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La Protección de los Monumentos Históricos en Panamá. La cultura necesita anclarse en la memoria histórica colectiva. Marco Legal General:.
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La Protección de los Monumentos Históricos en Panamá La cultura necesita anclarse en la memoria histórica colectiva
Marco Legal General: • La creación del título de Patrimonio de la Humanidad para bienes y lugares concretos de especial relevancia procede de los acuerdos adoptados por la UNESCO en 1972 (World Heritage Convention). En el momento actual la relación oficial de Bienes del Patrimonio de la Humanidad incluye 788 bienes culturales: de los cuales 611 culturales, 154 naturales y 23 bienes mixtos, pertenecientes a 134 Estados. http://whc.unesco.org/pg.cfm?cid=31
Constitución Nacional • Artículo 77. La cultura nacional está constituida por las manifestaciones artísticas, filosóficas y científicas producidas por el hombre en Panamá a través de las épocas. El Estado promoverá, desarrollará y custodiará este patrimonio cultural.
Artículo 81. Constituyen el patrimonio histórico de la Nación los sitios y objetos arqueológicos, los documentos, monumentos históricos u otros bienes muebles o inmuebles que sean testimonio del pasado panameño. El Estado decretará la expropiación de los que se encuentren en manos de particulares. La Ley reglamentará lo concerniente a su custodia, fundada en la primacía histórica de los mismos y tomarán las providencias necesarias para conciliarla con la factibilidad de programas de carácter comercial, turístico, industrial y de orden tecnológico.
Monumentos y Áreas protegidas • Panamá la Vieja: declarada Conjunto Monumental Histórico por el Gobierno, mediante la Ley 91 del 22 de diciembre de 1976. Y patrimonio histórico de la humanidad por la Unesco el 3 de julio de 2003. http://www.asamblea.gob.pa
Casco Antiguo Es la segunda Ciudad de Panamá fundada en 1673 después de la destrucción de la primera ciudad hoy denominada "Panamá La Vieja", hecho ocurrido en 1671 con el ataque del pirata Henry Morgan. Es por esta razón que su nueva construcción se hizo como ciudad fortificada con una gruesa muralla de piedras y siete baluartes para protegerla de cualquier intento de ataque pirata. Fue declarado patrimonio en 1997. http://www.cascoantiguo.gob.pa
Convento de San Domingo Catedral Metropolitana Teatro Nacional Instituto Nacional De Cultura Museo del Canal de Panamá Casco Antiguo Iglesia de San José Palacio Nacional Palacio Municipal Presidencia de la Rep. Las Bóvedas La Merced Iglesia y convento de San Francisco Convento de la Compañía de Jesús Casa de la Municipalidad
Fortificaciones de Portobelo y San Lorenzo: Por Ley 68 de 1941 fue declarado Monumento Nacional. En 1980 las fortificaciones que conserva Portobelo de Colón fueron declaradas Patrimonio para la Humanidad por la UNESCO .
Parque Nacional Coiba: Creado por Decreto Ejecutivo en el año 1991, el Parque Nacional Coiba constituye por su extensión y por la riqueza de sus islas y de las aguas marinas que las rodean una de las joyas naturales de Panamá. Protege ecosistemas marinos, insulares y costeros.
Mediante la Ley No.44 del 26 de julio de 2004 que “Crea el Parque Nacional Coiba”, la cual regula el funcionamiento de esta área protegida, donde se establece entre otras cosas a esta zona como Patrimonio Nacional y parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas de la Autoridad Nacional del Ambiente, así como el marco legal que rige el funcionamiento de este Parque. Gaceta Oficial 25,104 29 de julio de 2004
Debido a las características únicas que presenta, como consecuencia de tantos años de aislamiento y por su importancia biológica, el Comité Patrimonio Mundial de la Uneso, acepto la propuesta hecha por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UINC) en otorgar a Coiba la categoría de Sitio de Patrimonio Mundial de la Humanidad, en Durban, Sudáfrica el 14 de julio de 2005, siendo esto ratificado por Panamá el 17 de julio del mismo año.
Parque Nacional Darien: En 1981, el PN Darién fue declarado Patrimonio de la Humanidad y en 1982 Reserva de la Biosfera por la UNESCO.
Sanciones Penales • A través de la Ley No. 14 de 18 de mayo de 2007 se aprueba el nuevo Código Penal de la República de Panamá; y con él la inserción de nuevos tipos penales, asimismo sanciones más severas para los hechos punibles.
Delitos contra el Patrimonio Histórico de la Nación • Artículo 225. Quien ilícitamente excave, extraiga, financie, comercialice o saque del país algún bien que forme parte del patrimonio histórico de la Nación será sancionado con prisión de cinco a diez años. Cuando la conducta anterior es realizada por un grupo de personas u organización criminal, nacional o transnacional, la pena se aumentará hasta la mitad del máximo.
Artículo 226. Quien destruya, posea, dañe o, sin autorización de autoridad competente, explote o remueva sitio u objeto arqueológico, documento, monumento o bienes que formen parte del patrimonio histórico de la Nación será sancionado con prisión de cinco a siete años.
Artículo 227. Quien teniendo autorización para sacar del país con fines de exposición, estudio u otro fin, bienes pertenecientes al patrimonio histórico de la Nación, no los retorne al país en los términos de la autorización concedida será sancio nado con prisión de dos a cuatro años y con cien a doscientos días-multa. • Artículo 228. Quien sin autorización de la autoridad competente tenga en su poder algún bien que forme
Sitios relacionados • http://www.ancon.org • http://www.anam.gob.pa • http://www.unesco.org