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DNPP – MEF ASPPAF. EQUIPO DE PERU: MARCIAL CUELLAR MUÑOZ HEDY HUARCAYA VASQUEZ VICTOR HUGO DIAZ RODRIGUEZ. Fondo de Desarrollo Económico. Se creo como Ley complementaria a la Ley Orgánica del Presupuesto General de la República Nº 4598. Juntas de Obras y Corporaciones.
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DNPP – MEF ASPPAF EQUIPO DE PERU: MARCIAL CUELLAR MUÑOZ HEDY HUARCAYA VASQUEZ VICTOR HUGO DIAZ RODRIGUEZ
Fondo de Desarrollo Económico Se creo como Ley complementaria a la Ley Orgánica del Presupuesto General de la República Nº 4598 Juntas de Obras y Corporaciones La Ley 14816 (1964), “Implementar el Presupuesto por Programas" PLANES DE DESARROLLO CONEXIÓN ENTRE PLAN Y PRESUPUESTO DECADA 60 Etapa Desarrollista El Desarrollismo en el Perú, fue una de las demostraciones evidentes de las distorsiones en la aplicación del Presupuesto por Programas al utilizar las técnicas modernas para ejecutar proyectos improvisados, sin estudios técnicos, ni prioritarios que muchas veces quedaban inconclusos por falta de financiamiento.
PLANES DE DESARROLLO CONEXIÓN ENTRE PLAN Y PRESUPUESTO 1968 Los Planes que se formulaban incluían un Plan Nacional de Desarrollo de Mediano Plazo para un quinquenio, planes de corto plazo para un bienio. Plan Corto Plazo Bienio Presupuesto Bienal • Compatibilizar el presupuesto con el plan de corto plazo (2 años) • Disponer mayor tiempo para medir resultados de la ejecución presupuestal. • Mejorar la programación y formulación de presupuestos de los ejercicios siguientes. 1971 - 1972 Creación del Instituto Nacional de Planificación 1960 1973 - 1974 • Se incorpora 2 instrumentos esenciales: • Calendario de Compromisos (autorización trimestral máxima) • Calendario de Pagos (previsión de caja para cada trimestre) Plan Mediano Plazo Cuatrienal (1975 – 1978) 1975 - 1976 Trato de reflejar el estrecho vinculo que debía de existir entre el Presupuesto como instrumento financiero del Plan y el Plan que fija las políticas y los objetivos de desarrollo. 1977 Presupuesto Anual 1978
PLANES DE DESARROLLO CONEXIÓN ENTRE PLAN Y PRESUPUESTO MEF Cultura de programación estratégica en el sector público que comprenda un conjunto de prioridades sectoriales que orienten las asignaciones presupuestarias consistentes con el Marco Macroeconómico Multianual. Funciones Asumidas 2001- 2005 Instituto Nacional de Planificación (INP) Desactivación Decreto Ley 25548 1992 Asume Funciones CEPLAN No se encuentra en funcionamiento hasta la fecha y el Ministerio de Economía y Finanzas ha dejado de ejercer las funciones de planeamiento existe un vació en cuanto al apoyo y coordinación en la elaboración de los planes situación que urge se resuelva. Creado Ley 28522 2005
TECNICAS DE PRESUPUESTO • PRESUPUESTO TRADICIONAL • INICIO DEL PRESUPUESTO POR PROGRAMAS • PRESUPUESTO POR PROGRAMAS-BASE CERO • PRESUPUESTO POR PROGRAMA CON CARÁCTER INSTITUCIONAL • PRESUPUESTO POR PROGRAMAS-FUNCIONAL PROGRAMÁTICO.
PRESUPUESTO TRADICIONAL HASTA 1919 Organización heredada de la Hacienda Colonial Presupuesto financiado con Exportación del Guano de las Islas Época Modernista DE 1920 A 1959
PRESUPUESTO EN ETAPA MODERNISTA Inversiones y Prestamos tienen dirección definida Inversiones Adquieren claridad Alta Inversión, sin fijarse calidad 1920 1930 1950
FASES DEL PROCESO PRESUPUESTARIO Programación Formulación Control Resultados Aprobación Proceso. Presupuestario Control Financiero Ejecución PRESUPUESTO FUNCIONAL Se Aprobó Decreto Ley Nº 14260 “Ley Orgánica del Presupuesto Funcional” D E C A D A 6 0 Gobierno Central Estableciéndose Sector Público Independiente Gobierno Locales Art. 15º Instituto Nacional de Planificación, decidia sobre Presupuesto de Metas y su relación con el Presupuesto Financiero
Presupuesto por Programas no pudo implementarse debido a las excesivas injerencias de las cámaras legislativas y la poca valoración que el Poder Ejecutivo le dio al Sistema Nacional de Planificación. INICIO PRESUPUESTO POR PROGRAMAS AÑO 1964 Ley N° 14816 “Ley Orgánica del Presupuesto” y sus Leyes conexas N°s 15257, 15682 y 15360 EXPRESARON REALIDAD Carácter reglamentarista en la ejecución y control contable, que le daba mayor importancia a los aspectos financieros que a los programáticos. Implemento el presupuesto por programas Instituto Nacional de Planificación y Oficinas Sectoriales Planificación participaban proceso de programación del Anteproyecto Presupuesto Funcional.
INICIO PRESUPUESTO POR PROGRAMAS Vol. 1 Vol. 3 Vol. 2
INICIO PRESUPUESTO POR PROGRAMAINNOVACIONES - PRESUPUESTO 1964 • La Programación del Presupuesto, estaba en función de metas. • El Ministro de Hacienda y Comercio sustentaba la Exposición de Motivos. • El Titular del Pliego remitía el Anteproyecto del presupuesto de su Pliego. • El presupuesto de gastos mostraba los gastos efectivos. • La ejecución del gasto se hacían en DOZAVOS • Las transferencia de créditos, requerían aprobación del Congreso. • Unidades Ejecutoras, transferían créditos presupuestarios.
El presupuestado por obras podían cambiarlo a administración directa, previa visación de la Contraloría General de la República y del Titular del Pliego. • Las fianzas, aval u otra forma de garantía lo hacía solamente el Ministerio de Hacienda y toda operación que comprometía “Crédito del Estado”, previo informe de la Contraloría General, Ministerio de Hacienda y Comercio y se aprobaba mediante Decreto Supremo. • La Contraloría General de la República tenía como función controlar los resultados físicos o metas cuantificables del Presupuesto Funcional. • Las Oficinas de Planificación Sectorial registraban la información concerniente del total de la obra realizada y la presupuestada, así como el total de los gastos efectuados y comprometidos y total de la asignación presupuestaria. • Se examinaban selectiva y directamente el grado de cumplimiento de las metas programadas, de acuerdo con los criterios de evaluación, cuantitativa y cualitativa.
PRESUPUESTO POR PROGRAMACON CALCULOS TIPO PRESUPUESTO BASE CERO Esta metodología(1982) estaba encaminada a mejorar la asignación del gasto público en las diversas zonas del país, de tal modo que el presupuesto responda mejor a las verdaderas prioridades de la política del gobierno y menos a la rigidez derivadas de decisiones anteriores, las mejoras introducidas en relación a los años anteriores estaban orientadas básicamente a la sistematización de la información que debían acompañar la propuesta presupuestal.
PRESUPUESTO POR PROGRAMACON CALCULOS TIPO PRESUPUESTO BASE CERO • Así durante el año 1984 se dispuso que los organismos debían presentar sus propuesta presupuéstales separando claramente: • • Compromisos Ineludibles: tanto de gasto corriente como de inversión que constituían el presupuesto base. • • Gastos Adicionales: las solicitudes debían estar ordenadas según las prioridades del propio organismo.
Vol. 5 Vol. 1 Vol. 4 Vol. 2 Vol. 3 PRESUPUESTO BASE CERO
PRESUPUESTO BASE CEROINNOVACIONES - PRESUPUESTO 1984 • La ejecución presupuestal se presentaron conceptos innovadores, como la integración con otros sistemas de información: • Tesoro Público y • Cuenta General de la República, • Hubo una clara identificación de las etapas de ejecución presupuestal, así como un establecimiento de sistemas de información y control específicos para los dos rubros de gastos más importantes: personal e inversiones.
PRESUPUESTO BASE CEROINNOVACIONES - PRESUPUESTO 1984 • Asimismo, se establecieron tres etapas de ejecución presupuestal: • 1ra Etapa: Apertura; que consistía en informar los datos del Presupuesto aprobado por Ley; • 2da Etapa: Modificaciones Presupuestarias; que trataban sobre ampliaciones o créditos suplementarios, reducciones y transferencias de asignaciones genéricas y especificas dentro de un mismo pliego y; • 3ra Etapa: Ejecución y control del presupuesto; en ella se comprometía las asignaciones presupuéstales aprobadas y se efectuaba el seguimiento del presupuesto.
PRESUPUESTO BASE CEROINNOVACIONES - PRESUPUESTO 1984 • La evaluación presupuestal, se le encargó al MEF efectuar trimestralmente la evaluación financiera de los ingresos y gastos, en base a los estados mensuales. • Los pliegos, cada semestre efectuaban la evaluación del presupuesto del comportamiento de los ingresos, del cumplimiento de metas y de la utilización de los recursos. • En las normas de austeridad, quedaba prohibido los nombramientos, celebrar nuevos contratos, incrementar remuneraciones; en bienes y servicios y transferencias corrientes.
Vol. 1 Vol. 6 Vol. 2 Vol. 5 Vol. 4 Vol. 3 PRESUPUESTO POR PROGRAMA CARÁCTER INSTITUCIONAL
PRESUPUESTO POR PROGRAMAS - FUNCIONAL PROGRAMATICO (DEL AÑO 1997 A LA FECHA) Señalo las pautas para la modernización del presupuesto nacional, buscando revertir las inconsistencias y heterogeneidad de la estructura programática vigente en aquel entonces, así como la falta de vinculación y proyección del nivel funcional programático con los niveles agregados económicos.
PRESUPUESTO POR PROGRAMAS - FUNCIONAL PROGRAMATICO (DEL AÑO 1997 A LA FECHA) • El análisis del proceso presupuestario supuso de la consecución de los siguientes objetivos: • Revalorizar y establecer los principales conceptos y principios presupuestarios, evitando al máximo las distorsiones en su aplicación. • b. Realizar la gestión de los recursos públicos en un marco de absoluta transparencia.
PRESUPUESTO POR PROGRAMAS - FUNCIONAL PROGRAMATICO (DEL AÑO 1997 A LA FECHA) c. Asegurar que el Presupuesto del Sector Público, se constituya en el elemento base para la implementación del Sistema Integrado de Administración Financiera del Estado (SIAF), generando información presupuestaria transparente, integrada, útil y oportuna, que sirva para la toma de decisiones en el área de las Finanzas Públicas. d. Posibilitar el análisis de las variables macroeconómicas producto de la gestión presupuestal, articulando la programación del corto, mediano y largo plazo. e. Permitir una gerencia eficaz y eficiente de los recursos públicos. f. Generar la descentralización operativa del quehacer presupuestario y la centralización normativa del sistema de presupuesto.
Clasificador Institucional Manual Usuario software Clasificador Funcional Programático El Marco Técnico para la etapa de Formulación contempla documentos básicos de gestión Presupuestal. Tabla Básica Componentes Clasificador Gastos Públicos Documentos Básicos Gestión Tabla Básica Metas Clasificador Fuentes Financ. Tabla Básica Actividades y Proyectos Clasificador Geográfico
El Clasificador Funcional Programático, define y desagrega las Funciones, en Programas y Subprogramas, el mismo que se aprueba y modifica por Resolución de la Dirección Nacional del Presupuesto Público Las Funciones que identifican las acciones a ejecutar por los Pliegos Presupuestarios, son las siguientes: • Legislativa • Justicia • Administración y Planeamiento • Agraria • Protección y Previsión Social • Comunicaciones • Defensa y Seguridad Nacional • Educación y Cultura • Energía y Recursos Minerales • Industria, Comercio y Servicios • Pesca • Relaciones Exteriores • Salud y Saneamiento • Trabajo • Transporte • Vivienda y Desarrollo Urbano
OTRAS INNOVACIONES COMPLEMENTARIAS AL PRESUPUESTO A PARTIR DEL AÑO 2000 LEY DE RESPONSABILIDAD Y TRANSPARENCIA FISCAL “LEY Nº 27245” (26/12/1999) Tiene por objeto establecer los lineamientos para una mejor gestión de las finanzas públicas, con prudencia y transparencia fiscal, así como también crear el Fondo de Estabilización Fiscal. Ello con el fin de contribuir a la estabilidad económica, condición esencial para alcanzar el crecimiento económico sostenible y el bienestar social. REGLAS MACROFISCALES
REGLAS MACROFISCALES El déficit fiscal anual del Sector Público Consolidado no podrá ser mayor al 1% del PBI; El incremento anual del gasto no financiero del Gobierno no podrá exceder a la tasa de inflación promedio anual más de 3 puntos porcentuales. El endeudamiento público a mediano plazo deberá ser consistente con el principio de equilibrio o superávit fiscal • En los años de elecciones generales se aplicará, adicionalmente, lo siguiente • a) El gasto no financiero del Gobierno General ejecutado durante los primeros 7 meses del año, no excederá el 60% del gasto no financiero presupuestado para el año; y • b) El déficit fiscal del Sector Público Consolidado correspondiente al primer semestre del año fiscal no excederá el 40% del déficit previsto para ese año.
OTRAS INNOVACIONES COMPLEMENTARIAS AL PRESUPUESTO A PARTIR DEL AÑO 2000 LEY DE MARCO DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO, “LEY Nº 28112” (28/11/2003) Esta Ley, tiene por objeto modernizar la administración financiera del Sector Público, estableciendo las normas básicas para una gestión integral y eficiente de los procesos vinculados con la captación y utilización de los fondos públicos, así como el registro y presentación de la información correspondiente en términos que contribuyan al cumplimiento de los deberes y funciones del Estado, en un contexto de responsabilidad y transparencia fiscal y búsqueda de la estabilidad macroeconómica SISTEMAS INTEGRANTES DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO
Sistema Nacional de Presupuesto: Dirección Nacional del Presupuesto Público Sistema Nacional de Tesorería: Dirección Nacional del Tesoro Público; Sistema Nacional Endeudamiento: Dirección Nac.l Endeudamiento Público Sistema Nacional de Contabilidad: Dirección Nac. Contabilidad Pública SISTEMAS INTEGRANTES DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO
OTRAS INNOVACIONES COMPLEMENTARIAS AL PRESUPUESTO A PARTIR DEL AÑO 2000 LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO, “LEY Nº 28411” (08/12/2004) Que establece las disposiciones marco que regulan las distintas fases del proceso presupuestario, los criterios técnicos y los mecanismos operativos que permitan optimizar la gestión administrativa y financiera del Estado. PRINICIPIOS REGULATORIOS
PRINICIPIOS REGULATORIOS EQUILIBRIO PRESUPUESTARIO PRINCIPIOS COMPLEMENTARIOS (LEGALIDAD Y PRESUNCION DE VERACIDAD) EQUILIBRIO MACROFISCAL EXCLUSIVIDAD PRESUPUESTAL ESPECIALIDAD CUALITATIVA CONJUNTO DE PRINCIPIOS REGULATORIOS PRINCIPIO PROGRAMACIÓN MULTIANUAL ESPECIALIDAD CUANTITATIVA TRANSPARENCIA PRESUPUESTAL UNIVERSALIDAD Y UNIDAD CENTRALIZACIÓN NORMATIVA Y DESCENT.OPERATIVA NO AFECTACIÓN PREDETERMINADA EFICIENCIA EJECUCIÓN FONDOS PÚBLICOS INTEGRIDAD ANUALIDAD INFORMACIÓN Y ESPECIFICIDAD
RESERVA DE CONTINGENCIA Las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos. El importe del crédito presupuestario global no será menor al uno por ciento (1%) de los ingresos correspondientes a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios que financia la Ley de Presupuesto del Sector Público. Las Transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
DELIMITACION DE LAS POLITICAS DE GASTO Los niveles de políticas de gasto son compatibles con las reglas fiscales de la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal de reducir sostenidamente el déficit fiscal del Sector Público No Financiero a 1,0% del PBI y de limitar el crecimiento del gasto no financiero en no más de 3%, con lo cuál se velará que la ejecución del gasto se realice de acuerdo a las disposiciones adicionales prescritas en dicha Ley, así como por el Acuerdo Nacional y las políticas del Marco Macroeconómico Multianual 2007 – 2009
LEY MARCO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO “LEY Nº 28056” (07/08/2003) El proceso del presupuesto participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil. Para ello los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos.
VINCULACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN PARTICIPATIVA CON LOS PLANES DE DESARROLLO CONCERTADOS Los gobiernos regionales y gobiernos locales, para efecto del proceso de programación participativa del presupuesto, toman como base, de acuerdo a su ámbito territorial, el plan de desarrollo concertado, según corresponda, los cuales constituyen instrumentos orientadores de inversión, asignación y ejecución de los recursos, así como de la gestión individual y colectiva, tanto de las organizaciones sociales como de los organismos e instituciones públicas o privadas promotoras del desarrollo.
PRESUPUESTO POR RESULTADOS El Presupuesto por Resultados se ha comenzado a diseñar a partir del año 2007 y es una metodología que introduce un cambio en la forma de hacer el presupuesto, partiendo de una visión integrada de planificación y presupuesto y la articulación de acciones y actores para la consecución de resultados, el presupuesto por resultados rompe el esquema tradicional de enfoque institucional de intervenciones que generan aislamiento y nula articulación de la intervención del Estado, a través de acciones para la resolución de problemas críticos que afectan a la población.
Muchas Gracias Por su Atención ……………...