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HISTORIA DEL SEGURO EN EL MUNDO

HISTORIA DEL SEGURO EN EL MUNDO. La historia del seguro se puede dividir en tres etapas para una mayor comprensión: 1a. Antiguedad y Edad Media hasta el siglo XIV. 2a. Del Siglo XIV al XVII. 3a. Del Siglo XVII hasta nuestros días. 1a. Etapa.

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HISTORIA DEL SEGURO EN EL MUNDO

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  1. HISTORIA DEL SEGURO EN EL MUNDO La historia del seguro se puede dividir en tres etapas para una mayor comprensión: 1a. Antiguedad y Edad Media hasta el siglo XIV. 2a. Del Siglo XIV al XVII. 3a. Del Siglo XVII hasta nuestros días.

  2. 1a. Etapa. Durante este tiempo aparecen los primeros sistemas de ayuda mutua. En esta época tenemos a diferentes civilizaciones que tuvieron aportaciones importantes. Entre éstas se encuentran: • Babilonia: Se mencionacomo primer antecedente el “Codigo de Hammurabi”, Rey de Babilonia 1955-1912 A.C. Que ya preveía: 1. La indemnización por accidentes de trabajo a través de organizaciones de sociedades mutuas; 2. La mutualidad para compartir las pérdidas causadas a las caravanas en el desierto, transportando mercancias.

  3. | • 3. La contribución de todos en la construcción de un navío en sustitución del que haya destruido una tempestad. • Egipto: Se manejaba la idea de ayuda mutua entre los socios de una institución, para ayudar en los ritos funerarios del socio que falleciera. • Grecia: “La Ley de Rodas” para el comercio marítimo. Una pérdida se repartía entre todos los propietarios de la mercancía transportada en el barco. Constituye la base del Derecho Mercantil Marítimo. Los griegos tenían una asociación llamada “ERANDI” por la que daban asistencia a necesitados a través de un fondo común constituido por todos los agremiados.

  4. Roma: Existía una asociación de militares que aportaban una cuota con la que tenían derecho a una indemnización para gastos de viaje por cambio de guarnición en caso de retiro o muerte. • Los artesanos formaban el “Collegia Tenuiorum, Collegia – Funeraticia” con la que los participantes gozaban de gastos por muerte, seguridad constituida por un fondo formado por el Estado y por los beneficiarios y herencias dejadas por socios muertos. También existía el “Préstamo a la Gruesa Ventura” por el que un propietario o armador de una nave tomaba como préstamo una suma igual al valor de la mercancía transportada; en caso de feliz arribo el prestatario reembolsaría el capital más un interés hasta el 15% del capital; en caso contrario, el prestatario no debía nada.

  5. e. Edad Media: Existían ayudas mutuas como: • Las GUILDAS fueron precursoras de las Compañias de Seguros. Eran éstas asociaciones o hermandades para socorros mutuos, especialmente para en caso de muerte, aunque se desarrollaron muchos casos por accidente o enfermedad y aún por incendio. Esto tuvo lugar en muchos países en Europa, como Italia, Francia, Inglaterra. • Monaterios – Daban socorro y caridad a huérfanos, viudas y desempleados, por medio de limosnas. • Juras – Daban protección por medio de rentas y pensiones que daban los reyes por gracia o merced. • Tontinas – De origen italiano. Consistían en sumas fijas de dinero cuyo total se dividía entre el número de supervivientes a fecha dada.

  6. 2a. Etapa. Comprende el período que va desde el Siglo XIV hasta el Siglo XVII y es la del desarrollo y formación del Seguro, aparecen las primeras Instituciones de Seguros en los Ramos de Marítimo, Vida e Incendio. Las primeras manifestaciones se dan con el florecimiento del comercio, ya que se hacen más evidentes los peligros del transporte marítimo y terrestre. Se procura dar legislación sobre tal fenómeno promoviendo la protección necesaria para comerciantes y transportistas. Los primeros contratos de Seguro de Vida se dan en el Siglo XIV y eran para mujeres embarazadas.

  7. El primercontrato de Seguro conocido, relativo al Seguro Marítimo, data de 1347, suscrtito en Génova, ampara tanto los accidentes de transporte como la tardanza en la llegada del buque a su destino. Las primeras Pólizas de Seguro de Vida se extendieron en Londres en The Royal Exchange por comisionistas que se reunián. Siendo emitida la primera Póliza de este ramo en 1583. Las primeras manifestaciones del Seguro de Incendio se dan en 1667, en Inglaterra, a raiz del famoso incendio de Londres, que destruyó 13,200 casas y 90 iglesias. Se crearon entonces las oficinas de Seguros llamadas “Fire Office” y “Friendly Society”.

  8. En 1677 en Hamburgo, se funda la primera caja General Pública de Incendio, formada por varios propietarios que reunián cierta cantidad para socorrerse entre ellos en caso de incendios. En 1686 surge Lloyd´s como la mas poderosa empresa aseguradora. En cuanto a la regulación Jurídica del Seguro, ésta se inicia con los estatutos de Florencia, en 1369; Barcelona, 1435; Burgos, 1494; Sevilla, 1554.

  9. 3a. Etapa. Comienza a finales del siglo XVII, en la que se afianzan los fundamentos técnicos y jurídicos del Seguro. En 1634 Blas Pascal, famoso matemático de su tiempo, da lugar al nacimiento del cálculo de probabilidades y a la teoría de los Grandes Números. En Inglaterra, Edmund Halley elabora la primera tabla de mortalidad, técnicamente construida. Aparecen las primeras Empresas de Seguros sobre bases más técnicas y se debió principalmente al gran florecimiento de la industria en esa época, los grandes descubrimientos y por la regulación jurídica atravez del control administrativo.

  10. ANTECEDENTES Ante los peligros por los que se ha visto amenazado, el hombre desde sus orígenes, éste ha tratado de encontrar soluciones adoptando distintas actitudes. ACTITUDES FRENTE AL PELIGRO • INDIFERENCIA: El sujeto asume el riesgo, convirtiendose en su “propio asegurador” y soporta con su pratrimonio las consecuencias economicas de accientes que afecten a sus bienes, sin adoptar medida alguna para disminuir las consecuencias dañosas que el acontecimiento del riesgo puede causar.

  11. PREVENCION: El sujeto adopta un conjunto de medidas materiales destinadas a evitar o dificultar la ocurrencia de un siniestro y conseguir que, si el accidente se produce, sus consecuencias de daños sean las mínimas posibles. • PREVISION: Es la precaución para prevenir un acontecimiento (pilar básico del seguro) en donde las medidas adoptadas tienden a constituir un fondo economico que le permite hacer frente en el futuro a las consecuencias del siniestro. TIPOS DE PREVISION - AHORRO: Parte de los capitales no dedicados a su consumo o distribución, se destina a la formación de un fondo que pueden aminorar los efectos de un siniestro.

  12. AUTOSEGURO: En este caso la persona fisica, (individuo) o jurídica (empresa), soportan con su patrimonio las consecuencias económicas (pérdidas) derivadas de sus propios riesgos, sin intervención de ninguna entidad aseguradora, pero afectando específicamente una masa patrimonial cuya constitución obedece a ciertos principios técnicos financieros. • SEGURO: Constituye la mejor fórmula y técnicamente la más eficaz para la cobertura de riesgos, al transferirlos a un tercero, el asegurador cuya organización y técnica operativa garantiza la adecuada compensación.

  13. EL RIESGO En Seguros, este concepto expresa indistíntamente ideas diferentes: • Como objeto asegurado, cuando hablamos de la localización del Riesgo. • Como posible ocurrencia de un acontecimiento fortuito. CARACTERES DEL RIESGO • INCIERTO O ALEATORIO: sobre el riesgo debe haber una relativa incertidumbre, pues el conocimiento de su existencia real haría desaparecer la aleatoriedad, el principio básico del Seguro.

  14. POSIBLE: Debe existir la posibilidad de Riesgo; es decir, que el acontecimiento que se protege con la póliza debe “poder suceder”. • CONCRETO: El Riesgo debe ser analizado y valorado por la Aseguradora en dos aspectos, cualitativo (naturaleza, situación, etc.) y cuantitativamente (valorización basada en la experiencia o en calculos actuariales que determinen la primera), antes de proceder a asumirlo. • LICITO: El Riesgo que se asegura no debe ir en contra de las reglas morales o del orden público, ni en perjuicio de terceros, pues de ser así, el contrato que lo protegiese sería nulo. • FORTUITO: EL Riesgo debe provenir de un acto o acontecimiento ajeno a la voluntad humana de producirlo. • CONTENIDO ECONOMICO: La realización del Riesgo (siniestro) debe producir una pérdida económica que se resarce con la indemnización correspondiente.

  15. CLASES • Según su Asegurabilidad: - Riesgo Asegurable: Aquel que, por su naturaleza, es susceptible de ser asegurado; es decir, cumple los caracteres esenciales del riesgo. - Riesgo Inasegurable: Aquel que carece de alguno de los elementos o caracteres del riesgo asegurable, lo que impide que sea asegurable. • Según el Objeto sobre el que Recae: - Riesgo Patrimonial: Aquel que implica una disminuación o pérdida, total o parcial de patrimonio del Asegurado como consecuencia de un evento que pueda afectarlo. - Riesgo Personal: Aquel que afecta a circunstancias de la persona, tales como su salud, integridad física o mental, capacidad para el trabajo, vejez o sobrevivencia.

  16. Según su Regularidad Estadística: - Riesgo Ordinario: Es aquel cuya ocurrencia es susceptible de medición estadística y que, en su planteamiento y efectos previsibles, responde a las pautas normales de contratación en el mercado de seguros, y si en él concurre alguna circunstancia que le convierta en atípico puede ser asumido por el asegurador mediante la aplicación de cualquier medida correctiva, como sobreprima, recargo, franquicia o deducible,etc. - Riesgo Extraordinario: Es aquel, por ser de regular ocurrencia estadística y por la magnitud y/o naturaleza de, sus causas y efectos, excede la posibilidad de cobertura de un seguro normal, y por lo tanto, amerita texto y tarifas especiales para ser objeto de seguro.

  17. Según su Grado de Intensidad: - Riesgo Variable: Aquel que puede revestir diversa graduación o cuantía en su realización; por Ej. El riesgo de incendio. - Riesgo Constante: Aquel que siempre reviste la misma intensidad y graduación de efectos en su realización por Ej. el riesgo de muerte. • Según su Proximidad Fisica a Otros Riesgos: - Riesgo Distinto: Es aquel que no tiene relación o conexión con otro riesgo. - Riesgo Común: Se dice que dos o varios bienes constituyen riesgo común cuando la propia naturaleza y proximidad a ellos obliga a considerarlos como un riesgo único, puesto que la ocurrencia de un siniestro en uno afectaria inexorablemente a los restantes.

  18. - Riesgo Continuo: Aquel que, aún siendo independiente, esta en contacto con otro, por lo que el siniestro que afecta a uno de ellos puede transmitirse al otro. - Riesgo Próximo (o Inmediato): Es aquel que, aunque separado de otro, está a una distancia lo suficientemente pequeña como para que el siniestro de uno de ellos pueda afectar al otro. TRATAMIENTO El asegurador, para asumir la cobertura de un riesgo, debe poner en práctica una serie de técnicas que le permitan establecer la naturaleza, valoración y límites de aceptación del riesgo en cuestión.

  19. Tales técnicas pueden resumirse en las siguientes: • Selección: Constituye el conjunto de medidas generalmente de cáracter técnico adoptadas por una entidad aseguradora, en virtud de las cuales la aceptación de riesgos está orientada hacia aquéllos qué, por sus características propias, se presuma que no van a originar necesariamente resultados desequilibrados, por no ser peores que el promedio de su categoría. • Análisis: Es el instrumento técnico de que se vale la actividad aseguradora para lograr el adecuado equilibrio en sus resultados. • Evaluación: Es el proces por el cual se establece, en un período determinado, la probabilidad de que ocurran daños personales o pérdidas materiales, así como su cuantificación. • Compensación: Es el conjunto de medidas que conducen a lograr el adecuado equilibrio de resultados entre los riesgos que componen una cartera de pólizas.

  20. Distribución: consiste en un conjunto de técnicas para el reparto o dispersión de riesgos que la actividad aseguradora precisa para obtener una compensación estadística, igulando los riesgos que componen su cartera de bienes asegurados. EL SEGURO CONCEPTO Es una operación en virtud de la cual, una parte (el asegurado) se hace acreedor, mediante el pago de una remuneración (la prima), de una prestación que habrá de satisfacerle la otra parte (el asegura- dor) en caso de que se produzca un siniestro. En resumen el propósito del seguro es compensar un daño eventual. Su finalidad es la Cobertura de una necesidad económica. De ello resulta el principio que el seguro no puede ser fuente de enriqueci-miento o lucro.

  21. CARACTERES ESENCIALES El seguro es una actividad de servicios y no una actividad industrial. La actividad aseguradora tiene un marcado acento financiero y económico. Transformación de riesgos en pagos periódicos presupuestables. OBJETO La compensación del perjuicio económico, experimentado por el patrimonio a consecuencia de un siniestro.

  22. EL CONTRATO DE SEGURO Caracteres y principios básicos: • Consensual: por cuanto se establece por el mero consentimiento de las partes. • Bilateral: ya que en él las partes se obligan recíprocamente la una hacia la otra. • Aleatorio: pues, mediante el mismo, las partes contratantes pactan, expresamente, la posibilidad de una ganancia o se garantizan contra la posibilidad de una pérdida, según sea el resultado de un acontecimiento de carácter fortuito. • Oneroso: ya que cada una de las partes que contrata obtiene una prestación a cambio de otra que debe realizar. • De Adhesión: ya que sus cláusulas las fija una de las partes, y la otra las acepta. • Está basado en la BUENA FE: principio básico y caracteristico de todos los contratos que obligan a las partes a actuar entre si con la máxima honradez.

  23. ELEMENTOS MATERIALES • RIESGO Interés Asegurable: Es el requisito que debe concurrir en quien desee la cobertura de determi- nado riesgo, reflejado en su deseo sincero de que el siniestro no se produzca, ya que a consecuencia de él se originaría un perjuicio para su patrimonio. Bien Asegurado: RIESGO es también el objeto sobre el que recae la cobertura garantizada por el seguro. Capital Asegurado: Es el valor atribuido por el titular de un contrato de seguro a los bienes cubier- tos por la póliza y cuyo importe es la cantidad máxima que el asegurador está obligado a pagar, en caso de siniestro.

  24. Valoración del Riesgo: Valor convenido: Es aquél en que de común acuerdo entre asegurador y asegurado, se preestablece la valoración del interés que se asegura en caso de ocurrencia del siniestro. Valor de mercado (real): En este caso el interés se valora de acuerdo con el precio por el que normalmente pueda adquirirse un bien de características similares, en el momento de ocurrir el siniestro. Valor de Nuevo: En este supuesto, la garantía del seguro cubre el precio de compra del objeto asegurado en calidad de nuevo. Valor Venal: Es el valor en venta que tiene el objeto asegurado en el momento inmediatamente anterior a la ocurrencia del siniestro.

  25. PRIMA: Es la aportación económica que debe satisfacer el contratante o asegurado a la entidad aseguradora en concepto de contraprestación por la cobertura del riesgo que ésta le ofrece. • EL SINIESTRO: Es la manifestación concreta del riesgo asegurado, que produce los daños garantizados en la póliza hasta determinada cuantía. • LA INDEMNIZACION: Es el importe que está obligado a pagar contractualmente el asegurador en caso de producirse el siniestro. ELEMENTOS PERSONALES • ASEGURADOR: Es la persona que, mediante la formalización de un Contrato de Seguro, asume las consecuencias dañosas producidas por la realización del evento cuyo riesgo es objeto de cobertura.

  26. CONTRATANTE (o Tomador): Es la persona que celebra con una entidad aseguradora un contrato de seguro y se obliga al pago de la prima. • BENEFICIARIO: Persona designada en la póliza por el asegurado o contratante como titular de los derechos indemnizatorios que en dicho documento se establecen. • ASEGURADO: Es la persona que en sí misma o en sus bienes o intereses económicos está expuesta al riesgo. • DAÑADO: Es la persona que, a consecuencia de un siniestro, sufre un daño o perjuicio.

  27. ELEMENTOS FORMALES • LA SOLICITUD: Es el documento que, suministrado por la empresa aseguradora, satisface al solicitante para la celebración, prórroga, modificación o restablecimiento de un contrato de seguro, la misma forma parte del contrato de seguro, por lo que la misma debe ser llenada y firmada por el asegurado. • CONTENIDO DE LA SOLICITUD: En ésta deben figurar las condiciones generales del seguro, o bien tales condiciones deben remitirse al solicitante para que las incluya en la misma, a efecto de que sean firmadas por este último, en el entendido de que no quedará obligado si la empresa aseguradora no cumple con tal disposición, por cuanto las declaraciones firmadas por el solicitante serán la base para el contrato, si la empresa aseguradora comunica su acptación dentro de los plazos legalmente estipulados.

  28. LAS DECLARACIONES DEL TOMADOR O CONTRA-TANTE: Precisamente por escrito, y de acuerdo con el cuestionario que debe suministrar la empresa aseguradora, el solicitante debe declarar todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo, que puedan influir en las condiciones convenidas, tales como los conozca o deba conocer en el momento de la celebración del contrato. • LA PÓLIZA: Es el documento que instrumenta el contrato de seguro, en el que se reflejan las normas que de forma general, particular o especial regulan las relaciones contractuales convenidas entre el asegurador y el asegurador.

  29. FORMALIZACION DEL CONTRATO: LA POLIZA CLASES DE POLIZAS: Por la Amplitud de los Riesgos Cubiertos: • Póliza Simple: aquélla en que solo se cubre una garantía completa. • Póliza Combinada (o Global): aquélla en la que, simultáneamente, se concede cobertura al asegurado para diferentes riesgos que tienen un nexo común. • Póliza a Todo Riesgo: aquélla en que, respecto al objeto asegurado, se garantiza conjunta y simultáneamente todos los riesgos que puedan afectarle.

  30. Según el Número de Asegurados que Garantice: • Póliza Individual: aquélla en que sólo existe una persona asegurada. • Póliza Colectiva (de Grupo o Acumulada): aquélla en la que, simultáneamente, existen varias personas aseguradas. Por la Manera de estar Designado el Titular de la Póliza: • Póliza Nominativa: es la que garantiza a la persona en ella designada a tal efecto. • Póliza a la Orden: es aquélla que protege a la persona en cuyo favor se emite. • Póliza al Portador: en ésta, la persona garantizada es aquella que legítimamente la posee.

  31. CLASES DE SEGURO Las dos grandes áreas de manifestación del seguro son: • Seguro Privado. • Seguridad Social o Seguro Estatal. CLASIFICACION GENERAL DE LOS SEGUROS • Seguro de Vida o sobre Personas: es el que recae sobre los riesgos que puedan afectar a las personas en su existencia, integridad personal, salud o vigor vital. • Seguro de Accidentes y Enfermedades: son los que tienen como base la lesión o incapacidad que afecte la integridad personal, salud o vigor vital del asegurado, ocasinada por un accidente de cualquier género. • Seguro de Daños o Patrimoniales: recoge todos los seguros cuyo fin principal es reparar la pérdida sufrida, a causa de siniestro, en el patrimonio del tomador del seguro.

  32. TECNICAS DE DISTRIBUCION DEL RIESGO Se entiende por distribución del riesgo el reparto o dispersión de los mismos que la actividad aseguradora precisa realizar para obtener una compensación estadística, igualando los riesgos que componen la cartera de bienes asegurados. Esta distribución puede llevarse a cabo de dos modos principales: a través del COASEGURO o del REASEGURO. EL COASEGURO Se da este nombre a la concurrencia de dos o más entidades aseguradoras (coaseguradores) en la cobertura de un mismo riesgo, también se llama así a la parte (pérdida) que soporta el propietario de un bien, en virtud de haberlo asegurado en una suma inferior a su valor real.

  33. EL REASEGURO • CONCEPTOS BASICOS • PRINCIPIOS BASICOS • FORMAS DE REASEGURO • CONDICIONES DE LOS CONTRATOS DE REASEGURO

  34. IMPORTANCIA Los Terremotos de Enero y Febrero de 2001 generaron reclamos en la industria aseguradora salvadoreña por: US$ 320,000,000.00 El Patrimonio consolidado de la industria al 31 - 12 – 2001, ascendió a: US$ 95,107,000.00 UN 99% DE LA PERDIDA FUE PAGADA POR LOS REASEGURADORES.

  35. CONCEPTOS • Asegurar nuevamente, en todo o en parte, un riesgo previamente asegurado por otro asegurador. • Transferencia de riesgos asumidos a cambio de una prima con el próposito de reducir la exposición del asegurador original. EFECTOS • El reaseguro internacional conforma una cadena de dispersión de riesgos bajo el concepto de mutualidad. • El reaseguro permite a las compañias aseguradoras hacer frente a pérdidas considerables sin arriesgar su estabilidad financiera. • El volumen de primas que se genera a nivel mundial constituye el músculo financiero del reaseguro internacional.

  36. RETENCION Es la porción que la cedente mantiene del riesgo reasegurado, haciendo frente a las responsabilidades con su propio patrimonio. CESION • Es la porción que la Aseguradora cede al reasegurador y que determina la responsabilidad de éste sobre el riesgo cedido. RETROCESION • Porción que un reasegurador cede a otro reasegurador sobre un riesgo previamente aceptado a una aseguradora o a otro reasegurador.

  37. CADENA DE DISPERSION DE RIESGOS Reasegurador “A” acepta $350,000.00 (35%), retiene $350,00.00 retrocede - 0 - . Retrocesionario D acepta $100,000.00 (10%), retiene $100,000.00 (10%) retrocede - 0 -. CLIENTE Compra un seguro por $1,000,000.00 sobre un edificio Aseguradora emite una póliza por $1,000,000.00 (100%) retiene $50,000.00 (5%) Reasegurador “B” acepta $300,00.00 (30%), retiene $100,000.00 (10%) retrocede $200,000.00 (20%) Retrocesionario E acepta $100,000.00 (10%), retiene $100,000.00 (10%) retrocede - 0 -. Reasegurador “C” acepta $300,000.00 (30%), retiene $100,000.00 (10%) retrocede $200,000.00 (20%) Retrocesionario F acepta $200,000.00 (20%), retiene $200,000.00 (20%) retrocede - 0 -.

  38. PRINCIPIOS BASICOS DEL REASEGURO • Máxima Buena Fé • Comunidad de Suerte: El reasegurador correrá con la misma suerte de la Cedente. • La Cedente debe actuar en todo momento como si no dispusiera de reaseguro alguno. FORMAS DE REASEGURO • Clasificación: • Según la forma de contratación: • - Facultativo • - Automatico • Según la forma de distribución: • - Proporcional • - No proporcional

  39. REASEGURO FACULTATIVO • RIESGO POR RIESGO • OPCIONAL PARA AMBAS PARTES • PROPORCIONAL O NO PROPORCIONAL

  40. VENTAJAS Permite al reasegurador apreciar el riesgo Permite al reasegurador asumir riesgos de calidad Permite conocer las políticas de suscripción de la cedente y establecer nexos de confianza. DESVENTAJAS: Mayores costos administra-tivos para ambas partes Demora a la cedente la aceptación del riesgo y la atención al cliente La necesidad de hacer pública la información del riesgo es una desventaja comercial para la cedente REASEGURO FACULTATIVO

  41. REASEGURO AUTOMATICO • Participación del reasegurador sobre grupos de riesgos similares • Obligatorio para ambas partes • Proporcional o no proporcional • Manejo económico para ambas partes

  42. REASEGURO PROPORCIONAL • La cedente y el reasegurador participan sobre las pérdidas en la misma proporción en que se distribuyen las primas. Principales tipos de contratos proporcionales: • Cuota parte • Excedentes • Facultativo obligatorio

  43. CUOTA PARTE • La cedente y el reasegurador comparten todos los riesgos cedidos en la proporción acordada, hasta un límite previamente definido. • Permite a la cedente incrementar su capacidad de suscripción en ramos de alta frecuencia siniestral.

  44. EJEMPLO DE CUOTA PARTE40/60% Máximo 100,000.00

  45. CONTRATO DE EXCEDENTES • La cedente cede múltiplos de la suma retenida, hasta por un número máximo de veces, sobre una cifra máxima de retención por riesgo. • La suma máxima de retención por riesgo se denomina Pleno o Línea. • La distribución de primas y siniestros se hace en forma proporcional.

  46. EJEMPLO DE EXCEDENTE10 LINEAS DE 40,000

  47. FACULTATIVO OBLIGATORIO • Provee capacidad automática adicional en condiciones de facultativo. • Opera para la cedente cuando ésta agota la capacidad de sus contratos proporcionales primarios. • La cedente puede ceder o no un riesgo, pero el reasegurador está obligado a aceptarlo.

  48. CONDICIONES PARTICULARESContratos proporcionales • Vigencia: Por tiempo indefinido, pero se acuerda un período de cancelación provisional de 3 mese antes de la fecha de aniversario. • Retención y limites de cesión: ambas deben estar claramente definidas. • Contribución a los gastos: establece el porcentaje que el reasegurador reconoce a la cedente sobre primas cedidas. • Rendición de cuentas y pago de saldos: debe estar claramente establecida.

  49. CONDICIONES PARTICULARESContratos proporcionales • Participación de la cedente sobre las utilidades del reasegurador, tomando en cuenta los gastos administrativos y las pérdidas anteriores. • Siniestros al contado: indica el monto a partir del cual el reasegurador debe pagar las pérdidas en forma inmediata y no a través de las cuentas. • Tratamiento de la cartera: indica la forma en que las obligaciones del reasegurador podrían ser cortadas en caso de cancelación del contrato.

  50. REASEGURO NO PROPORCIONAL • La cedente es responsable de todas las pérdidas que superan una suma previamente establecida. • El reasegurador participa en la pérdidas que excedan la Prioridad. • La Prioridad es una cantidad predeterminada, a cargo de la cedente, incluida en la suma previamente establecida.

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