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Eduardo Manhães Ribeiro Gomes Superintendente de Relaciones Internacionales intl@cvm.gov.br. www.cvm.gov.br. Jornada sobre Titularización San José, Costa Rica Abril, 2007. La Titularización de Activos como Mecanismo para Facilitar el Acceso de la Pymes a los Mercados de Valores
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Eduardo Manhães Ribeiro Gomes Superintendente de Relaciones Internacionales intl@cvm.gov.br www.cvm.gov.br
Jornada sobre Titularización San José, Costa Rica Abril, 2007 La Titularización de Activos como Mecanismo para Facilitar el Acceso de la Pymes a los Mercados de Valores La Experiencia Brasileña
Origen Las primeras operaciones de titularización realizadas en Brasil ocurrieran en la década de 1980. Características: • Emisión de Debentures • Garantizadas por Créditos • Créditos derivados de sus propias operaciones
Actualmente • Ocurrió una pequeña cantidad de operaciones de titularización hasta la creación de la legislación y de la regulación específicas para dos nuevos tipos de Entidades Emisoras: las Compañías de Titularización (CRI) y los fondos de inversión en Derechos de Crédito (FIDC). • El advenimiento de este andamiaje jurídico-reglamentario aumentó substancialmente las expectativas con respecto al crecimiento del volumen de operaciones de titularización en Brasil. En 2003 el mercado lanzó los primeros Fondos de Derechos de Crédito y las expectativas desde entonces son suficientemente animadoras con los tipos más diversos de activos sirviendo como lastres para los títulos mobiliarios emitidos por estos vehículos.
Reglas Aplicables a Titularización de Derechos de Crédito Las normas aplicables a la titularización de derechos de crédito son las emitidas principalmente por el Banco Central de Brasil (BACEN), por la CVM y por la legislación comercial y societaria.
Regulación de la CVM Princípio de la Amplia Divulgación de Informaciones • Objetiva asegurar al público inversionista la disponibilidad, en tiempo hábil, de manera eficiente y razonable, de informaciones necesarias para la tomada de decisión de invertir en valores mobiliarios, pretendendo ecualizar las relaciones existentes en las ofertas públicas. Juicio de Valor • La CVM no ejerce cualquier juicio cuanto a cualidad del valor mobiliario a ser lanzado junto al público inversionista, ni tampoco sobre el emisor del título.
Enfoque de las Recientes Alteraciones en la Reglamentación: Necesidad de uniformidad en los aspectos comunes de la regulación aplicable a los vehículos de titularización disciplinados por la CVM.
Objetivos Específicos de las Alteraciones : • Para conferir igualdad de tratamiento a las emisiones de CRI y a las cuotas FIDC, especialmente: • límite de concentración por deudor; • obrigatoriedad de elaboración del prospecto; • uniformização del régimen de ofertas públicas de distribución de CRI y de cuotas FIDC.
Alteraciones en la Regulación • Límites de concentración • Límite máximo de 20%, por deudor o coobrigado, para los créditos que sirven de lastre para emisiones de cuotas FIDC. • Ese límite puede ser excedido cuando el deudor o coobrigado: • tiene registro de sociedad anónima; • sea institución financiera o equiparada; o • sea sociedad empresarial que tenga sus demonstraciones financieras relativas al ejercicio social imediatamiente anterior a la data de emisión de las cuotas elaboradas en conformidad con el disposto en la Ley 6404, de 1976, e auditadas por auditor independiente registrado en la CVM. • Esas disposiciones también deben ser observadas en relación a los originadores de derechos creditórios no-performados, cuando no tengan garantía de institución financiera o de sociedad seguradora.
Alteraciones en la Regulación • Obligatoriedad de presentación de prospecto • Aspectos peculiares del proceso de titularización; • Aplicación del Anexo III y creación del Anexo III-A a la Instrución 400/03, específico para operaciones de titularización, contemplando informaciones sobre: • operación estructurada • derechos creditórios • factores de riesgo específicos • originadores • deudores y co-obrigados.
LOS REGISTROS • Registro de funcionamiento del fondo; • Registro de oferta pública de distribución de cuotas FIDC. • Registro automático: créditos “performados” o “a performar” con seguro/fianza; • Registro posterior a la análisis: créditos “a performar” sin seguro/fianza y derechos creditórios reconocidos por la CVM (plazos de análisis previstos en la Instrución CVM 400).
Acompañamiento Prestación de informaciones periódicas e eventuales: • Informes mensuales; • Balances; • Demonstrativos trimestrales; • Actualización de la clasificación de riesgo; • Demonstraciones financieras; y • Documentos eventuales: • Reglamento • Prospecto • Asamblea de cuotistas
Evolución de los Registrosen R$ millones * Posición en 19 de marzo, incluyendo operaciones en análisis
Informaciones disponibles en www.cvm.gov.br • FIDC: • Informaciones sobre el registro de la oferta pública de distribución de cuotas: Registro de Ofertas Públicas / Ofertas en Análisis o Registradas / Cuotas FIDC b) Informaciones sobre el registro del fondo: Acceso rápido / Fondos de Inversión / FIDC / Informe mensual / Balance / Demonstraciones Financieras Anuales / Documentos Eventuales
PYMES Participación de las pequeñas y medianas empresas en el ámbito del mercado de valores: • Certificados de Derechos de Crédito Inmobiliarios (CRI) e • Cuotas de Fondos de Inversión en Derechos de Crédito(FIDC)
Certificados de Derechos de Crédito Inmobiliarios (CRI): • Son títulos de crédito lastrados en créditos inmobiliarios, los cuales son garantizados por inmuebles y constituyen promesa de pago en dinero. Esta garantía real hace con que la inversión en CRÍ sea una operación segura y, al mismo tiempo, atractiva en su renta. • En la medida que el inversionista adquiere un CRI, está adquiriendo el flujo de recibimientos que generará el crédito, o el conjunto de créditos, con la renta y la actualización monetaria, que en los últimos doce meses, se muestran superior a los índices obtenidos por las inversiones financieras tradicionales, mismo que estas no presenten garantías reales.
Fondos de Derechos de Crédito • Derechos Creditórios: los derechos y títulos representativos de crédito, oriundos de los segmentos financieros, comercial, industrial, inmobiliario, de hipotecas, de arrendamiento mercantil y de prestación de servicios, los contratos referidos en el paragrafo 8 del art. 40, de la Instrución 356, e aqueles de naturaleza diversa así reconocidos por la CVM (art. 2, I, Instrución 356). • FIDC:comunión de recursos que destina parcela preponderante (mínimo 50%) del respectivo patrimonio líquido para la aplicación en derechos creditórios (art. 2º, III, Instrución CVM 356/01);
Clientes Estructura de Funcionamiento - FIDC Auditor Administrador Derechos de Crédito Agencia Clasificadora Relación Comercial Derechos de Crédito Cuotas FIDC Inversionistas Compañía Originaria Pago Suscripción das Cuotas Cobro y Pago de los Derechos de Crédito Custodiante
Número y Patrimonio Líquido de Fondos Número de Fondos 2004 2005 2006 2007 (primero trimestre) Patrimonio Líquido de Fondos 2004 2005 2006 2007 (primero trimestre)
Principales Segmentos • crédito consignado; • distribución de energía eléctrica; • industria / financiamiento de vehículos / multissegmentado
El expresivo crecimiento del mercado de titularización en los últimos años todavía no oculta las dificultades existentes para que esta alternativa de financiamiento venga a ocupar un lugar de prominencia en el escenario económico nacional. • Los FIDCs deben continuar creciendo en Brasil, pues proporcionan a un gran número de empresas de pequeño y mediano porte una alternativa viable de obtención de fondos frente al tradicional crédito bancario, que, por su vez, reflejan las altas tasas de interés practicadas en el país. • Es esperado que las colocaciones públicas a través del mercado de capitales vengan a crecer, comparativamente a aquellas hechas de forma privada y que no se utilizan del mercado de capitales. Éste es el resultado de un mayor interés de los inversionistas institucionales, que han invertido en cuotas de FIDCs en virtud de la naturaleza de renta fija de estas cuotas, que ofrecen una oportunidad de diversificación de portafolio, aún hoy dominada por los títulos públicos emitidos por el gobierno.