 1.55% y de 0.28%.. Existe una gran desviación entre los distintos planes en las rentabilidades a uno y tres años, lo contrario para los planes con mayor antigüedad. De todas las gestoras con planes de pensiones individuales de renta fija, sólo Biharko y La Kutka se han mantenido en el primer cuartil de rentabilidades en todas las categorías. La mejor Gestora a 14 años ha Seguros La Estrella, a 9 años, Seguros La Estrella, a 5 años, Seguros La Estrella, a 3 años, Fonditel y a 1 año, también Fonditel.

  42. Planes de Pensiones de Renta Fija Mixta 2 Rentabilidad Renta Fija Mixta 2 En marzo de 2003, hay 158 planes de RF Mixta 2, un patrimonio de 9,472 millones de euros y 2 millones de partícipes. La rentabilidad a un año ha sido de un --6%, aunque la media a tres y cinco años esta alrededor del -3.70% y -0.36%. Los planes con mayor antigüedad tienen rentabilidades medias positivas entre el 9% y el 5%. Existe una gran desviación entre los distintos planes en las rentabilidades a uno y tres años, lo contrario para los planes con mayor antigüedad.

  43. Planes de Pensiones de Renta Variable Mixta Rentabilidad Renta Variable Mixta En marzo de 2003, hay 153 planes, un patrimonio de 3 mil millones de euros y 1 millón de partícipes. La rentabilidad a un año ha sido de un --20%, aunque la media a tres y cinco años esta alrededor del -12% y -4%. Los planes con mayor antigüedad tienen rentabilidades medias positivas entre el 6.5% y el 4%. Existe una gran desviación entre los distintos planes en las rentabilidades a uno y tres años, lo contrario para los planes con mayor antigüedad.

  44. Planes de Pensiones de Renta Variable Rentabilidad Renta Variable En marzo de 2003, hay 147 planes, un patrimonio de 583 millones de euros y 1.3 millones de partícipes. La rentabilidad a un año ha sido de un -33%, aunque la media a tres y cinco años esta alrededor del -10% y -21%. Los planes con mayor antigüedad tienen rentabilidades medias positivas entre el 3% y el 2.5%. Existe una gran desviación entre los distintos planes en las rentabilidades a uno, tres y cinco años, lo contrario para los planes con mayor antigüedad.

  45. M&F Consulting [www.myfconsulting.com] M & F Consulting, aglutina a dos áreas altamente especializadas en consultoría, un área económico-financiera y otra financiero actuarial especializada previsión social. Los más de diez años de experiencia profesional de sus socios han coincidido con la más intensa transformación de la economía española -de su sistema financiero y de sus empresas-, la cualificación académica y técnica de los mismos, así como su extracción multidisciplinar, son garantías de una orientación rigurosa en la práctica de la consultoría. Aunque la orientación inicial de nuestros trabajos, descansó en nuestra especialización en el campo de la previsión social complementaria, en la actualidad M & F Consulting proyecta sus líneas de consultoría a la gestión económica y al apoyo de formulación de estrategias, en el conjunto del sector privado. Desde el conocimiento de la realidad en la que operan nuestros clientes, de la dinámica sectorial en la que están inmersos y de su posicionamiento relativo, nuestra colaboración se asienta sobre una base de continuidad, de respuesta permanente y estrecha relación con los equipos humanos de nuestros clientes. Esa integración permite que nuestro trabajo como consultores asuma un elevado grado de exigencia y dedicación, y, en todo caso, una aportación de resultados: una creación de valor.

  46. M&F Consulting [www.myfconsulting.com] Las fortalezas de M & F Consulting son; una continua innovación tecnológica que permite la incorporación de nuevas tecnologías al proceso del asesoramiento, un estricto control de calidad en los servicios ofrecidos a las empresas, la independencia de cualquier grupo financiero lo que nos permite poner a disposición de todas nuestros clientes nuestro conocimiento y experiencia sin restricciones corporativas, confidencialidad, más allá de las obligaciones que establece el marco jurídico. Siempre se ha mantenido el criterio de no operar como intermediario financiero o de seguros, con el objetivo de mantener una completa independencia en el asesoramiento facilitado a nuestros clientes. Adicionalmente, nuestra vocación de servicio global en el ámbito de la previsión social, nos permite poner a disposición de los clientes de los servicios técnicos, actuariales, financieros y contables precisos para del diseño y desarrollo de nuevos productos y servicios en función de los requerimientos y plazos de nuestros clientes.

  47. Ponente Héctor Sanchis Merino (Socio – Director M&F Consulting) Executive MBA, Instituto Empresa. Master en Tecnologías de Información por la Universidad de Salamanca en Madrid. Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por Universidad Complutense de Madrid, Actuario de Seguros y Planes de Pensiones. Miembro del Instituto de Actuarios Españoles, Miembro del Comité Ejecutivo SIPC(Spanish Investment Performance Comite). Ha sido director comercial y de desarrollo corporativo de la multinacional Skandia y director del área de previsión social (Benefits) de la prestigiosa consultora americana Hewitt Associates.

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